Sentencia Constitucional Nº 65/2018, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso... 07 de Junio de 2018
Sentencia Constitucional ...io de 2018

Última revisión
27/06/2018

Sentencia Constitucional Nº 65/2018, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad 6240/2017 de 07 de Junio de 2018

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Orden: Constitucional

Fecha: 07 de Junio de 2018

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: ENRIQUEZ SANCHO, RICARDO

Nº de sentencia: 65/2018

Nº de recurso: Recurso de inconstitucionalidad 6240/2017

Núm. Ecli: ES:TC:2018:65

Resumen
Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 1/2017, de 9 de marzo, por la que se establecen medidas adicionales de protección de la salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica.Competencia sobre ordenación general de la economía, medio ambiente y minas: interpretación conforme del precepto legal autonómico relativo al régimen exploración, investigación y explotación minera en el suelo rústico de reserva (STC 106/2014).Se enjuicia la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 1/2017, de 9 de marzo, por la que se establecen medidas adicionales de protección de la salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica. Los preceptos impugnados introducen el “plan estratégico de la utilización de la fractura hidráulica” como instrumento de la administración autonómica para la zonificación y delimitación de las áreas donde la técnica del fracking quedará excluida, restringida o permitida. Se efectúa una interpretación conforme con la Constitución. En primer lugar, la sentencia declara que el “plan estratégico de la utilización de la fractura hidráulica” respeta el orden constitucional de distribución de competencias pues no constituye un instrumento que en sí mismo contenga una prohibición legal de carácter absoluto del fracking o una remisión en blanco a la Administración para que regule su uso. Así, se declara que es constitucional el precepto que habilita a la ordenación territorial y urbanística para regular la técnica de la fractura hidráulica en todo el suelo clasificado como rústico de reserva, siempre y cuando se entienda que este no implica una remisión en blanco para que cualquier instrumento de ordenación pueda prohibir de manera autónoma la técnica de la fractura hidráulica en su ámbito territorial, sino tan solo a través del antes referido “plan estratégico de la utilización de la fractura hidráulica”.Se desestima el recurso en todo lo demás.

Voces

Fracking

Ordenación del territorio

Protección medioambiental

Contaminación

Recursos naturales

Recurso de inconstitucionalidad

Evaluación ambiental

Representación procesal

Suelo no urbanizable

Planes de Ordenación de los Recursos Naturales

Estatutos de autonomía

Impacto ambiental

Competencia de las Comunidades Autónomas

Actividades económicas

Constitucionalidad

Aguas subterráneas

Escrito de interposición

Mandato

Suelo rústico

Aprovechamientos hidráulicos

Uso del suelo

Planificación económica

Poderes públicos

Concesiones de explotación de minas

Contaminante

Energía

Espacios naturales

Evaluación de riesgos

Contaminación de aguas

Administración local

Colegiado

Trámite de información pública

Flora

Comunicación previa

Fauna

Jurisdicción ordinaria

Ruido

Ordenación urbanística

Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda

Calificación urbanística