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Sentencia Penal Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 0020/97 de 31 de Julio de 1998
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 31 de Julio de 1998
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME
Resumen
El ordenamiento jurídico nos proporciona supuestos en los
que pese a darse un determinado incumplimiento u oposición a órdenes de la
autoridad o sus agentes, no siempre se valoran penalmente como desobediencia.
La Guardia Civil de Tráfico da el ''alto'' al acusado en un control de
alcoholemia y aquél hace caso omiso de la misma, sin duda porque trata de
eludir la prueba de detección alcohólica y, muy probablemente, por el temor de
ser arrojar un resultado positivo. Ya se trate de evadir la sanción por delito,
ya la sanción por infracción administrativa, se trata de una conducta pareja a
la de autoeximición. En definitiva, pues, estamos ante una huida del control
policial que aunque gramaticalmente vale como desobediencia, no adquiere
relevancia jurídico penal de tal, en tanto que no estamos sino ante la conducta
de quien, guiado del propósito de autoeximirse (en definitiva autodefenderse),
se pone a cubierto de una interferencia policial que puede acarrearle
eventuales responsabilidades penales o administrativas.
Se estima el recurso.
Voces
Bebida alcohólica
Responsabilidad
Fundamentos
El ordenamiento jurídico nos proporciona supuestos en los que pese a darse un determinado incumplimiento u oposición a órdenes de la autoridad o sus agentes, no siempre se valoran …
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