Sentencia Penal Audiencia...ro de 1998

Última revisión
20/01/1998

Sentencia Penal Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 311/97 de 20 de Enero de 1998

Tiempo de lectura: 2 min

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Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 20 de Enero de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: RODRIGUEZ CARDAMA, JUAN ANGEL

Resumen
Delito de agresión sexual en grado de tentativa. Apreciada en conciencia la prueba practicada ha resultado incólume la presunción de inocencia respecto al acusado, al no haberse acreditado que éste cometiese el delito de agresión sexual en grado de tentativa que se le imputa y, en consecuencia, no adquirir este Tribunal la certeza que exige un fallo condenatorio sobre si el Sr. Pérez  cometió el hecho delictivo por el que viene acusado. Las numerosas contradicciones que se aprecian tanto en las exploraciones de la menor, Josefa, presunta víctima, como en las diversas declaraciones de los dos miembros de su familia que deponen como testigos, permiten subsista más que una duda razonable sobre la realidad de los hechos denunciados y que aquí se juzgan, algunos de los cuales han resultado incluso desvirtuados por las manifestaciones de otras dos testigos, como se verá. En efecto, Asunción, vecina del lugar y que fue la persona que avisó al hermano de Josefa de que ésta se encontraba en compañía del acusado en un cobertizo, afirma que únicamente vio como Andrés y Josefa hablaban, entrando luego el primero en el cobertizo y siguiéndole, reiterando en todas sus declaraciones _ante la Guardia Civil, en el Juzgado y en el acto del juicio oral_ que el acusado no llevó a la niña agarrada ni la tocó en su presencia, extremo que es ratificado por otra testigo, Dña. María, cuyo testimonio en lo esencial coincide con el anterior, aún cuando se aprecian variaciones en algunos puntos no relevantes, pues ambos vienen a acreditar, en definitiva, la penetración voluntaria de Josefa en el citado cobertizo, sin que hubiese sido obligada por la fuerza a entrar, como tanto ésta como su padre y hermano hablan manifestado, refiriendo que había sido sujetada por el brazo o por el jersey. Habiéndose aclarado tal extremo, resta por analizar lo sucedido dentro del cobertizo, pues ello constituye la base del delito imputado al acusado. Y respecto a esta cuestión conviene adelantar ya que la prueba existente no es suficiente para condenar al acusado, pues contamos únicamente con las sucesivas declaraciones contradictorias de la menor y de su hermano, claramente insuficientes, por ello mismo, para justificar un fallo condenatorio, pues no consiguen demostrar la culpabilidad del acusado, quien ha de ser absuelto.      

Voces

Delito de agresión sexual

Grado de tentativa

Presunción de inocencia

Práctica de la prueba

Hecho delictivo

Fundamentos

Delito de agresión sexual en grado de tentativa. Apreciada en conciencia la prueba practicada ha resultado incólume la presunción de inocencia respecto al acusado, al no haberse …

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