Sentencia Penal 20/2023 A...e del 2023

Última revisión
16/11/2023

Sentencia Penal 20/2023 Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Segunda, Rec. 8/2023 de 27 de septiembre del 2023

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Orden: Penal

Fecha: 27 de Septiembre de 2023

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: JOAQUIN DELGADO MARTIN

Nº de sentencia: 20/2023

Núm. Cendoj: 28079220022023100020

Núm. Ecli: ES:AN:2023:5129

Núm. Roj: SAN 5129:2023

Resumen:
DELITO TERRORISMO GENERICO

Encabezamiento

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 2

MADRID

SENTENCIA: 00020/2023

PROCEDIMIENTO: ROLLO DE SALA PA número 8/23

Procedimiento de Origen: 557/2020

Juzgado Central de Instrucción nº 5

SENTENCIA Nº 20/2023

Ilmos. Magistrados de la Sección 2ª

Doña Ana Victoria Revuelta Iglesias

Don Javier Mariano Ballesteros Martín

Don Joaquín Delgado Martín (Ponente)

En Madrid, a 27 de septiembre de 2023.

VISTO en juicio oral y público ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial el Rollo de Sala PA número 8/23 seguido por un delito de enaltecimiento terrorista y un delito de auto-adoctrinamiento y autocapacitación terrorista en el que aparece como acusado Victorino , mayor de edad, asistido por el Letrado Sr. D. Andrés Berrocal Diaz. Habiendo sido también parte el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, representado por el Ilmo Sr. Don Carlos Bautista Samaniego. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Don Joaquín Delgado Martín.

Antecedentes

Primero.- La presente causa ha sido instruida por el Juzgado de Central de Instrucción número 5 (Diligencias Previas nº 557/20) que practicó las diligencias de investigación que estimó pertinentes.

Segundo.- Señalada la vista oral para el día 27 de septiembre de 2023 se celebró en la fecha indicada con asistencia de todas las partes y con el resultado que consta en el acta.

Al inicio del juicio, el Ministerio Fiscal reformó sus conclusiones, modificando las penas solicitadas. El acusado y su defensa técnica han mostrado su conformidad con las conclusiones del Ministerio Fiscal (modificadas en el inicio del acto). Tras lo cual quedaron los autos vistos para sentencia, dictándose sentencia en voz alta en los términos aquí recogidos, declarándose firme la misma.

Hechos

1º. - En el curso de la investigación actual se detectó que el investigado Victorino, mayor de edad y sin antecedentes penales ( ítem 460), residente de larga duración en España desde el 30 de abril de 2020, en prisión provisional por esta causa desde el 23 de diciembre de 2021 ( ítem 140), durante los años 2021 y 2021 se había auto-adoctrinado en la idea de la Yihad violenta y radical, cuyo primer paso es la difusión de las imágenes que consideran la auténtica verdad, de lo que son evidencia la publicación , a partir del 16 de junio de 2020, de sucesivos vídeos, en el perfil con nick " Victorino" y URL DIRECCION000 y gestionado por el investigado, de la red social DIRECCION001.

-En fecha 16 de junio de 2020, publica un video en que se muestra al clérigo Octavio, Este predicador habría proclamado públicamente "Cuando el último judío sea liquidado de este mundo, entonces la paz se establecerá en el mundo". "Los judíos y los cristianos son los enemigos eternos del Islam y las personas que propagan los disturbios entre musulmanes, Es absolutamente haram (prohibido) hacerse amigo de ellos o considerarlos comprensivos". "Mientras solo quede un judío en el mundo, no puede haber paz en el mundo".

-El 25 de septiembre, en la misma aplicación, publica un video de Nicanor, con texto sobreimpreso en urdú [El blasfemo solo merece un castigo: Decapitación, decapitación. -El 27 de septiembre difunde en su perfil de DIRECCION002 de forma pública un video de Roque, activista del Tehreek-e-Labbaik Pakistán que asesina a disparos a Torcuato durante su juicio por un delito de blasfemia. El texto en urdú sobreimpreso otorga la calidad de muyahidín al mencionado terrorista [¿Quién ha perdido este juego? Es un Juego de la verdad. Vosotros vals a perder este Juego, de cada casa saldrá un muyahid, ¿cuántos muyahid vais a matar?] -El mismo día El 27 de septiembre publica en DIRECCION003 una imagen de sí mismo con la catedral de Córdoba de fondo con texto sobreimpreso en una bandera de Francia ardiendo [Ojalá Alá destruya Francia].

-Asimismo, publica en fecha 13 de octubre de 2020 un vídeo, accesible públicamente en Internet por cualquier usuario, en el perfil denominado @ DIRECCION004 y gestionado por el investigado, de la red social DIRECCION002. Dicho video muestra la pantalla de un televisor, con imágenes de una cadena de televisión francesa de informativos, mientras estaba retransmitiendo la noticia del atentado terrorista cometido por Nicanor en la ciudad de París el pasado 25 de septiembre de 2020, cuando apuñaló a dos viandantes junto a la antigua sede de la revista Charlie Hebdo, en vísperas de la celebración del juicio del atentado de febrero de 2015 en el que los hermanos Kouachi, integrantes de Al Qaeda, accedieron al semanario y asesinaron a 17 personas por la publicación de una serie de caricaturas de Mahoma. El investigado añade a las imágenes la frase en urdu "BESHAK ISLAM ZINDABAD", acompañando las mismas con un icono de un puño cerrado; cuya traducción al castellano se corresponde con "LARGA VIDA AL ISLAM". En el vídeo se adjunta audio con una alocución del fundador de Tehrik-e-Labaik Pakistan (TLP), Abel, inspirador de aquel atentado.

-El mismo día, el investigado publica otro vídeo desde el mismo perfil de la red social DIRECCION002, igualmente accesible públicamente en Internet por cualquier usuario, en el que muestra una imagen idealizada del autor del mismo atentado terrorista, Nicanor, con un texto sobreimpreso en urdu, cuya traducción es: "El Blasfemo sólo merece un castigo: DECAPITACIÓN, DECAPITACIÓN" El Audio que acompaña a la imagen del terrorista, se trata de la recitación de un verso en lengua punjabi cuyo significado es: Mi poesía en nombre de " Nicanor", de Kotli Qazi, Distrito Mandi Bahauddin, actualmente residente en Francia, el que hace un día y noche ha asesinado a un cínico por blasfemia contra el Santo profeta".

-Esta publicación tuvo una gran difusión pública, hecho determinado a través de la activación en 1119 ocasiones de la funcionalidad denominada "me gusta" de la red social. Asimismo se insertaron 48 comentarios por usuarios que lo visualizaron. Todo ello sin contabilizar el número indeterminado de usuarios que pudieron ver la publicación pero que no realizaron ninguna interacción en el mismo.

-El mismo día, 13 de octubre, el investigado publica un tercer vídeo desde el mismo perfil de la red social DIRECCION002, igualmente accesible públicamente en Internet por cualquier usuario, en el mismo muestra una imagen del momento de la detención del terrorista Nicanor, y a continuación, una entrevista a dos individuos pakistaníes, uno de ellos declara ser el padre del terrorista, donde el usuario añade las frases en urdu: "MASAYA" y en inglés "BROTHER PROUD OF YOU", cuyo significado denota la afiliación del investigado al autor del atentado, "Hermano, orgulloso de ti", acompañado de la frase "ISLAM ZINDABAD" que se traduce como "Viva el Islam". Del contenido de la entrevista realizada al presunto padre del terrorista autor del atentado en Francia, de nombre Cesareo, se desprende:

Se escucha una proclama atribuida a un clérigo que dice: Vosotros que habéis besado nuestras manos, os hemos enseñado el Corán, con nuestros discursos y otros estudios, pero el hijo de Cesareo ha ganado el juego, que Dios le acepte su jugada (refiriéndose con el término jugada al doble atentado cometido).

Cesareo (Padre): Estoy muy orgulloso, por el honor del profeta puedo ofrecer incluso la sangre de los cinco hijos que tengo, y también la mía en el honor del profeta. Siempre cuando él venía a casa, antes de salir siempre besaba los pies de su madre... (Se emociona)

Periodista: (Le anima y dice) tenga paciencia. Dios ha elegido a su hijo para una gran acción, no llore, no se excite, Dios ha hecho que su hijo haga algo muy grande para Dios.

Padre: A las 02:30 h, había hablado con un amigo suyo, a quien él le dijo que el profeta de Dios me ha escogido, me ha encargado que ellos son los blasfemos y que les debes matar, y así.

Periodista: Hoy el mundo está exaltando a su hijo, todo el mundo le está glorificando. Padre: Mi hijo también aquí...se corta.

-En fecha 26 de octubre de 2020 publicó un vídeo, accesible públicamente en Internet por cualquiera, en el perfil denominado @ DIRECCION004 y gestionado por el investigado, de la red social DIRECCION002. En dicho video aparece una imagen (clip de video) del presidente de la República Francesa, Emmanuel Macron, que difundió tras sus declaraciones durante el homenaje de estado al profesor Efrain, decapitado por el terrorista de origen checheno Esteban, reivindicado por DAESH, el pasado 16 de octubre de 2020. Sobre la imagen del presidente se superpone un texto cuyo significado es: "Alá es grande cuando será decapitado este perro" mientras se escucha una alocución cantada que significa "Alá es grande, larga vida al islam".

-Los días 24 y 25 de noviembre de 2020, en la plataforma DIRECCION002 difunde un vídeo tomando imágenes de una serie de televisión que modifica, al objeto de exteriorizar que la muerte es el único castigo que cabe aplicar al blasfemo mientras se escucha un audio que hace referencia a un hadiz sobre la decapitación de aquel que falte al respeto al Profeta: Matad al que insulte al profeta". "Castigo para el blasfemo, decapitación". Al vídeo le incorpora un texto que se corresponde con una etiqueta que reza #TLP, siendo éstas las siglas de la corriente islamista radical de la que se proclama seguidor (Threek-e- Labaik Pakistan).

-El 17 de marzo de 2021 en su perfil de DIRECCION002, @ DIRECCION005, cambia su foto de perfil, ) mostrando a un individuo mientras conduce un vehículo, exhibiendo un fusil de asalto Kalashnikov AK-47, una pistola, un teléfono móvil y un rosario musulmán colgado en el espejo retrovisor. La imagen constituye la estampa prototípica de un combatiente terrorista de la yihad, (equivalente a las habituales de los combatientes de la organización terrorista DAESH o Al Qaeda) y su publicación como foto de perfil guarda un evidente interés por proyectar la imagen de un muyahidín de su usuario.

-El 10 de abril de 2021, en su perfil de DIRECCION002, @ DIRECCION004, publica una foto de un guerrero de una serie televisiva junto a un texto en urdu que traducido dice: "No necesito ningún puesto ni necesito riquezas, solo lucho para que la religión de Alá prevalezca sobre el mundo".

-Entre el 12 y 13 de abril de 2021 publica una serie de vídeos en su perfil de DIRECCION002, @ DIRECCION004, en los que, haciéndose eco de la detención del líder del movimiento TLP en Pakistán, Imanol, hijo del dirigente fallecido Abel, reivindica el uso de la violencia contra los enemigos de Allah. En sucesivas publicaciones el investigado Victorino identifica la restitución del Califato mediante el empleo de un potente ejército (guiado por los designios divinos para la implantación de la Sharia en un estado islámico). La propia naturaleza de ese Califato (que desde la visión sesgada y simplista del investigado se trataría del estado islámico previo a la Primera Guerra Mundial, el Califato Otomano) pretendería la unicidad del Islam en contraposición al mundo occidental.

-El día 19 de abril de 2021, publica un vídeo con la imagen del presidente de Francia con la consigna "Los Labek te decapitarán", en referencia a los seguidores de Treek-e-Labaik (TLP) entre los que el investigado se adscribe.

-El 07 de mayo de 2021, Victorino publica un vídeo en el que un orador, sin poder determinar su identidad, dirige un discurso a la nación musulmana con las palabras "ya es hora de despertar" haciendo referencia a un acontecimiento histórico que tuvo lugar en el año 711, en el que los bereberes, desembarcan por primera vez en la Península Ibérica. La expresión "ya es hora de despertar", en conjunción con la alusión a la hazaña histórica referenciada, que dio inicio a la expansión del islam en España, se trataría de un llamamiento para la reconquista musulmana constituyendo una declaración de intenciones de poner en práctica la yihad.

- El día 15 de mayo de 2021, Victorino cambia su foto de perfil en la red social DIRECCION002 y adopta la de un lobo. Las connotaciones explícitas que tiene dicho animal en el escenario del yihadismo internacional, constituyen una sustantiva declaración de intenciones. En tal sentido, el día 9 de junio, publica un vídeo en el que aparece la imagen de un lobo corriendo bajo un cielo nocturno, con un texto inserto que traducido dice "pronto afrontaremos aquellos vientos que hoy corren contra nosotros".

-En fecha 07 de julio de 2021 publica un vídeo, accesible públicamente en Internet por cualquier usuario en el perfil denominado @ DIRECCION004 y gestionado por el investigado, de la red social DIRECCION002. En dicho video aparece una imagen idealizada del terrorista Pascual, agente de policía pakistaní que atentó y asesinó el 2 de julio de 2021 a Pedro, ciudadano que había sido absuelto en 2016 del delito de blasfemia en Pakistán tras una publicación en DIRECCION001. Sobre la imagen del autor de los hechos se superpone un texto cuyo significado es: "El único castigo para un blasfemo, decapitación." De fondo se escucha un audio con versos de incitación contra Estados Unidos. "Daremos tal golpe al enemigo que se les abrirá el pecho, ya pueden hacer mil conspiraciones estos chulos americanos, somos fieles a nuestro camino".

Con ocasión de tal publicación se interesa, por el agente encubierto informático ALCAZABA, información sobre esta persona, expresando el investigado su alineación con las tesis que justificaron dicho acto terrorista, la concepción del mismo como acto de justicia retributiva (siendo, asimismo, asimilado como una obligación de todo musulmán) y su admiración por la figura del terrorista. Concretamente, Victorino afirma que "el único castigo para el blasfemo del profeta es la pena de muerte", advirtiendo que "cuando el tribunal no puede hacer justicia, se tiene que hacer algo por sí mismo" llegando a afirmar que "los judíos y los infieles nunca pueden ser nuestros hermanos", desprendiéndose de la conversación, su disposición a la participación en acciones de este tipo.

Además, el 30 de julio de 2021, remite un video al agente encubierto ALCAZABA, en la que el líder Abel arenga a la multitud para la aplicación de los severos castigos hudud al blasfemo (desde la perspectiva radical de éste sólo cabe la decapitación, en la que insiste con gran solemnidad mientras los asistentes corean y aplauden al unísono), como pilar de la imposición de la sharia como cuerpo jurídico inalienable. Sobre la acérrima defensa de la decapitación para el blasfemo, que se erige como la consigna fundamental del movimiento y justificación de su yihad, se le pregunta al si ésta es una forma legítima de "hacer política" a lo que el investigado afirma "podemos decapitar y decapitar por el honor del Santo Profeta", justificándose como una forma de "llevar al islam a un primer plano".

-Entre el 14 y 15 de agosto de 2021, el investigado publica una serie de vídeos a través de la funcionalidad "estados" de la aplicación Whatsapp en las que ensalzan el ascenso al poder en Afganistán por los talibanes. Los vídeos incorporan a las imágenes de la toma del palacio presidencial, audios glorificando la acción de los muyahidines afganos. Como hecho más destacable, y al objeto de discriminar un mero interés informativo de lo que coetáneamente se estaba produciendo en el país vecino (teniendo presente que en este momento el investigado se hallaba en Pakistán), entre estas imágenes, muestra un vídeo en el que aparece un grupo de combatientes Talibanes y coronando la escena, de forma destacada, la imagen de Simón, conocido como el Quico, emir de Afganistán desde su ascenso al poder en el año 1996 hasta la invasión estadounidense en el año 2001.

-El 15 de noviembre de 2021, se detecta un video publicado a través de la funcionalidad "historias" de DIRECCION001 en el que aparecen una sucesión de fotografías de terroristas y combatientes islámicos de la yihad (entre otros aparecen Talibanes armados, batallones de mujeres ataviadas con niqab, mujeres con burka armadas con fusiles de asalto, muyahidines de la yihad contra los soviéticos, combatientes del DAESH en la toma de Raqqa, y niños armados) bajo los acordes de una nasheed en urdú que reza [De cada casa saldará un mártir, cuantos mártires seréis capaz de matar. De cada casa saldará un superviviente de la guerra, cuántos seréis capaz de matar].

Las fotografías de este vídeo son tomadas fundamentalmente de Internet (alguna conservan la marca de agua Gettyimages de la agencia del mismo nombre) y el vídeo ha sido editado por el propio usuario al contar con la inscripción de @ DIRECCION004 junto al emblema de la red social DIRECCION002 (a pesar de publicarse únicamente en DIRECCION001). Las publicaciones tenían como finalidad difundir el ideario yihadista. En este sentido, en conversaciones con el agente encubierto ALCAZABA, reconoció su compromiso con la Yihad de la palabra. Así, en conversación mantenida entre el 28 y el 29 de julio de 2021, el investigado muestra su compromiso con la "Yihad" como parte del discurso declarado por "el maulama Abel (ideólogo del movimiento radical TLP, al que se adscribe el investigado) que aterrorizó a Europa". Sobre el particular de hacer la yihad, Victorino añade que "los musulmanes deberían hacer la Yihad porque el Corán también dice Yihad y esta es la diferencia entre nosotros y los incrédulos" en evidente alineación con las tesis yihadistas del sheik ideólogo del movimiento TLP, y haciendo una declaración explícita de la obligación de los musulmanes de practicarla; de lo que se deriva, por un lado, el interés adoctrinador de los postulados yihadistas hacia la AEI ALCAZABA (una neófita musulmana) y, por otro, la asunción de esa obligación por el propio investigado. Ahondando en el asunto, la agente ALCAZABA le pregunta al investigado sobre su disposición para "hacer la yihad en Sevilla", a lo que Victorino responde afirmativamente: "Sí, sus discursos han reavivado el espíritu de la yihad en la generación más joven y los infieles no quieren eso" (se refiere al discurso de Abel, quien habría insuflado el espíritu yihadista en los jóvenes, como el investigado).

Tras tales afirmaciones, el investigado afirma que existen "muchas formas de hacer la yihad" (sin censurar ninguna de ellas) y que una forma de practicarla "es a través de las redes sociales".

Entre el 1 de agosto y el 26 de octubre de 2021 el investigado se desplazó a Pakistán, donde recibió entrenamiento militar en el uso de armas de guerra y armas cortas, como luego se verá, como paso esencial en su idea de autocapacitarse para la yihad violenta y pasar a la acción.

En fecha 16 de diciembre de 2021 se solicitó Auto de entrada y registro en su domicilio, sito en la CALLE000 NUM000 de Sevilla.

Practicada entrada y registro en su domicilio, en fecha 20 de diciembre de 2021, se incautaron en su teléfono móvil smartphone imágenes que, analizadas, acreditan que durante su estancia en Pakistán había recibido entrenamiento militar en el uso de arma corta y larga. No está acreditado con quién lo realizó. Así, constan:

-El 25 de octubre de 2021, la víspera de su regreso a España desde Pakistán, Victorino toma numerosas imágenes y vídeos en las que se muestra a sí mismo manejando armas de fuego, pistolas y fusiles de asalto.

-Del 24 de octubre de 2021, constan dos imágenes y un vídeo en los que se observa una mano portando una pistola. De esa misma fecha, consta un vídeo en el que aparece un varón no identificado portando una pistola en la mano.

-El 22 de octubre de 2021, toma varias fotografías en la que se le observa portando una pistola. Asimismo, constan dos vídeos en los que se observa a Victorino disparando con una pistola y otro recibiendo un cargador de pistola por parte de un individuo desconocido y posteriormente realiza varios disparos. Este video lo ocmparte el 18 de octubre y sel o manda a Héctor por DIRECCION006.

-Del 17 de octubre de 2021, consta una imagen de una pistola marca GLOCK modelo 180 con dos cargadores municionados con cartuchos de 9mm parabellum.

-El 16 de octubre de 2021 recibe un video a través de la aplicación DIRECCION006 en el que se observa a una persona disparar un arma corta, escuchándose un audio en urdu: [Esta pistola la ha fabricado Abu Bakkar Dar, Gujranwaia, te la han fabricado a ti hermano].

-Anteriormente, el 8 de octubre de 2021 se recibe a través de la aplicación DIRECCION006 un video en el que se observa una mano tomando una pistola, en el que se escucha a la misma persona hablar en urdu diciendo:[Hermano Alvaro: ti/lira esta pistola, la he preparado para un amigo que ha ido a DIRECCION007, yo he hablado con él y me ha dicho que te la puedo vender. Si quieres te la entrego mañana], explicándole cómo funciona y sus materiales.

El 20 de septiembre de 2021 , realiza una fotografía de una pistola con la inscripción MADE AS CHINA SPECIAL OPTIMIZED CAL.30 BORE.

El 14 de septiembre de 2021, realiza una fotografía con el teléfono de una pistola con la inscripción DIRECCION008 . El investigado, finalmente, buscó adquirir armas que le permitiese realizar una hecho violento. Así:

-El 26 de marzo de 2020, encontrándose en España, Victorino mantiene una conversación a través de la aplicación de mensajería DIRECCION006 con un usuario con número de teléfono - NUM001 (prefijo pakistaní). Del contenido de misma se deduce el intento de adquirir armas de fuego y munición. [Zigana 9mm o Beretta 9mm;50 balas 9mm valen 2500 (...) Beretta mía es de buena calidad] .

-El 9 de mayo de 2021, sobre las 17.00 horas, mantiene conversación a través de la aplicación de mensajería DIRECCION006 con un tal Héctor sobre una pistola de 9 mm cuya imagen envía, y su posible adquisición.

-El 17 de mayo de 2020, también en España, a través de la aplicación de mensajería DIRECCION006, envió a un tal Héctor la imagen de un comunicado de la oficina del portavoz de los talibanes en Afganistán en la que se afirma que "los talibanes de Afganistán empezarán oficialmente la Yihad contra India, incluyendo ataques militares con ataques suicidas... El islam dominará de nuevo a la india, por eso preparaos para la Yihad". A su vez Victorino remite varias fotografías de una pistola donde discute con el individuo Héctor acerca de su originalidad. Héctor le dice que le regalará una Glock (pistola semiautomática). A lo largo de la conversación Héctor le dice al investigado que ha pedido "el fusil" acompañando el comentario con una imagen de éste. Días después Victorino le remite los vídeos de él mismo haciendo prácticas de tiro con un arma de fuego.

-En fecha 27 de enero de 2021, Victorino comparte en un grupo de DIRECCION006 una fotografía del puntero láser acoplable a un arma que días antes (9 de enero) había encargado a través de la página de compras online " DIRECCION009". A dicha imagen le acompaña un audio realizado por el propio Victorino que dice traducido dice "señor Nicanor, este es el láser que he pedido online directamente desde China, mira! A ver como está." A este mismo lase hace referencia en conversación de fecha 29 de enero de 2021 con un tal Romualdo.

-En fecha 5 de septiembre de 2021, a las 19:08 le comunica a Héctor que ha pedido un fusil, mandándole foto.

-El 1 de febrero de 2020 se envía a sí mismo, desde el número pakistaní al español la imagen (fotografía) de una pistola marca Tisas modelo Zigana, de fabricación turca.

-En el análisis de su terminal identificado como NUM002 , al ítem 347, se observa la difusión a distintas personas por vía de aplicación de mensajería DIRECCION006 de imágenes de diferentes armas cortas y largas, de entrenamiento con ellas del investigado, unidas a comentarios sobre las mismas, en el periodo comprendido entre el 18 de noviembre de 2021 y el 1 de febrero de 2020.

-Archivos imagen. En el mismo terminal tenía almacenadas imágenes una pistola marca Tisas modelo Zigana de fabricación turca, de un fusil de asalto marca Colt, modelo M4, calibre 5.56 mm. En el armazón consta la inscripción "Property of U.S. Govt." (Propiedad del Gobierno de los Estados Unidos. Pudiera tratarse de un arma arrebatada a un militar estadounidense. También de una pistola marca Glock con dos cargadores municionados. Asimismo, en otra había una imagen de una pared con una bandera de Pakistán y colgados de la pared 10 fusiles, 4 de ellos con mira telescópica. Otra imagen consistente en un fusil de asalto modelo HK G3 de producción alemana con munición de 7,62 mm dibujando una palabra en árabe que traducido significa "ALLAH" (Dios). Otra más consistente en una cama repleta de fusiles de asalto, unos 15, algunos de la marca Kalashnikov y otros de la marca Colt.

Videos. Tenía los siguientes videos: vídeo de DIRECCION010 con URL DIRECCION011 con imágenes sobre el adiestramiento del ejército revolucionario sirio, que en su momento pertenecía a JAISH AL-NUSRA (vinculado a la organización terrorista AL- QAEDA), de fondo se escucha una nasheed llamada Ahraun Ahraun (Libres-Libres). También un video vídeo de DIRECCION010 con URL DIRECCION012 de enaltecimiento de la muerte en combate, protagonizado por la esposa e hijo del mártir Eulogio, comandante del grupo terrorista HIZBUL MUJAHIDEEN, organización islamista pakistaní activa en las provincias de Jammu y Cahemira, administradas por India.

Vídeo de DIRECCION010 con URL DIRECCION013 que contiene imágenes del Batallón Badri 313 de las fuerzas especiales de los Talibanes, con escenas de combates contra los cruzados de una serie histórica sobre el imperio Otomano, mezcladas con otras de niños necesitados y acompañadas de música religiosa (anasheed) en Urdu.

Vídeo de DIRECCION010 con URL DIRECCION014 sobre el adiestramiento del Batallón Badri 313 de las fuerzas especiales de los Talibanes, con música de fondo una nashed.

Fundamentos

PRIM ERO .- Los hechos que se declaran probados son legalmente constitutivos de un de un delito de enaltecimiento terrorista del artículo 578.1 y 2 CP y de un delito de auto-adoctrinamiento y autocapacitación terrorista del artículo 575. 1 y 2 C, todo ello de acuerdo con la conformidad de las partes que se ha expuesto en los Antecedentes de Hecho.

SEGUNDO .- Del delito precedentemente referido es responsable criminalmente, en concepto de autor, el acusado Victorino, a tenor del art. 28 del Código Penal.

En la realización de dicho delito no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Atendiendo a la conformidad de las partes, procede imponer las penas que se recogen en la parte dispositiva de la presente sentencia.

Asimismo, procede la sustitución de las penas privativas de libertad por la expulsión de territorio español, que se materializará tan pronto se cumplan los requisitos administrativos ( artículo 89.2 CP), con prohibición de regreso a España por plazo de 10 años ( artículo 89.5 CP).

TERCERO .- Las costas procesales vienen impuestas por ley a todo responsable de delito.

Fallo

1.- Que debemos condenar y condenamos a Victorino como autor responsable de un delito de enaltecimiento terrorista, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 2 años de prisión, inhabilitación absoluta por 8 años y libertad vigilada por 1 año; condenándole asimismo al pago de las costas.

2.- Que debemos condenar y condenamos a Victorino como autor responsable de un delito de auto-adoctrinamiento y autocapacitación terrorista, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 2 años de prisión, inhabilitación absoluta por 8 años y libertad vigilada por 1 año; condenándole asimismo al pago de las costas.

3.- Las penas privativas de libertad acordadas en el apartado anterior serán sustituidas por la expulsión del territorio nacional que se materializará tan pronto se cumplan los requisitos administrativos, con prohibición de regreso a España durante el plazo de 10 años contados desde la fecha de su expulsión

Para el cumplimiento de las penas privativas de libertad será de abono todo el tiempo que hubieran estado privados o hubieran tenido limitada su libertad por la presente causa y no se hubiesen ya abonado en otra.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Así por esta Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

E./

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por los Ilmos. Sres. Magistrados que la suscribieron, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, por ante mí el Secretario de lo que doy fe.-

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

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