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Sentencia Penal Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 10 de 09 de Octubre de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 09 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: SOBRINO BLANCO, ANGEL LUIS
Resumen
El nuevo y vigente Código Penal incorpora por vez primera
en nuestro Derecho codificado, el concepto de documento, al establecer en su
artículo 26 que "a los efectos de este Código se considera documento todo
soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con
eficacia probatoria o cualquier otro tipo de relevancia jurídica". Por
consiguiente, es evidente que la sustitución o alteración, realizada por un
particular, de las placas de matrícula de un vehículo que circule por las vías
o terrenos en los que resulta de aplicación la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, conforme a su artículo 2, o que, de
cualquier otro modo utilice u ocupe dichas vías o terrenos, integra la conducta
típica definida y penada en el artículo 392 del Código Penal; pues tales conductas, al hacer que el vehículo ostente, de forma visible, una matrícula
que no le corresponde administrativamente, suponen una mutación de la verdad,
una mutación de los datos específicos asignados por la Administración para la
identificación del vehículo, su titularidad y situación administrativa,
impidiendo o dificultando dicha identificación.
Se estima el recurso.
Voces
Falsedad documental
Documentos oficiales
Atenuante
Delitos de falsedades
Antecedentes penales
Responsabilidad
Arresto
Cuota impagada
Fuerza probatoria
In dubio pro reo
Fundamentos
SENTENCIA
Núm.
En la Ciudad de Pontevedra, a nueve de octubre de dos mil.
Vistos por la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra, integrada por su …
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