Sentencia Constitucional Nº 75/2013, Tribunal Constitucional, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 1771/2011 de 08 de Abril de 2013
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Orden: Constitucional
Fecha: 08 de Abril de 2013
Tribunal: Tribunal Constitucional
Ponente: ASUA BATARRITA, ADELA
Nº de sentencia: 75/2013
Núm. Ecli: ES:TC:2013:75
Resumen
Promovido por don Aritz Labiano Zezeaga y don Haritz Gartxotenea Iruretagoiena en relación con la Sentencia de la Sección Segunda Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que les condenó por un delito de enaltecimiento del terrorismo. Vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia: condena fundada únicamente en un testimonio anónimo cuya fiabilidad no tuvieron oportunidad de contrastar los acusados (STC 174/2011).Se enjuicia si las resoluciones que condenaron a los demandantes vulneran sus derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia. La determinación de la autoría del delito se fundó exclusivamente en el testimonio de un testigo protegido cuya identidad fue proporcionada sólo a los letrados defensores, pero no a los acusados, habiendo declarado además aquél de manera oculta y con voz distorsionada para evitar su reconocimiento, todo lo cual habría imposibilitado el ejercicio de la defensa.Se otorga el amparo. La Sentencia señala que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, para que la declaración del testigo anónimo pueda erigirse en prueba de cargo es preciso: a) que el anonimato haya sido acordado por el órgano judicial en una decisión motivada en la que se haya ponderado razonablemente los intereses en conflicto; b) que los déficits de defensa que genera el anonimato hayan sido compensados con medidas alternativas que permitan al acusado evaluar y, en su caso, combatir la fiabilidad y credibilidad del testigo y de su testimonio; y c) que la declaración del testigo anónimo concurra acompañada de otros elementos probatorios, de modo que no podrá, por si sola o con un peso probatorio decisivo, enervar la presunción de inocencia. Así, al contrastar si en el caso concreto se cumplieron los requisitos que impone la doctrina de Estrasburgo para que la declaración del testigo anónimo pueda erigirse en prueba de cargo, la Sentencia constata que no sólo no se adoptaron medidas adecuadas y suficientes para soslayar el déficit de defensa de la acusación sino que, además, la declaración del testigo protegido fue decisiva para fundar la condena.
Voces
Presunción de inocencia
Derechos fundamentales
Derechos humanos
Derecho de defensa
Sentencia de condena
Medios de prueba
Prueba de cargo
Delito de enaltecimiento del terrorismo
Recurso de amparo
Conclusiones definitivas
Declaración del testigo
Vulneración de derechos fundamentales
Conclusiones provisionales
Protección a testigo
Datos personales
Oralidad
Valoración de la prueba
Diligencias sumariales
Fuerza probatoria
Indemnidad sexual
Menor de edad
Amenazas
Grabación
Integridad física
Tutela
Protección a testigos y peritos
Encabezamiento
ECLI:ES:TC:2013:75
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Manuel Aragón Reyes, doña Adela Asua Batarrita, don Andrés Ollero …
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