Última revisión
23/11/2023
Sentencia Contencioso-Administrativo 130/2023 Audiencia Nacional. Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 2, Rec. 64/2023 de 12 de septiembre del 2023
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Septiembre de 2023
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: LUIS ALFREDO DE DIEGO DIEZ
Nº de sentencia: 130/2023
Núm. Cendoj: 28079290022023100011
Núm. Ecli: ES:AN:2023:5418
Núm. Roj: SAN 5418:2023
Encabezamiento
Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo
número 2
AUDIENCIA NACIONAL
C/ Goya 14 (28001 - Madrid)
El Iltmo. Sr. D. LUIS ALFREDO DE DIEGO Y DÍEZ, magistrado del juzgado central de lo contencioso administrativo número 2 de la Audiencia Nacional, ha pronunciado,
EN NOMBRE DE
Antecedentes
A dicho acto comparecieron ambas partes, solicitando la defensa de la parte actora la anulación de la resolución impugnada y la estimación de su demanda, y pidiendo la Abogacía del Estado su desestimación.
Fundamentos
El actor sostiene, en esencia, que es merecedor de la citada recompensa por su participación en el servicio realizado el 15 de septiembre de 2017, cuando, sobre las 03:40 horas, se le requirió al actor y a su compañero para que se trasladasen al recinto ferial de Guadahortuna (Granada) por una reyerta entre varias personas. En dicha operación, los intervinientes, junto a otros agentes de la Guardia Civil que allí se personaron, fueron tiroteados por un tal " Alexis". Uno de los agentes resultó herido de bala en el abdomen y otro en la zona posterior de la pierna. Finalmente, el autor de los hechos fue detenido, tras haber efectuado catorce disparos contra los guardias civiles.
Pues bien, el actor junto a otros tres guardias civiles, fueron recompensados con una felicitación concedida el 11/09/2018, anotada en su expediente, por el director general de la Guardia Civil. Con posterioridad, por Orden de 18 de noviembre de 2019, del ministro del Interior, se concedió la Cruz de la Orden del Mérito de la Guardia Civil en diferentes categorías a otros siete guardias civiles que participaron en el mismo servicio.
Es de aplicación al caso lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Orden INT/2008/2012, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil:
El actor no podía ser propuesto para otra condecoración habiendo sido ya recompensado, con carácter firme y sin discusión por su parte, con una felicitación anotada en su expediente.
En atención a lo expuesto,
Fallo
Una vez firme esta sentencia, comuníquese a la Administración demandada con copia electrónica de la misma para su ejecución.
Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá documento judicial electrónico a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

