Sentencia Constitucional Nº 43/2020, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec ... 09 de Marzo de 2020
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Última revisión
07/08/2020

Sentencia Constitucional Nº 43/2020, Tribunal Constitucional, Sala Segunda, Rec Recurso de amparo 5379/2018 de 09 de Marzo de 2020

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Orden: Constitucional

Fecha: 09 de Marzo de 2020

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ENRIQUEZ SANCHO, RICARDO

Nº de sentencia: 43/2020

Nº de recurso: Recurso de amparo 5379/2018

Núm. Ecli: ES:TC:2020:43

Resumen
Promovido por Penrei Inversiones, S.L., en relación con las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Lorca en procedimiento de ejecución hipotecaria.Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadecuada utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento de la entidad demandada (SSTC 6/2019 y 47/2019).Aplicando la doctrina sentada en la STC 47/2019, de 8 de abril, se otorga el amparo por considerar inadecuada la utilización de la dirección electrónica habilitada como cauce de comunicación del primer emplazamiento de la entidad demandada en un procedimiento de ejecución hipotecaria. La recurrente en amparo fue citada como demandada a través de su dirección electrónica habilitada, pero la normativa establece un régimen especial para los primeros actos de comunicación, que han de ser realizados con la entrega de la copia de la resolución en el domicilio del destinatario.

Voces

Recurso de amparo

Oposición a la ejecución

Derecho a la tutela judicial efectiva

Indefensión

Sociedad de responsabilidad limitada

Inversiones

Tramitación telemática

Cómputo de plazo

Vulneración de derechos fundamentales

Derechos fundamentales

Cuestión de inconstitucionalidad

Comunicación electrónica

Ejecución hipotecaria

Contenido de la notificación

Retroacción de actuaciones

Tutela

Actos de comunicación