Sentencia Nº 102, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 8872 de 11 de Febrero de 2000
Sentencia Nº 102, Tribuna...ro de 2000

Última revisión
11/02/2000

Sentencia Nº 102, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 8872 de 11 de Febrero de 2000

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Fecha: 11 de Febrero de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: D AMORIN VIEITEZ, FRANCISCO JAVIER

Nº de sentencia: 102

Nº de recurso: 8872

Resumen
   En efecto, la resolución del TEAR, tras aludir a los requisitos para la deducibilidad de dichas retribuciones exigidos por los arts. 13. A) y 121. d) de la Ley y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, respectivamente, esto es, que la retribución esté prevista en los Estatutos y que no exceda del 10 % de los beneficios, argumenta que "antes de entrar a analizar si en el caso que nos ocupa la sociedad ha reconocido el dividendo mínimo previsto en la Ley a los accionistas y la base sobre la que debe calcularse el tipo establecido,  sobre las razones que llevaron a la resolución de primer grado a negar el carácter deducible de aquellas retribuciones (reconocimiento a los accionistas de un dividendo inferior al 4 % de los beneficios obtenidos en 1988, pues el dividendo repartido entre los socios con cargo a los beneficios de 1988 fuera de 500.000 ptas, lo que constituía tan sólo el 1,8 % de los beneficios de ese ejercicio social), significar que enfrenta a las partes la base sobre la que debe realizarse tal cómputo. Así como para la Administración Tributaria el dividendo del 4% se calcula sobre los beneficios, para la demandante debe calcularse sobre el capital social desembolsado. El art. 74 de la Ley de Sociedades Anónimas de 1951 (art. 130 de la vigente Ley) establecen que "... la retribución de los administradores... 74 /130 LSA condicionan la retribución de los administradores consistente en la participación de beneficios líquidos a la circunstancia de que se asegure a los accionistas un reparto de dividendos cuyo monto total alcance como mínimo el 4 % de los beneficios (es el llamado "dividendo mínimo").      

Voces

Accionista

Retribuciones de los administradores

Participación en beneficios

Acta de disconformidad

Impuesto sobre sociedades

Participación en las ganancias

Participació en els guanys

Resolución recurrida

Administrador social

Liquidación provisional del impuesto

Gastos deducibles

Ejercicio social

Beneficios de la sociedad

Reserva legal

Indefensión

Estatutos sociales

Junta General de Accionistas

Gastos comunes

Fondo de reserva

Capital social

Reparto de dividendos

Pago de dividendos

Base imponible Impuesto sobre sociedades

Cuota tributaria

Deuda tributaria

Aval bancario

Jurisdicción contencioso-administrativa

Aval

Sociedades mercantiles

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

IS (Impuesto sobre sociedades)

Impuestos locales

IP (Impuesto sobre el Patrimonio)

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

IRNR (Impuesto sobre la Renta de no residentes)

ISD (Impuesto sobre sucesiones y donaciones)

ITPYAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados)

Impuestos especiales

Salario y Jornada laboral

Contable

Contratos y obligaciones

Propiedad horizontal y fincas

Derechos forales

Procesal Contencioso-administrativo

Sistema Tributario Estatal

Procesal Civil

Procesal Militar

Procesal Laboral

Procesal Penal

Derecho bancario