Sentencia Constitucional Nº 65/2022, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso...e 31 de Mayo de 2022
Sentencia Constitucional ...yo de 2022

Última revisión
23/06/2022

Sentencia Constitucional Nº 65/2022, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de amparo 2388/2018 de 31 de Mayo de 2022

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Constitucional

Fecha: 31 de Mayo de 2022

Tribunal: Tribunal Constitucional

Ponente: XIOL RIOS, JUAN ANTONIO

Nº de sentencia: 65/2022

Nº de recurso: Recurso de amparo 2388/2018

Núm. Ecli: ES:TC:2022:65

Resumen
Promovido por doña Inés Arrimadas García y otros treinta y cuatro diputados del Grupo Parlamentario Ciutadans del Parlamento de Cataluña respecto de los acuerdos de la mesa que admitieron la delegación de voto de don Carles Puigdemont i Casamajó y don Antoni Comín Oliveres.Vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas, en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes: acuerdos de la mesa de la Cámara que, al facultar al delegado la determinación del sentido del voto, vulneran los principios de personalidad del voto e igualdad en el ejercicio de las funciones representativas. Voto particular.Don Carles Puigdemont i Casamajó y don Antoni Comín Oliveres, miembros del Parlamento de Cataluña sobre quienes pesa una orden judicial de búsqueda y captura, presentaron una solicitud de delegación de voto por el tiempo que no pudieran asistir a las sesiones de la Cámara, acogiéndose al supuesto de incapacidad prolongada contemplado en el Reglamento del Parlamento de Cataluña. La mesa admitió la delegación, decisión que fuera ratificada al desestimar la petición de reconsideración formulada por los diputados del grupo Ciutadans ahora recurrentes en amparo. Se otorga el amparo por vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en asuntos públicos a través de sus representantes. El derecho al voto forma parte del ius in officium de los parlamentarios y su ejercicio es personal e indelegable, como garantía del principio de igualdad de los representantes. Es contrario a esta configuración constitucional el hecho de que un representante pueda disponer de más de un voto. Excepcionalmente se puede delegar el voto, cuando concurren razones legítimas para ello y siempre en salvaguarda de bienes constitucionales, pero es imprescindible que el delegante manifieste de manera previa el sentido del voto, sin que esa decisión pueda quedar a disposición del delegado. En este caso, la previsión del Parlamento catalán que regula la delegación por incapacidad debe ser interpretada de manera restrictiva, sujeta al cumplimiento de los requisitos de delegación como única interpretación conforme a la Constitución. Sin embargo, la mesa llevó a cabo un análisis inadecuado al admitir una delegación indeterminada —en tiempo y sesiones durante las que se ejercería—, sin expresión del sentido del voto y no fundamentada en motivos imprevisibles: la ausencia de los parlamentarios en los plenos obedece a que de manera voluntaria eluden la acción de la justicia penal, decisión que no puede ser considerada plasmación de un bien o valor constitucional digno de protección a la hora de delegar el voto. Los acuerdos recurridos también quebrantaron el derecho a la igualdad en el ejercicio de las funciones representativas, ya que, al dejar en los delegados la decisión del sentido del voto, duplicaron el peso de su opinión respecto de los demás miembros de la Cámara. Se declara la nulidad de los acuerdos que admiten la delegación. No obstante, en aras de la salvaguardar el principio de seguridad jurídica —aquí, en su vertiente de confianza legítima en la actuación de los poderes públicos—, la declaración de nulidad no alcanza a las resoluciones a cuya adopción concurrieron los votos delegados.La sentencia cuenta con un voto particular concurrente suscrito por dos magistrados.

Voces

Cargos públicos

Recurso de amparo

Derechos fundamentales

Mandato

Ingreso en el centro centro penitenciario

Incapacidad

Principio de igualdad

Colegiado

Quiebra

Constitucionalidad

Seguridad jurídica

Confianza legítima

Poderes públicos

Derecho de igualdad