Sentencia Contencioso-Adm...e del 2023

Última revisión
15/11/2023

Sentencia Contencioso-Administrativo Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Sexta, Rec. 974/2021 de 10 de octubre del 2023

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Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Octubre de 2023

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS

Núm. Cendoj: 28079230062023100649

Núm. Ecli: ES:AN:2023:5041

Núm. Roj: SAN 5041:2023

Resumen:
DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO

Encabezamiento

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN SEXTA

Núm. de Recurso: 0000974 /2021

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 3721/2021

Demandante: don Victoriano

Procurador: DOÑA MARÍA DEL ROCÍO PORRAS PULIDO

Demandado: MINISTERIO DE INTERIOR

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. SANTOS GANDARILLAS MARTOS

S E N T E N C I A Nº :

IIma. Sra. Presidente:

Dª. BERTA SANTILLAN PEDROSA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. SANTOS GANDARILLAS MARTOS

Dª. MARIA JESUS VEGAS TORRES

D. RAMÓN CASTILLO BADAL

Madrid, a diez de octubre de dos mil veintitrés.

Se han vistos ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Sexta, los autos del recurso contencioso administrativo nº 974/2021 que ha promovido don Victoriano representado por la procuradora doña María del Rocío Porras Pulido, contra la resolución del Ministro del Interior, Comisión Interministerial de Asilo y Refugio denegatoria del Derecho de Asilo y Protección Subsidiaria de 27 de agosto de 2020, por la que se le deniega el derecho de asilo y la protección subsidiaria.

Ha comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y asistida por la Abogacía del Estado.

Antecedentes

PRIMERO.- El interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución arriba mencionada, que fue admitido a trámite mediante Decreto con la consiguiente reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO.- Recibido el expediente y previo traslado formalizándose la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó suplicando «[ con estimación del presente recurso, declare no conforme a derecho la resolución recurrida, acordando la concesión del derecho de asilo a DON Victoriano todo ello con expresa imposición de costas a la Administración [...]».

TERCERO.- El abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito, tras lo que presentó escrito reiterando la desestimación de la pretensión principal, allanándose a la protección subsidiaria.

CUARTO.- Recibido el litigio a prueba y admitidas las propuestas por las partes, se presentaron escritos de conclusiones, tras lo cual se señaló para votación y fallo el día 27 de septiembre del año en curso, fecha en que tuvo lugar.

Ha sido magistrado ponente el Ilmo. Sr. don Santos Gandarillas Martos, quien expresa el parecer de la Sala.

Fundamentos

PRIMERO.- El recurrente, natural de Ucrania, interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministro del Interior de 27 de agosto de 2020 por las que, a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, se le denegó el derecho de asilo y la protección subsidiaria.

El escrito de demanda no es más que una reiteración de lo que fue ya explicado ante la Administración, sin mayores razones o argumentos, lo que coloca a la Sala en la misma situación que en otros recursos análogos con nacionales de ese mismo país.

No desconocemos la actual situación que se vive en Ucrania como consecuencia de la invasión por parte de la Federación Rusa, conflicto bélico que en la actualidad sigue activo y encaja en el artículo 10 c) de la Ley 12/2009. La situación de inestabilidad que hace difícil, sino inviable, la reubicación interna de sus nacionales en condiciones de seguridad y razonabilidad.

En estas condiciones se dan las circunstancias necesarias para la concesión del estatuto para la protección subsidiaria a los demandantes, como ya dijimos en las SsAN de 10 de marzo de 2022, recurso 2463/2019; 12 de mayo de 2022, recurso 1052/2020, 1252/2020 y 1320/2020; o 4 de marzo de 2022, recurso 1276/2020 entre otras. Esta decisión la comparte el representante de la Administración con su allanamiento a la concesión de la protección subsidiaria.

SEGUNDO.- Lo expuesto nos lleva la estimación parcial del recurso, la anulación de la resolución recurrida y el reconocimiento al recurre el derecho a obtener la protección subsidiaria, y en materia de costas a que cada parte satisfaga las causadas a su instancia, y las comunes por mitad, a tenor del artículo 139 de la LJCA.

Fallo

La parcial estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Victoriano contra la resolución del Ministro del Interior, Comisión Interministerial de Asilo y Refugio denegatoria del Derecho de Asilo y Protección Subsidiaria de 27 de agosto de 2020, por las que se le deniega el derecho de asilo y la protección subsidiaria; resolución que anulamos por no ser ajustada a derecho, reconociendo al recurrente el derecho a obtener la protección subsidiaria, sin hacer expresa imposición de las costas procesales.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2. de la Ley de la Jurisdicción justificando el interés casacional objetivo que presenta.

Lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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