Sentencia Penal 6/2026 Au...o del 2026

Última revisión
16/04/2026

Sentencia Penal 6/2026 Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Primera, Rec. 17/2025 de 23 de marzo del 2026

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Orden: Penal

Fecha: 23 de Marzo de 2026

Tribunal: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Primera

Ponente: MARIA CARMEN CIMAS GIMENEZ

Nº de sentencia: 6/2026

Núm. Cendoj: 28079220012026100007

Núm. Ecli: ES:AN:2026:1174

Núm. Roj: SAN 1174:2026

Resumen:
DELITO TERRORISMO GENERICO

Encabezamiento

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN 001

Teléfono: 913535062

N.I.G.: 28079 27 2 2022 0000455

ROLLO DE SALA 17/2025

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000017/2022

ÓRGANO DE ORIGEN: JUZGADO CENTRAL INSTRUCCION nº: 006

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. ALFONSO GUEVARA MARCOS (PRESIDENTE)

Dª. CAROLINA RIUS ALARCÓ

Dª. CARMEN CIMAS GIMENEZ (PONENTE)

SENTENCIA Nº 6/2026

En Madrid, a veintitrés de marzo de dos mil veintiséis.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, integrada por el/las Ilmo/as. Señor/as del margen, ha visto en juicio oral y público el procedimiento abreviado instruido con el núm. 17/2022 por el Juzgado Central de Instrucción núm. 6, por delito de autoadoctrinamiento terrorista, seguida contra José, mayor de edad, nacida el NUM000 de 1990 y sin antecedentes penales, cuyas demás circunstancias constan en autos y en libertad provisional por esta causa; en la que ha sido parte el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. D. Emilio Miró Rodríguez; y siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña María Carmen Cimas Giménez, que expresa el parecer de la Sala.

PRIMERO. -Las presentes actuaciones se instruyeron por el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, que incoó las correspondientes diligencias previas y practicadas las diligencias de investigación que se consideraron oportunas y dictado el auto de transformación en procedimiento abreviado, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación y solicitó la apertura de juicio oral.

SEGUNDO. -El Ministerio fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista, previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, solicitando que se impusiera a José, la pena de cinco años de prisión, con inhabilitación absoluta por tiempo de ocho años superior al de la duración de la pena de privación de libertad al amparo de lo dispuesto en el artículo 579 bis 1 del Código Penal, además de la medida de libertad vigilada por tiempo de cuatro años, una vez cumplida la pena de prisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579 bis 2 del Código Penal. Por último, solicitó que se ordenase el cierre de los perfiles en redes sociales de la acusada a los que se refería en su escrito de acusación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578. 4 del Código Penal y que se le impusiera las costas procesales.

Dictado el auto de apertura del juicio oral, se presentó el correspondiente escrito de defensa solicitando su libre absolución y tras los trámites legales, las actuaciones fueron remitidas y turnadas a esta Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

TERCERO. -Iniciado el juicio oral, con carácter previo, el Ministerio Fiscal presentó escrito de modificación de su calificación provisional, en el solo sentido de solicitar que se impusiera a la acusada, la pena de dos años y seis meses de prisión, con inhabilitación absoluta por tiempo de seis años superior al de la duración de la pena de privación de libertad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579. Bis. 1 del Código Penal y la medida de libertad vigilada por tiempo de dos años, una vez cumplida la pena de prisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579. Bis. 2 del Código Penal y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578. 4 del Código Penal, que se ordenase el cierre de los perfiles en redes sociales de la acusada a los que se referían los hechos de su escrito.

El Ministerio Fiscal se ratificó en el escrito presentado y la letrada de la acusada mostró su conformidad con el mismo, al igual que la acusada. No estimándose por ninguna de las partes necesaria la continuación del juicio, quedó concluso para dictar sentencia.

CUARTO. -En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales establecidas por el ordenamiento jurídico.

ÚNICO.- Se declara probado, por conformidad de las partes, el relato de hechos contenido en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, que es el siguiente:

El presente procedimiento se incoó mediante auto de 24 de febrero, en virtud de oficio elaborado por la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil, UCE 2, en el que se daba cuenta de la actividad de José en redes sociales en abierto.

La citada había accedido a algunos repositorios concretos a través del usuario que mantenía en la biblioteca virtual Internet Archive, empleando el "nick" DIRECCION000, los cuales tiene señalados como favoritos, que se detallan a continuación:

1 .- DIRECCION001 < DIRECCION002>

Contiene una recopilación de 26 archivos de audio del programa "al-wala wal Bara" emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática principal de DAESH, informando sobre la actividad armada desarrollada por esta organización y en ocasiones reivindicaciones de atentados y comentarios a noticias internacionales.

2.- DIRECCION003 < DIRECCION004> Publicación de acceso libre conteniendo una recopilación de 441 archivos de audio conteniendo conferencias del Jeque Juan Francisco, cuya identidad se corresponde con la de Braulio, condenado en Reino Unido, expulsado a Jamaica, posteriormente detenido y extraditado a Estados Unidos, acusado de delito de reclutamiento terrorista.

3.- < DIRECCION005>

Contiene 91 publicaciones en formato audio, con conferencias del Jeque Cipriano y episodios emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática de DAESH.

4.- < DIRECCION006>

Contiene archivos con noticias de DAESH.

5.- < DIRECCION007>

Contenidos propagandísticos de DAESH, software de aprendizaje de árabe y contenidos elaborados por la rama mediática de DAESH, Al -Himmaha.

6.- < DIRECCION008>

Publicación no accesible a usuarios sin registro previo. Contiene enlaces a sitios web con archivos de audio editados por Adnaj media, rama mediática principal de DAESHs.

7.- < DIRECCION009>

Acceso en abierto, con "nasheed" donde aparecen líderes de DAESH

8.- < DIRECCION010>

El acceso a esta publicación es en abierto y se encuentran contenidos dogmáticos del islam y documentos propagandísticos de DAESH, editado por Al Hayat Media Center, rama mediática de DAESGH, y contenidos y alocuciones de reconocidos jeques radicales yihadistas.

9.- < DIRECCION011>

Relacionados con la cuenta de Instagram utilizada por José- usuario NUM001-, a través de aplicaciones abiertas se obtiene que se habría relacionado con diferentes perfiles, uno de ellos el que figura con ID- NUM002, username: NUM003 y con Nick: DIRECCION012, con clara temática yihadista, concretamente de la organización terrorista DAESH.

Por el Juzgado Instructor se acordó práctica de las siguientes diligencias de investigación:

Solicitar de la compañía proveedora de servicios de la comunicación META PLATFORMS la información respecto de los perfiles de Facebook e Instagram DIRECCION013 con Id. NUM004, y DIRECCION014 con Id. NUM005 < DIRECCION015>.

Mediante auto de 29 de junio de 2022, se autorizó el acceso a las comunicaciones que se produjeran a través de aplicaciones de mensajería instantánea, así como a los datos almacenados en los servidores de dichas aplicaciones en relación con los teléfonos NUM006, NUM007, NUM008 y NUM009.

En resolución de 27 de septiembre fue autorizada la intervención de las comunicaciones a través de los terminales con IMEI NUM010, NUM011, NUM010, NUM011, NUM012 y NUM013, utilizados por la acusada.

En auto de fecha 30 de junio de 2022, fue autorizada la participación de agente encubierto informático y su interactuación con la investigada José.

El día 11 de julio de 2022, autorizados judicialmente mediante resolución de 7 de julio, agentes de la Guardia Civil accedieron y registraron los domicilios de José, situados en:

? DIRECCION016 de Tudela de Duero (Valladolid).

? DIRECCION017 de Tudela de Duero (Valladolid).

Los agentes encontraron los siguientes efectos:

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J600FN/DS, IMEI NUM014/ NUM015 (Evidencia nº NUM016).

? Teléfono móvil SAMSUNG GALAXY A22, IMEI NUM011 /

NUM012 (Evidencia nº NUM017).

? Pendrive Kingston (Evidencia nº NUM018).

? Ordenador portátil HP, Nº serie NUM019 (Evidencia nº NUM020).

? Ordenador sobremesa MSI, Nº serie NUM021 (Evidencia nº NUM022).

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J500FN, IMEI NUM023 (Evidencia nº NUM024).

? Teléfono móvil HUAWEI EVA-L09, IMEI nº NUM025 (Evidencia nº NUM026).

? Tablet SPC GLEE 10.1, Nº serie NUM027, (Evidencia nº NUM028).

? Tablet WOLDER MITAB ONE, Nº serie TABONE NUM029 (Evidencia nº NUM030).

Mediante auto de 6 de julio se autorizó la obtención de copia forense de los contenidos alojados en la "nube cloud", y fue obtenida a través del teléfono móvil maca Samsung Galaxy A22.

La citada realizó los siguientes actos a través de los dispositivos referidos usando las aplicaciones informáticas que se dirán.

También conservaba entre sus archivos electrónicos diferentes publicaciones que sirven a los fines de la organización terrorista DAESH, editando y traduciendo textos yihadistas, como son Alhut Tawhid Publications (Democracy: The Modern Idol) y otros directamente editados para alcanzar los fines de la organización (Black Flags from the East (Khorasan)", y dirigidos para expandirse en terceros países, formando parte del proyecto de la organización terrorista.

Entre estos archivos se encontraban los siguientes:

Evidencia: NUM031. Fecha: 27/09/2022 19:00:21(UTC+0) Nombre archivo: Democracy-The-Modern-Idol.pdf.

Contenido: Documento pdf con título "DEMOCRACY: THE MODERN IDOL, realizado por Gabino, en la portada de este documento aparece el logo de Ahlut Tawhid publications, productora dedicada a traducir y difundir textos religiosos yihadistas. Su material ha sido ampliamente compartido entre los partidarios yihadistas de habla inglesa. Gabino, el autor del artículo, cuyo verdadero nombre es Urbano, fue miembro directivo de Al-Qaeda y presunto miembro del Grupo de Lucha Islámico Libio, su muerte fue confirmada por el líder de Al-Qaeda Hernan en un vídeo publicado en septiembre de 2012 para coincidir con el aniversario del 11 de septiembre.

E videncia: NUM031 Fecha: 26/12/2022 15:10:17(UTC+0) Nombre archivo: Radical Islamist English-Language Online Magazines_ Research Guid.pdf

Contenido: Este documento constituye una guía sobre revistas yihadistas publicadas por este tipo de organizaciones, en el que se comenta y analizan las publicaciones más conocidas como Inspire de AL QAEDA, la protalibán Azan y Dabiq de DAESH, así como una serie de publicaciones menos conocidas asociadas con al Shabaab (Gaidi Mtaani y Amka) y el Frente al-Nusrah (Al-Risalah), Benefit of the Day, Jihadi Recollections y Defenders of the Truth. Así mismo, abordan publicaciones temáticas especiales e informes de DAESH, noticias y libros electrónicos: Black Fags, Shudada (Mártires), Estado Islámico y Occidente. Proporcionan grupos de revistas en línea de DAESH y AL QAEDA, junto con una discusión de los diferentes enfoques estratégicos de organizaciones terroristas transnacionales.

Evidencia: NUM031 Fecha: 28/09/2022 14:08:06(UTC+0) Nombre archivo: NUM032

Contenido: Documento titulado "El sistema del islam" alojado en la carpeta "Descargas" de la evidencia. Escrito por el erudito islámico Eloy fundador en 1953 del partido político fundamentalista islámico Hizb ut-Tahrir (activo en países occidentales, países árabes y Asia Central), entre cuyos objetivos estaba el restablecimiento del califato islámico e implementar la sharia (Ley islámica) a nivel mundial, para expandir la tierra del Islam y disminuir la tierra de la incredulidad ya que alega que es una obligación decretada por Dios, advirtiendo que Alá castigará a aquellos musulmanes "que descuidan este deber". Una vez establecido el califato, se expandirá a áreas no musulmanas, a través de "invitaciones" y a través de la yihad militar. Hizb ut-Tahrir ha sido prohibido en Bangladesh, China, Alemania, Rusia, Turquía, Indonesia y todos los países árabes excepto Líbano, Yemen y Emiratos Árabes Unidos. En el año 2001 Hizb ut-Tahrir afirma en su diario Al-Waie que está "permitido" llevar a cabo ataques suicidas con cinturones explosivos.

E videncia: NUM031 Fecha: 11/03/2023 15:29:14(UTC+0) Nombre archivo: Black-Flags-from-the-East.pdf.

Contenido: El documento aparece alojado en la carpeta Descargas de la evidencia. Fue descargado tras realizar la búsqueda en Google de la URL, del repositorio de contenido digital, archive.org: DIRECCION018 < DIRECCION019> the-East.pdf. El documento pdf ampliamente publicitado en foros yihadistas "Black Flags from the East (Khorasan)" noviembre de 2012, forma parte de una colección de libros aparecidos desde la instauración de DAESH y cuyos títulos apuntan a países donde DAESH quiere expandirse y que forman parte del proyecto de comunicación de la organización terrorista, donde ya poseían cierto nivel de influencia ideológica y operativa.

José participaba, a través de plataformas de comunicación social, en grupos de difusión de los objetivos y fundamentos del terrorismo internacional yihadista, como son los grupos "Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah", donde se difunden mensajes de diferentes sheiks y jeques que defienden la práctica de la yihad, "La vida de los extraños", e "Izz-al-Din" en referencia este último a la organización terrorista Hamas. Entre ellos destacan los siguientes:

Grupo de difusión Telegram (Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah / José).

Evidencia NUM031 Participantes: ??Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah | Biblioteca del buscador del conocimiento monoteísta de Dios el Salafista - NUM033 CUENTA - NUM034 ANI - ( José) País: Plataforma: Telegram Período: 22/02/2023 20:11:53(UTC+0) a 10/07/2023 2:30:03(UTC+0) Nº Mensajes: 78. Cuenta de Telegram donde se publican enlaces mediante los que se difunde material yihadista y recoge fotos, videos, enlaces de Facebook, cuentas de Telegram y youtube.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225425_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del grupo de Telegram "La vida de los extraños", en la que se observa un parche con la bandera de DAESH apoyado en un ramo de rosas. Bajo la imagen se lee el comentario "Juro por Allah que hasta ahora renuevo mi islam todo el tiempo".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215225_Telegram.jpg

Contenido: En la imagen se observa un teléfono móvil conectado a unos auriculares y con la bandera de DAESH como fondo de pantalla. Pertenece a la imagen de un grupo de mensajería instantánea llamado "La vida de los extraños".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225408_Telegram.jpg

Contenido: Publicación del grupo de Telegram llamado "La vida de los extraños". Sobre la publicación principal se observa una imagen circular en la que se observa a una mujer que viste velo integral y el logo utilizado por DAESH detrás de ella. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción es la siguiente: Que no se te ocurra vestirte como las mujeres que van semidesnudas, ni arrancar el cabello de la cara ni dejar el pelo descubierto. Recuerda el hadith del profeta en el que dijo:" Dios maldiga aquella mujer que arranca el cabello de la cara". Y recuerda también que las mujeres que van semidesnudas y con cabezas descubiertas no entrarán al paraíso. La auténtica belleza es la belleza del alma y no es como...

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225348_Telegram.jpg

Contenido: Imagen del mismo grupo de Telegram anterior "La vida de los extraños", en la que se ve a un hombre con la cabeza agachada con un gorro de lana negro con el logo de DAESH. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción se incorpora a continuación: Y el anhelo todavía está en mi corazón inquietándome... Después de mis queridos, a quién reprocharé? (El anhelo) disparó a mi corazón con sus flechas, como si me hubiera disparado la muerte con sus escorpiones.

La acusada desarrolló la siguiente actividad en el grupo de Telegram: "Izz al-Din":

Evidencia: NUM035 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20210412-113652_Telegram.jpg.

Contenido: Captura de pantalla de chat Telegram del grupo Izz al-Din que consta de 851 suscriptores, con un mensaje fijado y cuya traducción es (El mensaje inferior): "El orgullo de la religión: Me separé de mi familia por el credo. El Imam Ibn Al Qayyim AL Damachki dijo... Oh tú que has abandonado la yihad por pereza Crees que con tu pasividad tienes la elección Acaso no has escuchado lo que dijo tu Dios: id a la guerra Y su amenaza cuando dijo: si no vais a la guerra".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-120353_Telegram.jpg.

Contenido: Imagen mujeres cubiertas completamente (incluído el rostro) por niqab y guantes negros ondeando la bandera de DAESH y levantando fusiles AK47 como muestra de celebración y júbilo.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:23 Nombre de archivo: Screenshot_20201121-194411_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del canal de Telegram "Conflict_wave". En la imagen se observa a un niño vistiendo uniforme militar mimetizado y portando una bandana negra en la cabeza con el logo de DAESH.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215235_Telegram.jpg

Contenido: Imagen en la que se observa un anillo-sello del profeta Mahoma con la inscripción "Mohammed Rasul Allah", que significa que Mahoma es el mensajero de Dios (en árabe), acoplado en la mira de un fusil. El grabado del sello ha sido adoptado como icono por la organización terrorista DAESH, y añadido como símbolo en su bandera de fondo negro.

A través de la aplicación Facebook, José relacionaba con otros usuarios afines a DAESH, a la vez que autoconsume contenidos de las organizaciones terroristas.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:34 Nombre de archivo: Screenshot_20210520-002415_Facebook.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un vídeo publicado en Facebook por un usuario no identificado al resultar ilegible su nombre de usuario en la citada imagen. Acompaña a la misma con el comentario "extraños y solo ante Alá nos postramos". Este texto forma parte de un nasheed yihadista titulado ghurabae (los extraños). En la fotografía se observa a un hombre andando de hombros hacia abajo portando una mochila negra con la bandera de DAESH ocupando todo el frontal de la misma.

La referencia está relacionada con un hadiz atribuido al profeta Mahoma que dijo: "El Islam comenzó como algo extraño y volverá como algo extraño. El paraíso es para los extraños". Los salafistas afirman ser estos "extraños" anunciados y, por lo tanto, el grupo elegido, porque son los que prohíben el mal cuando los demás son depravados. Debido a su "amor intransigente por Allah y sus mensajeros" también serían percibidos por la mayoría como "extraños", lo que a su vez interpretan como una confirmación de que están en el camino correcto y son "los verdaderos creyentes". Esto se aplica tanto a las sociedades musulmanas como a las no musulmanas. El hecho de que se encuentren en minoría y con frecuencia marginados también refuerza su sentimiento de superioridad. Después de todo, el profeta Mahoma y sus primeros compañeros fueron percibidos como "extranjeros" y condenados al ostracismo cuando todavía eran una minoría en La Meca. Como se narra en el hadiz, son ellos a quienes se les ha prometido el paraíso. El mensaje transmitido por los salafistas es que, como musulmanes, son los extraños aquí y allá, son los "verdaderos creyentes", "extraños" incluso dentro de la comunidad musulmana (porque la mayoría de los musulmanes en occidente rechazan estas corrientes). Por lo tanto, no deben sufrir el ostracismo, sino considerarlo como una confirmación de pertenencia al grupo elegido.

A través de la red social Pinterest esta red social, José se nutría de numerosa iconografía de las organizaciones terroristas, conservando estas a través de impresiones de pantalla (screenshots) o bien directamente de la plataforma.

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/01/2023 19:09:54(UTC+0) Nombre de archivo: 1000006552.jpg Tamaño: 165951.

Contenido: Fotografía en la que se ven dos manos una de ellas con un guante y ambas con un anillo en uno de los dedos con la simbología de DAESH.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:37:10(UTC+2) Nombre de archivo: 8edb1d6a4e621d593ad49ecfbbaa883e.

Contenido: Mujer con Burka portando un arma larga y detrás de ella colgada en la pared la bandera de "DAESH" almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:31:12(UTC+2) Nombre de archivo: a45ca24161511d4c81136cdcc73ae521.1

Contenido: Imagen de " Conrado", miembro del DAESH cuya verdadera identidad era Victoriano, británico de origen kuwaití. En febrero de 2015 fue identificado como la persona que se ve en varios vídeos producidos por DAESH mostrando la decapitación de varios cautivos entre 2014 y 2015, año en que fue eliminado por un dron estadounidense. AL imagen está almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

En sus dispositivos se encuentran capturas de pantalla con origen en la plataforma de comunicación social de origen ruso Ok.ru, de la que era usuaria la acusada. Ok.ru es la segunda red social rusa más importante, propiedad de VKontakte similar a Facebook.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:18 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-150140_Samsung Internet.jpg.

Contenido: Captura de pantalla del perfil de un "amigo" en la red social ok.ru, en el que se ve la bandera de DAESH en forma de corazón.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-143327_Samsung Internet.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un muyahidín portando una espada (símbolo muy utilizado al referirse a la lucha armada ya que recuerda a los tiempos de Mahoma por ser una de las armas de la época) y una bandera de DAESH.

En la red social Soundcloud la acusada desarrolló la siguiente actividad:

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210527-110556_SoundCloud.jpg .

Contenido: Esta imagen se corresponde con un listado de nasheed alojado en la plataforma SOUNDCLOUD, titulados como sigue:

- Es la vida terrenal, y Juro por Allah que se acabará, acudid hacia el paraíso remangados

- Ramadán, corona de la Sunna.

- No temo los corceles.

- Nasheed Oh musulmanes...vuestras lágrimas en los ojos.

- En cualquier tierra Allah tiene caballeros.

- Oh que triunfo para quien obtuvo el martirio siendo sincero.

- Novia de la guerra.

A través de la navegación en la web, accedía a nasheed producidos por la agencia mediática Ajnad Media ( DIRECCION020), principales vehículos de ideologización empleados por DAESH.

Respecto a su actividad en el repositorio archive.org, accede de modo frecuente a un enlace "corbin" que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, junto a otros enlaces conteniendo numerosos nasheed, siendo algunos de ellos en exclusiva de Ajand Media.

José conservaba en sus dispositivos imágenes y videos con contenidos de apoyo a la lucha armada y martirio en beneficio de las organizaciones terroristas, entre ellos, los siguientes:

Video eliminado pero recuperado de la papelera del dispositivo móvil de la marca HUAWEI14. Evidencia: NUM036 Fecha: 07/11/2020 01:09:01(UTC+1) Nombre de archivo: 0_0ae3bef0-50dd-492d-b51d-ca47d7eafabc_blob

Contenido: Comienza con la bandera de DAESH y la Shahada, continuando con la imagen de un combatiente junto a un vehículo militar en llamas, mientras suena un nasheed yihadista donde se ensalzan las acciones bélicas de la organización terrorista. Se trata de un video recuperado de la papelera y que habría sido eliminado, editado por DAESH.

En sus dispositivos almacenaba las siguientes descargas:

Evidencia: NUM031 Fecha: 23/07/2022 22:11:22(UTC+0).

Contenido: Se trata de la descarga de un archivo de audio desde el repositorio de archivos archive.org en cuya página de archive.org aparece el siguiente documento multimedia, en el que se observa iconografía bélica yihadista.

José conservaba las siguientes imágenes:

Evidencia: NUM035 Fecha: 09/07/2023 14:22:36 Nombre de archivo: f_000465.

Contenido: Se observa una ilustración de un muyahidín agazapado portando un fusil AK-47 y una frase que dice: "2013, Iré para hacer la yihad. Clemente".

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:35:54(UTC+2) Nombre de archivo: 53a5ddc95a1c638bdff56bfa0e821c6a.1.

Contenido: Bandera con la palabra "Jihad" aparece almacenada en el terminal.

Evidencia: NUM031 Fecha: 29/07/2022 20:40:03(UTC+0)

Contenido: Captura de pantalla de la aplicación de la web www.islaminquran.com/ de la surah At Tauba (El arrepentimiento) 9, ayat 111, en la que dice "Combaten por Alá: matan o les matan. Es una promesa que Le obliga, verdad, contenida en la Tora. en el Evangelio y en el Corán." disponible en versión web en la url: DIRECCION021 incitando a la Yihad y al martirio.

La acusada realizó búsquedas relacionadas con armas de fuego. Como resultado de estas búsquedas accedió y almacenó imágenes en las que aparecen mujeres y niños portando o haciendo uso de las armas.

Búsqueda en google del nombre: Bernardo (líder de DAESH) Evidencia: NUM031 Fecha: 21/05/2023 04:03:58(UTC+0) Título: Bernardo - Búsqueda de Google.

Contenido: Bernardo: Teodosio, conocido como Octavio fue un terrorista de origen sirio, portavoz oficial y alto dirigente de Daesh. Fue descrito como el líder del grupo en Siria y el jefe de sus operaciones exteriores, fallecido en 2016.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:12:12 Nombre de archivo: Screenshot_20210130-021919_Chrome.jpg

Contenido: Captura de pantalla de imagen publicada en Pinterest, en la que aparece una mujer completamente cubierta con niqab y guantes negros, portando un fusil y realizando el símbolo del tawhid. Esta imagen refleja un nuevo rol para la mujer en el que desarrolla un papel más activo y violento en la yihad, además de lo que hasta ahora se le había asignado que era el cuidado de la familia y la educación de sus hijos, dejando el lado bélico a los varones.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:05:30 Nombre de archivo: Screenshot_20201206-124236_Chrome.jpg

Contenido: Imagen de dos menores vestidos de negro y con la cara cubierta con un fusil AK-47 apoyado en el suelo y haciendo el símbolo del Tawhid.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:08:50 Nombre de archivo: Screenshot_20220203-173854_Chrome.jpg

Contenido: Combatiente yihadista con chaleco antifragmento y AK-47.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-043747_Messenger.jpg

Contenido: Imagen de estado de algún perfil o cuenta de mensajería en la que aparecen varias armas de guerra apoyadas en la pared.

José accedió a repositorios en esta página web, archive.org, donde se difunde y comparten los objetivos de las organizaciones terroristas a través de su dispositivo Samsung SM-J60015, y utilizando la cuenta de correo DIRECCION022.

José a través de la cuenta indicada anteriormente mencionado ( DIRECCION000) accedió y conservó en el repositorio web archive.org diferentes URL marcadas como favoritos, que contienen abundante material multimedia propagandístico editado por DAESH (nasheed, enlaces de audios de la radio Al-Bayan, publicaciones de líderes del DAESH como Cipriano...), o bien material referente a sheiks conocidos en el ámbito de la lucha antiterrorista por difundir, propagar e incitar a la comisión de actos violentos como Juan Francisco. La acusada ha accedido a material editado y publicado por DAESH, detectándose en total 39 descargas, 76 búsquedas que figuran en el historial de navegación, y 18 marcadores de internet.

Entre estos accesos destacan los siguientes:

Evidencia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:17:26(UTC+0) Nombre de archivo: logged-in-user líder Samuel.

Samuel falleció en marzo de 2016 en el curso de un enfrentamiento con fuerzas especiales norteamericanas cuando intentaron capturarlo en Siria Vivió y predicó en el Reino Unido hasta que fue condenado a nueve años de prisión en el 2003 por divulgación de ideologías de odio e incitación a actos terroristas contra judíos, hindúes, cristianos y americanos.), que posteriormente difunde, de manera masiva, a través de sus numerosos perfiles en redes sociales, fundamentalmente grupos de Facebook y WhatsApp, tras haber filtrado, seleccionado y traducido al español los fragmentos que aquel considera idóneos dentro del equilibrio entre material radical para adoctrinar en la yihad y cumplir con las medidas de seguridad que eviten su detección. Además, se conoce de él, que ha incitado al odio racial e instar a sus fieles a asesinar a cristianos, hindúes, judíos, estadounidenses y a los "incrédulos", en sus conferencias pidió a las madres musulmanas que criaran a sus hijos para que fueran soldados de la yihad a la edad de 15 años, comprar pistolas de juguete para sus hijos a fin de entrenarlos para la yihad, en una grabación suya llamada "Reglas de la yihad", dijo: "Tienes que aprender a disparar. Tienes que aprender a volar aviones, conducir tanques y tienes que aprender a cargar tus armas y a usar misiles".

E videncia: NUM031 Fecha::Título Download, Borrow, and Streaming.

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: Habilidad para exponer la trampa de la obediencia.

E videncia: NUM031 Fecha: Título: DIRECCION023 : Akserayi : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive .

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: DIRECCION024 (Todos los Nasheeds de Samuel) al cual sólo se puede tener acceso poniendo usuario y contraseña. Entre las palabras asociadas para facilitar su búsqueda como "temas" aparecen entre otras nasheed y yihad. Así mismo aparece la nota en inglés: Nota: Algunas de las canciones publicadas por al-Basha'ir incitan a ataques terroristas contra civiles, lo cual no es aceptable desde un punto de vista islámico. Los no combatientes deben ser respetados según las enseñanzas éticas islámicas. Al Qaeda adoptó el terrorismo como estrategia para expulsar a las potencias occidentales de las tierras musulmanas. Sin embargo, esta estrategia resultó infructuosa y produjo resultados fatalmente antitéticos, intensificando los ataques occidentales y conduciendo a una criminalización y estereotipos de los musulmanes como enemigos peligrosos. Que Dios nos guíe a la verdad y a la pureza.

E videncia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:16:56(UTC+0) Ruta: Titulo: PIFA : gfgfgf : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive

Contenido: Enlace directo a un documento multimedia alojado en el repositorio archive.org, donde es necesario estar registrado para acceder al mismo, protagonizado por el clérigo islamista radical Juan Francisco, en él se escucha una disertación del clérigo en inglés, subtitulada en inglés y en ocasiones árabe, en uno de los momentos también se escucha una nasheed. El documento aparece en el número 210 de un total de 337 protagonizados por varios Sheiks radicales como son Adolfo, Gabriel, Erasmo o el propio Juan Francisco. Este grupo de documentos multimedia fue creado por el usuario " DIRECCION025" con correo electrónico DIRECCION026. Sheik: Enrique

Actividad relacionada con la agencia mediática DAESH: Radio Al Bayan

Nº 1 Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:53:52(UTC+0) Título: ia600601.us.archive.org/25/items/ra777_

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio en el que se escucha un nasheed y posteriormente a un hombre hablando en árabe, según los metadatos se trata de Lecciones de monoteísmo producidas por Radio Al Bayan. Radio Al-Bayan es una red de emisoras de radio, con base en Iraq, pertenecientes y operadas por la organización terrorista Daesh, para difundir su ideario. En el análisis de las evidencias se han obtenido cookies de acceso a la página web www.albayan.co.uk. de fecha 17/02/2023 00:23:13(UTC+0) En el historial de Internet aparecen las urls DIRECCION027 y DIRECCION028, esta última aparece guardada en Marcadores. En el diccionario de usuario también aparece al-Bayan en dos ocasiones.

La acusada accedió y almacenó en sus dispositivos los denominados "Nasheed".

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:54:02(UTC+0).

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra una colección de 83 audios con el título: en su mayor parte nasheeds (Canciones de Khawlan Al-Sanani).

E videncia: NUM031 Fecha: 30/06/2023 13:02:20(UTC+0) Titulo: Tafseer 009 Surah Taubah ( 001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) : Juan Francisco:

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Tafseer 009 Surah Taubah (001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) by Juan Francisco. (El verso de la espada). Creado por el usuario Juan Francisco con fecha 2015-01-23 16:49:05 y correo electrónico ummulmuhmineen@gmail.com. El verso de la espada es el quinto verso de la novena sura del Corán (atTawbah), una parte del verso dice: "Pero una vez que hayan pasado los Meses Sagrados, mata a los politeístas dondequiera que los encuentres, captúralos, asédialos y acéchalos en todos los sentidos."

E videncia: NUM031 Fecha: Titulo: Tafseer Surah Taubah ( 028 - 030) [ Part 4]: Accept Islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight ( 03.08.12) : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Tafseer Surah Taubah (028 - 030) [ Part 4]: Accept islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight (03.08.12 La novena sura del Corán (at-Tawbah), en su aleya 29 dice: ¡Combatid contra quienes, habiendo recibido la Escritura, no creen en Alá ni en el último Día, ni prohíben lo que Alá y Su Enviado han prohibido, ni practican la religión verdadera, hasta que, humillados, paguen la yizia directamente! La Yiziá en la Ley islámica es un impuesto que se impone a los hombres adultos y libres no musulmanes, que no estuvieran enfermos, ni fueran mayores ni monjes.

En sus dispositivos ha sido localizado el siguiente material creado por la organización terrorista Daesh:

E videncia: NUM031 Fecha: 29/06/2023 05:39:17(UTC+0) Título: Internet Archive: Digital Library of Free & Borrowable Books, Movies, Music & Wayback Machine

Contenido: Enlace a la web Archive.org en el que se encuentra en el buscador el nombre de " Juan Francisco". Dicha búsqueda aparece varias veces en el historial de internet del terminal. En referencia al Sheik: Juan Francisco.

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:12:24(UTC+0) Título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco : Juan Francisco :

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco. (Llamemos a las cosas por su nombre - Parte 3 - Juan Francisco).

E videncia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:11:36(UTC+0) Título: Description Of Paradise [ Part 2] ( 07.05.11) - By Juan Francisco : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Description Of Paradise [ Part 2] (07.05.11) - By Juan Francisco. (AudioDescripción del Paraíso [Parte 2] (05.07.11) - Por Juan Francisco).

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:09:35(UTC+0) Título: DIRECCION029 : Juan Francisco -Internet Archive

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio DIRECCION029 by Juan Francisco -Internet Archive. ? Acceso a entidades mediaticas del DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 26/03/2021 21:36:14(UTC+0)

Contenido: Enlace a Radio Al-Bayan.

Evidencia: NUM020 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-112353_Chrome.jpg

Contenido: Captura imagen de Albayan radio, y un lema en el centro de la imagen que dice: "Los Taguts y los sabios del mal. Radio Al Bayan".

Evidencia: NUM020 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20201226-230459_Chrome.jpg .

Contenido: Ajnad media ( la fundación Ajnad media distribuye archivos de audios nasheed en árabe para el grupo terrorista isis, ei ...

Actividad de la acusada een la web "People of tawhid".

E videncia: NUM031 Fecha: Título: The Wicked Scholars are Cursed

Contenido: Se trata de un portal de contenidos, estructurado por categorías, proporcionando acceso a publicaciones de contenido doctrinal en relación con el concepto de Al-Wala wal-Bara, publicaciones de la entidad At-Tibyan Publications (anterior a Ahlut-Tawhid Publications de la que es precursora), libros y archivos pdf de jeques relevantes de la corriente salafista yihadista actuales, como el Jeque Ángel Jesús, u otros miembros relevantes de organizaciones terroristas yihadistas como Adolfo (Al Qaeda en la Península Arábiga), Gabino (Al-Qaeda) o Samuel (DAESH). También hay un apartado denominado artículos, en los que hay un subapartado denominado AN-NABA en los que se recogen una serie de artículos traducidos al idioma inglés los cuales fueron publicados originalmente en el periódico AN-NABA, publicación semanal del DAESH.

José, fundamentalmente a través de la aplicación TIKTOK editó y publicó material multimedia:

Evidencia: NUM031 Fecha: 12/10/2022 12:17:44(UTC+0) Ruta: content://media/external/downloads/1000001628

Contenido: El origen del video se encuentra en la url de Pinterest DIRECCION030/ siendo extraído mediante la aplicación web www.expertsphp.com/facebook-videodownloader. En el video original se observa una pareja de menores, uno de ellos porta dos armas cortas (pistolas) en dos fundas y en su cabeza un gorro con el logo de Daesh. El video en cuestión también, aparece en el sistema de archivos con nombre, 2022-10-12-143933244.mp4, ha sido editado y se ha añadido una nasheed, además se observa el Nick utilizado por la investigada en la red social Tiktok @ DIRECCION031 y el logo de la red social.

Evidencia: NUM031 Fecha: 19/03/2023 11:33:41(UTC+0)

Contenido: Archivo multimedia guardado en el apartado "Camera" de la evidencia. En el video aparece Rubén conocido como el padre de la Yihad mundial, miembro fundador de Al-Qaeda, fue el profesor y mentor de Abel, también fue cofundador del grupo terrorista islámico Lashkar-e-Taiba, incorporando la investigada la marca de agua al ser editado por ella.

Evidencia: NUM031 Fecha: 11/04/2023 10:03:08(UTC+0) Nombre archivo: 2023-04-11-120114507.mp4

Contenido: Video guardado en el apartado "Camera" de la evidencia, con audio en árabe descargado de la red social Tiktok, donde aparece el Nick DIRECCION032 utilizado por la investigada y que la red social añade al video una vez ha sido publicado en la misma. En el video, acompañado de un nasheed yihadista, se defiende la sharia, el califato islámico y a los muyahidines.

Evidencia: NUM031 Fecha: 24/04/2023 06:47:11(UTC+0)

Contenido: Video alojado en la carpeta "Camera" de la evidencia que fue publicado en la red social TikTok por la encausada con los Nick @ DIRECCION033 y @ DIRECCION032, comienza con la imagen del logo de la shahada y la frase "Tawheed Movement Ansar Al Tawheed" (Ansar al-Tawhid es un grupo islamista armado que lucha en la Guerra Civil Siria, mientras se escucha de fondo un nasheed). Al finalizar el video aparece una frase en inglés (en colaboración con) y aparece la imagen de la cabeza de un león y debajo "salafmedia.com". Como continuación aparece Jacinto (El predicador musulmán Jacinto, cuyo verdadero nombre es Lucio, líder del grupo terrorista Al-Muhajiroun, refundado en 2009 como Islam4UK y en 2014 Need4 Khilafah, y que hoy en día colabora con DAESH predicando la conquista islámica en Europa) sentado en un parque dando un discurso a cámara.

Evidencia: NUM031 Fecha: 04/09/2022 15:17:01(UTC+0) Nombre archivo: Tawheed Hakimiyyah(Must watch).

Contenido: En el video aparece Jacinto (también conocido como Lucio), además de simbología vinculada a la propaganda yihadista. Explica que el gobierno correcto tiene que ser el que Alá mandó implementar, es decir gobernar según la sharia y la sunna. De fondo se escucha fragmentos del famoso nasheed yihadista Ghuraba (de nuevo "los Extraños"). En el video se observa la marca de Tiktok con Nick @ DIRECCION031 tras haberlo compartido la investigada en dicha plataforma. También fue publicado con el Nick y usuario DIRECCION034 con fecha 14 de febrero de 2023 Lucio. Dirigió el grupo extremista Al-Muhajiroun, con sede en Arabia Saudita. Según The Times, la organización se ha relacionado con el terrorismo internacional, la homofobia y el antisemitismo. El grupo se hizo famoso por su conferencia de septiembre de 2002 " The Magnificent 19 ", elogiando los atentados del 11 de septiembre de 2001. En Reino Unido, Al-Muhajiroun es el más notorio de los grupos salafistas yihadistas. Miembros individuales de Al-Muhajiroun han estado implicados en una serie de ataques terroristas, incluido el asesinato de Belarmino ( Pedro Miguel y Carlos Manuel), el ataque del Puente de Londres de 2017 ( Luis María) y el apuñalamiento del Puente de Londres de 2019 ( Marco Antonio). Algunos miembros, como Plácido, han estado implicados en controversias en torno a Al-Qaeda, Otro miembro, Alberto, se convirtió en verdugo de DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 31/08/2022 11:24:57(UTC+0) Nombre archivo: AUTHENTIC TAUHEED_ Aqeedah.pdf

Contenido: El documento se encuentra alojado en la carpeta denominada "Descargas" de la evidencia y se trata de un documento pdf, obtenido desde la URL al repositorio de contenido multimedia archive.org: En la captura se puede observar que en idioma inglés aparece el texto "Islam does not mean peace" (Islam no significa paz) lo que viene a indicar la ideología radical del contenido del documento, que la investigada tradujo y publicó entre su contenido en la red social Tiktok a través de la url: DIRECCION035 < DIRECCION035>.

Para la edición de los videos anteriores, José tenía instaladas las aplicaciones "VivaVideo", "InShot" y "WhatsCut" para edición de Video y "Cortar Audio" para sonido. Instaladas las primera en febrero de 2023 y diciembre de 2022 para las restantes.

José ha accedido a contenidos en la web sobre el manejo y uso de armas, (canal YouTube DIRECCION036), y almacenaba material en uno de sus terminales móviles, imágenes procedentes de páginas web donde se explica y detalla la fabricación de armas caseras.

También a través de redes sociales ha mantenido relación con individuos investigados por terrorismo en terceros países.

El análisis de los contactos de su agenda ha permitido conocer que dos de esos contactos serian conocidos en el marco de las investigaciones internacionales de terrorismo, siendo su actividad hasta el momento la de servir de plataforma para la difusión de propaganda relacionada con el terrorismo yihadista.

Abelardo Evidencia: NUM031 username Abelardo ID: NUM037

Descripción: Este usuario aporta como fecha de nacimiento en su descripción NUM038.1980. Consta como inicio de amistad entre la investigada y este usuario en la aplicación Facebook el 26.12.2020 16:12:33 UTC+00:00. Además, cuentan con 39 amigos en común en esta plataforma, además de haber sido detectado en Telegram como contacto de José. Este individuo sería también usuario del correo electrónico: DIRECCION037 del que a través de la cooperación policial internacional se han obtenido datos de interés relacionados con la investigación y que se detallan en los párrafos inmediatamente posteriores a esta tabla.

A través de la cooperación policial internacional se tuvo conocimiento que el usuario DIRECCION037 sería uno de los usuarios de la página web DIRECCION038. La investigación realizada acerca de esta URL ha podido determinar que este se trata de un dominio utilizado para alojar contenido de Rocket Chat24 utilizado principalmente para difundir propaganda relacionada con el terrorismo.

Respecto a la segunda cuenta @ DIRECCION039 con id NUM039 y Nick Eladio aparece en su descripción el canal de Telegram cuyo contenido son nasheed (t.me/nasheed_abu_hudzaifah). En cuanto a su contenido en Tiktok, se observa contenido yihadista acompañados de nasheeds y referencias al grupo salafista yihadista sirio Hay'at Tahrir al-Sham también conocido como "Organización para la Liberación del Levante" afiliado a Al Qaeda.

José conservaba material multimedia referentes a acciones violentas de DAESH, descargas de videos propagandísticos conteniendo el mismo tipo de acciones, reforzado esto por la navegación y descarga también de iconografía y material propagandístico.

También accedía de modo frecuente a un repositorio que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, incluyendo tambien un rechazo a los valores occidentales.

Igualmente accedía a los enlaces de contenido de Radio AL-Bayan y de la fundación Ajnad Media.

Utilizaba el material propagandístico de DAESH que ella adquiere para editar y difundir su propio contenido.

También adoptaba medidas de seguridad como eliminar publicaciones cuando han borrado de comunicaciones a través de la plataforma Telegram y material multimedia, uso de generadores de correo electrónico para anonimizar sus redes sociales.

José pretendía con ello capacitarse a sí misma con esta formación y difundirla a terceros para que pudiesen acceder a esta instrucción.

La organización terrorista Estado Islámico-DAESH se enmarca en la denominada «yihad global», y promueve una interpretación totalitaria y extrema de la Sharia o Ley Islámica, pretendiendo su imposición universal y la inclusión de los Estados en el denominado «Califato Islámico Mundial», una vez hayan sido abolidas las estructuras legales y democráticas de los países a los que combate. Para la consecución de tales objetivos, utiliza métodos violentos y coercitivos contra ciudadanos no musulmanes, e incluso contra quienes profesan dicho credo, pero no comparten esa visión desviada y totalitaria del islam.

José fue detenida el 11 de julio de 2023 y estuvo en situación de prisión provisional hasta el 21 de marzo de 2024.

PRIMERO.-Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, del que es responsable en concepto de autora, la acusada José.

Y todo ello, a la vista de la conformidad expresada por esta acusada, con la anuencia de su defensa letrada, con el relato de hechos, calificación jurídica y solicitudes de pena presentados de común acuerdo por las partes al inicio del acto solemne del juicio, y en aplicación, dada tal conformidad, de lo dispuesto en el artículo 787.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

TERCERO.- En aplicación de los arts. 123 y 124 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las costas deberán imponerse a los criminalmente responsables de todo delito.

VISTOS los preceptos legales citados, sus concordantes, y demás normativa de general y pertinente aplicación,

Que debo condenar y condeno CON LA CONFORMIDAD DE LA MISMAa José como responsable en concepto de autora de un delito de autoadoctrinamiento terrorista ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por tiempo de SEIS AÑOS SUPERIOR AL DE LA DURACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN y MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA POR TIEMPO DE DOS AÑOS, una vez cumplida la pena de prisión. Igualmente se le condena al pago de las costas procesales.

Se decreta el CIERRE DE LOS PERFILES DE José EN LAS REDES SOCIALES que constan en los hechos probados de esta sentencia.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notificación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION:En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA.-Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Antecedentes

PRIMERO. -Las presentes actuaciones se instruyeron por el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, que incoó las correspondientes diligencias previas y practicadas las diligencias de investigación que se consideraron oportunas y dictado el auto de transformación en procedimiento abreviado, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación y solicitó la apertura de juicio oral.

SEGUNDO. -El Ministerio fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista, previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, solicitando que se impusiera a José, la pena de cinco años de prisión, con inhabilitación absoluta por tiempo de ocho años superior al de la duración de la pena de privación de libertad al amparo de lo dispuesto en el artículo 579 bis 1 del Código Penal, además de la medida de libertad vigilada por tiempo de cuatro años, una vez cumplida la pena de prisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579 bis 2 del Código Penal. Por último, solicitó que se ordenase el cierre de los perfiles en redes sociales de la acusada a los que se refería en su escrito de acusación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578. 4 del Código Penal y que se le impusiera las costas procesales.

Dictado el auto de apertura del juicio oral, se presentó el correspondiente escrito de defensa solicitando su libre absolución y tras los trámites legales, las actuaciones fueron remitidas y turnadas a esta Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

TERCERO. -Iniciado el juicio oral, con carácter previo, el Ministerio Fiscal presentó escrito de modificación de su calificación provisional, en el solo sentido de solicitar que se impusiera a la acusada, la pena de dos años y seis meses de prisión, con inhabilitación absoluta por tiempo de seis años superior al de la duración de la pena de privación de libertad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579. Bis. 1 del Código Penal y la medida de libertad vigilada por tiempo de dos años, una vez cumplida la pena de prisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 579. Bis. 2 del Código Penal y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578. 4 del Código Penal, que se ordenase el cierre de los perfiles en redes sociales de la acusada a los que se referían los hechos de su escrito.

El Ministerio Fiscal se ratificó en el escrito presentado y la letrada de la acusada mostró su conformidad con el mismo, al igual que la acusada. No estimándose por ninguna de las partes necesaria la continuación del juicio, quedó concluso para dictar sentencia.

CUARTO. -En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales establecidas por el ordenamiento jurídico.

ÚNICO.- Se declara probado, por conformidad de las partes, el relato de hechos contenido en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, que es el siguiente:

El presente procedimiento se incoó mediante auto de 24 de febrero, en virtud de oficio elaborado por la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil, UCE 2, en el que se daba cuenta de la actividad de José en redes sociales en abierto.

La citada había accedido a algunos repositorios concretos a través del usuario que mantenía en la biblioteca virtual Internet Archive, empleando el "nick" DIRECCION000, los cuales tiene señalados como favoritos, que se detallan a continuación:

1 .- DIRECCION001 < DIRECCION002>

Contiene una recopilación de 26 archivos de audio del programa "al-wala wal Bara" emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática principal de DAESH, informando sobre la actividad armada desarrollada por esta organización y en ocasiones reivindicaciones de atentados y comentarios a noticias internacionales.

2.- DIRECCION003 < DIRECCION004> Publicación de acceso libre conteniendo una recopilación de 441 archivos de audio conteniendo conferencias del Jeque Juan Francisco, cuya identidad se corresponde con la de Braulio, condenado en Reino Unido, expulsado a Jamaica, posteriormente detenido y extraditado a Estados Unidos, acusado de delito de reclutamiento terrorista.

3.- < DIRECCION005>

Contiene 91 publicaciones en formato audio, con conferencias del Jeque Cipriano y episodios emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática de DAESH.

4.- < DIRECCION006>

Contiene archivos con noticias de DAESH.

5.- < DIRECCION007>

Contenidos propagandísticos de DAESH, software de aprendizaje de árabe y contenidos elaborados por la rama mediática de DAESH, Al -Himmaha.

6.- < DIRECCION008>

Publicación no accesible a usuarios sin registro previo. Contiene enlaces a sitios web con archivos de audio editados por Adnaj media, rama mediática principal de DAESHs.

7.- < DIRECCION009>

Acceso en abierto, con "nasheed" donde aparecen líderes de DAESH

8.- < DIRECCION010>

El acceso a esta publicación es en abierto y se encuentran contenidos dogmáticos del islam y documentos propagandísticos de DAESH, editado por Al Hayat Media Center, rama mediática de DAESGH, y contenidos y alocuciones de reconocidos jeques radicales yihadistas.

9.- < DIRECCION011>

Relacionados con la cuenta de Instagram utilizada por José- usuario NUM001-, a través de aplicaciones abiertas se obtiene que se habría relacionado con diferentes perfiles, uno de ellos el que figura con ID- NUM002, username: NUM003 y con Nick: DIRECCION012, con clara temática yihadista, concretamente de la organización terrorista DAESH.

Por el Juzgado Instructor se acordó práctica de las siguientes diligencias de investigación:

Solicitar de la compañía proveedora de servicios de la comunicación META PLATFORMS la información respecto de los perfiles de Facebook e Instagram DIRECCION013 con Id. NUM004, y DIRECCION014 con Id. NUM005 < DIRECCION015>.

Mediante auto de 29 de junio de 2022, se autorizó el acceso a las comunicaciones que se produjeran a través de aplicaciones de mensajería instantánea, así como a los datos almacenados en los servidores de dichas aplicaciones en relación con los teléfonos NUM006, NUM007, NUM008 y NUM009.

En resolución de 27 de septiembre fue autorizada la intervención de las comunicaciones a través de los terminales con IMEI NUM010, NUM011, NUM010, NUM011, NUM012 y NUM013, utilizados por la acusada.

En auto de fecha 30 de junio de 2022, fue autorizada la participación de agente encubierto informático y su interactuación con la investigada José.

El día 11 de julio de 2022, autorizados judicialmente mediante resolución de 7 de julio, agentes de la Guardia Civil accedieron y registraron los domicilios de José, situados en:

? DIRECCION016 de Tudela de Duero (Valladolid).

? DIRECCION017 de Tudela de Duero (Valladolid).

Los agentes encontraron los siguientes efectos:

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J600FN/DS, IMEI NUM014/ NUM015 (Evidencia nº NUM016).

? Teléfono móvil SAMSUNG GALAXY A22, IMEI NUM011 /

NUM012 (Evidencia nº NUM017).

? Pendrive Kingston (Evidencia nº NUM018).

? Ordenador portátil HP, Nº serie NUM019 (Evidencia nº NUM020).

? Ordenador sobremesa MSI, Nº serie NUM021 (Evidencia nº NUM022).

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J500FN, IMEI NUM023 (Evidencia nº NUM024).

? Teléfono móvil HUAWEI EVA-L09, IMEI nº NUM025 (Evidencia nº NUM026).

? Tablet SPC GLEE 10.1, Nº serie NUM027, (Evidencia nº NUM028).

? Tablet WOLDER MITAB ONE, Nº serie TABONE NUM029 (Evidencia nº NUM030).

Mediante auto de 6 de julio se autorizó la obtención de copia forense de los contenidos alojados en la "nube cloud", y fue obtenida a través del teléfono móvil maca Samsung Galaxy A22.

La citada realizó los siguientes actos a través de los dispositivos referidos usando las aplicaciones informáticas que se dirán.

También conservaba entre sus archivos electrónicos diferentes publicaciones que sirven a los fines de la organización terrorista DAESH, editando y traduciendo textos yihadistas, como son Alhut Tawhid Publications (Democracy: The Modern Idol) y otros directamente editados para alcanzar los fines de la organización (Black Flags from the East (Khorasan)", y dirigidos para expandirse en terceros países, formando parte del proyecto de la organización terrorista.

Entre estos archivos se encontraban los siguientes:

Evidencia: NUM031. Fecha: 27/09/2022 19:00:21(UTC+0) Nombre archivo: Democracy-The-Modern-Idol.pdf.

Contenido: Documento pdf con título "DEMOCRACY: THE MODERN IDOL, realizado por Gabino, en la portada de este documento aparece el logo de Ahlut Tawhid publications, productora dedicada a traducir y difundir textos religiosos yihadistas. Su material ha sido ampliamente compartido entre los partidarios yihadistas de habla inglesa. Gabino, el autor del artículo, cuyo verdadero nombre es Urbano, fue miembro directivo de Al-Qaeda y presunto miembro del Grupo de Lucha Islámico Libio, su muerte fue confirmada por el líder de Al-Qaeda Hernan en un vídeo publicado en septiembre de 2012 para coincidir con el aniversario del 11 de septiembre.

E videncia: NUM031 Fecha: 26/12/2022 15:10:17(UTC+0) Nombre archivo: Radical Islamist English-Language Online Magazines_ Research Guid.pdf

Contenido: Este documento constituye una guía sobre revistas yihadistas publicadas por este tipo de organizaciones, en el que se comenta y analizan las publicaciones más conocidas como Inspire de AL QAEDA, la protalibán Azan y Dabiq de DAESH, así como una serie de publicaciones menos conocidas asociadas con al Shabaab (Gaidi Mtaani y Amka) y el Frente al-Nusrah (Al-Risalah), Benefit of the Day, Jihadi Recollections y Defenders of the Truth. Así mismo, abordan publicaciones temáticas especiales e informes de DAESH, noticias y libros electrónicos: Black Fags, Shudada (Mártires), Estado Islámico y Occidente. Proporcionan grupos de revistas en línea de DAESH y AL QAEDA, junto con una discusión de los diferentes enfoques estratégicos de organizaciones terroristas transnacionales.

Evidencia: NUM031 Fecha: 28/09/2022 14:08:06(UTC+0) Nombre archivo: NUM032

Contenido: Documento titulado "El sistema del islam" alojado en la carpeta "Descargas" de la evidencia. Escrito por el erudito islámico Eloy fundador en 1953 del partido político fundamentalista islámico Hizb ut-Tahrir (activo en países occidentales, países árabes y Asia Central), entre cuyos objetivos estaba el restablecimiento del califato islámico e implementar la sharia (Ley islámica) a nivel mundial, para expandir la tierra del Islam y disminuir la tierra de la incredulidad ya que alega que es una obligación decretada por Dios, advirtiendo que Alá castigará a aquellos musulmanes "que descuidan este deber". Una vez establecido el califato, se expandirá a áreas no musulmanas, a través de "invitaciones" y a través de la yihad militar. Hizb ut-Tahrir ha sido prohibido en Bangladesh, China, Alemania, Rusia, Turquía, Indonesia y todos los países árabes excepto Líbano, Yemen y Emiratos Árabes Unidos. En el año 2001 Hizb ut-Tahrir afirma en su diario Al-Waie que está "permitido" llevar a cabo ataques suicidas con cinturones explosivos.

E videncia: NUM031 Fecha: 11/03/2023 15:29:14(UTC+0) Nombre archivo: Black-Flags-from-the-East.pdf.

Contenido: El documento aparece alojado en la carpeta Descargas de la evidencia. Fue descargado tras realizar la búsqueda en Google de la URL, del repositorio de contenido digital, archive.org: DIRECCION018 < DIRECCION019> the-East.pdf. El documento pdf ampliamente publicitado en foros yihadistas "Black Flags from the East (Khorasan)" noviembre de 2012, forma parte de una colección de libros aparecidos desde la instauración de DAESH y cuyos títulos apuntan a países donde DAESH quiere expandirse y que forman parte del proyecto de comunicación de la organización terrorista, donde ya poseían cierto nivel de influencia ideológica y operativa.

José participaba, a través de plataformas de comunicación social, en grupos de difusión de los objetivos y fundamentos del terrorismo internacional yihadista, como son los grupos "Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah", donde se difunden mensajes de diferentes sheiks y jeques que defienden la práctica de la yihad, "La vida de los extraños", e "Izz-al-Din" en referencia este último a la organización terrorista Hamas. Entre ellos destacan los siguientes:

Grupo de difusión Telegram (Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah / José).

Evidencia NUM031 Participantes: ??Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah | Biblioteca del buscador del conocimiento monoteísta de Dios el Salafista - NUM033 CUENTA - NUM034 ANI - ( José) País: Plataforma: Telegram Período: 22/02/2023 20:11:53(UTC+0) a 10/07/2023 2:30:03(UTC+0) Nº Mensajes: 78. Cuenta de Telegram donde se publican enlaces mediante los que se difunde material yihadista y recoge fotos, videos, enlaces de Facebook, cuentas de Telegram y youtube.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225425_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del grupo de Telegram "La vida de los extraños", en la que se observa un parche con la bandera de DAESH apoyado en un ramo de rosas. Bajo la imagen se lee el comentario "Juro por Allah que hasta ahora renuevo mi islam todo el tiempo".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215225_Telegram.jpg

Contenido: En la imagen se observa un teléfono móvil conectado a unos auriculares y con la bandera de DAESH como fondo de pantalla. Pertenece a la imagen de un grupo de mensajería instantánea llamado "La vida de los extraños".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225408_Telegram.jpg

Contenido: Publicación del grupo de Telegram llamado "La vida de los extraños". Sobre la publicación principal se observa una imagen circular en la que se observa a una mujer que viste velo integral y el logo utilizado por DAESH detrás de ella. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción es la siguiente: Que no se te ocurra vestirte como las mujeres que van semidesnudas, ni arrancar el cabello de la cara ni dejar el pelo descubierto. Recuerda el hadith del profeta en el que dijo:" Dios maldiga aquella mujer que arranca el cabello de la cara". Y recuerda también que las mujeres que van semidesnudas y con cabezas descubiertas no entrarán al paraíso. La auténtica belleza es la belleza del alma y no es como...

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225348_Telegram.jpg

Contenido: Imagen del mismo grupo de Telegram anterior "La vida de los extraños", en la que se ve a un hombre con la cabeza agachada con un gorro de lana negro con el logo de DAESH. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción se incorpora a continuación: Y el anhelo todavía está en mi corazón inquietándome... Después de mis queridos, a quién reprocharé? (El anhelo) disparó a mi corazón con sus flechas, como si me hubiera disparado la muerte con sus escorpiones.

La acusada desarrolló la siguiente actividad en el grupo de Telegram: "Izz al-Din":

Evidencia: NUM035 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20210412-113652_Telegram.jpg.

Contenido: Captura de pantalla de chat Telegram del grupo Izz al-Din que consta de 851 suscriptores, con un mensaje fijado y cuya traducción es (El mensaje inferior): "El orgullo de la religión: Me separé de mi familia por el credo. El Imam Ibn Al Qayyim AL Damachki dijo... Oh tú que has abandonado la yihad por pereza Crees que con tu pasividad tienes la elección Acaso no has escuchado lo que dijo tu Dios: id a la guerra Y su amenaza cuando dijo: si no vais a la guerra".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-120353_Telegram.jpg.

Contenido: Imagen mujeres cubiertas completamente (incluído el rostro) por niqab y guantes negros ondeando la bandera de DAESH y levantando fusiles AK47 como muestra de celebración y júbilo.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:23 Nombre de archivo: Screenshot_20201121-194411_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del canal de Telegram "Conflict_wave". En la imagen se observa a un niño vistiendo uniforme militar mimetizado y portando una bandana negra en la cabeza con el logo de DAESH.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215235_Telegram.jpg

Contenido: Imagen en la que se observa un anillo-sello del profeta Mahoma con la inscripción "Mohammed Rasul Allah", que significa que Mahoma es el mensajero de Dios (en árabe), acoplado en la mira de un fusil. El grabado del sello ha sido adoptado como icono por la organización terrorista DAESH, y añadido como símbolo en su bandera de fondo negro.

A través de la aplicación Facebook, José relacionaba con otros usuarios afines a DAESH, a la vez que autoconsume contenidos de las organizaciones terroristas.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:34 Nombre de archivo: Screenshot_20210520-002415_Facebook.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un vídeo publicado en Facebook por un usuario no identificado al resultar ilegible su nombre de usuario en la citada imagen. Acompaña a la misma con el comentario "extraños y solo ante Alá nos postramos". Este texto forma parte de un nasheed yihadista titulado ghurabae (los extraños). En la fotografía se observa a un hombre andando de hombros hacia abajo portando una mochila negra con la bandera de DAESH ocupando todo el frontal de la misma.

La referencia está relacionada con un hadiz atribuido al profeta Mahoma que dijo: "El Islam comenzó como algo extraño y volverá como algo extraño. El paraíso es para los extraños". Los salafistas afirman ser estos "extraños" anunciados y, por lo tanto, el grupo elegido, porque son los que prohíben el mal cuando los demás son depravados. Debido a su "amor intransigente por Allah y sus mensajeros" también serían percibidos por la mayoría como "extraños", lo que a su vez interpretan como una confirmación de que están en el camino correcto y son "los verdaderos creyentes". Esto se aplica tanto a las sociedades musulmanas como a las no musulmanas. El hecho de que se encuentren en minoría y con frecuencia marginados también refuerza su sentimiento de superioridad. Después de todo, el profeta Mahoma y sus primeros compañeros fueron percibidos como "extranjeros" y condenados al ostracismo cuando todavía eran una minoría en La Meca. Como se narra en el hadiz, son ellos a quienes se les ha prometido el paraíso. El mensaje transmitido por los salafistas es que, como musulmanes, son los extraños aquí y allá, son los "verdaderos creyentes", "extraños" incluso dentro de la comunidad musulmana (porque la mayoría de los musulmanes en occidente rechazan estas corrientes). Por lo tanto, no deben sufrir el ostracismo, sino considerarlo como una confirmación de pertenencia al grupo elegido.

A través de la red social Pinterest esta red social, José se nutría de numerosa iconografía de las organizaciones terroristas, conservando estas a través de impresiones de pantalla (screenshots) o bien directamente de la plataforma.

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/01/2023 19:09:54(UTC+0) Nombre de archivo: 1000006552.jpg Tamaño: 165951.

Contenido: Fotografía en la que se ven dos manos una de ellas con un guante y ambas con un anillo en uno de los dedos con la simbología de DAESH.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:37:10(UTC+2) Nombre de archivo: 8edb1d6a4e621d593ad49ecfbbaa883e.

Contenido: Mujer con Burka portando un arma larga y detrás de ella colgada en la pared la bandera de "DAESH" almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:31:12(UTC+2) Nombre de archivo: a45ca24161511d4c81136cdcc73ae521.1

Contenido: Imagen de " Conrado", miembro del DAESH cuya verdadera identidad era Victoriano, británico de origen kuwaití. En febrero de 2015 fue identificado como la persona que se ve en varios vídeos producidos por DAESH mostrando la decapitación de varios cautivos entre 2014 y 2015, año en que fue eliminado por un dron estadounidense. AL imagen está almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

En sus dispositivos se encuentran capturas de pantalla con origen en la plataforma de comunicación social de origen ruso Ok.ru, de la que era usuaria la acusada. Ok.ru es la segunda red social rusa más importante, propiedad de VKontakte similar a Facebook.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:18 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-150140_Samsung Internet.jpg.

Contenido: Captura de pantalla del perfil de un "amigo" en la red social ok.ru, en el que se ve la bandera de DAESH en forma de corazón.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-143327_Samsung Internet.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un muyahidín portando una espada (símbolo muy utilizado al referirse a la lucha armada ya que recuerda a los tiempos de Mahoma por ser una de las armas de la época) y una bandera de DAESH.

En la red social Soundcloud la acusada desarrolló la siguiente actividad:

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210527-110556_SoundCloud.jpg .

Contenido: Esta imagen se corresponde con un listado de nasheed alojado en la plataforma SOUNDCLOUD, titulados como sigue:

- Es la vida terrenal, y Juro por Allah que se acabará, acudid hacia el paraíso remangados

- Ramadán, corona de la Sunna.

- No temo los corceles.

- Nasheed Oh musulmanes...vuestras lágrimas en los ojos.

- En cualquier tierra Allah tiene caballeros.

- Oh que triunfo para quien obtuvo el martirio siendo sincero.

- Novia de la guerra.

A través de la navegación en la web, accedía a nasheed producidos por la agencia mediática Ajnad Media ( DIRECCION020), principales vehículos de ideologización empleados por DAESH.

Respecto a su actividad en el repositorio archive.org, accede de modo frecuente a un enlace "corbin" que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, junto a otros enlaces conteniendo numerosos nasheed, siendo algunos de ellos en exclusiva de Ajand Media.

José conservaba en sus dispositivos imágenes y videos con contenidos de apoyo a la lucha armada y martirio en beneficio de las organizaciones terroristas, entre ellos, los siguientes:

Video eliminado pero recuperado de la papelera del dispositivo móvil de la marca HUAWEI14. Evidencia: NUM036 Fecha: 07/11/2020 01:09:01(UTC+1) Nombre de archivo: 0_0ae3bef0-50dd-492d-b51d-ca47d7eafabc_blob

Contenido: Comienza con la bandera de DAESH y la Shahada, continuando con la imagen de un combatiente junto a un vehículo militar en llamas, mientras suena un nasheed yihadista donde se ensalzan las acciones bélicas de la organización terrorista. Se trata de un video recuperado de la papelera y que habría sido eliminado, editado por DAESH.

En sus dispositivos almacenaba las siguientes descargas:

Evidencia: NUM031 Fecha: 23/07/2022 22:11:22(UTC+0).

Contenido: Se trata de la descarga de un archivo de audio desde el repositorio de archivos archive.org en cuya página de archive.org aparece el siguiente documento multimedia, en el que se observa iconografía bélica yihadista.

José conservaba las siguientes imágenes:

Evidencia: NUM035 Fecha: 09/07/2023 14:22:36 Nombre de archivo: f_000465.

Contenido: Se observa una ilustración de un muyahidín agazapado portando un fusil AK-47 y una frase que dice: "2013, Iré para hacer la yihad. Clemente".

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:35:54(UTC+2) Nombre de archivo: 53a5ddc95a1c638bdff56bfa0e821c6a.1.

Contenido: Bandera con la palabra "Jihad" aparece almacenada en el terminal.

Evidencia: NUM031 Fecha: 29/07/2022 20:40:03(UTC+0)

Contenido: Captura de pantalla de la aplicación de la web www.islaminquran.com/ de la surah At Tauba (El arrepentimiento) 9, ayat 111, en la que dice "Combaten por Alá: matan o les matan. Es una promesa que Le obliga, verdad, contenida en la Tora. en el Evangelio y en el Corán." disponible en versión web en la url: DIRECCION021 incitando a la Yihad y al martirio.

La acusada realizó búsquedas relacionadas con armas de fuego. Como resultado de estas búsquedas accedió y almacenó imágenes en las que aparecen mujeres y niños portando o haciendo uso de las armas.

Búsqueda en google del nombre: Bernardo (líder de DAESH) Evidencia: NUM031 Fecha: 21/05/2023 04:03:58(UTC+0) Título: Bernardo - Búsqueda de Google.

Contenido: Bernardo: Teodosio, conocido como Octavio fue un terrorista de origen sirio, portavoz oficial y alto dirigente de Daesh. Fue descrito como el líder del grupo en Siria y el jefe de sus operaciones exteriores, fallecido en 2016.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:12:12 Nombre de archivo: Screenshot_20210130-021919_Chrome.jpg

Contenido: Captura de pantalla de imagen publicada en Pinterest, en la que aparece una mujer completamente cubierta con niqab y guantes negros, portando un fusil y realizando el símbolo del tawhid. Esta imagen refleja un nuevo rol para la mujer en el que desarrolla un papel más activo y violento en la yihad, además de lo que hasta ahora se le había asignado que era el cuidado de la familia y la educación de sus hijos, dejando el lado bélico a los varones.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:05:30 Nombre de archivo: Screenshot_20201206-124236_Chrome.jpg

Contenido: Imagen de dos menores vestidos de negro y con la cara cubierta con un fusil AK-47 apoyado en el suelo y haciendo el símbolo del Tawhid.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:08:50 Nombre de archivo: Screenshot_20220203-173854_Chrome.jpg

Contenido: Combatiente yihadista con chaleco antifragmento y AK-47.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-043747_Messenger.jpg

Contenido: Imagen de estado de algún perfil o cuenta de mensajería en la que aparecen varias armas de guerra apoyadas en la pared.

José accedió a repositorios en esta página web, archive.org, donde se difunde y comparten los objetivos de las organizaciones terroristas a través de su dispositivo Samsung SM-J60015, y utilizando la cuenta de correo DIRECCION022.

José a través de la cuenta indicada anteriormente mencionado ( DIRECCION000) accedió y conservó en el repositorio web archive.org diferentes URL marcadas como favoritos, que contienen abundante material multimedia propagandístico editado por DAESH (nasheed, enlaces de audios de la radio Al-Bayan, publicaciones de líderes del DAESH como Cipriano...), o bien material referente a sheiks conocidos en el ámbito de la lucha antiterrorista por difundir, propagar e incitar a la comisión de actos violentos como Juan Francisco. La acusada ha accedido a material editado y publicado por DAESH, detectándose en total 39 descargas, 76 búsquedas que figuran en el historial de navegación, y 18 marcadores de internet.

Entre estos accesos destacan los siguientes:

Evidencia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:17:26(UTC+0) Nombre de archivo: logged-in-user líder Samuel.

Samuel falleció en marzo de 2016 en el curso de un enfrentamiento con fuerzas especiales norteamericanas cuando intentaron capturarlo en Siria Vivió y predicó en el Reino Unido hasta que fue condenado a nueve años de prisión en el 2003 por divulgación de ideologías de odio e incitación a actos terroristas contra judíos, hindúes, cristianos y americanos.), que posteriormente difunde, de manera masiva, a través de sus numerosos perfiles en redes sociales, fundamentalmente grupos de Facebook y WhatsApp, tras haber filtrado, seleccionado y traducido al español los fragmentos que aquel considera idóneos dentro del equilibrio entre material radical para adoctrinar en la yihad y cumplir con las medidas de seguridad que eviten su detección. Además, se conoce de él, que ha incitado al odio racial e instar a sus fieles a asesinar a cristianos, hindúes, judíos, estadounidenses y a los "incrédulos", en sus conferencias pidió a las madres musulmanas que criaran a sus hijos para que fueran soldados de la yihad a la edad de 15 años, comprar pistolas de juguete para sus hijos a fin de entrenarlos para la yihad, en una grabación suya llamada "Reglas de la yihad", dijo: "Tienes que aprender a disparar. Tienes que aprender a volar aviones, conducir tanques y tienes que aprender a cargar tus armas y a usar misiles".

E videncia: NUM031 Fecha::Título Download, Borrow, and Streaming.

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: Habilidad para exponer la trampa de la obediencia.

E videncia: NUM031 Fecha: Título: DIRECCION023 : Akserayi : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive .

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: DIRECCION024 (Todos los Nasheeds de Samuel) al cual sólo se puede tener acceso poniendo usuario y contraseña. Entre las palabras asociadas para facilitar su búsqueda como "temas" aparecen entre otras nasheed y yihad. Así mismo aparece la nota en inglés: Nota: Algunas de las canciones publicadas por al-Basha'ir incitan a ataques terroristas contra civiles, lo cual no es aceptable desde un punto de vista islámico. Los no combatientes deben ser respetados según las enseñanzas éticas islámicas. Al Qaeda adoptó el terrorismo como estrategia para expulsar a las potencias occidentales de las tierras musulmanas. Sin embargo, esta estrategia resultó infructuosa y produjo resultados fatalmente antitéticos, intensificando los ataques occidentales y conduciendo a una criminalización y estereotipos de los musulmanes como enemigos peligrosos. Que Dios nos guíe a la verdad y a la pureza.

E videncia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:16:56(UTC+0) Ruta: Titulo: PIFA : gfgfgf : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive

Contenido: Enlace directo a un documento multimedia alojado en el repositorio archive.org, donde es necesario estar registrado para acceder al mismo, protagonizado por el clérigo islamista radical Juan Francisco, en él se escucha una disertación del clérigo en inglés, subtitulada en inglés y en ocasiones árabe, en uno de los momentos también se escucha una nasheed. El documento aparece en el número 210 de un total de 337 protagonizados por varios Sheiks radicales como son Adolfo, Gabriel, Erasmo o el propio Juan Francisco. Este grupo de documentos multimedia fue creado por el usuario " DIRECCION025" con correo electrónico DIRECCION026. Sheik: Enrique

Actividad relacionada con la agencia mediática DAESH: Radio Al Bayan

Nº 1 Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:53:52(UTC+0) Título: ia600601.us.archive.org/25/items/ra777_

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio en el que se escucha un nasheed y posteriormente a un hombre hablando en árabe, según los metadatos se trata de Lecciones de monoteísmo producidas por Radio Al Bayan. Radio Al-Bayan es una red de emisoras de radio, con base en Iraq, pertenecientes y operadas por la organización terrorista Daesh, para difundir su ideario. En el análisis de las evidencias se han obtenido cookies de acceso a la página web www.albayan.co.uk. de fecha 17/02/2023 00:23:13(UTC+0) En el historial de Internet aparecen las urls DIRECCION027 y DIRECCION028, esta última aparece guardada en Marcadores. En el diccionario de usuario también aparece al-Bayan en dos ocasiones.

La acusada accedió y almacenó en sus dispositivos los denominados "Nasheed".

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:54:02(UTC+0).

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra una colección de 83 audios con el título: en su mayor parte nasheeds (Canciones de Khawlan Al-Sanani).

E videncia: NUM031 Fecha: 30/06/2023 13:02:20(UTC+0) Titulo: Tafseer 009 Surah Taubah ( 001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) : Juan Francisco:

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Tafseer 009 Surah Taubah (001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) by Juan Francisco. (El verso de la espada). Creado por el usuario Juan Francisco con fecha 2015-01-23 16:49:05 y correo electrónico ummulmuhmineen@gmail.com. El verso de la espada es el quinto verso de la novena sura del Corán (atTawbah), una parte del verso dice: "Pero una vez que hayan pasado los Meses Sagrados, mata a los politeístas dondequiera que los encuentres, captúralos, asédialos y acéchalos en todos los sentidos."

E videncia: NUM031 Fecha: Titulo: Tafseer Surah Taubah ( 028 - 030) [ Part 4]: Accept Islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight ( 03.08.12) : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Tafseer Surah Taubah (028 - 030) [ Part 4]: Accept islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight (03.08.12 La novena sura del Corán (at-Tawbah), en su aleya 29 dice: ¡Combatid contra quienes, habiendo recibido la Escritura, no creen en Alá ni en el último Día, ni prohíben lo que Alá y Su Enviado han prohibido, ni practican la religión verdadera, hasta que, humillados, paguen la yizia directamente! La Yiziá en la Ley islámica es un impuesto que se impone a los hombres adultos y libres no musulmanes, que no estuvieran enfermos, ni fueran mayores ni monjes.

En sus dispositivos ha sido localizado el siguiente material creado por la organización terrorista Daesh:

E videncia: NUM031 Fecha: 29/06/2023 05:39:17(UTC+0) Título: Internet Archive: Digital Library of Free & Borrowable Books, Movies, Music & Wayback Machine

Contenido: Enlace a la web Archive.org en el que se encuentra en el buscador el nombre de " Juan Francisco". Dicha búsqueda aparece varias veces en el historial de internet del terminal. En referencia al Sheik: Juan Francisco.

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:12:24(UTC+0) Título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco : Juan Francisco :

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco. (Llamemos a las cosas por su nombre - Parte 3 - Juan Francisco).

E videncia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:11:36(UTC+0) Título: Description Of Paradise [ Part 2] ( 07.05.11) - By Juan Francisco : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Description Of Paradise [ Part 2] (07.05.11) - By Juan Francisco. (AudioDescripción del Paraíso [Parte 2] (05.07.11) - Por Juan Francisco).

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:09:35(UTC+0) Título: DIRECCION029 : Juan Francisco -Internet Archive

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio DIRECCION029 by Juan Francisco -Internet Archive. ? Acceso a entidades mediaticas del DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 26/03/2021 21:36:14(UTC+0)

Contenido: Enlace a Radio Al-Bayan.

Evidencia: NUM020 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-112353_Chrome.jpg

Contenido: Captura imagen de Albayan radio, y un lema en el centro de la imagen que dice: "Los Taguts y los sabios del mal. Radio Al Bayan".

Evidencia: NUM020 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20201226-230459_Chrome.jpg .

Contenido: Ajnad media ( la fundación Ajnad media distribuye archivos de audios nasheed en árabe para el grupo terrorista isis, ei ...

Actividad de la acusada een la web "People of tawhid".

E videncia: NUM031 Fecha: Título: The Wicked Scholars are Cursed

Contenido: Se trata de un portal de contenidos, estructurado por categorías, proporcionando acceso a publicaciones de contenido doctrinal en relación con el concepto de Al-Wala wal-Bara, publicaciones de la entidad At-Tibyan Publications (anterior a Ahlut-Tawhid Publications de la que es precursora), libros y archivos pdf de jeques relevantes de la corriente salafista yihadista actuales, como el Jeque Ángel Jesús, u otros miembros relevantes de organizaciones terroristas yihadistas como Adolfo (Al Qaeda en la Península Arábiga), Gabino (Al-Qaeda) o Samuel (DAESH). También hay un apartado denominado artículos, en los que hay un subapartado denominado AN-NABA en los que se recogen una serie de artículos traducidos al idioma inglés los cuales fueron publicados originalmente en el periódico AN-NABA, publicación semanal del DAESH.

José, fundamentalmente a través de la aplicación TIKTOK editó y publicó material multimedia:

Evidencia: NUM031 Fecha: 12/10/2022 12:17:44(UTC+0) Ruta: content://media/external/downloads/1000001628

Contenido: El origen del video se encuentra en la url de Pinterest DIRECCION030/ siendo extraído mediante la aplicación web www.expertsphp.com/facebook-videodownloader. En el video original se observa una pareja de menores, uno de ellos porta dos armas cortas (pistolas) en dos fundas y en su cabeza un gorro con el logo de Daesh. El video en cuestión también, aparece en el sistema de archivos con nombre, 2022-10-12-143933244.mp4, ha sido editado y se ha añadido una nasheed, además se observa el Nick utilizado por la investigada en la red social Tiktok @ DIRECCION031 y el logo de la red social.

Evidencia: NUM031 Fecha: 19/03/2023 11:33:41(UTC+0)

Contenido: Archivo multimedia guardado en el apartado "Camera" de la evidencia. En el video aparece Rubén conocido como el padre de la Yihad mundial, miembro fundador de Al-Qaeda, fue el profesor y mentor de Abel, también fue cofundador del grupo terrorista islámico Lashkar-e-Taiba, incorporando la investigada la marca de agua al ser editado por ella.

Evidencia: NUM031 Fecha: 11/04/2023 10:03:08(UTC+0) Nombre archivo: 2023-04-11-120114507.mp4

Contenido: Video guardado en el apartado "Camera" de la evidencia, con audio en árabe descargado de la red social Tiktok, donde aparece el Nick DIRECCION032 utilizado por la investigada y que la red social añade al video una vez ha sido publicado en la misma. En el video, acompañado de un nasheed yihadista, se defiende la sharia, el califato islámico y a los muyahidines.

Evidencia: NUM031 Fecha: 24/04/2023 06:47:11(UTC+0)

Contenido: Video alojado en la carpeta "Camera" de la evidencia que fue publicado en la red social TikTok por la encausada con los Nick @ DIRECCION033 y @ DIRECCION032, comienza con la imagen del logo de la shahada y la frase "Tawheed Movement Ansar Al Tawheed" (Ansar al-Tawhid es un grupo islamista armado que lucha en la Guerra Civil Siria, mientras se escucha de fondo un nasheed). Al finalizar el video aparece una frase en inglés (en colaboración con) y aparece la imagen de la cabeza de un león y debajo "salafmedia.com". Como continuación aparece Jacinto (El predicador musulmán Jacinto, cuyo verdadero nombre es Lucio, líder del grupo terrorista Al-Muhajiroun, refundado en 2009 como Islam4UK y en 2014 Need4 Khilafah, y que hoy en día colabora con DAESH predicando la conquista islámica en Europa) sentado en un parque dando un discurso a cámara.

Evidencia: NUM031 Fecha: 04/09/2022 15:17:01(UTC+0) Nombre archivo: Tawheed Hakimiyyah(Must watch).

Contenido: En el video aparece Jacinto (también conocido como Lucio), además de simbología vinculada a la propaganda yihadista. Explica que el gobierno correcto tiene que ser el que Alá mandó implementar, es decir gobernar según la sharia y la sunna. De fondo se escucha fragmentos del famoso nasheed yihadista Ghuraba (de nuevo "los Extraños"). En el video se observa la marca de Tiktok con Nick @ DIRECCION031 tras haberlo compartido la investigada en dicha plataforma. También fue publicado con el Nick y usuario DIRECCION034 con fecha 14 de febrero de 2023 Lucio. Dirigió el grupo extremista Al-Muhajiroun, con sede en Arabia Saudita. Según The Times, la organización se ha relacionado con el terrorismo internacional, la homofobia y el antisemitismo. El grupo se hizo famoso por su conferencia de septiembre de 2002 " The Magnificent 19 ", elogiando los atentados del 11 de septiembre de 2001. En Reino Unido, Al-Muhajiroun es el más notorio de los grupos salafistas yihadistas. Miembros individuales de Al-Muhajiroun han estado implicados en una serie de ataques terroristas, incluido el asesinato de Belarmino ( Pedro Miguel y Carlos Manuel), el ataque del Puente de Londres de 2017 ( Luis María) y el apuñalamiento del Puente de Londres de 2019 ( Marco Antonio). Algunos miembros, como Plácido, han estado implicados en controversias en torno a Al-Qaeda, Otro miembro, Alberto, se convirtió en verdugo de DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 31/08/2022 11:24:57(UTC+0) Nombre archivo: AUTHENTIC TAUHEED_ Aqeedah.pdf

Contenido: El documento se encuentra alojado en la carpeta denominada "Descargas" de la evidencia y se trata de un documento pdf, obtenido desde la URL al repositorio de contenido multimedia archive.org: En la captura se puede observar que en idioma inglés aparece el texto "Islam does not mean peace" (Islam no significa paz) lo que viene a indicar la ideología radical del contenido del documento, que la investigada tradujo y publicó entre su contenido en la red social Tiktok a través de la url: DIRECCION035 < DIRECCION035>.

Para la edición de los videos anteriores, José tenía instaladas las aplicaciones "VivaVideo", "InShot" y "WhatsCut" para edición de Video y "Cortar Audio" para sonido. Instaladas las primera en febrero de 2023 y diciembre de 2022 para las restantes.

José ha accedido a contenidos en la web sobre el manejo y uso de armas, (canal YouTube DIRECCION036), y almacenaba material en uno de sus terminales móviles, imágenes procedentes de páginas web donde se explica y detalla la fabricación de armas caseras.

También a través de redes sociales ha mantenido relación con individuos investigados por terrorismo en terceros países.

El análisis de los contactos de su agenda ha permitido conocer que dos de esos contactos serian conocidos en el marco de las investigaciones internacionales de terrorismo, siendo su actividad hasta el momento la de servir de plataforma para la difusión de propaganda relacionada con el terrorismo yihadista.

Abelardo Evidencia: NUM031 username Abelardo ID: NUM037

Descripción: Este usuario aporta como fecha de nacimiento en su descripción NUM038.1980. Consta como inicio de amistad entre la investigada y este usuario en la aplicación Facebook el 26.12.2020 16:12:33 UTC+00:00. Además, cuentan con 39 amigos en común en esta plataforma, además de haber sido detectado en Telegram como contacto de José. Este individuo sería también usuario del correo electrónico: DIRECCION037 del que a través de la cooperación policial internacional se han obtenido datos de interés relacionados con la investigación y que se detallan en los párrafos inmediatamente posteriores a esta tabla.

A través de la cooperación policial internacional se tuvo conocimiento que el usuario DIRECCION037 sería uno de los usuarios de la página web DIRECCION038. La investigación realizada acerca de esta URL ha podido determinar que este se trata de un dominio utilizado para alojar contenido de Rocket Chat24 utilizado principalmente para difundir propaganda relacionada con el terrorismo.

Respecto a la segunda cuenta @ DIRECCION039 con id NUM039 y Nick Eladio aparece en su descripción el canal de Telegram cuyo contenido son nasheed (t.me/nasheed_abu_hudzaifah). En cuanto a su contenido en Tiktok, se observa contenido yihadista acompañados de nasheeds y referencias al grupo salafista yihadista sirio Hay'at Tahrir al-Sham también conocido como "Organización para la Liberación del Levante" afiliado a Al Qaeda.

José conservaba material multimedia referentes a acciones violentas de DAESH, descargas de videos propagandísticos conteniendo el mismo tipo de acciones, reforzado esto por la navegación y descarga también de iconografía y material propagandístico.

También accedía de modo frecuente a un repositorio que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, incluyendo tambien un rechazo a los valores occidentales.

Igualmente accedía a los enlaces de contenido de Radio AL-Bayan y de la fundación Ajnad Media.

Utilizaba el material propagandístico de DAESH que ella adquiere para editar y difundir su propio contenido.

También adoptaba medidas de seguridad como eliminar publicaciones cuando han borrado de comunicaciones a través de la plataforma Telegram y material multimedia, uso de generadores de correo electrónico para anonimizar sus redes sociales.

José pretendía con ello capacitarse a sí misma con esta formación y difundirla a terceros para que pudiesen acceder a esta instrucción.

La organización terrorista Estado Islámico-DAESH se enmarca en la denominada «yihad global», y promueve una interpretación totalitaria y extrema de la Sharia o Ley Islámica, pretendiendo su imposición universal y la inclusión de los Estados en el denominado «Califato Islámico Mundial», una vez hayan sido abolidas las estructuras legales y democráticas de los países a los que combate. Para la consecución de tales objetivos, utiliza métodos violentos y coercitivos contra ciudadanos no musulmanes, e incluso contra quienes profesan dicho credo, pero no comparten esa visión desviada y totalitaria del islam.

José fue detenida el 11 de julio de 2023 y estuvo en situación de prisión provisional hasta el 21 de marzo de 2024.

PRIMERO.-Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, del que es responsable en concepto de autora, la acusada José.

Y todo ello, a la vista de la conformidad expresada por esta acusada, con la anuencia de su defensa letrada, con el relato de hechos, calificación jurídica y solicitudes de pena presentados de común acuerdo por las partes al inicio del acto solemne del juicio, y en aplicación, dada tal conformidad, de lo dispuesto en el artículo 787.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

TERCERO.- En aplicación de los arts. 123 y 124 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las costas deberán imponerse a los criminalmente responsables de todo delito.

VISTOS los preceptos legales citados, sus concordantes, y demás normativa de general y pertinente aplicación,

Que debo condenar y condeno CON LA CONFORMIDAD DE LA MISMAa José como responsable en concepto de autora de un delito de autoadoctrinamiento terrorista ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por tiempo de SEIS AÑOS SUPERIOR AL DE LA DURACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN y MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA POR TIEMPO DE DOS AÑOS, una vez cumplida la pena de prisión. Igualmente se le condena al pago de las costas procesales.

Se decreta el CIERRE DE LOS PERFILES DE José EN LAS REDES SOCIALES que constan en los hechos probados de esta sentencia.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notificación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION:En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA.-Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Hechos

ÚNICO.- Se declara probado, por conformidad de las partes, el relato de hechos contenido en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, que es el siguiente:

El presente procedimiento se incoó mediante auto de 24 de febrero, en virtud de oficio elaborado por la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil, UCE 2, en el que se daba cuenta de la actividad de José en redes sociales en abierto.

La citada había accedido a algunos repositorios concretos a través del usuario que mantenía en la biblioteca virtual Internet Archive, empleando el "nick" DIRECCION000, los cuales tiene señalados como favoritos, que se detallan a continuación:

1 .- DIRECCION001 < DIRECCION002>

Contiene una recopilación de 26 archivos de audio del programa "al-wala wal Bara" emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática principal de DAESH, informando sobre la actividad armada desarrollada por esta organización y en ocasiones reivindicaciones de atentados y comentarios a noticias internacionales.

2.- DIRECCION003 < DIRECCION004> Publicación de acceso libre conteniendo una recopilación de 441 archivos de audio conteniendo conferencias del Jeque Juan Francisco, cuya identidad se corresponde con la de Braulio, condenado en Reino Unido, expulsado a Jamaica, posteriormente detenido y extraditado a Estados Unidos, acusado de delito de reclutamiento terrorista.

3.- < DIRECCION005>

Contiene 91 publicaciones en formato audio, con conferencias del Jeque Cipriano y episodios emitidos por Radio Al-Bayan, rama mediática de DAESH.

4.- < DIRECCION006>

Contiene archivos con noticias de DAESH.

5.- < DIRECCION007>

Contenidos propagandísticos de DAESH, software de aprendizaje de árabe y contenidos elaborados por la rama mediática de DAESH, Al -Himmaha.

6.- < DIRECCION008>

Publicación no accesible a usuarios sin registro previo. Contiene enlaces a sitios web con archivos de audio editados por Adnaj media, rama mediática principal de DAESHs.

7.- < DIRECCION009>

Acceso en abierto, con "nasheed" donde aparecen líderes de DAESH

8.- < DIRECCION010>

El acceso a esta publicación es en abierto y se encuentran contenidos dogmáticos del islam y documentos propagandísticos de DAESH, editado por Al Hayat Media Center, rama mediática de DAESGH, y contenidos y alocuciones de reconocidos jeques radicales yihadistas.

9.- < DIRECCION011>

Relacionados con la cuenta de Instagram utilizada por José- usuario NUM001-, a través de aplicaciones abiertas se obtiene que se habría relacionado con diferentes perfiles, uno de ellos el que figura con ID- NUM002, username: NUM003 y con Nick: DIRECCION012, con clara temática yihadista, concretamente de la organización terrorista DAESH.

Por el Juzgado Instructor se acordó práctica de las siguientes diligencias de investigación:

Solicitar de la compañía proveedora de servicios de la comunicación META PLATFORMS la información respecto de los perfiles de Facebook e Instagram DIRECCION013 con Id. NUM004, y DIRECCION014 con Id. NUM005 < DIRECCION015>.

Mediante auto de 29 de junio de 2022, se autorizó el acceso a las comunicaciones que se produjeran a través de aplicaciones de mensajería instantánea, así como a los datos almacenados en los servidores de dichas aplicaciones en relación con los teléfonos NUM006, NUM007, NUM008 y NUM009.

En resolución de 27 de septiembre fue autorizada la intervención de las comunicaciones a través de los terminales con IMEI NUM010, NUM011, NUM010, NUM011, NUM012 y NUM013, utilizados por la acusada.

En auto de fecha 30 de junio de 2022, fue autorizada la participación de agente encubierto informático y su interactuación con la investigada José.

El día 11 de julio de 2022, autorizados judicialmente mediante resolución de 7 de julio, agentes de la Guardia Civil accedieron y registraron los domicilios de José, situados en:

? DIRECCION016 de Tudela de Duero (Valladolid).

? DIRECCION017 de Tudela de Duero (Valladolid).

Los agentes encontraron los siguientes efectos:

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J600FN/DS, IMEI NUM014/ NUM015 (Evidencia nº NUM016).

? Teléfono móvil SAMSUNG GALAXY A22, IMEI NUM011 /

NUM012 (Evidencia nº NUM017).

? Pendrive Kingston (Evidencia nº NUM018).

? Ordenador portátil HP, Nº serie NUM019 (Evidencia nº NUM020).

? Ordenador sobremesa MSI, Nº serie NUM021 (Evidencia nº NUM022).

? Teléfono móvil SAMSUNG SM-J500FN, IMEI NUM023 (Evidencia nº NUM024).

? Teléfono móvil HUAWEI EVA-L09, IMEI nº NUM025 (Evidencia nº NUM026).

? Tablet SPC GLEE 10.1, Nº serie NUM027, (Evidencia nº NUM028).

? Tablet WOLDER MITAB ONE, Nº serie TABONE NUM029 (Evidencia nº NUM030).

Mediante auto de 6 de julio se autorizó la obtención de copia forense de los contenidos alojados en la "nube cloud", y fue obtenida a través del teléfono móvil maca Samsung Galaxy A22.

La citada realizó los siguientes actos a través de los dispositivos referidos usando las aplicaciones informáticas que se dirán.

También conservaba entre sus archivos electrónicos diferentes publicaciones que sirven a los fines de la organización terrorista DAESH, editando y traduciendo textos yihadistas, como son Alhut Tawhid Publications (Democracy: The Modern Idol) y otros directamente editados para alcanzar los fines de la organización (Black Flags from the East (Khorasan)", y dirigidos para expandirse en terceros países, formando parte del proyecto de la organización terrorista.

Entre estos archivos se encontraban los siguientes:

Evidencia: NUM031. Fecha: 27/09/2022 19:00:21(UTC+0) Nombre archivo: Democracy-The-Modern-Idol.pdf.

Contenido: Documento pdf con título "DEMOCRACY: THE MODERN IDOL, realizado por Gabino, en la portada de este documento aparece el logo de Ahlut Tawhid publications, productora dedicada a traducir y difundir textos religiosos yihadistas. Su material ha sido ampliamente compartido entre los partidarios yihadistas de habla inglesa. Gabino, el autor del artículo, cuyo verdadero nombre es Urbano, fue miembro directivo de Al-Qaeda y presunto miembro del Grupo de Lucha Islámico Libio, su muerte fue confirmada por el líder de Al-Qaeda Hernan en un vídeo publicado en septiembre de 2012 para coincidir con el aniversario del 11 de septiembre.

E videncia: NUM031 Fecha: 26/12/2022 15:10:17(UTC+0) Nombre archivo: Radical Islamist English-Language Online Magazines_ Research Guid.pdf

Contenido: Este documento constituye una guía sobre revistas yihadistas publicadas por este tipo de organizaciones, en el que se comenta y analizan las publicaciones más conocidas como Inspire de AL QAEDA, la protalibán Azan y Dabiq de DAESH, así como una serie de publicaciones menos conocidas asociadas con al Shabaab (Gaidi Mtaani y Amka) y el Frente al-Nusrah (Al-Risalah), Benefit of the Day, Jihadi Recollections y Defenders of the Truth. Así mismo, abordan publicaciones temáticas especiales e informes de DAESH, noticias y libros electrónicos: Black Fags, Shudada (Mártires), Estado Islámico y Occidente. Proporcionan grupos de revistas en línea de DAESH y AL QAEDA, junto con una discusión de los diferentes enfoques estratégicos de organizaciones terroristas transnacionales.

Evidencia: NUM031 Fecha: 28/09/2022 14:08:06(UTC+0) Nombre archivo: NUM032

Contenido: Documento titulado "El sistema del islam" alojado en la carpeta "Descargas" de la evidencia. Escrito por el erudito islámico Eloy fundador en 1953 del partido político fundamentalista islámico Hizb ut-Tahrir (activo en países occidentales, países árabes y Asia Central), entre cuyos objetivos estaba el restablecimiento del califato islámico e implementar la sharia (Ley islámica) a nivel mundial, para expandir la tierra del Islam y disminuir la tierra de la incredulidad ya que alega que es una obligación decretada por Dios, advirtiendo que Alá castigará a aquellos musulmanes "que descuidan este deber". Una vez establecido el califato, se expandirá a áreas no musulmanas, a través de "invitaciones" y a través de la yihad militar. Hizb ut-Tahrir ha sido prohibido en Bangladesh, China, Alemania, Rusia, Turquía, Indonesia y todos los países árabes excepto Líbano, Yemen y Emiratos Árabes Unidos. En el año 2001 Hizb ut-Tahrir afirma en su diario Al-Waie que está "permitido" llevar a cabo ataques suicidas con cinturones explosivos.

E videncia: NUM031 Fecha: 11/03/2023 15:29:14(UTC+0) Nombre archivo: Black-Flags-from-the-East.pdf.

Contenido: El documento aparece alojado en la carpeta Descargas de la evidencia. Fue descargado tras realizar la búsqueda en Google de la URL, del repositorio de contenido digital, archive.org: DIRECCION018 < DIRECCION019> the-East.pdf. El documento pdf ampliamente publicitado en foros yihadistas "Black Flags from the East (Khorasan)" noviembre de 2012, forma parte de una colección de libros aparecidos desde la instauración de DAESH y cuyos títulos apuntan a países donde DAESH quiere expandirse y que forman parte del proyecto de comunicación de la organización terrorista, donde ya poseían cierto nivel de influencia ideológica y operativa.

José participaba, a través de plataformas de comunicación social, en grupos de difusión de los objetivos y fundamentos del terrorismo internacional yihadista, como son los grupos "Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah", donde se difunden mensajes de diferentes sheiks y jeques que defienden la práctica de la yihad, "La vida de los extraños", e "Izz-al-Din" en referencia este último a la organización terrorista Hamas. Entre ellos destacan los siguientes:

Grupo de difusión Telegram (Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah / José).

Evidencia NUM031 Participantes: ??Dar Al-Hanafa Al-Salafiyyah | Biblioteca del buscador del conocimiento monoteísta de Dios el Salafista - NUM033 CUENTA - NUM034 ANI - ( José) País: Plataforma: Telegram Período: 22/02/2023 20:11:53(UTC+0) a 10/07/2023 2:30:03(UTC+0) Nº Mensajes: 78. Cuenta de Telegram donde se publican enlaces mediante los que se difunde material yihadista y recoge fotos, videos, enlaces de Facebook, cuentas de Telegram y youtube.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225425_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del grupo de Telegram "La vida de los extraños", en la que se observa un parche con la bandera de DAESH apoyado en un ramo de rosas. Bajo la imagen se lee el comentario "Juro por Allah que hasta ahora renuevo mi islam todo el tiempo".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215225_Telegram.jpg

Contenido: En la imagen se observa un teléfono móvil conectado a unos auriculares y con la bandera de DAESH como fondo de pantalla. Pertenece a la imagen de un grupo de mensajería instantánea llamado "La vida de los extraños".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225408_Telegram.jpg

Contenido: Publicación del grupo de Telegram llamado "La vida de los extraños". Sobre la publicación principal se observa una imagen circular en la que se observa a una mujer que viste velo integral y el logo utilizado por DAESH detrás de ella. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción es la siguiente: Que no se te ocurra vestirte como las mujeres que van semidesnudas, ni arrancar el cabello de la cara ni dejar el pelo descubierto. Recuerda el hadith del profeta en el que dijo:" Dios maldiga aquella mujer que arranca el cabello de la cara". Y recuerda también que las mujeres que van semidesnudas y con cabezas descubiertas no entrarán al paraíso. La auténtica belleza es la belleza del alma y no es como...

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:40 Nombre de archivo: Screenshot_20210209-225348_Telegram.jpg

Contenido: Imagen del mismo grupo de Telegram anterior "La vida de los extraños", en la que se ve a un hombre con la cabeza agachada con un gorro de lana negro con el logo de DAESH. Le acompaña un texto en lengua árabe cuya traducción se incorpora a continuación: Y el anhelo todavía está en mi corazón inquietándome... Después de mis queridos, a quién reprocharé? (El anhelo) disparó a mi corazón con sus flechas, como si me hubiera disparado la muerte con sus escorpiones.

La acusada desarrolló la siguiente actividad en el grupo de Telegram: "Izz al-Din":

Evidencia: NUM035 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20210412-113652_Telegram.jpg.

Contenido: Captura de pantalla de chat Telegram del grupo Izz al-Din que consta de 851 suscriptores, con un mensaje fijado y cuya traducción es (El mensaje inferior): "El orgullo de la religión: Me separé de mi familia por el credo. El Imam Ibn Al Qayyim AL Damachki dijo... Oh tú que has abandonado la yihad por pereza Crees que con tu pasividad tienes la elección Acaso no has escuchado lo que dijo tu Dios: id a la guerra Y su amenaza cuando dijo: si no vais a la guerra".

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-120353_Telegram.jpg.

Contenido: Imagen mujeres cubiertas completamente (incluído el rostro) por niqab y guantes negros ondeando la bandera de DAESH y levantando fusiles AK47 como muestra de celebración y júbilo.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:23 Nombre de archivo: Screenshot_20201121-194411_Telegram.jpg

Contenido: Captura de pantalla del canal de Telegram "Conflict_wave". En la imagen se observa a un niño vistiendo uniforme militar mimetizado y portando una bandana negra en la cabeza con el logo de DAESH.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:42 Nombre de archivo: Screenshot_20210208-215235_Telegram.jpg

Contenido: Imagen en la que se observa un anillo-sello del profeta Mahoma con la inscripción "Mohammed Rasul Allah", que significa que Mahoma es el mensajero de Dios (en árabe), acoplado en la mira de un fusil. El grabado del sello ha sido adoptado como icono por la organización terrorista DAESH, y añadido como símbolo en su bandera de fondo negro.

A través de la aplicación Facebook, José relacionaba con otros usuarios afines a DAESH, a la vez que autoconsume contenidos de las organizaciones terroristas.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:34 Nombre de archivo: Screenshot_20210520-002415_Facebook.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un vídeo publicado en Facebook por un usuario no identificado al resultar ilegible su nombre de usuario en la citada imagen. Acompaña a la misma con el comentario "extraños y solo ante Alá nos postramos". Este texto forma parte de un nasheed yihadista titulado ghurabae (los extraños). En la fotografía se observa a un hombre andando de hombros hacia abajo portando una mochila negra con la bandera de DAESH ocupando todo el frontal de la misma.

La referencia está relacionada con un hadiz atribuido al profeta Mahoma que dijo: "El Islam comenzó como algo extraño y volverá como algo extraño. El paraíso es para los extraños". Los salafistas afirman ser estos "extraños" anunciados y, por lo tanto, el grupo elegido, porque son los que prohíben el mal cuando los demás son depravados. Debido a su "amor intransigente por Allah y sus mensajeros" también serían percibidos por la mayoría como "extraños", lo que a su vez interpretan como una confirmación de que están en el camino correcto y son "los verdaderos creyentes". Esto se aplica tanto a las sociedades musulmanas como a las no musulmanas. El hecho de que se encuentren en minoría y con frecuencia marginados también refuerza su sentimiento de superioridad. Después de todo, el profeta Mahoma y sus primeros compañeros fueron percibidos como "extranjeros" y condenados al ostracismo cuando todavía eran una minoría en La Meca. Como se narra en el hadiz, son ellos a quienes se les ha prometido el paraíso. El mensaje transmitido por los salafistas es que, como musulmanes, son los extraños aquí y allá, son los "verdaderos creyentes", "extraños" incluso dentro de la comunidad musulmana (porque la mayoría de los musulmanes en occidente rechazan estas corrientes). Por lo tanto, no deben sufrir el ostracismo, sino considerarlo como una confirmación de pertenencia al grupo elegido.

A través de la red social Pinterest esta red social, José se nutría de numerosa iconografía de las organizaciones terroristas, conservando estas a través de impresiones de pantalla (screenshots) o bien directamente de la plataforma.

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/01/2023 19:09:54(UTC+0) Nombre de archivo: 1000006552.jpg Tamaño: 165951.

Contenido: Fotografía en la que se ven dos manos una de ellas con un guante y ambas con un anillo en uno de los dedos con la simbología de DAESH.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:37:10(UTC+2) Nombre de archivo: 8edb1d6a4e621d593ad49ecfbbaa883e.

Contenido: Mujer con Burka portando un arma larga y detrás de ella colgada en la pared la bandera de "DAESH" almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:31:12(UTC+2) Nombre de archivo: a45ca24161511d4c81136cdcc73ae521.1

Contenido: Imagen de " Conrado", miembro del DAESH cuya verdadera identidad era Victoriano, británico de origen kuwaití. En febrero de 2015 fue identificado como la persona que se ve en varios vídeos producidos por DAESH mostrando la decapitación de varios cautivos entre 2014 y 2015, año en que fue eliminado por un dron estadounidense. AL imagen está almacenada en el terminal en la carpeta caché de Pinterest.

En sus dispositivos se encuentran capturas de pantalla con origen en la plataforma de comunicación social de origen ruso Ok.ru, de la que era usuaria la acusada. Ok.ru es la segunda red social rusa más importante, propiedad de VKontakte similar a Facebook.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:18 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-150140_Samsung Internet.jpg.

Contenido: Captura de pantalla del perfil de un "amigo" en la red social ok.ru, en el que se ve la bandera de DAESH en forma de corazón.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:11:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210221-143327_Samsung Internet.jpg

Contenido: Captura de pantalla de un muyahidín portando una espada (símbolo muy utilizado al referirse a la lucha armada ya que recuerda a los tiempos de Mahoma por ser una de las armas de la época) y una bandera de DAESH.

En la red social Soundcloud la acusada desarrolló la siguiente actividad:

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:13:20 Nombre de archivo: Screenshot_20210527-110556_SoundCloud.jpg .

Contenido: Esta imagen se corresponde con un listado de nasheed alojado en la plataforma SOUNDCLOUD, titulados como sigue:

- Es la vida terrenal, y Juro por Allah que se acabará, acudid hacia el paraíso remangados

- Ramadán, corona de la Sunna.

- No temo los corceles.

- Nasheed Oh musulmanes...vuestras lágrimas en los ojos.

- En cualquier tierra Allah tiene caballeros.

- Oh que triunfo para quien obtuvo el martirio siendo sincero.

- Novia de la guerra.

A través de la navegación en la web, accedía a nasheed producidos por la agencia mediática Ajnad Media ( DIRECCION020), principales vehículos de ideologización empleados por DAESH.

Respecto a su actividad en el repositorio archive.org, accede de modo frecuente a un enlace "corbin" que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, junto a otros enlaces conteniendo numerosos nasheed, siendo algunos de ellos en exclusiva de Ajand Media.

José conservaba en sus dispositivos imágenes y videos con contenidos de apoyo a la lucha armada y martirio en beneficio de las organizaciones terroristas, entre ellos, los siguientes:

Video eliminado pero recuperado de la papelera del dispositivo móvil de la marca HUAWEI14. Evidencia: NUM036 Fecha: 07/11/2020 01:09:01(UTC+1) Nombre de archivo: 0_0ae3bef0-50dd-492d-b51d-ca47d7eafabc_blob

Contenido: Comienza con la bandera de DAESH y la Shahada, continuando con la imagen de un combatiente junto a un vehículo militar en llamas, mientras suena un nasheed yihadista donde se ensalzan las acciones bélicas de la organización terrorista. Se trata de un video recuperado de la papelera y que habría sido eliminado, editado por DAESH.

En sus dispositivos almacenaba las siguientes descargas:

Evidencia: NUM031 Fecha: 23/07/2022 22:11:22(UTC+0).

Contenido: Se trata de la descarga de un archivo de audio desde el repositorio de archivos archive.org en cuya página de archive.org aparece el siguiente documento multimedia, en el que se observa iconografía bélica yihadista.

José conservaba las siguientes imágenes:

Evidencia: NUM035 Fecha: 09/07/2023 14:22:36 Nombre de archivo: f_000465.

Contenido: Se observa una ilustración de un muyahidín agazapado portando un fusil AK-47 y una frase que dice: "2013, Iré para hacer la yihad. Clemente".

Evidencia: NUM036 Fecha: 14/09/2020 23:35:54(UTC+2) Nombre de archivo: 53a5ddc95a1c638bdff56bfa0e821c6a.1.

Contenido: Bandera con la palabra "Jihad" aparece almacenada en el terminal.

Evidencia: NUM031 Fecha: 29/07/2022 20:40:03(UTC+0)

Contenido: Captura de pantalla de la aplicación de la web www.islaminquran.com/ de la surah At Tauba (El arrepentimiento) 9, ayat 111, en la que dice "Combaten por Alá: matan o les matan. Es una promesa que Le obliga, verdad, contenida en la Tora. en el Evangelio y en el Corán." disponible en versión web en la url: DIRECCION021 incitando a la Yihad y al martirio.

La acusada realizó búsquedas relacionadas con armas de fuego. Como resultado de estas búsquedas accedió y almacenó imágenes en las que aparecen mujeres y niños portando o haciendo uso de las armas.

Búsqueda en google del nombre: Bernardo (líder de DAESH) Evidencia: NUM031 Fecha: 21/05/2023 04:03:58(UTC+0) Título: Bernardo - Búsqueda de Google.

Contenido: Bernardo: Teodosio, conocido como Octavio fue un terrorista de origen sirio, portavoz oficial y alto dirigente de Daesh. Fue descrito como el líder del grupo en Siria y el jefe de sus operaciones exteriores, fallecido en 2016.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:12:12 Nombre de archivo: Screenshot_20210130-021919_Chrome.jpg

Contenido: Captura de pantalla de imagen publicada en Pinterest, en la que aparece una mujer completamente cubierta con niqab y guantes negros, portando un fusil y realizando el símbolo del tawhid. Esta imagen refleja un nuevo rol para la mujer en el que desarrolla un papel más activo y violento en la yihad, además de lo que hasta ahora se le había asignado que era el cuidado de la familia y la educación de sus hijos, dejando el lado bélico a los varones.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:05:30 Nombre de archivo: Screenshot_20201206-124236_Chrome.jpg

Contenido: Imagen de dos menores vestidos de negro y con la cara cubierta con un fusil AK-47 apoyado en el suelo y haciendo el símbolo del Tawhid.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 14:08:50 Nombre de archivo: Screenshot_20220203-173854_Chrome.jpg

Contenido: Combatiente yihadista con chaleco antifragmento y AK-47.

Evidencia: NUM035 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-043747_Messenger.jpg

Contenido: Imagen de estado de algún perfil o cuenta de mensajería en la que aparecen varias armas de guerra apoyadas en la pared.

José accedió a repositorios en esta página web, archive.org, donde se difunde y comparten los objetivos de las organizaciones terroristas a través de su dispositivo Samsung SM-J60015, y utilizando la cuenta de correo DIRECCION022.

José a través de la cuenta indicada anteriormente mencionado ( DIRECCION000) accedió y conservó en el repositorio web archive.org diferentes URL marcadas como favoritos, que contienen abundante material multimedia propagandístico editado por DAESH (nasheed, enlaces de audios de la radio Al-Bayan, publicaciones de líderes del DAESH como Cipriano...), o bien material referente a sheiks conocidos en el ámbito de la lucha antiterrorista por difundir, propagar e incitar a la comisión de actos violentos como Juan Francisco. La acusada ha accedido a material editado y publicado por DAESH, detectándose en total 39 descargas, 76 búsquedas que figuran en el historial de navegación, y 18 marcadores de internet.

Entre estos accesos destacan los siguientes:

Evidencia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:17:26(UTC+0) Nombre de archivo: logged-in-user líder Samuel.

Samuel falleció en marzo de 2016 en el curso de un enfrentamiento con fuerzas especiales norteamericanas cuando intentaron capturarlo en Siria Vivió y predicó en el Reino Unido hasta que fue condenado a nueve años de prisión en el 2003 por divulgación de ideologías de odio e incitación a actos terroristas contra judíos, hindúes, cristianos y americanos.), que posteriormente difunde, de manera masiva, a través de sus numerosos perfiles en redes sociales, fundamentalmente grupos de Facebook y WhatsApp, tras haber filtrado, seleccionado y traducido al español los fragmentos que aquel considera idóneos dentro del equilibrio entre material radical para adoctrinar en la yihad y cumplir con las medidas de seguridad que eviten su detección. Además, se conoce de él, que ha incitado al odio racial e instar a sus fieles a asesinar a cristianos, hindúes, judíos, estadounidenses y a los "incrédulos", en sus conferencias pidió a las madres musulmanas que criaran a sus hijos para que fueran soldados de la yihad a la edad de 15 años, comprar pistolas de juguete para sus hijos a fin de entrenarlos para la yihad, en una grabación suya llamada "Reglas de la yihad", dijo: "Tienes que aprender a disparar. Tienes que aprender a volar aviones, conducir tanques y tienes que aprender a cargar tus armas y a usar misiles".

E videncia: NUM031 Fecha::Título Download, Borrow, and Streaming.

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: Habilidad para exponer la trampa de la obediencia.

E videncia: NUM031 Fecha: Título: DIRECCION023 : Akserayi : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive .

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo titulado: DIRECCION024 (Todos los Nasheeds de Samuel) al cual sólo se puede tener acceso poniendo usuario y contraseña. Entre las palabras asociadas para facilitar su búsqueda como "temas" aparecen entre otras nasheed y yihad. Así mismo aparece la nota en inglés: Nota: Algunas de las canciones publicadas por al-Basha'ir incitan a ataques terroristas contra civiles, lo cual no es aceptable desde un punto de vista islámico. Los no combatientes deben ser respetados según las enseñanzas éticas islámicas. Al Qaeda adoptó el terrorismo como estrategia para expulsar a las potencias occidentales de las tierras musulmanas. Sin embargo, esta estrategia resultó infructuosa y produjo resultados fatalmente antitéticos, intensificando los ataques occidentales y conduciendo a una criminalización y estereotipos de los musulmanes como enemigos peligrosos. Que Dios nos guíe a la verdad y a la pureza.

E videncia: NUM031 Fecha: 09/07/2023 15:16:56(UTC+0) Ruta: Titulo: PIFA : gfgfgf : Free Download, Borrow, and Streaming : Internet Archive

Contenido: Enlace directo a un documento multimedia alojado en el repositorio archive.org, donde es necesario estar registrado para acceder al mismo, protagonizado por el clérigo islamista radical Juan Francisco, en él se escucha una disertación del clérigo en inglés, subtitulada en inglés y en ocasiones árabe, en uno de los momentos también se escucha una nasheed. El documento aparece en el número 210 de un total de 337 protagonizados por varios Sheiks radicales como son Adolfo, Gabriel, Erasmo o el propio Juan Francisco. Este grupo de documentos multimedia fue creado por el usuario " DIRECCION025" con correo electrónico DIRECCION026. Sheik: Enrique

Actividad relacionada con la agencia mediática DAESH: Radio Al Bayan

Nº 1 Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:53:52(UTC+0) Título: ia600601.us.archive.org/25/items/ra777_

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio en el que se escucha un nasheed y posteriormente a un hombre hablando en árabe, según los metadatos se trata de Lecciones de monoteísmo producidas por Radio Al Bayan. Radio Al-Bayan es una red de emisoras de radio, con base en Iraq, pertenecientes y operadas por la organización terrorista Daesh, para difundir su ideario. En el análisis de las evidencias se han obtenido cookies de acceso a la página web www.albayan.co.uk. de fecha 17/02/2023 00:23:13(UTC+0) En el historial de Internet aparecen las urls DIRECCION027 y DIRECCION028, esta última aparece guardada en Marcadores. En el diccionario de usuario también aparece al-Bayan en dos ocasiones.

La acusada accedió y almacenó en sus dispositivos los denominados "Nasheed".

Evidencia: NUM031 Fecha: 21/06/2023 19:54:02(UTC+0).

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra una colección de 83 audios con el título: en su mayor parte nasheeds (Canciones de Khawlan Al-Sanani).

E videncia: NUM031 Fecha: 30/06/2023 13:02:20(UTC+0) Titulo: Tafseer 009 Surah Taubah ( 001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) : Juan Francisco:

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Tafseer 009 Surah Taubah (001 014) [ Part 1]:The Verse Of The Sword ( 03.05.12) by Juan Francisco. (El verso de la espada). Creado por el usuario Juan Francisco con fecha 2015-01-23 16:49:05 y correo electrónico ummulmuhmineen@gmail.com. El verso de la espada es el quinto verso de la novena sura del Corán (atTawbah), una parte del verso dice: "Pero una vez que hayan pasado los Meses Sagrados, mata a los politeístas dondequiera que los encuentres, captúralos, asédialos y acéchalos en todos los sentidos."

E videncia: NUM031 Fecha: Titulo: Tafseer Surah Taubah ( 028 - 030) [ Part 4]: Accept Islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight ( 03.08.12) : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org: en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Tafseer Surah Taubah (028 - 030) [ Part 4]: Accept islam, Pay The Jizya Or Prepare To Fight (03.08.12 La novena sura del Corán (at-Tawbah), en su aleya 29 dice: ¡Combatid contra quienes, habiendo recibido la Escritura, no creen en Alá ni en el último Día, ni prohíben lo que Alá y Su Enviado han prohibido, ni practican la religión verdadera, hasta que, humillados, paguen la yizia directamente! La Yiziá en la Ley islámica es un impuesto que se impone a los hombres adultos y libres no musulmanes, que no estuvieran enfermos, ni fueran mayores ni monjes.

En sus dispositivos ha sido localizado el siguiente material creado por la organización terrorista Daesh:

E videncia: NUM031 Fecha: 29/06/2023 05:39:17(UTC+0) Título: Internet Archive: Digital Library of Free & Borrowable Books, Movies, Music & Wayback Machine

Contenido: Enlace a la web Archive.org en el que se encuentra en el buscador el nombre de " Juan Francisco". Dicha búsqueda aparece varias veces en el historial de internet del terminal. En referencia al Sheik: Juan Francisco.

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:12:24(UTC+0) Título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco : Juan Francisco :

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: Let's Call A Spade A Spade - Part 3 - Juan Francisco. (Llamemos a las cosas por su nombre - Parte 3 - Juan Francisco).

E videncia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:11:36(UTC+0) Título: Description Of Paradise [ Part 2] ( 07.05.11) - By Juan Francisco : Juan Francisco

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio Description Of Paradise [ Part 2] (07.05.11) - By Juan Francisco. (AudioDescripción del Paraíso [Parte 2] (05.07.11) - Por Juan Francisco).

Evidencia: NUM031 Fecha: 06/05/2023 08:09:35(UTC+0) Título: DIRECCION029 : Juan Francisco -Internet Archive

Contenido: Enlace de Archive.org, en el que se encuentra un archivo de audio con el título: audio DIRECCION029 by Juan Francisco -Internet Archive. ? Acceso a entidades mediaticas del DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 26/03/2021 21:36:14(UTC+0)

Contenido: Enlace a Radio Al-Bayan.

Evidencia: NUM020 Fecha: 23/06/2022 22:50:12 Nombre de archivo: Screenshot_20201227-112353_Chrome.jpg

Contenido: Captura imagen de Albayan radio, y un lema en el centro de la imagen que dice: "Los Taguts y los sabios del mal. Radio Al Bayan".

Evidencia: NUM020 Fecha: Nombre de archivo: Screenshot_20201226-230459_Chrome.jpg .

Contenido: Ajnad media ( la fundación Ajnad media distribuye archivos de audios nasheed en árabe para el grupo terrorista isis, ei ...

Actividad de la acusada een la web "People of tawhid".

E videncia: NUM031 Fecha: Título: The Wicked Scholars are Cursed

Contenido: Se trata de un portal de contenidos, estructurado por categorías, proporcionando acceso a publicaciones de contenido doctrinal en relación con el concepto de Al-Wala wal-Bara, publicaciones de la entidad At-Tibyan Publications (anterior a Ahlut-Tawhid Publications de la que es precursora), libros y archivos pdf de jeques relevantes de la corriente salafista yihadista actuales, como el Jeque Ángel Jesús, u otros miembros relevantes de organizaciones terroristas yihadistas como Adolfo (Al Qaeda en la Península Arábiga), Gabino (Al-Qaeda) o Samuel (DAESH). También hay un apartado denominado artículos, en los que hay un subapartado denominado AN-NABA en los que se recogen una serie de artículos traducidos al idioma inglés los cuales fueron publicados originalmente en el periódico AN-NABA, publicación semanal del DAESH.

José, fundamentalmente a través de la aplicación TIKTOK editó y publicó material multimedia:

Evidencia: NUM031 Fecha: 12/10/2022 12:17:44(UTC+0) Ruta: content://media/external/downloads/1000001628

Contenido: El origen del video se encuentra en la url de Pinterest DIRECCION030/ siendo extraído mediante la aplicación web www.expertsphp.com/facebook-videodownloader. En el video original se observa una pareja de menores, uno de ellos porta dos armas cortas (pistolas) en dos fundas y en su cabeza un gorro con el logo de Daesh. El video en cuestión también, aparece en el sistema de archivos con nombre, 2022-10-12-143933244.mp4, ha sido editado y se ha añadido una nasheed, además se observa el Nick utilizado por la investigada en la red social Tiktok @ DIRECCION031 y el logo de la red social.

Evidencia: NUM031 Fecha: 19/03/2023 11:33:41(UTC+0)

Contenido: Archivo multimedia guardado en el apartado "Camera" de la evidencia. En el video aparece Rubén conocido como el padre de la Yihad mundial, miembro fundador de Al-Qaeda, fue el profesor y mentor de Abel, también fue cofundador del grupo terrorista islámico Lashkar-e-Taiba, incorporando la investigada la marca de agua al ser editado por ella.

Evidencia: NUM031 Fecha: 11/04/2023 10:03:08(UTC+0) Nombre archivo: 2023-04-11-120114507.mp4

Contenido: Video guardado en el apartado "Camera" de la evidencia, con audio en árabe descargado de la red social Tiktok, donde aparece el Nick DIRECCION032 utilizado por la investigada y que la red social añade al video una vez ha sido publicado en la misma. En el video, acompañado de un nasheed yihadista, se defiende la sharia, el califato islámico y a los muyahidines.

Evidencia: NUM031 Fecha: 24/04/2023 06:47:11(UTC+0)

Contenido: Video alojado en la carpeta "Camera" de la evidencia que fue publicado en la red social TikTok por la encausada con los Nick @ DIRECCION033 y @ DIRECCION032, comienza con la imagen del logo de la shahada y la frase "Tawheed Movement Ansar Al Tawheed" (Ansar al-Tawhid es un grupo islamista armado que lucha en la Guerra Civil Siria, mientras se escucha de fondo un nasheed). Al finalizar el video aparece una frase en inglés (en colaboración con) y aparece la imagen de la cabeza de un león y debajo "salafmedia.com". Como continuación aparece Jacinto (El predicador musulmán Jacinto, cuyo verdadero nombre es Lucio, líder del grupo terrorista Al-Muhajiroun, refundado en 2009 como Islam4UK y en 2014 Need4 Khilafah, y que hoy en día colabora con DAESH predicando la conquista islámica en Europa) sentado en un parque dando un discurso a cámara.

Evidencia: NUM031 Fecha: 04/09/2022 15:17:01(UTC+0) Nombre archivo: Tawheed Hakimiyyah(Must watch).

Contenido: En el video aparece Jacinto (también conocido como Lucio), además de simbología vinculada a la propaganda yihadista. Explica que el gobierno correcto tiene que ser el que Alá mandó implementar, es decir gobernar según la sharia y la sunna. De fondo se escucha fragmentos del famoso nasheed yihadista Ghuraba (de nuevo "los Extraños"). En el video se observa la marca de Tiktok con Nick @ DIRECCION031 tras haberlo compartido la investigada en dicha plataforma. También fue publicado con el Nick y usuario DIRECCION034 con fecha 14 de febrero de 2023 Lucio. Dirigió el grupo extremista Al-Muhajiroun, con sede en Arabia Saudita. Según The Times, la organización se ha relacionado con el terrorismo internacional, la homofobia y el antisemitismo. El grupo se hizo famoso por su conferencia de septiembre de 2002 " The Magnificent 19 ", elogiando los atentados del 11 de septiembre de 2001. En Reino Unido, Al-Muhajiroun es el más notorio de los grupos salafistas yihadistas. Miembros individuales de Al-Muhajiroun han estado implicados en una serie de ataques terroristas, incluido el asesinato de Belarmino ( Pedro Miguel y Carlos Manuel), el ataque del Puente de Londres de 2017 ( Luis María) y el apuñalamiento del Puente de Londres de 2019 ( Marco Antonio). Algunos miembros, como Plácido, han estado implicados en controversias en torno a Al-Qaeda, Otro miembro, Alberto, se convirtió en verdugo de DAESH.

Evidencia: NUM031 Fecha: 31/08/2022 11:24:57(UTC+0) Nombre archivo: AUTHENTIC TAUHEED_ Aqeedah.pdf

Contenido: El documento se encuentra alojado en la carpeta denominada "Descargas" de la evidencia y se trata de un documento pdf, obtenido desde la URL al repositorio de contenido multimedia archive.org: En la captura se puede observar que en idioma inglés aparece el texto "Islam does not mean peace" (Islam no significa paz) lo que viene a indicar la ideología radical del contenido del documento, que la investigada tradujo y publicó entre su contenido en la red social Tiktok a través de la url: DIRECCION035 < DIRECCION035>.

Para la edición de los videos anteriores, José tenía instaladas las aplicaciones "VivaVideo", "InShot" y "WhatsCut" para edición de Video y "Cortar Audio" para sonido. Instaladas las primera en febrero de 2023 y diciembre de 2022 para las restantes.

José ha accedido a contenidos en la web sobre el manejo y uso de armas, (canal YouTube DIRECCION036), y almacenaba material en uno de sus terminales móviles, imágenes procedentes de páginas web donde se explica y detalla la fabricación de armas caseras.

También a través de redes sociales ha mantenido relación con individuos investigados por terrorismo en terceros países.

El análisis de los contactos de su agenda ha permitido conocer que dos de esos contactos serian conocidos en el marco de las investigaciones internacionales de terrorismo, siendo su actividad hasta el momento la de servir de plataforma para la difusión de propaganda relacionada con el terrorismo yihadista.

Abelardo Evidencia: NUM031 username Abelardo ID: NUM037

Descripción: Este usuario aporta como fecha de nacimiento en su descripción NUM038.1980. Consta como inicio de amistad entre la investigada y este usuario en la aplicación Facebook el 26.12.2020 16:12:33 UTC+00:00. Además, cuentan con 39 amigos en común en esta plataforma, además de haber sido detectado en Telegram como contacto de José. Este individuo sería también usuario del correo electrónico: DIRECCION037 del que a través de la cooperación policial internacional se han obtenido datos de interés relacionados con la investigación y que se detallan en los párrafos inmediatamente posteriores a esta tabla.

A través de la cooperación policial internacional se tuvo conocimiento que el usuario DIRECCION037 sería uno de los usuarios de la página web DIRECCION038. La investigación realizada acerca de esta URL ha podido determinar que este se trata de un dominio utilizado para alojar contenido de Rocket Chat24 utilizado principalmente para difundir propaganda relacionada con el terrorismo.

Respecto a la segunda cuenta @ DIRECCION039 con id NUM039 y Nick Eladio aparece en su descripción el canal de Telegram cuyo contenido son nasheed (t.me/nasheed_abu_hudzaifah). En cuanto a su contenido en Tiktok, se observa contenido yihadista acompañados de nasheeds y referencias al grupo salafista yihadista sirio Hay'at Tahrir al-Sham también conocido como "Organización para la Liberación del Levante" afiliado a Al Qaeda.

José conservaba material multimedia referentes a acciones violentas de DAESH, descargas de videos propagandísticos conteniendo el mismo tipo de acciones, reforzado esto por la navegación y descarga también de iconografía y material propagandístico.

También accedía de modo frecuente a un repositorio que conserva la "biblioteca Al Himma" la que es la editorial de Daesh, incluyendo tambien un rechazo a los valores occidentales.

Igualmente accedía a los enlaces de contenido de Radio AL-Bayan y de la fundación Ajnad Media.

Utilizaba el material propagandístico de DAESH que ella adquiere para editar y difundir su propio contenido.

También adoptaba medidas de seguridad como eliminar publicaciones cuando han borrado de comunicaciones a través de la plataforma Telegram y material multimedia, uso de generadores de correo electrónico para anonimizar sus redes sociales.

José pretendía con ello capacitarse a sí misma con esta formación y difundirla a terceros para que pudiesen acceder a esta instrucción.

La organización terrorista Estado Islámico-DAESH se enmarca en la denominada «yihad global», y promueve una interpretación totalitaria y extrema de la Sharia o Ley Islámica, pretendiendo su imposición universal y la inclusión de los Estados en el denominado «Califato Islámico Mundial», una vez hayan sido abolidas las estructuras legales y democráticas de los países a los que combate. Para la consecución de tales objetivos, utiliza métodos violentos y coercitivos contra ciudadanos no musulmanes, e incluso contra quienes profesan dicho credo, pero no comparten esa visión desviada y totalitaria del islam.

José fue detenida el 11 de julio de 2023 y estuvo en situación de prisión provisional hasta el 21 de marzo de 2024.

PRIMERO.-Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, del que es responsable en concepto de autora, la acusada José.

Y todo ello, a la vista de la conformidad expresada por esta acusada, con la anuencia de su defensa letrada, con el relato de hechos, calificación jurídica y solicitudes de pena presentados de común acuerdo por las partes al inicio del acto solemne del juicio, y en aplicación, dada tal conformidad, de lo dispuesto en el artículo 787.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

TERCERO.- En aplicación de los arts. 123 y 124 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las costas deberán imponerse a los criminalmente responsables de todo delito.

VISTOS los preceptos legales citados, sus concordantes, y demás normativa de general y pertinente aplicación,

Que debo condenar y condeno CON LA CONFORMIDAD DE LA MISMAa José como responsable en concepto de autora de un delito de autoadoctrinamiento terrorista ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por tiempo de SEIS AÑOS SUPERIOR AL DE LA DURACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN y MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA POR TIEMPO DE DOS AÑOS, una vez cumplida la pena de prisión. Igualmente se le condena al pago de las costas procesales.

Se decreta el CIERRE DE LOS PERFILES DE José EN LAS REDES SOCIALES que constan en los hechos probados de esta sentencia.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notificación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION:En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA.-Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Fundamentos

PRIMERO.-Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de autoadoctrinamiento terrorista previsto y penado en el artículo 575. 2 del Código Penal, del que es responsable en concepto de autora, la acusada José.

Y todo ello, a la vista de la conformidad expresada por esta acusada, con la anuencia de su defensa letrada, con el relato de hechos, calificación jurídica y solicitudes de pena presentados de común acuerdo por las partes al inicio del acto solemne del juicio, y en aplicación, dada tal conformidad, de lo dispuesto en el artículo 787.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

SEGUNDO.- No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

TERCERO.- En aplicación de los arts. 123 y 124 del Código Penal y 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las costas deberán imponerse a los criminalmente responsables de todo delito.

VISTOS los preceptos legales citados, sus concordantes, y demás normativa de general y pertinente aplicación,

Que debo condenar y condeno CON LA CONFORMIDAD DE LA MISMAa José como responsable en concepto de autora de un delito de autoadoctrinamiento terrorista ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por tiempo de SEIS AÑOS SUPERIOR AL DE LA DURACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN y MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA POR TIEMPO DE DOS AÑOS, una vez cumplida la pena de prisión. Igualmente se le condena al pago de las costas procesales.

Se decreta el CIERRE DE LOS PERFILES DE José EN LAS REDES SOCIALES que constan en los hechos probados de esta sentencia.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notificación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION:En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA.-Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Fallo

Que debo condenar y condeno CON LA CONFORMIDAD DE LA MISMAa José como responsable en concepto de autora de un delito de autoadoctrinamiento terrorista ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, inhabilitación absoluta por tiempo de SEIS AÑOS SUPERIOR AL DE LA DURACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN y MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA POR TIEMPO DE DOS AÑOS, una vez cumplida la pena de prisión. Igualmente se le condena al pago de las costas procesales.

Se decreta el CIERRE DE LOS PERFILES DE José EN LAS REDES SOCIALES que constan en los hechos probados de esta sentencia.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notificación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION:En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA.-Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

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