Sentencia Constitucional ...zo de 2012

Última revisión
19/03/2012

Sentencia Constitucional Nº 37/2012, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Cuestión de inconstitucionalidad 9689-2009 de 19 de Marzo de 2012

Tiempo de lectura: 118 min

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Relacionados:

Orden: Constitucional

Fecha: 19 de Marzo de 2012

Tribunal: Tribunal Constitucional

Nº de sentencia: 37/2012

Resumen
Se cuestiona la indeterminación o apertura sine die del plazo de prescripción en los supuestos de falta de resolución de los recursos de alzada interpuestos contra una resolución administrativa sancionadora. Esa indeterminación resulta de la combinación de la doctrina legal en interés de la ley fijada en las Sentencias de 15 de febrero de 2004 y de 22 de septiembre de 2008 por la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo. Con la aplicación combinada de dicha doctrina legal, durante un periodo de tiempo indefinido (el de sustanciación del recurso de alzada contra la resolución sancionadora), cuya finalización queda en manos exclusivamente de la propia Administración, no resulta aplicable la prescripción de la infracción ni la prescripción de la sanción; la primera porque ya se habría sancionado la infracción con una multa, sin haberse puesto fin a la vía administrativa, y la segunda porque dicha sanción no es firme ni ejecutiva, y por tanto al ser inejecutable, no puede comenzar el cómputo de la prescripción.El Tribunal desestima la cuestión de inconstitucionalidad.En primer lugar, afirma que la interpretación vinculante de los preceptos legales dada por las Sentencias en interés de la ley puede someterse a un control de constitucionalidad. En ellas se concreta el contenido normativo de los preceptos legales, que sólo podrán ser interpretados y aplicados en la forma establecida por el Tribunal Supremo. Además, establece que la razón de ser del recurso de casación en interés de la ley, de carácter subsidiario respecto del recurso de casación propiamente dicho, consiste en garantizar la aplicación uniforme de la ley en todo el territorio nacional, evitando la perpetuación de criterios interpretativos manejados en Sentencias de Jueces y Tribunales inferiores que resulten erróneos y gravemente dañosos para el interés general. Así, descarta la inconstitucionalidad de dicha práctica y niega que exista lesión del principio de independencia del poder judicial, que queda, al contrario, reforzado al reconocerse la posibilidad de que el órgano judicial inferior en grado plantee ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad cuando estime que la interpretación dota al precepto legal de un contenido normativo que puede ser contrario a la Constitución.En segundo lugar, el Tribunal afirma la constitucionalidad de la interpretación vinculante concreta de los preceptos controvertidos en el caso. Por un lado, descarta la lesión del principio de seguridad jurídica, tanto en su vertiente objetiva de certeza como en la subjetiva de previsibilidad, pues el mandato normativo de los preceptos cuestionados entendidos conforme a la doctrina legal sentada por el Tribunal Supremo aparece enunciado con la suficiente claridad como para eliminar cualquier duda sobre su contenido y alcance, la fijación del dies a quo del cómputo del plazo de prescripción de las infracciones y sanciones administrativas. Por otro lado, niega que exista vulneración del principio de supremacía del Tribunal Constitucional en materia de garantías constitucionales, pues la doctrina legal sentada por el Tribunal Supremo en las Sentencias mencionadas no contradice la doctrina constitucional sobre el silencio administrativo. La doctrina legal del Tribunal supremo establece que la demora en la resolución del recurso de alzada en ningún caso determina la firmeza ni, por tanto, la ejecutividad de la resolución administrativa sancionadora, sino que únicamente habilita al interesado para interponer recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta de su recurso de alzada.

Voces

Cuestión de inconstitucionalidad

Seguridad jurídica

Plazo de prescripción

Constitucionalidad

Silencio administrativo

Potestad sancionadora

Jurisdicción contencioso-administrativa

Sanciones administrativas

Ius puniendi

Desestimación presunta

Responsabilidad

Principio de independencia

Cómputo de plazo de prescripción

Voluntad

Circulación de vehículos

Amenazas

Derecho a la tutela judicial efectiva

Dies a quo

Fondo del asunto

Ejecución de las sanciones

Inactividad de la Administración

Interrupción de la prescripción

Mandato

Comisiones

Caducidad

Prescripción del delito

Poderes públicos

Ciudadanos

Silencio administrativo negativo

Incumplimiento de las obligaciones

Operadores

Procedimiento sancionador

Representación procesal

Violación

Dirección General de Tráfico

Expediente sancionador

Jefatura Provincial de Tráfico

Omisión

Caducidad de procedimiento sancionador

Causa petendi

Fundamentos

Reunido en Cádiz en el Oratorio de San Felipe Neri, el día en que se cumplen doscientos años de la promulgación de la Constitución Española de 1812, el Pleno del Tribunal Constitucional, …

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