Última revisión
07/03/2024
Sentencia Contencioso-Administrativo Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Primera, Rec. 2003/2022 de 14 de febrero del 2024
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Orden: Administrativo
Fecha: 14 de Febrero de 2024
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: MARIA NIEVES BUISAN GARCIA
Núm. Cendoj: 28079230012024100077
Núm. Ecli: ES:AN:2024:600
Núm. Roj: SAN 600:2024
Encabezamiento
D. EDUARDO MENÉNDEZ REXACH
Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
Dª. NIEVES BUISAN GARCÍA
Madrid, a catorce de febrero de dos mil veinticuatro.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados reseñados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 2003/2022, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Mónica Oca de Zayas, en nombre y representación de Dª Serafina, contra la resolución del Ministerio del Interior de 27 de octubre de 2021 que deniega la protección internacional de carácter humanitario solicitado por la recurrente. Ha sido parte demandada LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso se fijó como indeterminada.
Antecedentes
Fundamentos
Tal Sra. Serafina solicita se revoque la Resolución desestimatoria impugnada, y se acuerde en su lugar la concesión de la protección internacional de carácter humanitario y, en su defecto, la protección subsidiaria.
La representación de la Administración demandada, por su parte, presentó escrito manifestando que se allanaba a las pretensiones de tal demandante, acompañando a dicho escrito la autorización de la Abogada del Estado-Jefe de la Audiencia Nacional, tras recabar previamente el informe favorable del Ministerio de Justicia, Subdirección General de Protección Internacional, al considerar que, conforme al Informe de la Dirección General de Política Interior, no concurre en la actualidad ninguna causa obstativa para la concesión de la autorización de residencia temporal por razones humanitarias.
Vistos los artículos citados y demás de pertinente y general aplicación
Fallo
Estimar, por allanamiento de la Administración demandada, el presente recurso interpuesto por la representación procesal de Serafina, frente a la resolución del Ministerio del Interior de 27 de octubre de 2021, resolución que se anula por ser contraria al ordenamiento jurídico, reconociendo el derecho de tal actora a que le sea concedida la autorización de residencia temporal por razones humanitarias, sin imposición de costas a ninguna de las partes.
Contra la presente sentencia no cabe recurso ordinario alguno.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

