Última revisión
15/11/2023
Sentencia Contencioso-Administrativo Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Sexta, Rec. 974/2021 de 10 de octubre del 2023
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 9 min
Orden: Administrativo
Fecha: 10 de Octubre de 2023
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
Núm. Cendoj: 28079230062023100649
Núm. Ecli: ES:AN:2023:5041
Núm. Roj: SAN 5041:2023
Encabezamiento
Dª. BERTA SANTILLAN PEDROSA
D. SANTOS GANDARILLAS MARTOS
Dª. MARIA JESUS VEGAS TORRES
D. RAMÓN CASTILLO BADAL
Madrid, a diez de octubre de dos mil veintitrés.
Se han vistos ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Sexta, los autos del recurso contencioso administrativo nº 974/2021 que ha promovido
Ha comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y asistida por la Abogacía del Estado.
Antecedentes
Ha sido magistrado ponente el Ilmo. Sr. don Santos Gandarillas Martos, quien expresa el parecer de la Sala.
Fundamentos
El escrito de demanda no es más que una reiteración de lo que fue ya explicado ante la Administración, sin mayores razones o argumentos, lo que coloca a la Sala en la misma situación que en otros recursos análogos con nacionales de ese mismo país.
No desconocemos la actual situación que se vive en Ucrania como consecuencia de la invasión por parte de la Federación Rusa, conflicto bélico que en la actualidad sigue activo y encaja en el artículo 10 c) de la Ley 12/2009. La situación de inestabilidad que hace difícil, sino inviable, la reubicación interna de sus nacionales en condiciones de seguridad y razonabilidad.
En estas condiciones se dan las circunstancias necesarias para la concesión del estatuto para la protección subsidiaria a los demandantes, como ya dijimos en las SsAN de 10 de marzo de 2022, recurso 2463/2019; 12 de mayo de 2022, recurso 1052/2020, 1252/2020 y 1320/2020; o 4 de marzo de 2022, recurso 1276/2020 entre otras. Esta decisión la comparte el representante de la Administración con su allanamiento a la concesión de la protección subsidiaria.
Fallo
La parcial estimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por
La presente sentencia es susceptible de recurso de casación que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación; en el escrito de preparación del recurso deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2. de la Ley de la Jurisdicción justificando el interés casacional objetivo que presenta.
Lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

