Última revisión
08/10/2025
Sentencia Penal 254/2025 Audiencia Provincial Penal de Madrid nº 23, Rec. 1348/2023 de 20 de mayo del 2025
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Orden: Penal
Fecha: 20 de Mayo de 2025
Tribunal: Audiencia Provincial Penal nº 23
Ponente: MARIA PILAR LLOP CUENCA
Nº de sentencia: 254/2025
Núm. Cendoj: 28079370232025100260
Núm. Ecli: ES:APM:2025:7782
Núm. Roj: SAP M 7782:2025
Encabezamiento
C/ de Santiago de Compostela, 96 , Planta 9 - 28035
Teléfono: 914934646,914934645
Fax: 914934639
audienciaprovincial_sec23@madrid.org
GRUPO 9
37051530
D. JOSÉ SIERRA FERNÁNDEZ (Presidente)
D. JESÚS GÓMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ
Dª MARÍA PILAR LLOP CUENCA (Ponente)
En Madrid, a veinte de mayo de dos mil veinticinco.
Visto en juicio oral y público ante esta Sección Vigésimo Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid el procedimiento sumario ordinario número 1348/2023, procedente del Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid, seguido por presunto delito de agresión sexual contra Luis Manuel, mayor de edad, nacido el NUM000 de 1986, con DNI NUM001, sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional, representado por el Procurador D. MANUEL DÍAZ ALFONSO y defendido por el Letrado D. RAFAEL J. VERGARA MEDINA y de otra la Acusación Particular ejercida por Elisa, representada por la Procuradora Dª MARÍA EUGENIA CARMONA ALONSO y asistida por la Letrada Dª NATALIA TEJERA BEAMUD. Ha sido parte la Ilma. representante del Ministerio Fiscal Dª EVA CALAFAT DÍEZ.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARÍA PILAR LLOP CUENCA, quien expresa el parecer del Tribunal.
Antecedentes
Con carácter alternativo realizarían igualmente una modificación sobre la tipicidad del hecho objeto de acusación entendiendo que procedería aplicar el tipo con pena inferior bien del 181.4 o alternativamente 182 en la legislación vigente en el momento de acaecer los hechos.
Hechos
De la apreciación en conciencia de la prueba practicada resulta probado y así lo declaramos que el acusado, Luis Manuel, mayor de edad, nacido el NUM000 de 1986, con DNI NUM001, sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional, el día 18 de septiembre de septiembre de 2021, pasadas las dos de la madrugada, invitó a Elisa, de 17 años de edad, así como al hermano de ésta, Romeo y a una amiga, novia de Romeo, Cristina, a su domicilio sito en la DIRECCION000 de Madrid, quienes se conocían previamente por haber sido monitores en un campamento en DIRECCION001. El procesado compartía la vivienda con otras dos compañeras de piso. Sobre las cinco de la mañana Romeo y Cristina decidieron irse a casa, y Elisa y Luis Manuel se quedaron solos en el salón de la casa donde comenzaron a besarse y a abrazarse, siendo todo esto aceptado por Elisa y continuando dichos actos en el dormitorio de Luis Manuel contiguo al salón, sin que se haya acreditado que la empujara y la llevara a la fuerza a su cuarto, y donde continuaron intimando sin que conste que ello fuera realizado sin consentimiento de Elisa, ni conste de igual modo, que Luis Manuel la penetrara vaginalmente en dos ocasiones y que le practicara sexo oral. La denuncia de Elisa fue presentada el día 4 de mayo de 2022. No consta que Elisa, hubiera sufrido lesiones ni secuelas derivadas de estos estos hechos.
Fundamentos
Es necesario tener presentes dos principios fundamentales en nuestro derecho penal, cuales son, de una parte el citado principio de presunción de inocencia, que da derecho a no ser condenado sin prueba de cargo válida -que es la obtenida en el juicio (salvo las excepciones constitucionalmente admitidas)-, que haya sido racional y explícitamente valorada, de forma motivada, en la sentencia, y se refiera a los elementos nucleares del delito (por todas, STC 17/2002 , de 28 de enero y STS 213/2002, de 14 de febrero). La STC 33/2015, de 2 de marzo, explica que es doctrina clásica -reiterada desde las ya lejanas SSTC 137/1988, de 7 de julio, FJ 1, o 51/1995, de 23 de febrero, FJ 2- que la presunción de inocencia, además de constituir criterio informador del ordenamiento procesal penal, es, ante todo, un derecho fundamental en cuya virtud el acusado de una infracción no puede ser considerado culpable hasta que así se declare en Sentencia. La condena sólo gozará de legitimidad constitucional si ha mediado una actividad probatoria que, practicada con la observancia de las garantías procesales y libremente valorada por el Tribunal penal, pueda entenderse de cargo y suficiente.
El otro principio es el "in dubio pro reo", que viene a imponer al órgano enjuiciador la libre absolución del acusado cuando le asalte la duda de cuál fue la verdad de los hechos materiales objeto de acusación y la participación que en ellos pudo tener el acusado. Para ello veamos las pruebas que se practicaron el acto.
En primer lugar, se tomó declaración a la denunciante, Elisa, quien prestó juramento de decir verdad y se le advirtió de las consecuencias de faltar a la verdad en causa criminal.
Preguntada en primer lugar por el Ministerio Fiscal manifestó que conocía al procesado porque hizo un curso de monitora de tiempo libre a los 16 años e hizo prácticas en el DIRECCION001, en julio de 2021. En septiembre ya fue a trabajar esa semana como monitora. El procesado era coordinador esa semana, donde le conoció bien. Trabajaban juntos y además era amigo de un primo suyo. Le conoció en septiembre, aunque en julio estaba en el campamento y como hay muchos niños, no trabajaban juntos. Había un coordinador oficial que era Nemesio, y el procesado trabajaba con Nemesio también como coordinador. Nemesio era veterano; la diferencia estaba en los papeles, el coordinador coordinaba al equipo de monitores y actividades con los niños, y el otro coordinador colaboraba. El campamento era de lunes a viernes. Se llevaba muy bien con el procesado; DIRECCION001 es un ambiente muy divertido y se creaban lazos de amistad entre los monitores. El campamento terminó el 13 de septiembre, y todos tenían los teléfonos, porque antes de que empezase la semana de trabajo se creó un grupo de WhatsApp. Volvieron del campamento el viernes 17 de septiembre. Volvieron de Toledo a DIRECCION002, que es donde está la oficina, fueron a un bar cerca de la oficina todos los monitores, también estaban su hermano Romeo, Cristina y Sabina y Luis Manuel. Elisa envió una foto suya junto a Luis Manuel a su primo. Lo único que le chocó fue un comentario que le hizo Luis Manuel, porque su primo se sorprendió con la foto de ambos diciendo "qué hacéis juntos, de qué os conocéis", y Luis Manuel le dijo que le dijera que era su "nuevo ligue". Luego cada uno se fue a casa. La semana del campamento fue el cumpleaños de Luis Manuel y les contó que se iba con amigos a un concierto; él le estuvo escribiendo esa misma tarde y ella dejó de contestar, no le dio mucha "bola", y se fue a su casa. Por la noche salió a un bar con su hermano Romeo y su hermana Cristina, y en la calle, vio que tenía una llamada del acusado, diciéndole que fuese a su casa porque ya había acabado el concierto. Estaban planteándose qué hacer después de salir del bar, y les dijo que le había escrito el acusado, quien le dijo que fueran los tres, ella, su hermano y Cristina y fueron en un Cabify a su casa, pues le mandó la ubicación.
En el folio 233 a 238, hay mensajes de WhatsApp de esa noche. Cuando él escribe a Elisa ella le contesta "ya estabas tardando", ella le dijo que se estaba haciendo el interesante, había cierta complicidad pues le caía fenomenal. Él ya tenía su móvil, y ella también, como había un grupo de WhatsApp, lo tenían.
A las 02:10 ella le manda una ubicación y le dijo que qué plan llevaban, y hablaron de dónde iban. Eso fue al salir del bar, como ha dicho. Preguntada si invitó a los tres nuevamente, ella dice que no sabe el orden, sabe que la invitó a ella y ella le comentó con quien estaba y él dijo que fueran los tres.
Llegaron a la casa. Luis Manuel estaba esperando en el portal y les dijo que fueran a un chino de al lado a comprar alcohol. Entraron Romeo y Luis Manuel y subieron a su casa. Y estuvieron sentados hablando y bebiendo una o dos copas más. Bebió unas dos copas de ginebra. Y ya llegó un momento en que su hermano y Cristina dijeron que se iban y ella dijo que se quedaba un rato más porque no le apetecía irse con su hermano y su novia; no sintió que estuviese en ninguna situación de peligro. Su hermano y Cristina estaban empezando a salir y no quería ir de sujeta velas. Sus padres ese fin de semana estaban de viaje. En el momento en que se fueron, Luis Manuel y ella se empezaron a besar, consentidamente, ella iba con copas, pero era consentido. En el salón estaban de pie y él la iba dirigiendo a su habitación y en un momento paró de besarla, se quedó enfrente de ella y allí ella fue consciente de que algo raro estaba pasando, pero no podía reaccionar, le arrancó la ropa, o sea -matizó en juicio- le quitó el top y los pantalones, la empujó a la cama. Tenía todavía braguitas y sujetador; ella estaba bloqueada pero no podía reaccionar, y él se puso encima de ella y le quitó las braguitas, le chupó las partes íntimas, se puso encima y
Desde que se van su hermano y Cristina es casi inmediato cuando empiezan a besarse, a ella no le gustaba, había bebido alcohol, y cuando la besó no sabía cómo reaccionar. Se había dado el primer beso con un chico hacía un mes. Aunque había bebido, ella era consciente todo el tiempo de lo que pasó.
No sabe si cogió el móvil durante la noche en algún momento o si lo cogió Luis Manuel aunque cuando se fueron su hermano y Cristina la llamaron después y le dijeron que se cogiera un Cabify (Folios 240 y siguientes). En el registro de llamadas consta: Luis Manuel DIRECCION001 05:39 durante 50 segundos. Ella no recuerda esa llamada. Sí que recuerda que la llamaron cuando se fueron su hermano y Cristina y que ella iba a coger el Cabify, pero no le dio tiempo porque pasó todo. En su cabeza pasó todo muy rápido, pero a preguntas del Ministerio Fiscal dijo que no fue inmediato besarla cuando se fueron, porque su hermano y Cristina llamaron por teléfono.
Se empiezan a besar sentados y se ponen de pie. Luis Manuel no le dijo nada de ninguna habitación, mientras se besan él la empujaba hacia la habitación, la iba guiando. La tenía cogida y la iba guiando. Hasta ahí todo fue consentido. Una vez en la habitación no pudo reaccionar. Ella estaba congelada, no reaccionaba, estaba bloqueadísima, se bloqueó por completo. Tras
Cuando vuelve con Cristina en el Cabify y le pregunta si no había pasado más que se besaran y le dijo que sí,
El 22 de enero de 2022 fue al médico (cuatro meses después). Fue en esa fecha porque desde que ocurren los hechos ha tenido pesadillas constantes, miedos irracionales, y eso se manifestaba en su cuerpo con dolencias, y tenía dolor y picor en sus partes íntimas y fue al médico por si tenía una enfermedad de transmisión sexual (ETS), en la exploración no le pudieron decir nada porque habían pasado cuatro meses y no había nada que se pudiera hilar con lo que había ocurrido.
A la vista del folio 15 le pregunta el Ministerio Fiscal que por qué en aquél momento dijo en el médico que no tenía claro si hubo penetración anal. Elisa contestó en el juicio que porque hubo un momento en que él se puso detrás y no sabía si había sido sexo anal o no y no sabía cómo se siente. Le dijeron que si hubiera sido sexo anal le hubiera dolido mucho. Nunca había mantenido relaciones anteriormente. No tuvo sangrado ni heridas físicas.
En el folio 15 dijo que negaba sexo oral, y tampoco le ató. No hubo sexo oral de ella hacia el acusado. A Cristina sí le contó, pero a nadie más; en noviembre salieron una noche Cristina, Sabina ( Sabina, también conocida como Martina) y Romeo a un concierto de un bar de otros monitores de DIRECCION001; Cristina esa noche -en el concierto de la primera semana de noviembre- vio que no estaba bien y a raíz de esa noche, Cristina se lo dijo a su hermano Romeo, quien se lo contó a su tío Rubén porque no sabía cómo gestionarlo, y su tío y su hermano se lo contaron a sus padres.
Antes de lo de Sabina fue a ver a su psicóloga. Antes de los hechos ya iba a la psicóloga. Pero como tenía flashbacks y no podía dormir se lo relató porque no podía aguantar. Sabina dijo que sabía que se habían enrollado el acusado y ella y luego le dijo a Sabina, que es muy amiga de ella, lo que pasó, como en octubre. Se lo contó a través de audios. Sabina también es del campamento.
Ella empezó a ir a la psicóloga con 16 años porque tiene DIRECCION003 y eso le causaba otros problemas, como con la comida. Luego, cuando pasó esto la escribió para ir a verla.
En su declaración manifestó que no fue consciente de lo que pasó hasta tres semanas después. No sabe si la palabra que usó de consciente es correcta, pero sí a procesar lo que acababa de vivir. Hasta día de hoy han sido muchos años de terapia y sigue, para procesar todo. Tardó tres semanas en darse cuenta de que toda esa sintomatología era debida a lo que había pasado. Era mucho para ella sostener todo eso. Se ha culpabilizado y se lo ha manifestado a Sabina, por todo, por no haber dicho no, por no haber dicho sí, pero era amigo de su primo, era una persona simpática y no imaginaba que algo así podía haber ocurrido.
A preguntas de la acusación particular: en el campamento de DIRECCION001, Luis Manuel era su superior, era quien les daba las instrucciones, Luis Manuel sabía su edad. Eso era normal, eran varios y se hablaba de las edades. Eran varios menores de edad que acababan de empezar segundo de bachillerato. Ella no manifestó que tenía 18 años. Cuando los tres se dirigen a casa de Luis Manuel, conversaban los cuatro, y hubo un momento en que conversaba más con Cristina y Romeo que con Luis Manuel. No se quedó a solas para tener más intimidad. Al día siguiente cuando entró Cristina tardó cinco minutos en irse. Cuando le cuenta lo que pasó -porque una de sus preocupaciones era estar embarazada- Cristina le dijo que se tomara la píldora del día después y que si pasaba algo y tenía que abortar ella estaría a su lado y Elisa compró la píldora, pero no llegó a tomarla. No se lo contó a nadie porque era una situación tan surrealista. Su hermano le hubiese matado, da la vida por ella, le hubiese afectado muchísimo, porque ella no sabía cómo estaba nada. No recuerda que dijera a Luis Manuel que quería que eso pasase.
En el concierto de noviembre cenaron, se fueron de cervezas a donde daban el concierto, había pasado un mes y medio y Cristina se dio cuenta de que no estaba bien. Ella sentía que se moría. Ella decidió contárselo a su hermano. Cuando se marcha su hermano ella se quedó en el concierto con Sabina y otros amigos de DIRECCION001. Ella es consciente de que sus padres se enteran de lo que había ocurrido un sábado de noviembre era el 6 de noviembre estaban comiendo y llegó su tío, y su madre la cogió y le dijo que qué había pasado, que se lo acababa de contar (en el acto del juicio en este momento Elisa se emociona mucho). Sus padres se plantearon formular denuncia. Ella estaba muerta de miedo. A raíz de eso decidió ir a hablar con el campamento de DIRECCION001, para contarles lo que había pasado, porque no le parecía que alguien así pudiera estar al cuidado de niños, y le dijo a Paloma - trabajadora en el campamento de DIRECCION001-, que no dijese nada pero que tenían que saber cómo era esa persona porque al final es alguien que está a cargo de niños (no aclara cómo percibía ella qué era esa persona). Paloma le preguntó si podía contárselo a la dueña, le dijo que sí, y cuando volvió a la oficina le dijeron que el acusado no volvería a trabajar allí.
Contacta con Rosario, una anterior monitora que compareció como testigo al juicio, un año después de que ocurrieran los hechos. Se fue a Pamplona a la Universidad de Navarra. Una amiga de Madrid a quien no le había contado nada, le dijo que otra chica le dijo que cómo era eso de que a Elisa le habían agredido sexualmente y no lo había denunciado. Le dio un ataque de pánico porque ella no lo había contado a nadie. Llamó a su amiga y le dijo que lo había contado una niña que no conocía y empezó a indagar hasta que llegó a un niño de DIRECCION001, y al final lo contó un niño de un año más que ella del campamento. Le dijo que el acusado no iba a trabajar más en DIRECCION001 porque el acusado "se había acostado con una niña menor de edad". Llamó a ese chico y le dijo que creyó que era Rosario, no ella.
De Argimiro, también compareció como testigo, sabe que trabaja con el acusado y Teofilo trabajaba en DIRECCION001, no sabe quién es Adela (todos comparecieron al juicio a declarar)
Habló con Valentín de lo que había pasado. Es su primo. Se enteró de que el acusado estaba abriendo un campamento por su cuenta y sabía que habría más gente en el asunto y fue a casa de sus primos y tíos para contárselo para que el resto de la gente que tenía que ver con el nuevo campamento no se viera afectada con todo esto. La primera reacción fue muy sanadora, la creyeron y su primo dijo que le iba a matar, a atropellar con el coche, y a los dos días vio una foto en el Instagram a su primo con el acusado cenando como si no hubiera pasado nada, quien le dijo a la declarante que le iba a destrozar la vida; ella añadió "al monstruo que me destrozó a mí".
Ha pasado a raíz de los hechos por varias medicaciones, terapia, ha sido medicada con pastillas, no puede dormir, no puede ponerse nada encima porque siente su peso hacia ella y siente como tiene su peso sobre ella. Tardó ocho meses en hacer pis como una persona normal porque le sentía. Han pasado muchos años, pero para ella es como si hubiese sido ayer. Va a terapia y toma medicación porque quiere estar bien. Iba por la calle y se escondía detrás de los coches porque pensaba que estaba en la calle, pensaba que estaba él allí.
A preguntas del Letrado de la defensa: En julio conocía a Luis Manuel de oídas, tenía la impresión de que era un tío gracioso, que sabía actuar delante de los niños. Se llevaba bien con los niños y los trabajadores. No sabe si tenía fama de llegar tarde o borracho. En esa época coincidió con Martina ( Sabina). Bicho (de DIRECCION001) era el chico con el que se había dado su primer beso. El colegio de septiembre era intenso, el coordinador era Nemesio. Luis Manuel no la contrata a ella ni dependía su contrato de ella. Ella no era la jefa respecto de los monitores en prácticas ya en septiembre. Ella no tenía a un monitor con ella. Sí, ella era superior en rango a un monitor en prácticas. Más allá de los datos del nombre no tenían otros datos solo el nombre de pila. No había distinción en la indumentaria entre los monitores, no se distinguía a los mayores de edad. Ella le dijo a Luis Manuel que tenía 17 años. Se lo dijo en varias ocasiones, en momentos en que estaban todos sentados hablaban del colegio. Se dijo delante de todo el mundo. A solas no se lo dijo. No tuvo ninguna conversación delante de Hortensia, no le dijo que tuviera 18 años. Ella sí sabía los años de Luis Manuel porque había cumplido años. Podían beber o fumar. Los monitores menores de edad bebían a escondidas. Ella bebía. No le dijo Luis Manuel que no podía beber. Cuando termina el campamento no recuerda si se intercambiaron el teléfono no le dijo o no recuerda que le dijera a él "consigue mi teléfono".
La fiesta o salida nocturna del día de los hechos fueron a un bar es posible que bebieran antes de ir al bar en su casa. Ahora no recuerda haber bebido en su casa. Bebieron en el bar un par de copas. Cristina y su hermano se conocieron un día en su casa, coincidieron en el campamento. No recuerda el bar, estaba en Madrid Centro. No le pidieron el DNI para entrar. Bebieron dos copas, ningún chupito. Todo lo que tenía de llamadas lo ha aportado. A preguntas del Letrado de la defensa en juicio, manifestó que perdió muchas cosas del móvil.
Por la tarde cruzaron tres palabras, ya tenía su número de teléfono. El folio 233, dijo que se le había roto la moto. Cuando ella le dijo "Te estás haciendo el interesante" se lo dijo porque le caía bien. No sentía nada. En el campamento se habló de que al acusado le gustaba una y ella se lo preguntó. Le preguntó que qué había pasado por la noche con Carmela. Se comentó entre los monitores y por eso le preguntó. Cuando ella recibe la llamada, ella le mandó un WhatsApp diciendo que no le cogía el teléfono. Él la llamó y fue luego cuando ella le llamó.
En el chino compraron una o dos botellas de alcohol, bebió ginebra y luego bebió o ginebra o wiski. En el domicilio tomaron un par de copas, cuando se va su hermano con Cristina, cree que les despidieron desde el sofá. Cuando empiezan a besarse fue justo antes de recibir la llamada de su hermano, o mientras se besaban. Ella tenía las manos por su cintura, no le acarició el trasero ni sus partes íntimas. En su denuncia escrita dice que la llevó a empujones a la habitación. Ella estaba de espaldas hacia donde la empujaba, o sea, la tenía cogida, como que la llevaba. Cuando se metieron en la habitación le arrancó la ropa. No la rompió, se la quitó un poco fuerte, llevaba vaqueros, le bajo la cremallera y le tiró el pantalón al suelo y ahí ya la empujó en la cama. En su declaración en instrucción dijo "luego al tiempo, él vino". En ese tiempo se quitó la ropa, no sabe lo que hizo, no sabe cuánto tiempo, en su cabeza todo fue eterno. En el hospital y juzgado de instrucción dijo que tenía dudas de haber sido drogada. No puede probarlo y por eso hoy no lo ha dicho. Cree que existe la posibilidad. Otras veces ha bebido alcohol y sabe cómo le afecta. En ese momento no estaba tomando medicación. En marzo estaba ya con tratamiento de fluoxetina, pero en ese momento no estaba tomándola. En verano dejó la medicación. Tenía DIRECCION003 y DIRECCION004 y problemas con la comida. Estuvo en el colegio DIRECCION005 que hizo hasta ESO y luego a DIRECCION006 bachillerato.
No llegó a verle desnudo, ni el miembro. Ella miraba al techo. Ella no hizo ningún gesto que denotase la falta de consentimiento, estaba bloqueada, se desmayó, aunque a preguntas del Letrado de la defensa dijo que no sabía si se desmayó o se durmió. Recuerda que se cayó redonda. No sabe si se desmayó o se durmió. Se despierta y Luis Manuel estaba en la puerta de su habitación diciéndole que habían ido a buscarla, le dijo como " Elisa, Elisa"; cree que Cristina no entró en la habitación, Cristina estaba en el salón. Se vistió súper rápido y se fue.
Cuando sale de la habitación había otra chica, no se fijó, no habló nada con ella. No fue al baño. No estuvo midiéndose el azúcar. Se mediría el azúcar seguro porque lo hace todas las mañanas. Ella cogió su móvil y vio las
A la psicóloga fue dos o tres semanas después, en octubre y es la primera persona a la que le cuenta todo. No tenía lagunas, sabía lo que había pasado Luego habló con Martina ( Sabina), folio 344, hay una transcripción de los audios que aporta Sabina. Le dijo a Sabina que se desmayó y que no se acordaba de nada. En los audios le cuenta que había bebido y lo que había pasado, que se desmaya y que no se acuerda.
Cuando se lo cuenta a Martina, fue Martina quien le contó que Bicho ( Sabino, de DIRECCION001) que se había enterado del asunto tomando unas copas con Martina.
Es su hermano con sus padres quienes se lo cuentan a ella. Su madre le cogió y le preguntó que qué había pasado. En ese momento se le cayó el mundo. Salió con su madre al jardín. Fue antes de ir al hospital. Después de ir al hospital y después de declarar en el juzgado se lo contó a su primo Argimiro.
Después del hospital, su madre habló con alguien para confirmar que esto había pasado. A sus padres les contó que se habían besado voluntariamente.
Al principio pasó lo que le contó Martina, lo relativo a que estaban comentando, al año siguiente ya en la Universidad de Navarra es cuando se entera que estaban comentando "lo otro".
En octubre tuvo un retiro espiritual y ahí no contó lo que sucedía, pero eso le ayudó. Cuando dijo que Dios le había ayudado era por el retiro espiritual.
A preguntas de la Sala. Él no dijo nada, ni verbalizó nada. No le dijo nada. Le quitó la ropa y se puso encima ni se interesó por cómo se encontraba. La escribió al día siguiente si estaba bien, (folio 244 y siguientes) y le dijo que sí, él siguió escribiéndole y por Instagram y ella no contestó y llegó a bloquearle en Instagram.
A continuación, declaró como testigo el hermano de la denunciante, Romeo, quien prestó juramento de decir verdad y fue apercibido del delito de falso testimonio. Manifestó que conocía al procesado de haber trabajado en el campamento de DIRECCION001. Era coordinador y el declarante monitor. No tenía ni amistad ni enemistad. Relación profesional.
A preguntas del Ministerio Fiscal declaró que en julio no coincidió con el acusado, solo en septiembre. Era coordinador de los monitores, por experiencia, edad y porque así se lo declararon. Puede tener datos que un monitor normal no tiene. No sabe si exactamente sabía que tenía 20 o 21 años, pero se sabe quién está en el colegio o en la universidad o quien está en el colegio y que los menores eran menores porque no estaban en la universidad, en términos generales. Que recuerde no sabe si delante de su hermana se habló de eso. Llegó el martes al campamento, para preparar a los niños. En los días de preparación tenían una relación profesional, cordial, trabajaban con niños. Gente buena, que le gusta trabajar, los niños, la alegría. El 17 viernes salía con su hermana y su novia de entonces Cristina, se habían conocido hacía dos semanas y habían empezado a salir al día siguiente.
Recuerda lo que dijo en la comparecencia de Instrucción. Fueron a comprar alcohol, subieron al piso. Él con Cristina no tenía la confianza suficiente todavía, en un momento dado dijo que se fueran, quería un poco de intimidad con Cristina porque estaban empezando. Después de irse, llamó a su hermana, a quien veía muy responsable, llamó a Luis Manuel y consiguió contactar con él tras varias ocasiones.
Folios 243, 5.39 horas llamó al teléfono de Luis Manuel y habla 50 segundos, pero llaman después otras veces. Preguntado por qué insisten en llamar: manifestó que porque se sentía responsable de su hermana pues es el mayor y porque su hermana no contestaba, pero en su cabeza era posible que se hubieran quedado dormidos, de hecho, él mismo se quedó dormido.
Al día siguiente su madre contacta con él y le pide que localice a Elisa. Él le dijo que estaba en casa de una amiga, se fueron Cristina y él en el coche de su padre a por Elisa. Fueron a la casa de Luis Manuel y abrió una mujer y en cuestión de segundos Elisa estaba fuera. Los chequeos de su madre, le alteran mucho y estaba muy estresado e iba con la mentalidad de reprochar a Elisa lo que había pasado. La vio de resaca, con el estrés del trabajo...El ya no vio cómo estaba Elisa porque se volvió a estudiar a Pamplona, a la Universidad de Navarra.
Aunque estaba castigada salieron los tres la noche después de suceder los hechos, Elisa, el declarante y Cristina a tomar algo porque Elisa estaba alterada y para que se relajara.
Su hermana no bebió mucho, se tomaría una o dos copas en el bar, y en casa de Luis Manuel se bebió una y no sabe si se bebió una segunda. Pero el problema de su hermana es que es diabética y estaba cansada del campamento.
A preguntas de la Acusación Particular se bebieron un par de cervezas. Luis Manuel no estuvo en lo de las cervezas. No recuerda si ella contactó con él o viceversa. Sabe que Elisa dijo que Luis Manuel les había invitado a su casa. Cuando llegaron él estaba abajo esperando y fueron a un supermercado a comprar alcohol. Recuerda entrar con Luis Manuel. Todo el tiempo que estuvieron los cuatro él estaba con Luis Manuel y Cristina con Elisa. No le vio en actitud cariñosa o íntima. No vieron a nadie más en la casa.
Pudieron estar dos horas y pico. A la mañana siguiente desde que llegan no pasó nada de tiempo, fue súper rápido. Dos meses después Cristina le cuenta que Elisa no podía con la situación, estaba superada. Se enteró de que había más personas que lo sabían, como Martina. Esa noche se enteró de que a su hermana la habían violado. Cuando se lo cuentan va a hablar con su padrino y le cuenta que tenían que hablar con sus padres. Cuando lo cuentan no lo denuncian inmediatamente porque la decisión era de Elisa. (En el juicio el testigo dijo que llevaban tres años y medio con esto... el testigo se mostró superado en el juicio).
Elisa temía que sus padres la juzgaran por esto. Cuando se entera de que se lo ha contado a sus padres era como negar y no enfrentarse a algo que había trastornado por completo a su hermana, ella le reprochó que la hubiera dejado sola y le dijo que lo que pasó fue por su culpa. Es su hermano mayor y ella no le iba contando cosas íntimas. Hasta lo que sabe, no había tenido ninguna relación. Sabe que tras estos hechos ha necesitado tratamiento psiquiátrico y psicológico, antes de eso también pero más leve. El grado de atención que ha necesitado a raíz de los hechos no se asemeja en nada a lo que ha necesitado después. Ella no duerme, toma pastillas, infusiones, ha dejado la Universidad de Navarra, ha estado un año en París, un año en Praga.
El declarante no sabía que su hermana tenía tratamiento (se refiere a salud mental) anterior. No sabe por qué Cristina dijo que sí lo sabía.
Luis Manuel no era su jefe ni decidía las contrataciones.
Viven en DIRECCION002. El día de los hechos fueron a un bar de copas, de ahí a casa de Luis Manuel. Puede que en el bar de copas estuviera Bicho, no se acuerda. No recuerda si a su hermana le pidieron el DNI. No compraron alcohol en un chino, lo compraron en un supermercado. No se acuerda exactamente de lo que compraron. En casa de Luis Manuel, éste dijo que las compañeras de piso estaban dormidas y que no hicieran ruido. Estuvieron dos horas. Bebieron dos copas como mucho. No recuerda que se le viera bebido. En instrucción dijo que iban todos borrachos. Iba con el puntito, alegre. Cuando se fue, le dijo a su hermana, en 20 minutos ven, porque era tiempo suficiente para que Cristina y él tuvieran intimidad. Dio por hecho que iría. Ella dijo sí, sí. Luis Manuel les acompañó como mucho a la puerta del piso. Le dijo a su hermana que en diez minutos fuera. Dijo a Luis Manuel cuídamela.
A Elisa se le ha condicionado la vida desde pequeña por el tema de la DIRECCION007, Elisa tenía libertad en cuanto persona, pero en ese ejercicio de libertad su madre se aseguraba de que lo hiciera dentro de la responsabilidad.
Al día siguiente Bernabe (su hermano pequeño) le dijo que la madre estaba llamando y que Elisa no contestaba. Cuando volvió a buscar a Elisa a la casa de Luis Manuel por la mañana, no le dijo nada especial a Elisa, no había nada en juego, él estaba estresado, chocaba con su madre por cuestiones de temperamento.
Otro día fueron a un concierto, le dijo a Elisa que se iba a casa, Elisa dijo que se quería quedar, se fue a casa, le pareció todo surrealista. Él fue a hablar con su padre. Elisa se lo cuenta a Cristina y a Martina y la primera al declarante.
El campamento era conocedor de la denuncia cuando se presentó. A él se le ha repetido en casa veinte veces no es tu culpa. Volvió a DIRECCION001 a trabajar de monitor y estaba muy incómodo y ya sabían en el campamento que había pasado esto. Fue en mayo del año siguiente cuando volvió. Le dio un ataque de DIRECCION004, y no sabía cómo iba a reaccionar y se sienta con Jade (en referencia a Marisol), la dueña de DIRECCION001, y le dijo que pedía que DIRECCION001 se responsabilizara de esto porque se fomentaba que se produjeran estas cosas y que los monitores bebieran.
A continuación, prestó declaración bajo juramento Cristina. Dijo conocer al acusado de trabajar en el campamento de DIRECCION001. Ella no coincidió ni con Elisa ni con Romeo. Estuvieron tres o cuatro días en el campamento. El día de los hechos estuvieron en casa de Elisa y Romeo y luego fueron a un bar del centro celebrando un cumpleaños donde coincidieron con otros monitores de DIRECCION001, y bebieron. Elisa recibió una llamada de Luis Manuel y la declarante dijo que ella quería ir, porque Luis Manuel tenía amigos influencers y así podía conocer a alguno. Fueron a por alcohol porque Luis Manuel dijo que no había en su casa. Subieron a su casa, no recuerda que hubiera nadie más, pero no pusieron música, llegaron las 5 y le dijeron a Elisa si se quería ir, pero no le apetecía hacer de sujetavelas, quería quedarse un poco más. Elisa dijo que cogería un Cabify después y como vieron que no lo cogía la llamaron. Al final cogió el teléfono y su hermano ( Romeo) le dijo que cogiera el Cabify y más tarde ya no contestó a las llamadas cuando vieron que no había llegado. Elisa había bebido varias copas, pero estaba contenta, se notaba que llevaba copas, pero con Elisa le pasa que está bien y contenta y cinco minutos después se queda dormida.
Llamaron cada minuto después porque no cogía el teléfono, su hermano es paternalista y ella es diabética y su hermano se preocupó por si le pasaba algo. Luego les contestó, hablaron con Luis Manuel quien pasó la llamada a Elisa y le dijo ahí que cogiera el Cabify. A las 05:39 la volvieron a llamar, casi ni dio tiempo a que cogiera el Cabify. Llamaron porque les había dicho que estaba ya pidiendo el Cabify. Romeo decía esta niña me ha dicho que se viene y no se viene.
Al día siguiente por la mañana les despertó el hermano pequeño de Romeo porque llamó la madre preocupada por el tema del azúcar. Ella llegó a la casa, Romeo no quería ver la situación porque no era agradable pensar que Elisa había dormido en casa de un hombre. Vio a Elisa poniéndose el sujetador. Se notaba que estaba pálida y que quería salir de allí. La declarante es de hacer chascarrillos. En el coche le dijo que creía que había abusado de ella. Que le hizo hacer cosas que ella no quería hacer. Que del alcohol no se podía mover y que no quería contar más, medio llorando casi. Le preguntó si habían tenido relaciones y le dijo que sí, y le preguntó si se había puesto protección y dijo que no sabía y ahí le dijo que fueran a por la pastilla del día después. Que él pesaba mucho y no sabía qué hacer.
Normalmente en el campamento se sitúa a todo el mundo según su edad, para cumplir las normas. No ha visto ninguna situación cariñosa de Elisa hacia Luis Manuel. En el Cabify Elisa estaba bastante excitada. La declarante le dijo que estaba de apoyo y para lo que necesitara. Sabe que Elisa era virgen antes de los hechos y que nunca había tenido novio.
En noviembre fueron a un concierto estaban Romeo, Elisa, su hermana, Martina, y la declarante. Se veía que Elisa no estaba bien. Elisa estaba muy nerviosa y agitada,
Letrado de la defensa. Elisa no ha llegado a ir a París. Conoce a Romeo por Elisa. El día de los hechos llegaron a un bar. Estaba Bicho. Sabe que se gustaban. No sabe si se besaron. Luis Manuel no invitó a todos los que estaban, sino a ellos. Ella no sabe dónde compraron alcohol. Luis Manuel bebió, no sabe cuánto. Les dijo que volvía del hipódromo, no ofreció nada raro, drogas ni nada. Era simpático, amable, era el animador, el payasete del campamento. Cuando deciden marcharse a Elisa se la veía cómoda porque estaban con una persona que conocían, alguien responsable de niños y adolescentes. Conocía la edad de Luis Manuel. La madre de Romeo también insistió mucho. No vieron las llamadas.
Cuando llegaron apareció la chica y estaba Luis Manuel, no puso ningún impedimento. Le enseñó donde estaba Elisa, le abre la puerta. Notó la tensión y Elisa dijo ya te contaré. Era una situación tensa porque no sabe qué hace una niña de 17 años sin sujetador. Estuvo hablando con Luis Manuel y la compañera de piso un rato mientras Elisa se vistió, fue al baño y se miró el azúcar. La declarante tuvo expresión de sorpresa cuando vio a Elisa y dijo ¡Qué ha pasado!, estaban los tres tensos.
Elisa se enteró por Sabina que la gente en DIRECCION001 lo sabía porque Bicho contó a Sabina lo que había ido contando Luis Manuel.
Declaró como testigo la Sra. Rosario, quien conocía a Luis Manuel de monitora de campamento en 2020 y al hacer las prácticas como monitora le conocía de una semana.
Ella es muy tímida y notó un ambiente en DIRECCION001 que no le gustó y Luis Manuel fue muy amable con ella, tratando de que se integrara en el grupo, la incluía en las conversaciones. Él era de los que lideraba a los monitores y ella estaba de prácticas. La relación de Luis Manuel con el resto es que era bien reconocido, llevaba varios años trabajando. Coincidió en el curso de monitores con Elisa. No eran amigas, la conoció allí, intercambiaron alguna conversación. Había rumores de que se había dado besos con Luis Manuel, ella no quería saber del tema. La volvió a llamar y le dijo que tenía algo importante que contarle y se tomaron un café. Elisa le contó que se hicieron muy amigos durante una quincena, que era muy amigo de su primo, cuando se terminó la quincena le mandó un mensaje diciendo que se tomase unas copas con ella en su casa y que la violó. Describió que pensaba que la había drogado y que se levantó por la mañana dolorida y que fue al baño y sangró. No le preguntó más. Hubo cotilleo y lo que pasaba en DIRECCION001 se sabe bastante rápido y la contactó para ver si había pasado algo más. Era normal que se conocieran las edades. Se notaba mucho quienes hacían el curso. Cuando ella estaba se sabía que la declarante era menor. Luis Manuel comentó que tenía 34 años.
Marisol, la directora de DIRECCION001, depuso en el plenario como testigo. Manifestó que conocía a Luis Manuel desde hacía 20 años por haber trabajado en varios campamentos. Tiene muchos años de convivencia y amistad hay. Hace años que no trabaja con ella porque dejó de trabajar por estos hechos.
En ese momento no era monitor habitual. La declarante está en Toledo normalmente y sus hijos fueron los primeros en atender a Elisa quien les contó lo que había pasado. La primera declaración fue a través de sus hijos y un día habló directamente con Elisa. Le sorprendió lo que le contaron. Luis Manuel era el más cómico del campamento, tiene mucha gracia, protagonizaba las veladas, es gente muy joven, ha ido envejeciendo con ellos, y la relación era la normal de un "tio" con mucha gracia. Luis Manuel, no ha sido coordinador, porque los coordinadores son los titulados y sí ha estado dirigiendo algo es porque es muy veterano y colabora con el coordinador, al ser veterano conoce todas las dinámicas. No tiene acceso a los datos personales, en el Claustro no está Luis Manuel. Dentro de la convivencia normal puede entrar conocer la edad, no lo puede asegurar, pero puede ser que lo supiera.
No fueron al detalle de lo que pasó cuando Elisa se lo contó, después del verano, era una situación muy triste y dramática. A sus hijos les dijo que creía que no fue consciente pero que tuvo relaciones con él sin querer, que la forzó. Que no sabía si había bebido más de la cuenta o si fue drogada. Él contó otra versión. Dijo que la relación fue natural. La declarante dijo a Luis Manuel que era gilipollas. El insistió en que creía que era mayor de edad. Que fue una noche, sin violencia ni nada por el estilo. Elisa se lo contó antes de la denuncia. El padre le comentó que no sabía qué iban a hacer.
En instrucción dijo que intuía que Luis Manuel si sabría la edad de Elisa. Luis Manuel no tenía el control de los monitores cooperando con Nemesio que sí era coordinador. Sí que los monitores más nuevos preguntan a los veteranos. En instrucción cuando dijo que había jerarquía es consustancial a que él era veterano y Elisa era iniciada porque les forman, pero no otra cosa. A Elisa le pondrían una monitora más veterana al lado. Luis Manuel no tenía capacidad de castigar o de impartir órdenes, ni influenciar en su contratación futura. Elisa fue sola a hablar con la declarante. Su hijo le dijo que Elisa dijo que había sido forzada o que se había aprovechado de ella porque iba bebida y que se sintió fatal. Le costó llamar al padre porque son conocidos, el padre ya lo sabía y luego ya habló con Aurora, la abogada, cuando se interpuso la denuncia.
Sabina manifestó en el plenario que había sido monitora junto a Luis Manuel en DIRECCION001. Estuvo con él en septiembre de 2021. También con Elisa y su hermano Romeo. Durante tres días que fue el campamento. Se llevaban en general muy bien, comían juntos. Entre Luis Manuel y Elisa no ha visto nada especial, pasaban el mismo tiempo juntos todos. La declarante tiene tres años más que Elisa. Cree que Luis Manuel conocía la edad. Cuando volvieron del campamento suelen ir a tomar una cerveza, estuvieron hablando sobre Elisa, le mandaron una foto a alguien que tenían en común. A la declarante le parecía que Elisa tenía su edad porque era muy madura para su edad, lo comentó con Luis Manuel, que ella empezaba segundo de bachillerato. Un día preguntó por WhatsApp si iban a tomar algo con monitores de DIRECCION001 y Elisa dijo que si iba Luis Manuel que no quería ir. Debió ser mediados de octubre, le contó lo que había pasado. Que fueron los tres a tomar algo a casa de Luis Manuel, que iba bebida pero que reconocía todo. En el audio se pone nerviosa y no termina de contar todo. Y le dice que pasó algo más de un beso, le propuso ir a tomar algo y es cuando le cuenta lo sucedido en casa de Luis Manuel a nivel sexual. En los audios no le verbaliza lo ocurrido. En los audios no llega a mencionar y ya una vez quedaron en persona se lo contó.
A preguntas de la acusación particular dijo que Elisa le cuenta que iba con copas de más, que era consciente de lo que pasaba, pero que llega un momento en que se toma una última copa, que estaba muy borracha, que Luis Manuel la desvistió, que se desmayó y que no recordaba más. Le insistió en si había habido abuso sexual y dijo que sí. Estaba muy nerviosa y no quería verbalizar la palabra sexo ni nada de eso, estaba muy agobiada. Al final fueron al concierto. No lo recuerda a la perfección, pero Elisa se puso muy nerviosa porque se enteró de que Bicho se había enterado de lo sucedido. Elisa no tenía miedo a ningún castigo ni mucho menos. No mencionó nada sobre sus padres ni hermanos de esa manera. Ha tenido contacto regular, pero han estado viviendo en el extranjero y se han visto alguna vez. Sabe que tiene muchos problemas para seguir adelante. Está en tratamiento psicológico. No tenía ni idea de que iba antes al psicólogo, sabe que era diabética. Le sorprendió que llamase a Elisa y no a la declarante, porque se llevaba mejor con ella que con Elisa. No recuerda con exactitud la conversación con Elisa en persona. En el Juzgado dijo que se lo había contado todo por WhatsApp y no en persona. Aquí dice que sí se lo contó en persona.
A las preguntas del letrado de la defensa no recordaba si Bicho estaba el día de las cervezas. En los WhatsApp dijo que Bicho se la había vuelto a liar, cree que en la conversación de octubre se refiere solo a eso. Es la única conversación con Elisa. Animó a Elisa a que pusiera la denuncia en persona.
Cuando hablan por WhatsApp le dijo "Viene Luis Manuel", para la declarante que en ese momento fuera Luis Manuel le parecía un plus. Si había cierta ilusión en verle, quedar con él, seguir una relación de amistad.
Elisa
El testigo agente de la
La testigo del procesado, Adela no pudo esclarecer nada de los hechos, pues ninguna participación ha tenido en los mismos. Prestó juramento de decir verdad. Conocía al acusado porque estuvo 10 años saliendo con él, hasta hace cinco años y de vez en cuando tenían relaciones. En la actualidad amistad porque tiene otra pareja y le tiene cariño. Le conoce hace 16 o 17 años trabajando en el gimnasio y empezaron a salir. ha tenido relación continua con él. Ha conocido a su entorno, hablan de vez en cuando y le cuenta cómo le va la vida. Le ha conocido como una persona divertida leal, cariñoso, le quiere mucho. Es para ella fundamental. Conoce a todo el mundo. Compartía piso con Carmela y con Teresa, conoce a su mujer, a Rubén, a todo el entorno. Nunca ha tenido problemas y las relaciones han sido desde el cariño y el respeto. Hace un par de años fue a verla y le contó que estaba muy preocupado porque había estado ligando con una chica. Que había ido a su casa con su hermano mayor y su pareja, que en un momento se fue el hermano y la chica, que se enrollaron, que se acostaron, que tuvo un problema con la insulina y que llegó el hermano y fue a recoger a la chica y que le había llegado una denuncia por violación. Conoce DIRECCION001. Fue una vez a visitarle cuando eran pareja. Lo ha comentado con gente de más confianza porque le da miedo que le juzguen, porque no corresponde a la persona que ella conoce.
A preguntas de la acusación, cuando Luis Manuel le dijo que había estado ligando con una chica le dijo que era una chica que le había dicho que tenía 18 años y que fue ella la que había estado detrás de él, y que ella es quien le llamó.
El testigo Argimiro prestó juramento o promesa de decir verdad. Conocía al acusado desde hacía 20 años de trabajar juntos, ha sido mejor amigo, socio, ha vivido en el extranjero, ha trabajado con él en DIRECCION001 y ahora tienen una empresa de eventos. En el campamento el declarante era el jefe y el procesado era su subordinado y luego fueron monitores ambos. Hace ya años que no trabaja en DIRECCION001.
Preguntado por la defensa manifiesta que estuvo en un concierto en el hipódromo la noche de los hechos, era un día próximo al cumpleaños del procesado, estuvieron allí tres o cuatro horas. Bebieron tres copas y alguna cerveza porque además les invitaron. Salieron a la vez, pero cada uno se fue a su casa, igual sobre las dos de la mañana, aunque no puede precisarlo, era de noche. Se iba a tomar algo, no sabe si habló con gente del campamento o algo así. El declarante no coincidió con la gente del campamento. La siguiente vez que hablan fue por la mañana. Hablaban todos los días varias veces. Le contó que había quedado con gente del campamento, que se quedó con una chica, se tomaron unas copas, y que al día siguiente se levantaron. Le comentó que el hermano y una amiga o novia y que el hermano estaba nervioso porque la chica era diabética. Las compañeras de piso del procesado son Teresa y Inmaculada, a quien conoce.
En febrero, marzo o abril, se entera de la denuncia. Los primos de la chica son amigos del declarante, y le llaman y le informan de que Luis Manuel está denunciado. La chica se lo contó a sus primos. No sabe si ya le habían denunciado o que pensaban en ello. La hermana y la cuñada de Argimiro se lo cuentan al declarante. El declarante no se lo creía. Llamó a Luis Manuel, y le dijo que no entendía nada y Luis Manuel habló con los cuñados que eran quienes se lo habían contado al declarante. Le dijo que se quedaron solos, que se conocían del campamento, que se empezaron a liar y que luego fueron al cuarto, porque había compañeros de piso, que la niña es diabética, pero que no pasó nada raro. Luis Manuel, está tomando medicación por ataques de DIRECCION004, porque esto no le ha pasado en la vida. Nunca ha tenido nada de peleas ni problemas. Tiene un carácter suave, nada agresivo.
No conoce a Elisa ni a hermano.
A preguntas de la acusación particular: tienen una empresa de eventos DIRECCION008. La socia es su mujer, no el procesado.
Teofilo de igual modo prestó juramento o promesa de decir verdad. Manifestó conocer al acusado de trabajar en DIRECCION001 durante unos diez años y ha podido coincidir durante cuatro quincenas. No recuerda bien. Coincidió con Elisa dos veces, también ha coincidido con Bicho y con Cristina, pero no con Romeo. Cree que Elisa y Bicho tenían muy buena relación. Conoció a Romeo en un concierto y con Cristina tenía buena amistad y se besaron en una semana de campamento. Recuerda a Elisa porque un día le dio un bajón de tensión o de azúcar porque es diabética tomando un zumo. También la ha visto de monitora. Eran unos 30 o 40 monitores. El coordinador era Ángel Jesús, Luis Manuel no. El declarante no conocía las edades de Romeo ni Elisa, igual parece que tenía 20 o 21, le parecía que Martina tenía la misma edad o igual un año o dos más. De Cristina cree que sí porque tuvo una relación más estrecha. En noviembre dio un concierto de música cerca de DIRECCION009 con su grupo de música, estuvo con Martina, Cristina, Romeo y Elisa. Luego fueron a una pizzería cerca del dos de mayo y no notó ningún comportamiento que le preocupara, el ambiente era bastante bueno, todos se pasaban las guitarras y cantaban. A preguntas de la Fiscalía manifestó que estaría hablando con Elisa, pero no recuerda, habló seguro, pero no recuerda de qué. Luis Manuel no fue. Tiene amistad profesional con Luis Manuel, pero no fuera del campamento. Se enteró de los hechos un día que le llamó Luis Manuel por teléfono, cerca de Navidades, y le llamó con bastante DIRECCION004, que se había metido en un lío muy grande, que se había enterado por otros de lo que se le acusaba. Los monitores tienen entre 16 y 35 o más años. Se socializa, pero no se pregunta más que en general, no se habla siempre de las edades.
El testigo Valentín también prestó juramento de decir la verdad. Dijo que conoce a Luis Manuel porque es su amigo, desde hace seis o siete años; la amistad viene porque su cuñado es amigo de Luis Manuel.
En estos años nunca le ha visto con problemas de actitud agresiva, de hecho, es de bueno, tonto y de gracioso un rato. Todo positivo y por eso es su amigo. El declarante es primo segundo de Elisa. La madre de Elisa es prima hermana de su madre. No tiene relación con DIRECCION001, lo conoce, pero nada más. En su día le dijo Luis Manuel que qué casualidad que estaba con Elisa, pero no sabe cuándo empezó esa relación, si es que la hubo. Recuerda que alguien le mandó una foto de Elisa y Luis Manuel como haciendo alusión a la relación que había, alguna broma hizo Elisa como "mira mi nuevo ligue" o algo así. Después de la foto de septiembre no recuerda cuándo quedó con Luis Manuel, igual en casa de sus cuñados o comidas. Con Elisa nunca ha tenido relación ni con esa parte de la familia, solo en una reunión familiar. Se presentaron un miércoles Elisa y su madre, no recuerda la fecha exacta, hacía calor, sería en mayo. Su madre le dijo que tenía que ir, que Elisa tenía que contarle algo urgente, y que fuera su mujer Violeta. Estaban allí en casa de sus padres, y la madre era la que hablaba todo el rato por su hija, y Elisa sin contar nada empezó a hablar entrecortado, diciendo que conocía a Luis Manuel, que se empezaron a liar en su casa, y su madre le cortaba todo el rato, y su madre decía que contara que la metió en el cuarto y que en el cuarto dio un portazo y le arrancó la camisa, y fue la madre la que hizo todo el relato y dirigía a Elisa. Lo que contaron fue que se habían estado dando besos y que, en un momento dado, a Luis Manuel "se le tira la pinza" en la habitación le arranca la ropa, la madre dijo: cuéntale otra vez, que te quedaste inconsciente, que te ha podido drogar, que igual le había metido algo en el vaso y la drogó. El declarante estaba muy en schock y se lo creyó al principio porque tira la sangre. La madre del declarante le dijo a Elisa que qué hacía ahí, que por qué no se fue. Y que por qué esa misma mañana no fue a denunciar; sabe que su tía (madre de Elisa) por las muecas y caras que ponía cuando la madre del declarante preguntaba algo, reaccionaba bastante mal.
La primera reacción del deponente fue agresiva, que atropellaba a este tío, que le iba a arrancar la cabeza, pero por la presión de que estaban delante, pero luego pensó que no le pegaba esto nada de Luis Manuel. No entendía algo así. Su madre dudaba desde el minuto uno. La niña se iba, se liaba, la madre era quien ponía en su boca las palabras. Habló con Luis Manuel por teléfono y luego en persona otra vez. Ya se había relajado y conocía la versión a raíz de Argimiro). Le contó con la tranquilidad normal de quien mantiene un entorno normal de copeteo, gente joven, te das unos besos, se duerme en la cama y al día siguiente se acabó y otro plan. Si le hubiera contado algo raro... pero no. Le comentó que estaban las compañeras de piso. Han seguido teniendo relación el declarante y Luis Manuel. Sabe que está angustiado, es una acusación muy grave, te cargas la vida de una persona. Es un trago horroroso.
Con Elisa nunca ha tenido relación. Luis Manuel le contó que hubo besos consentidos y que en la cama acercamientos y caricias y que se quedaron dormidos. No le llamó la atención la diferencia de edad, es como matrimonios que se llevan 20 años. Conociendo físicamente a Elisa era una chica en la que no se puede ver la edad, se podía haber fijado perfectamente el declarante.
Luis Manuel le dijo que había sido ella quien había intentado llamar varias veces a Luis Manuel, que iba con su hermano y su novia, que quien había hecho la intención de quedar fue Elisa, pero fue la versión, aunque cuando sacó y vió el registro de llamadas ya se convenció más de esa versión.
A la acusación particular manifestó que cuando dijo que se le había quedado grande la noche, es su punto de vista de lo que ha pasado. Una noche de gente joven que bebe, se lía, duermen juntos y cree que es una familia, es una opinión, una familia tradicional, chapada a la antigua, que no les gustó nada que no durmiera en su casa, que no se pinchase la insulina, que durmiera en casa de un tío que no conocen de nada y que la niña para no defraudar a la familia contó una mentira. Cree que lo vivió peor la madre de Elisa.
Vanesa prestó juramento de decir verdad, y dijo que Luis Manuel es mellizo de una amiga suya ( Genoveva) y ha vivido tres años con él (es la compañera de piso Teresa) y ha sido su jefe en una DIRECCION010 y DIRECCION011, en 2015. A nivel de trato ha sido muy agradable, muy bien todo, nunca han tenido ninguna discusión ni pelea en el piso, se han cuidado cuando han estado enfermos, como familiares.
El 18 de septiembre de 2021, volvió sobre las 23 horas, antes de que ellos volvieran a casa. Estuvo con Genoveva, y otras personas. Tenía un dolor de muelas muy grande y se dormía y despertaba toda la noche. Entró y le llamó a su puerta y le dijo que entrara y le dijo que iba a estar con unos amigos tomando unas copas por si le importaba, dijo que no. Llegaron, no les vio ni entrar ni salir, y les oyó. Una vez que se despertó no había ruido en la casa. Y se quedó tirada en la cama con el móvil. Sobre las 11 llamaron al timbre de arriba, salió de su cuarto, abrió la puerta. Eran un chico y una chica y preguntaron por Luis Manuel, que abría la puerta del cuarto cuando ella iba a avisarle, preguntaron por Elisa. La puerta de la habitación de Luis Manuel estaba abierta. No les ofreció entrar ni se lo impidió, se quedaron en la puerta, luego pasó la chica y le dijo a la chica la que has liado, la insulina la insulina, la otra chica ( Elisa) dijo;" Ay hija no te preocupes". Entraron en el cuarto, la pincharon, y salieron todos y en un momento Elisa dijo, me voy un momento al baño, lo que pasó entre cuatro o cinco minutos. El chico no le suena que entrara, el chico hizo el comentario como "joé la que ha liado". Le estaban echando la bronca de la que habían liado y ella con risilla como picarona, se encontraba bien, estaba bastante tranquila, de hecho, cuando Luis Manuel contó que le habían denunciado a ella le sorprendió. Ella no escuchó nada raro por la noche. A Carmela no la escuchó llegar aquella noche. Salió Carmela esa mañana, diciendo que qué había pasado que estaban de risas y le comentaron lo de la chica y la insulina. Luis Manuel iba con un pantalón corto y camiseta. No vio a nadie desnudo. Les contó que tenía que ponerse insulina y no les cogía el teléfono y que habían ido a buscarla. En cuanto él se enteró le contó su versión. La declarante no vio nada raro aquél día, ninguna cara rara. Abroncaron a la chica, no había dormido en casa, la había liado y no había cogido el teléfono, y tal y como ella hablaba y se expresaba no le daba ningún pie a pensar que había pasado nada raro. Cuando Luis Manuel se lo cuenta se queda impactada, se ofreció de testigo porque todo lo que había visto era una persona que no vio mal ni que hubiera pasado nada raro. Y además conoce a Luis Manuel y no haría daño a nadie, nunca levanta la voz, no le ve como un tío que pueda hacer algo de esas características. Está afectado, está teniendo ataques de DIRECCION004. Le ha escuchado llorar desde la habitación un par de veces, está muy mal.
Hacía escasos días de la fecha de los hechos que fue a vivir a la casa.
Carmela compareció como testigo de la defensa y prestó promesa de decir verdad, manifestando que conoce al procesado desde hace trece años, en la DIRECCION010 y han vivido juntos compartiendo piso tres años y medio. De 2012 a 2017 han trabajado juntos y viviendo juntos desde agosto de 2021 hasta febrero de 2023.
Fue su jefe, y llegaron a ser amigos tras cinco años, por la buena relación. Ella vivía desde 2019. Se incorporó primero Vanesa y luego Luis Manuel. Nunca ha tenido relación sentimental con Luis Manuel. La noche de los hechos ella salió y llegó tarde a casa, sobre las 5 horas, y se fue directamente a dormir y se despertó porque llamaron al timbre y escuchó a Vanesa que estaba de conversación y prefirió no salir porque estaba en pijama y con coleta. No vio que pasara nada fuera de habitual. Igual cogió un vaso de agua, pero nada más. Cuando sale estaban Luis Manuel y Teresa ( Vanesa) hablando y le cuentan que había aparecido el hermano de su novia porque ella se tenía que ir a casa y que la había liado porque tenía que pincharse la insulina. Luis Manuel le cuenta lo que pasó como unos ocho meses más tarde. No daba crédito de lo que le estaban contando. No dudó de su versión y le dijo que la tenía para lo que necesitase. Es un libro abierto, no dudó ni notó que quisiera ocultar nada. Teresa le dijo que no vio nada raro, que apareció el hermano y que estaba la novia.
A preguntas del Ministerio Fiscal. Cree que llegó como a las cinco de la mañana. No vio a nadie en el salón tomando una copia. No vio vasos, copas, pasó por el salón y no se fijó si estaba todo recogido, lo supone. No escuchó a nadie hablar. Igual llegó a las seis, igual era una hora diferente. Ella no escuchó ningún ruido, como si no hubiera nadie al lado.
Hortensia asistió a la Vista y juró decir la verdad. Conoce a Luis Manuel de DIRECCION001 desde 2012. Tiene relación de que han sido monitores y se felicitan cumpleaños o navidades. En septiembre de 2021 compartió campamento con Elisa, Luis Manuel y Romeo. La declarante era veterana, no era de las más antiguas. Luis Manuel monitor veterano y el resto monitores. Compartió tres o cuatro días de campamento. Es posible que ella compartiera habitación con Elisa. La declarante tenía 25 años en esa fecha. No se conocían las edades de todos ni otros datos como universidades o colegios. No sabe cuándo hizo el curso de monitor Elisa. Martina ( Sabina) también estaba. Al empezar el campamento no sabía su edad, pero uno de los días sí recuerda que dijo Elisa que tenía 18 años. Luis Manuel le llamo y le dijo que si sabía cuántos años tenía Elisa, fue en septiembre de 2022, la testigo le dijo que si el pasado año le dijo que tenía 18 años ese año tendría 19. Luis Manuel contó a la testigo deponente que tras haber quedado en su casa y tomado algo y darse besos, unos meses después le puso una denuncia. En aquél momento era una monitora más, estaba bebiendo y fumando y dijo que tenía 18 años. Por su comportamiento y el carácter, era madura, podía tener esa edad.
Le parecía una persona responsable. Luis Manuel estaba delante cuando dijo que tenía 18 años. Algunos monitores cuando acabó el campamento fueron a tomar unas cervezas fuera de la oficina, pero la declarante no fue. Martina es de la edad más o menos que Elisa.
Genoveva, la hermana del procesado, informada del 416, dijo que quería declarar. Son mellizos y mantienen una relación estrecha, se puede decir que son unos mejores amigos, tienen los mismos amigos, colegio, entorno, todo. Carmela y Teresa son amigas de la declarante. Trabajó diez años en DIRECCION001. Con Luis Manuel coincidió un verano. Marisol Jade es la que dirige el campamento. Su hermano nunca ha tenido ningún problema en el campamento. Conoce a Adela, la expareja de Luis Manuel con quien siempre mantuvo muy buena relación, son amigos íntimos.
En relación con los hechos manifiesta que habló con Luis Manuel, le llamó la noche del catorce al quince y le hizo una videollamada y él estaba en el campamento. Luego fue a su casa y le dejó la moto. Tenía un evento en el hipódromo y le dijo que igual luego iba con los de DIRECCION001. Esa noche estaba con Teresa que estaba fatal de las muelas y se fue a casa. Luego le escribió por WhatsApp, conversaciones que aportó al juzgado, para ver si había llegado bien a casa. Al día siguiente le dijo que todo bien, y que unos de DIRECCION001 fueron a casa y que la chica se quedó en casa y le contó la anécdota de la mañana sobre que el hermano había tenido que ir porque no se había puesto la insulina. A Luis Manuel le llegaron rumores del campamento y de Argimiro su socio, de que esta chica estaba diciendo estas barbaridades. Su hermano fue a preguntar al juzgado y ya estaba interpuesta la denuncia. Y empezó el caos y drama de ansiedades, estrés, y que no sabía ni cómo calmarle. Ha tenido que pedir un préstamo porque le piden una cantidad de dinero. Le contó que cuando se quedó a solas con la chica se besaron y que en su cuarto se estuvieron besando, que se liaron. A la declarante el procesado, su hermano, le dijo que no hicieron nada más que besarse, acariciarse, y nada más y que se quedaron dormidos porque estaban agotados. La declarante ha pedido el dinero de la consignación porque ella tiene más solvencia y se lo ha prestado y se lo tendrá que devolver.
A continuación, se procedió a practicar las pruebas PERICIALES; La doctora
Empieza a ver a Elisa desde 2021, cree que marzo, dos o tres veces, la declarante tiene una baja médica y luego en 2022 tiene una nueva tanda de seguimientos.
En marzo de 2021 Elisa tiene sintomatología de cuadro afectivo, tiene problemas alimentarios y en su educación. Le diagnosticaron fluoxetina que es antidepresivo. En septiembre la dejó de ver.
La había visto alguien -médicamente hablando- desde los 13 años (así se refleja en su informe). Es algo que le refiere Elisa, pero no ha visto ningún documento. El DIRECCION003 ( DIRECCION003) y el DIRECCION012 se lo refiere Elisa y los síntomas de la DIRECCION012 estaban activos y también el déficit de DIRECCION003 pero como se medicaba estaba más estable.
En octubre de 2022 busca a la perito compareciente y reinician un seguimiento. La clínica está muy mal en ese momento y le cuenta que ha sufrido una agresión sexual y comienzan nuevamente el tratamiento. Le refiere el relato, pero no insiste en el suceso, porque tiene una corriente de psicoterapia que considera que no hay que intervenir si el paciente no está preparado para un testimonio que le genera mucha angustia. El relato sale de ella. Le cuenta que estaba con un amigo de la familia, de su primo, que habían salido por la noche, habían tomado algo, que en la casa de la persona se besaron y ella refiere un acto que vive con mucha violencia, que le arranca la ropa, que entra en estado de horror y pánico que le inmoviliza, que es una relación de la que ella no participa. Se despierta allí. La declarante sabía que Elisa era muy introvertida y le cuesta manifestar su malestar, la ve un año después de que suceda. Todavía los síntomas eran de gravedad extrema, tenía ideas de suicidio, la preocupó mucho, tenía cuadros de flashbacks, de reviviscencias, no se sentía segura, estaba fuera de Madrid. Tenía mucha sensación de disociación, que ocurre cuando está sometida a una situación muy estresante que no puede abordar ni comprender, y con la sensación de que se estaba muriendo. Le dijo "siento que mi cuerpo se está muriendo", que es un síndrome que ocurre en cuadros depresivos en que se deja de sentir el cuerpo. Su diagnóstico fue de DIRECCION013. Ha seguido viendo a Elisa durante este tiempo. La psicóloga es quien le deriva a Elisa. La ha visto con frecuencia mensual más o menos, Elisa ha estado muchas veces fuera de Madrid, y se han visto on-line. La prioridad de su intervención era que no se hiciera daño, su integridad física, y ha mejorado un poco su posición. Sentía que no tenía sitio en este mundo. Cuando estaba mal se encamaba y no respondía a nada. Con la medicación se ha controlado un poco de los síntomas, no intentar suicidarse, pero aún tiene muchos síntomas activos. Es congruente con el DIRECCION013. Tenía evitación de las cosas que le podían recordar lo que ocurrió, como pánico a encontrarse con el agresor. Todo esto es lo que le refiere Elisa. La herramienta de diagnóstico es la entrevista clínica.
En septiembre de 2021 la sintomatología del cuadro de DIRECCION003 y de DIRECCION012, estaba mejor y estaban bajando la medicación que estaba tomando. Tenía atracones y vómitos y dificultad para llevar a cabo las tareas y cefaleas que son situaciones de malestar emocional. Ese cuadro mejoró. En octubre de 2022 Elisa no le dice por qué cesa en septiembre de 2021. Elisa estaba desbordada en 2022 y no tenía nada que ver con lo que había visto antes.
Hay un histórico que es la condición de cada sujeto antes de que le ocurra algo traumático, que es la situación de peligro, y como se va derivando y ahí es fundamental el entorno de la paciente y cómo se va desarrollando. Las pesadillas y todo lo que presenta gira en torno a eso. No va al baño a hacer pis para no conectar con sus genitales. Las pesadillas. Tiene una sensación que aún mantiene como anestésica, como si tuviera el miembro de la persona todavía dentro. Dificultad para vivir su fisicidad.
En relación con la medicación prescrita: son antidepresivos y ansiolíticos que mitigan los síntomas de la reviviscencia, recuerdos involuntarios y falschbacks además de que es ansiolítico y otro medicamento para cuando tiene momentos fuertes de tareas.
La intensidad de los flashbacks era diaria y le impedían estar en sus tareas. Esto le ha afectado en su vida académica. Inicialmente estudiaba economía que lo abandonó, luego psicología que también lo abandonó, todo esto le dificultaba la vida normal.
En la actualidad, cada vez que tenía una noticia del proceso experimentaba aumento de la angustia y aumentaban los síntomas.
Un DIRECCION013 puede estar originado por diversas causas. Es la respuesta del cerebro a una amenaza que el sujeto no puede controlar. Hay un desmoronamiento. Una ruptura entre el antes y el después. Algo que no esperaba. Es más grave cuando es alguien del entorno. Se le desmoronan los códigos anclados hasta el momento. El contenido de todos los síntomas pasa por ese acontecimiento.
La primera vez que intervino con ella hasta 2021 no observó la sintomatología que vio a partir de octubre de 2022.
A su entender el relato de Elisa es 100% compatible con la sintomatología que presenta.
Letrado de la defensa quiere dejar claro que no hizo una pericial, que es un informe médico y que es testigo de la asistencia.
El Juzgado de Instrucción le pidió que aportara informes médicos o clínicos que respaldaran sus aseveraciones. El informe del folio 358 y 359 no está fechado. Con exhibición del informe que aparece en esos folios dice que no lo ha hecho ella. No lo reconoce. Está hecho por ella. No está firmado por ella. No sabe qué pasó. No sabe cuándo lo ha elaborado. El informe que ha aportado es el de febrero de 2025, pero tras examinarlo bien dijo que sí que reconocía el informe sin fecha. Sí reconoce el informe de los folios 138 y 139 del rollo, este sí lo reconoce.
No sabe cuándo elabora el informe de los folios 358 y 359 de la causa que no tiene fecha. No sabe por qué no aparece la fecha. Está firmado por su número de colegiado y su nombre. Eso para ella es una firma. El informe mencionado lo dio a Elisa. A la abogada de Elisa la declarante le ha dado el de los folios 138 y 139.
Se lo habrá dado a Elisa porque los informes solo se los da a Elisa. A preguntas del Letrado cuando el juzgado le pidió los documentos e historial que apoyara informe de los folios 358 y 359 (a este respecto es relevante la providencia de 4 de noviembre de 2022 al folio 255 de los autos), se aporta lo que consta en la causa.
Ella elabora el informe médico con la información que tiene de las entrevistas clínicas. En marzo de 2021 cree que Elisa acudió sola.
Elisa pedía ayuda por cuadro de ánimo bajo, DIRECCION004 y DIRECCION012, lo documentó en su historial clínico y dispone de esa información. Ese diagnóstico de DIRECCION003 y DIRECCION012 no sabe quién lo diagnosticó, ella contó sus antecedentes. No se acuerda ni sabe dónde fue tratado.
Los trastornos alimenticios eran porque ella tenía una autoestima muy baja, tenía sensación de inadecuación, era muy introvertida. Tenía un peso bajo porque condicionaba mucho la forma de alimentarse. Sus amistades,
Tenía muchas somatizaciones, malestar, que le dificultaba atender a las clases. El motivo era cuadro de ánimo bajo y una chica adolescente que estaba pasando a la adultez. El motivo del ánimo bajo era la vida, las dificultades propias. Baja autoestima por su edad, y su imagen corporal. En septiembre no la vio. No compartió información con la psicóloga.
El informe de ampliación tampoco fue un informe pericial. Elisa le ha referido que cuando acontecía ataques de pánico ha tenido que tomar medicación de rescate. Uno fue cuando estaba en la calle.
Micaela realizó y se ratificó, bajo juramento en el informe obrante a los folios 360 y 361 de la causa y una ampliación al rollo de la sala del año 2025. La psicóloga deponente manifestó que trataba a Elisa desde febrero de 2021-antes de los hechos- y que asistió por dolores de cabeza crónicos sin explicación por diferentes especialistas y por DIRECCION012. Los dolores de cabeza podían estar causados por problemas psicológicos. La veía casi cada semana o quincenalmente. En agosto de 2021 se fue de vacaciones y en octubre de 2021 la volvió a ver. La psiquiatra le dio medicación por eso la derivó y mejoró mucho la restricción y los atracones de comida, los dolores de cabeza y su imagen corporal.
En octubre de 2021, Elisa le cuenta que le agredieron sexualmente y trabajó su sentimiento de culpa porque se sentía culpable, porque es lo que sienten la mayoría de las víctimas. Estaba con su hermano, había consumido muchísimo alcohol y se encontró de repente en casa de una persona y de repente le encontró encima de ella. Estaba en estado de shock, no se creía lo que había ocurrido, no quería contarlo a su familia. Cree que se lo había contado a una amiga. La llamó en septiembre de 2021 para tener esa consulta. Estuvo en Navarra, luego en Lisboa, han tenido sesiones muy variantes on-line, según se encontrara emocionalmente. En los peores momentos desaparecía. Su diagnóstico fue DIRECCION013. Se basó en su experiencia profesional para ello. Ha tenido muchas pesadillas, flashbacks, intentos autolíticos, cuadro depresivo, incluso en un momento tuvo un coma diabético. Elisa es diabética y si no se suministra insulina puede tener un cuadro diabético. En Lisboa no acudió al médico para obtener la insulina y gracias a una compañera que la encontró en Lisboa en condiciones deplorables. Se lo ha contado Elisa. No se lo ha contado la persona que la encontró ni el informe del hospital.
Antes no tenía ningún tipo de sintomatología de DIRECCION013. En la sintomatología de DIRECCION013 se refiere a cinco puntos. El trauma lo percibe porque le cuenta que aparece la imagen de la agresión a través de pesadillas, cuando se mete en la cama. Hay desgana, apatía, no tiene ganas de relacionarse con nadie, no se fiaba de nadie. El diagnóstico lo realiza primero la psiquiatra y lo asume la declarante. Elisa no tiene vida. Ha parado su vida desde que ha ocurrido esto. Tiene problemas académicos. Empezó muy ilusionada con los estudios de psicología, pero no pudo continuar porque dejó de tomarse la medicación y tuvo de nuevo toda la sintomatología y se desenganchó de este recorrido académico.
En su experiencia el que la persona sea conocida o desconocida se relaciona con el trauma. En el caso de ser conocido hay una evitación de contextos y situaciones porque no quieren verle de nuevo. Hay miedo a encontrarse con él.
El informe ampliatorio no es un informe pericial. Ella no ha emitido un informe pericial ni ha elaborado ningún informe. Es fruto del trabajo terapéutico. No ha cobrado por estos informes.
Preguntas de la defensa: Es en centro privado. No sabe si tuvo diagnóstico anterior. Elisa le transmitió el diagnóstico cuando llegó. Tuvo también una reunión con los padres. Le cuentan los padres pero no recuerda desde cuándo, si desde los trece años. El juzgado le solicitó un informe de seguimiento.
Le llegó una chavala jovencita y con sufrimiento y trabajaron sobre su imagen corporal. Sus dolores de cabeza le afectaban a la asistencia regular al centro educativo. Cree que los padres ya habían hecho todo el recorrido médico, cree que fueron al neurólogo. El DIRECCION012 conlleva atracones. El DIRECCION013 es por la vivencia de un trauma.
La madre le dijo que tenía algo raro con la comida. No le comentó nada de intentos autolíticos antes de los hechos.
Se practicó a continuación la pericial-testifical a propuesta de la defensa. Se practicó conjuntamente la ratificación de dos informes de fecha 20 de enero de 2022 de las
La Dra. Marcelina manifestó que había pasado mucho tiempo y no consta si estaba o no algún familiar tanto en la entrevista como en la exploración, puede que no porque la paciente tenía 17 años. Dice que se remite a lo que consta en el informe y que es cierto. Que la menor llegó con una leucorrea. Que meses atrás, en concreto el 18 de septiembre de 2021 había tenido una agresión sexual.
Hacen constar que constaba el himen completo, pero permitía el paso del espéculo vaginal. La exploración del himen clínicamente es terriblemente complicada, una mujer con 17 años que usa tampones vaginales, tiene el himen suficientemente complaciente para que pueda no haber una lesión con una penetración vaginal y que el himen no esté muy deformado, se llama himen complaciente. Aunque no haya lesiones -se entiende en el himen-, incluso en momentos recientes al hecho, no quiere decir que no haya habido una penetración. Aunque depende del tamaño del pene y de cómo haya sido la agresión. El letrado manifestó que no se dijo himen complaciente en el informe, sino himen completo, a lo que la doctora señaló que himen completo significaba que no había lesiones, pero se permitía la exploración con espéculo virginal. Virginal es que es muy pequeño; una mujer que tenga esa edad y no haya usado tampones vaginales no permitiría la exploración con espéculo virginal, que tiene como 1 cm y medio y se llama "virginal" porque se puede poner en mujeres que no hayan tenido previamente una relación sexual sin algún tipo de traumatismo. Los signos clínicos eran de una infección por cándida, que era por lo que ella había ido y habían pasado cuatro meses. No constaba en el informe que hubiera ninguna irregularidad en el himen. Insiste en que su himen (completo y flexible) no significaba que no hubiera podido practicarse una penetración.
No tenía ninguna malformación del himen. Ni imperforado, ni nada que impidiera una penetración vaginal o colocación de tampón vaginal. Tenía un himen normal. Si hay un desgarro es por una acción traumática, el himen no se desgarra solo.
Peguntado el Dr. Anibal, realizó una consulta para dar los resultados de los exudados el día 27 de enero, sin recordar si acudió acompañada.
Ella dijo que estaba bajo los efectos del alcohol, que era la droga que había consumido ella voluntariamente.
A preguntas del Ministerio Fiscal: Cuando Elisa acude a la consulta lo hace por presentar cándida y es así como surge contarles fue víctima de una agresión sexual. Probablemente le preguntaron si tiene relaciones sexuales. Y ante esa pregunta las mujeres víctimas de agresiones se encuentran en un entorno donde pueden hablar, se sienten seguras y lo cuentan. Incluso años después de un abuso. Lo cuentan cuando pueden. El día que cuenta esto les dice que su primera relación sexual, lo hace constar en el informe, fue el 18 de septiembre de 2021 en el contexto de una agresión sexual. Lo cuenta voluntariamente. No había motivos para preguntarle expresamente por si había tenido una relación sexual. Transcurridos esos meses hubiera podido quedar alguna lesión interna, en el caso de que hubiera habido un desgarro vaginal podía quedar alguna lesión incluso a cuatro meses después. Puede no verse si es un pequeño desgarro en una mujer que cicatriza bien. Hacen una exploración clínica básica que hacen siempre, por el relato de una clínica de una posible infección, pero aún más en el contexto en que ella cuenta la agresión sexual; hay que explorar vulva, vagina y exploración completa, y las secuelas de posibles desgarros no se encontraron y si una compatibilidad con DIRECCION014 y se tomaron los exudados; se toma un cultivo por si pudiera haber otra enfermedad concomitante.
Tras la exploración es un relato coherente y creíble clínicamente. Intenta no emitir juicios cuando en su historia personal ha tenido que explorar a muchísimas mujeres por agresión sexual, hacen exploraciones y recogen el relato. A veces los relatos son incoherentes y no hay conexión con el relato y la exploración en este caso no había esa desconexión y le pareció coherente. Es una impresión clínica.
Por último, tuvo lugar la declaración del Procesado, Luis Manuel. A preguntas del Ministerio Fiscal manifestó que coincidió con Elisa en DIRECCION001 la primera quincena de dos mil veintiuno como monitores, estando cada uno con un grupo distinto. En esa quincena no tienen mucha relación, salvo que se reúnen los monitores al finalizar y se echan unos cigarros, también Elisa. En septiembre coinciden en un colegio en DIRECCION001, cuatro o cinco días, y ahí hablan todos, son diez y hacen piña, y te quedas tomando unas cervezas. El NUM003 cumplía 35 años, los monitores le sacaron una tarta, y tanto Cristina, como Romeo, como Elisa, han insistido mucho en el juicio en que se hablaba de las edades quiere precisar que es verdad que a veces sí salía el tema de la edad, pero no se hablaba normalmente. Ahí, alguien le preguntó a Elisa por su edad, no recuerda si él o quien, y ella dijo que tenía 18. Cuando terminó el campamento fueron (los monitores) a DIRECCION002 y se tomaron una cerveza y hablaron de los planes que iban a hacer. El declarante dijo que tenía un concierto en el hipódromo y Elisa le insistió en que le escribiera; aunque no cree que a ella sola. Tras las cervezas le dijo que ya tenía su teléfono y ella dijo en un mensaje de WhatsApp "ya estabas tardando, te estabas haciendo el interesante", y ella le comentó que sabía que había ligado con alguna monitora. Para el procesado esto indica que ella estaba como tonteando.
Durante el concierto estuvieron hablando, él tomó ahí algunas copas, ella le mandó un mensaje diciendo que no sabía ni donde estaba o que no sabía ni cómo ir. Le dijo que estaban al lado de su casa y que iba a hablar con su compañera de piso porque le dolían las muelas y que podían ir a su casa. Luego le llama o Cristina o Elisa, pero en su WhatsApp a las 02:32 Elisa le dice que le estaba llamado y le salía apagado. No le llamó para que ella fuera sola. Siempre fue en conjunto y estando todos en casa. A su compañera le preguntó si podían ir unos amigos a tomar copas, y dijo que sí. Le llamaron a él por teléfono diciendo que ya estaban abajo. Son llamadas que hicieron ellos ( Elisa, Romeo y Cristina). Ellos fueron con el alcohol del botellón de donde hubieran estado sobre las 02:30 o 03:00 y no sabe por qué mienten diciendo que fueron a comprar alcohol. Es mentira, no compraron alcohol. Suben a su domicilio, hay un sillón en L, hay una conversación de cuatro, él habla más con Romeo, temas del campamento, y se tomaron unas copas más, porque estuvieron como tres horas hablando. Luego Romeo dijo que se iban, le preguntó a Elisa que qué iba a hacer, si se iba o se quedaba. Elisa dijo que se quedaba un rato más. Se van Romeo y Cristina, estaban ya con unas copas, eran las 5 de la mañana. Y Elisa se quedó en casa. Siguieron hablando, se fueron acercando y llegó un momento en que se empezaron a besar, cada vez besos más cariñosos. Ella se sentó encima de él y se estuvieron besando. Escuchó un ruido, no sabe si fue Teresa que se levantó al baño, era zona de paso el salón y le resultó incómodo que les vieran y Carmela no había llegado y estaría a punto de llegar. Y le dijo que fueran a la habitación. Su habitación está a dos pasos del salón, no tenía necesidad de llevar a nadie a empujones a ningún sitio. Fueron a su habitación para que no fuera incómodo para ninguno de la casa. Se empezaron a quitar la ropa. Fue algo todo muy natural. Ella dice que el declarante le arrancó la ropa y la empujó a la cama. Pero no fue así, no tenía necesidad, porque era todo muy natural. El top no se lo llegó a quitar, se lo bajó. Ella llevaba vaqueros, no se quitan fácilmente y ella se los quitó. Se tumbaron en la cama, siguieron besándose, le mordía en la oreja, se besaban y acariciaban, ella se puso encima de él para frotarse, y también él se puso encima. No se quitaron la ropa interior del todo, ella le tocó, no fue una masturbación, y se quedaron dormidos. Él se levantó a por agua a la cocina. No recuerda lo que hablaron. Ahora recuerda que cuando se estaban besando en el salón le llama Cristina o Romeo y le preguntan por Elisa y dice que sí, y le pasa el teléfono a Elisa y dijo "bueno sí, ahora voy", cree que eran sobre las 05:50. Cuando están bebiendo agua ve que la están llamando por teléfono que tenía en silencio y dijo "paso de cogerlo porque me va a caer una bronca de cojones", él le dijo "pues tú sabrás", al instante casi, llamaron al timbre. No sabía quién podía ser, y cuando abrió la puerta de su cuarto estaba Teresa que ya había abierto la puerta. Vanesa estaba ya acercándose a su habitación diciendo que había dos chicos que preguntaban por él. Él no cayó quien, y los vio, a Cristina en la puerta y Romeo en las escaleras abajo y le preguntaron si estaba Elisa, les invitó a pasar, y Romeo ni entró, dijo que estaba con un cabreo que pasaba de entrar. Cristina entró en la habitación. Si él hubiese querido ocultar algo raro, no hubiera ofrecido a Cristina que entrara en la habitación. Cristina le dijo "eres gilipollas, tu madre te va a echar una bronca de la leche, te tienes que medir la insulina, no te la has tomado". Lo primero fue medirse la insulina. Teresa estuvo con ellos en todo momento. Seguía diciendo que era gilipollas, que la estaban llamando su madre y su hermano y que no cogía el teléfono. No estaba desnuda, estaba en braguitas y sujetador, si hubiera estado desnuda no hubiera invitado a Cristina a entrar hasta que se hubiera vestido. Elisa no se fue rápidamente ni con prisa como de haber pasado algo (se entiende como una agresión sexual). El declarante le escribió al día siguiente como "¿te ha caído mucha bronca?", si estaba todo bien. Ella dice que le siguió escribiendo durante meses. Es mentira, él ha aportado el WhatsApp. Le ha puesto algún like en Instagram y algunas palmitas. Eso no es acoso como dice Elisa.
Un día fue a las oficinas, Jade (la directora del campamento) le dijo que había ido Elisa con sus padres contando que se enrolló con él y que ella no quería y que la chica tenía 17 años. Él es ahí cuando se enteró de que no tenía 18 años. Jade dijo que conocía a la familia desde hacía mucho tiempo, que eran bastante conservadores y que igual se planteaban denunciar. Si él hubiera hecho tal barbaridad lo normal es que le hubieran denunciado directamente y no ir a su trabajo. Cree que fue para dañarle. Jade le dijo que no hiciera nada porque igual la cosa se quedaba ahí. Le dijo Jade que los comentarios eran que les parecía muy mal que un tío de 35 años se hubiera enrollado con una chica de 17. Fue a hablar con Valentín a quien la familia les contó las barbaridades que decían y le dijo que a él no le constaba denuncia. La familia iba hablando a todo el entorno del declarante para decir que era "cierta persona". Fue a la comisaría de la DIRECCION015 para denunciar a la familia. El policía le dijo que se enterase primero si realmente había sido denunciado porque si no, no podía poner una denuncia, por ello va a los Juzgados de Plaza de Castilla y le notifican la existencia de la denuncia. En ese momento se le vino el mundo encima. Porque le dicen que se está enfrentando a una pena de 12 años de prisión. Y no sabía que podía hacer para defenderse y demostrarlo. Todo lo que ha podido lo ha demostrado. Las llamadas, ubicación, no tiene problemas para ligar, no tiene necesidad de forzar a nadie, no tiene nada que ocultar. A partir de ahí tiene crisis de DIRECCION004 y es una situación que no es fácil de llevar. Hasta el día de hoy ha tenido esas crisis porque no sabe cómo abarcar esta situación. Iba a eventos porque sí y no lo controla y le daba una crisis. Estaba en un evento con gente y se empezaba a encontrar fatal y se iba, se metía la pastilla debajo de la lengua, se le pasaba y volvía. Hace eventos de cara al público y tiene que estar como si no pasara nada. Y hasta el día de hoy que está en esta situación.
Elisa cuando llegó a su casa estaban todos con el puntito, piripi, pero nadie estaba que balbuceara y que no pudiera hablar, contento, pero estaban perfectamente conscientes de todo.
Poco después de que se fuera su hermano y la novia, se sentaron uno al lado del otro, se empiezan a acercar, y se empezaron a besar, cree recordar que fue ella la que se acercó y le besó, surgió, y él se lo devolvió. Durante el campamento hablaron de cosas del campamento. No habló de tema universidad ni colegio. Sabina en el juicio ha dicho que había hablado con él sobre Elisa y que le dijo que Elisa iba a empezar segundo de bachillerato. Eso no ocurrió. Intentan insistir en que hablaron de las edades y de los cursos. Es que esos temas no salieron. Hablaban de qué iban a hacer. Con Sabina se llevaba muy bien y con Cristina y Romeo. Cuando Elisa dijo que tenía 18 años se hicieron comentarios en la noche de su cumpleaños que parecía más mayor, alguien incluso dijo que parecía que tenía 21.
Ya en la casa le dijo que fueran mejor a la habitación porque era un "canteo" si llegaba la otra compañera de piso, fueron y se siguieron besando una vez ya dentro. Y Elisa accedió.
El procesado puntualizó que Elisa había dicho en el juicio que, en la habitación, su reacción cuando la desnuda y le quita la ropa fue que se quedó en estado de shock y que se quedó rígida e inmóvil. El declarante dice que no es verdad, que en la cama ella se puso encima de él y le besó, había acciones mutuas. Vio cierta reciprocidad entre las caricias o gestos. Si la hubiera visto incómoda le hubiera preguntado. Pero como eran las 5 y pico casi seis se tumbaron y se quedaron dormidos. No se desnudan completamente porque no surge. Dijo que uno intenta que la persona con la que estás se encuentre cómoda. Al final es cosa de dos. Simplemente te acuestas, es algo más afectivo, no tiene por qué haber sexo ni nada la primera noche. Lo único que pudo estar más cerca de la zona vaginal fue besarla en la tripa, pero es que no sabe ni si está depilada o no, es que ni llegó a meter la mano en las braguitas. No hubo penetración. No se quitó las braguitas, ni la tocó por dentro ni le practicó sexo oral. No se explica por qué ella sostiene la versión y se lo ha dicho a todos los profesionales que han declarado en juicio. Él cree que con todo lo que ha ido viendo después, lo que pasa es que Elisa está siendo tratada desde los trece años. Estaba ligando con otro monitor (se refiere a Bicho), es una familia muy conservadora, que puedan pensar que haya hecho cualquier cosa. Tiene 17 años, se va de fiesta, bebe... al día siguiente los padres le castigan y al día siguiente vuelve a salir de fiesta. El hermano dice que para que se distraiga. Los padres son muy estrictos. Elisa justifica lo que pudo pasar esa noche con esto. Igual pensó que tenía una enfermedad de transmisión sexual. El Guardia Civil les insiste a denunciar varias veces, y no lo hacen, van con un escrito. Ambos padres son abogados, va con un escrito guionizado. Cuando van a hablar con el primo Valentín ha dicho que es la madre la que dirige a Elisa.
El acusado siguió diciendo que en el juicio también relatan que a Bicho el declarante le cuenta lo que ha pasado, y el declarante no le ha dicho nada. Elisa ya estaba enrollada con Bicho y para evitarlo se ha formado esta bola de nieve.
A preguntas de la acusación particular: en la tarde de su cumpleaños estaban todos los monitores. Hortensia fue la única que oyó a Elisa decir que tenía 18, porque salieron a una terraza a fumar, aunque ni Hortensia ni él fuman y salieron a tomar el aire, y le pregunta o Hortensia o él a Elisa. Había alguien más, pero no recuerda. Esa conversación sale en ese momento porque salió el tema de la edad del declarante porque estaban celebrando su cumpleaños (el del procesado).
El 17 por la tarde hubo una conversación de WhatsApp de cierto tonteo (entre él y Elisa). No pensó en cortar por lo sano esa conversación.
El 17 o 18 de septiembre ella le mandó un mensaje preguntándole dónde estás. Ella le mandó su ubicación. Luego ella le escribe y le dice "qué plan tenéis.". Él sabía dónde estaba la ubicación y les dijo que estaban al lado de su casa. Le dijeron que venían de un parque y que habían estado como en un local o algún sitio. Elisa había estado en la Fundación y era un parque cerca. Ellos le dijeron que venían de unas copas de un local y no sabe qué local.
No recuerda si recogieron las copas de su casa. Eran pocas copas. Puede ser que primero recogieran y luego se besaran. No sabe cómo accedieron al portal porque llamaron al timbre. Cuando tiene la conversación con Jade (la directora del campamento), ésta le dijo que era un gilipollas porque la familia de Elisa era de abogados, muy "toca pelotas" y muy conservadores. Fue por lo que fue la familia a contarles al campamento.
A continuación, se dio la documental por reproducida, el letrado de la defensa impugnó los informes de la psiquiatra y la psicóloga, no forenses, alegando que tampoco constaba el historial que había sido solicitado.
Tras las conclusiones e informes, quedó el Juicio visto para sentencia.
Es axioma básico la posibilidad de que una prueba testifical, aunque sea única y aunque emane de la víctima desactive la presunción de inocencia cuando supera un estándar riguroso que nos aproxima a la certeza y fiabilidad de lo sucedido. El hecho de que la prueba esencial venga constituida por el testimonio de la víctima es compatible con la presunción de inocencia. La sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2019, siguiendo otras anteriores, como la de 6 de abril de 2017 y la doctrina del Tribunal Constitucional, proclama que
Ahora bien, como recuerda la STS984/2021, de 15 de diciembre, con cita de la STS 467/2020, de 21 de septiembre, la idoneidad probatoria de la declaración de la víctima ha de pasar el filtro,
Por eso, la jurisprudencia viene exigiendo desde antiguo ( STS 30-1-99, 29-4-99 y 29-4-97) una cuidada y prudente valoración por el tribunal sentenciador, ponderando su credibilidad en relación con todos los factores subjetivos y objetivos que concurran en la causa, precisando la STS 29-4-99 con que no basta la mera afirmación de confianza en la declaración testimonial cuando aparece como prueba única, ya que tal afirmación ha de ir acompañada de una argumentación y esta ha de ser razonable por encontrarse apoyada en determinados datos o circunstancias que también deben ser sólidos para corroborar la versión de la víctima.
Más recientemente, la STS 1011/2022, de 12 de enero de 2023, advierte que la exigencia de una fundamentación objetivamente racional de la sentencia hace imposible fundar una condena sobre la base de la mera
Para guiar en esa valoración, el Tribunal Supremo da tres parámetros o criterios mínimos de contraste a los efectos de la valoración racional de la declaración del denunciante como prueba de cargo (entre otras muchas, STS de 14 de octubre de 2019 y de 6 de abril de 2017):
(1) Ausencia de incredibilidad subjetiva, que, en lo que aquí nos interesa, puede derivar de la concurrencia de móviles espurios, en función de las relaciones anteriores con el sujeto activo (odio, resentimiento, venganza o enemistad) o de otras razones (ánimo de proteger a un tercero o interés de cualquier índole que limite la aptitud de la declaración para generar certidumbre); de igual manera entrarían en este parámetro de valoración ciertas características del testigo, como su corta edad o su eventual disminución de capacidad.
(2) Existencia de credibilidad objetiva o verosimilitud del testimonio, que
(3) Persistencia en la incriminación, que supone:
Debemos además hacer referencia a la STS 184/2025, de 27 de febrero de 2025, que realiza un análisis de los elementos de credibilidad y fiabilidad en el testimonio de la persona denunciante en delitos de estas características, en los que se cuenta con la palabra de una parte contra la otra, y que exige un riguroso análisis probatorio que exige alejarse de prejuicios en un sentido u otro, señalando la propia sentencia mencionada que no debemos caer en elementos prevalorativos que quedan fuera del debate probatorio como que "la víctima, por su condición, debe gozar de un estatuto privilegiado o reforzado", es decir, no podemos caer en prejuicios valorativos y no caben presunciones ni en contra ni a favor; pues como señala la sentencia mencionada que la realidad que se declara en el proceso penal no puede conformarse solo con el uso de significantes, sino que exige un razonamiento probatorio que debe construirse tomando en cuenta todas las evidencias resultantes del procedimiento ajustado a la ley, y en caso de condena, debe arrojar un resultado altísimamente concluyente en términos fenomenológicos. La certeza de que se cometió un delito implica no dejar espacio para que la duda respire. Y así la resolución del Alto Tribunal a la que estamos haciendo referencia, diferencia entre lo creíble y lo fiable, de modo que la atribución de valor probatorio reconstructivo a la información testifical no debe venir determinada solo por lo creíble que resulte el testigo, sino por lo fiable que resulte dicha información. Así "lo creíble" pertenece a la esfera de lo subjetivo, que implica que el testigo no ha mentido -considerando que la víctima tiene su propia vivencia subjetiva, que, de no corresponderse con los datos objetivos, no implica en absoluto que haya mentido-, quedando este elemento más abierto a valoraciones y prejuicios de tipo culturalistas o intuitivistas. Sin embargo "lo fiable" exige mayores cargas de justificación al juez que atribuye valor a la información y se nutre, en muy buena medida, del grado de compatibilidad de dicha información con el resultado que arrojan el resto de las pruebas que integran el cuadro probatorio plenario y las demás circunstancias contextuales que han quedado acreditadas, entre las que también aparece la credibilidad personal del testigo, pero sin que ésta agote la valoración de la información suministrada. Toda reconstrucción probatoria arroja sombras de dudas, espacios fácticos que resultan de imposible reproducción, pero
Sentado lo anterior, en el presente caso es necesario, saber qué tipo de relaciones de contenido sexual hubo entre Elisa y Luis Manuel, pues hay un hecho indubitado: ambos reconocen lo que pasó antes de cruzar el umbral de la puerta de la habitación de Luis Manuel, y es que ambos estuvieron besándose y abrazándose de modo consentido en el primer espacio (el salón), existiendo controversia en las versiones de lo que ocurre en un segundo espacio pero en unidad de acto, no son dos momentos distintos, es un inicio de un acto sexual - es evidente que los besos y tocamientos, afectan a la esfera de la libertad sexual de la persona- que continua en un espacio distinto pero inmediato al anterior, en la habitación contigua. Espacios y momento donde solo estuvieron Luis Manuel y Elisa, y mientras que ella afirma que hubo relaciones con penetración vaginal no consentidas, así como que él le chupó los genitales, Luis Manuel niega la penetración y afirma que hubo abrazos, caricias todo consentido por parte de Elisa y que tampoco le hizo sexo oral pues ni tan siquiera le quitó la braguita y de hecho manifestó que no sabía si estaba rasurada o no.
En el juicio, como se ha recogido, se practicaron multitud de pruebas. Muchas de ellas introducen elementos de referencias y valoraciones subjetivas que debemos aislar para analizar lo nuclear de este caso. Vayamos pues a la valoración de la prueba de la denunciante, la declaración de Elisa, como la prueba de cargo que ha de reunir los requisitos señalados por la jurisprudencia.
Como hemos dicho hay versiones contradictorias. Elisa afirma que lo que ocurre en la habitación es una agresión sexual. Luis Manuel sostiene que es una relación consentida en la que no hay penetración ni sexo oral por su parte hacia Elisa. El consentimiento se había prestado en el salón, en el momento en que comienzan a intimar sexualmente. Ese consentimiento no se revoca en la habitación, tampoco se reafirma, pero no se retira una vez que, como reconoce la misma Elisa, se había prestado con los actos explícitos que suceden en el salón. Ella manifestó en juicio que todo fue consentido hasta que entran en la habitación, que, como hemos explicado es una unidad de acto, no son dos momentos distintos, sino dos espacios distintos. No dice ni sí, ni dice no. Dice que se queda paralizada y no participa. Luis Manuel dice que sí participa. Son versiones contradictorias. Pero además encontramos otros elementos controvertidos como la penetración, que no es baladí porque cualifica el delito elevando significativamente las penas.
Vayamos por el orden que hemos señalado, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal supremo sobre los elementos que deben revestir de fiabilidad el testimonio de la víctima como única prueba de cargo.
(1)
En este caso concreto hay un elemento que planea sobre los hechos y las declaraciones. El elemento reputacional de Elisa. Elisa tenía 17 años y el procesado le doblaba la edad. Aunque ambos se movían en un ambiente muy parecido, pues eran monitores del campamento de DIRECCION001, con las mismas responsabilidades -lógicamente Luis Manuel con mayor experiencia sin ser su superior, como ha quedado acreditado de las testificales-, lo cierto es que el hecho de que Elisa fuera menor, contara con 17 años y hubiera pasado la noche en casa de Luis Manuel, y se hubiera "enrollado" con él, era algo que, se percibe fundamentalmente de las declaraciones de la víctima, del hermano de Elisa y de Cristina podría dañar su reputación en el entorno en el que había comenzado a desarrollar su vida social, el entorno social que rodeaba a los monitores de DIRECCION001, pues no solo se veían en el campamento, sino que seguían teniendo relaciones sociales fuera de él.
En varias ocasiones el hermano de Elisa habla de "la niña" (en su declaración en Instrucción no se dirige así a ella, sí en juicio, lo que parece remarcar la diferencia de edad). La denuncia se interpone meses después de suceder los hechos. No es una denuncia a través de una declaración (personal y espontánea), ante la policía o la Guardia Civil, que, por cierto, después del ir al hospital DIRECCION016 se activó el protocolo, pero el agente de la Guardia Civil que habló con la familia, manifestó que le dijeron que estaban sopesando interponer la denuncia por escrito con un relato fijado en el escrito.
Como se ha podido comprobar, Elisa, o la familia de Elisa, inerponen la denuncia escrita relatando los hechos en el escrito, después de que se hubiera sabido en DIRECCION001 que había pasado algo con Luis Manuel. Las fechas delatan el peso del elemento reputacional, entendible en esos entornos en los que se estrechan lazos de amistad entre gente joven. Elisa se lo había contado a su psicóloga, a su amiga Martina en mensajes de voz (después analizaremos el contenido de los mensajes y lo que revelan), y a Cristina (cuya declaración en contraste con lo dicho por Elisa, también analizaremos minuciosamente). Sin embargo, es en la primera semana de noviembre de 2021 cuando tiene lugar el concierto de Teofilo (otro monitor de DIRECCION001 del grupo de monitores compañeros y que también compareció como testigo al juicio), cuando Elisa se entera de que la gente de DIRECCION001 sabe que ha pasado algo con Luis Manuel, y más en concreto lo sabe Bicho ( Sabino), otro monitor de DIRECCION001 que le gustaba a Elisa. Romeo relata que había más personas que lo sabían, y la noche del concierto es cuando se enteró de que a su hermana la habían violado. Así lo declaran Cristina y Sabina (también conocida como Martina)
Así, Cristina relató que en el concierto de noviembre Elisa estaba muy agitada y le dijo que Bicho había dicho a Sabina que Luis Manuel le había contado que se habían dado un beso y a Elisa, en ese momento, le entraron los nervios, diciendo que encima de desgraciarla tenía que hacer alarde de ello; En instrucción la declaración de Sabina fue mucho más seria, pues manifestó que Bicho le dijo que Elisa y Luis Manuel se habían acostado (no simplemente un beso) y Elisa se puso muy mal, a llorar y quería irse del concierto; Aun así, Cristina relata en el juicio oral, que Elisa se quedó en el concierto, y no fue a casa para no rumiarlo; insistió en que Elisa se enteró por Sabina que la gente de DIRECCION001 se había enterado porque Bicho contó a Sabina lo que había ido contando Luis Manuel. Esto tuvo una evidente repercusión porque ese mismo fin de semana de noviembre ( Elisa lo sitúa en el 6 de noviembre), es cuando dicen que se enteran los padres de Elisa porque Romeo se lo cuenta a un tío suyo, Rubén, que no ha comparecido como testigo para aclarar fechas u otros datos como lo que le cuentan, y Rubén se lo cuenta a sus padres. Es decir, los padres tienen conocimiento de los hechos el 6 de noviembre, según Elisa y su hermano, cuando ya la gente de DIRECCION001 se ha enterado de que la noche que durmió fuera de casa, lo hizo con Luis Manuel, que le doblaba la edad. La madre de Elisa no ha comparecido como testigo para aclarar cuál fue su reacción, pero según Romeo su madre tiene un temperamento fuerte que afectaba mucho a sus hijos. No hay más que ver en el juicio que cuando Elisa se quiebra más es cuando relata el momento en que se lo cuenta a su madre.
Por su parte, Sabina relata que el día del concierto de noviembre, Elisa se enteró de que Bicho se había enterado de que se había enrollado con Luis Manuel se puso muy nerviosa por ello, y que tenía miedo de que se enterara su familia y también la gente de DIRECCION001. A raíz de que la gente de DIRECCION001 se ha enterado, Elisa inicia una acción que parecer querer contrarrestar los comentarios que se estaban extendiendo. Va al campamento a decir "qué tipo de persona" era Luis Manuel. Habla con Paloma (trabajadora del campamento) y más tarde la familia habla con la dirección. Elisa da una explicación a esta reacción, y manifiesta que lo hace para que no le pase a ningún menor más, pues una persona así no puede estar a cargo de menores, pero más bien parece una manera de neutralizar los rumores sobre lo que ha ocurrido con Luis Manuel
Siguiendo con lo sucedido, resulta que la denuncia se interpone bastante después. Lo cierto es que, si Elisa era menor, la denuncia se podía haber interpuesto por su representante legal, pero eso no fue así. Y sorprende que la profesional de salud mental que le atiende no tenía conocimiento de su edad, dice en la declaración que creía que tenía 17 años. Siendo menor hubiera sido deseable que ella misma lo hubiera denunciado a las autoridades, pero esto tampoco se hace. Tampoco sabemos por qué su representante legal (ya que ni la madre ni el padre de Elisa declaran en el juicio) decide no denunciar inmediatamente el 6 de noviembre cuando tiene conocimiento de los hechos siendo aún menor.
Por otra parte, Valentín, el primo de Elisa a quien ésta envía una foto junto a Luis Manuel diciéndole que era su nuevo ligue, y que es amigo de Luis Manuel, manifestó en juicio que en el mes de mayo de 2022 se presentaron Elisa y su madre en casa de la suya contando lo sucedido, pero que todo el relato fue "dirigido" por la madre de Elisa. La madre insistía en que ella se había quedado inconsciente, que él pudo haberla drogado, -pero nada de esto se ha sostenido a lo largo del juicio, sino lo contrario, que Elisa estaba consciente. Había bebido, bastante, pero insiste la denunciante en que fue consciente en todo momento y cuando relata que no pudo reaccionar, que se quedó paralizada, no dice que fuera como consecuencia del alcohol, sino por su inmadurez sexual al no haber tenido otras relaciones. Sin embargo, como hemos dicho, esto no se acredita porque Luis Manuel sostiene lo contrario y son versiones contradictorias-. El hecho de que la madre de Elisa dijera en casa de Argimiro que ella estaba inconsciente y que Luis Manuel pudo haberla drogado, refuerza la idea del quebranto reputacional. Sentado y sabido ya por todo el mundo que había pasado la noche en casa de Luis Manuel y que se habían enrollado, ofrecen la versión en el entorno familiar y sobre todo, a Argimiro que es amigo de Luis Manuel, consistente en difundir eso pasó porque él la drogó, deshaciendo la idea de que ella se quedó voluntariamente, lo que podría ser un intento de eximir toda voluntariedad en la conducta de Elisa. Pero sobre todo lo que ya resultaba doloroso para Elisa fue que estando en la Universidad de Navarra, en Pamplona, se enterase de que se había comentado que "cómo era eso de que a Elisa le habían agredido sexualmente y no lo había denunciado" -quizás dando a entender que no se entendía que si hubiera sido agredida lo lógico hubiera sido interponer la denuncia-. Se entera por una amiga de Madrid a quien no se lo había contado. Llamó a esta amiga y le dijo que se lo había contado otra niña a quien no conocía, y al final se enteró de que lo iba contando un chico de un año más que ella en el campamento.
El campamento de DIRECCION001, de lo descrito por los testigos, se muestra en el juicio como un lugar donde se crea un ecosistema entre los monitores de relaciones de compañerismo intensas, conviven juntos, duermen juntos (segregados por sexo), pasan tiempo juntos bebiendo y fumando, y saliendo fuera del campamento donde mantienen relaciones sociales, pero los comentarios sobre Elisa y Luis Manuel, como vemos, superan DIRECCION001, y ya llegan hasta la Universidad de Navarra. Lógicamente todo esto tuvo que ser muy doloroso para Elisa que ya empezaba su tránsito en la vida adulta..
Otro elemento que afectaría a la reputación de Elisa sería el hecho de beber y tener 17 años. Hay un esfuerzo por demostrar que el procesado sabía que ella tenía 17 años. Lo que no se ha acreditado, pues una testigo, Hortensia, dice que delante de ella y de Luis Manuel, Elisa les dijo que tenía 18 años. Decimos esfuerzo porque la edad es irrelevante en este caso. El atentado sexual no consentido se produce cuando la víctima es menor de 16 años conforme la ley aplicable. Por otra parte, también hay un esfuerzo probatorio por parte de la acusación para intentar acreditar que fue Luis Manuel quien decide ir a comprar la bebida cuando fueron a su casa la noche de los hechos. Pero nuevamente, también hay contradicciones en este hecho. Cristina dice que ellos ( Luis Manuel y Romeo) fueron a comprar bebidas y no sabe dónde, Romeo que a un supermercado, y Luis Manuel dice que traían las botellas ellos, que él no tenía nada en casa y que no fue a ningún sitio a comprarlas. Nuevamente puede ser un intento de justificar que ellos no eran quienes llevaban las bebidas, y que era Luis Manuel quien dijo de ir a comprarlas, como para añadir un plus de culpabilidad en su pretendida acción delictiva. No sabemos si se compraron o si las llevaban ellos, pero en cualquier caso lo que sí queda acreditado es que en varias ocasiones relatan, tanto Elisa, como Cristina como su hermano, que toman cervezas, que van de copas, que "están en copas", que habían bebido alcohol, pero esto ni añade ni resta a la conducta que se atribuye al procesado. Para este Tribunal es irrelevante pues no juzgamos conductas que nada tienen que ver con los hechos, y menos de la denunciante o de sus amistades. Además, como hemos dicho, la denunciante, aunque reconoce que bebió, niega su afectación alcohólica en el momento de los hechos
Visto lo anterior, el requisito relativo a la ausencia de incredibilidad subjetiva (1), se ve afectado. Como hemos dicho antes y aún a riesgo de ser reiterativos, en lo que aquí nos interesa, puede derivar de la concurrencia de móviles espurios, en función de las relaciones anteriores con el sujeto activo (odio, resentimiento, venganza o enemistad) o de otras razones (ánimo de proteger a un tercero o interés de cualquier índole que limite la aptitud de la declaración para generar certidumbre). Se aprecia un interés en proteger la imagen de Elisa ante su círculo social y fundamentalmente en el entorno de DIRECCION001 (no olvidemos que el acusado era mucho mayor que ella y era conocido en DIRECCION001 como el "payasete", el gracioso). Un interés que puede ser legítimo, siempre y cuando no se aprecien otros elementos que hagan surgir dudas en el Tribunal sobre los hechos denunciados. Lo examinaremos a continuación.
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Antes de entrar en las declaraciones de Elisa y del resto de testigos, para analizar estos dos elementos de la declaración de la denunciante, debemos decir que, en cuanto a las modificaciones esenciales, es cierto que, como advierte la jurisprudencia ( SSTS 585/2020, de 5-11; 741/2022, de 20-7; 1016/2022, de 18-1-2023; 108/2023, de 16-2; 603/2023, de 13-7, entre las más recientes), la persistencia en la incriminación, no implica la repetición mimética de una versión que, por su artificial rigidez, puede desprender el aroma del relato prefabricado. No puede admitirse la línea argumental según la cual, todo lo que se silenció en un primer momento y se hizo explícito en una declaración ulterior, ha de etiquetarse como falso. La experiencia indica que algunos extremos de las agresiones sexuales sólo afloran cuando la víctima es interrogada acerca de ello, así como que, por su naturaleza, las víctimas de delitos sexuales exponen una línea de progresividad en su declaración que determina que puedan existir modificaciones puntuales. No son faltas de persistencia el cambio del orden en las afirmaciones, ni las sucesivas ampliaciones de estas cuando no se afecta la coherencia y la significación sustancial de lo narrado; ni la modificación del vocabulario o de la sintaxis, es decir de las formas expresivas cuando con unas u otras se dice lo mismo; ni los cambios en lo anecdótico o en lo secundario cuando solo implican falta de certeza en lo accesorio pero no en lo principal que es lo que por su impacto psicológico permanece en la mente de la víctima, salvo en los casos en que los cambios narrativos de lo secundario evidencien tendencia a la fabulación imaginativa, valorable en el ámbito de la credibilidad subjetiva (cfr. SSTS 774/2013, 21 de octubre; 511/2012, 13 de junio; 238/2011, 21 de marzo; 785/2010, 30 de junio y ATS 479/2011, 5 de mayo, entre otras).
Pero no es eso lo que sucede en este caso, en el que existen unas modificaciones sustanciales y llamativas. Como hemos dicho, Elisa en el plenario insiste en que estaba plenamente consciente de todo lo que sucedía y que sí consintió la fase de besos en el salón a pesar de haber ingerido alcohol y ser diabética. ; en su declaración en Instrucción dijo que estaba borracha y no estaba ni pensando, aunque sí reconoce que iba consciente. En los mensajes de WhatsApp, audios, que envía a su amiga Sabina ( Martina), y que constan cotejados en la causa a los folios 339 a 348 (este último es la diligencia de cotejo) dados por reproducidos como prueba documental, y aportados por la acusación al procedimiento, mensajes de 5 y 6 de octubre de 2021, y por lo tanto, tres semanas después de suceder los hechos, le dice a Martina que en casa de Luis Manuel iba
Concurren elementos que generan dudas más que razonables sobre la concurrencia el elemento relativo al acceso carnal o la penetración, que cualifica el tipo básico. En el acto del juicio a la vista del folio 15, el Ministerio Fiscal preguntó a Elisa porqué dijo en el Hospital DIRECCION016 que no tenía claro si hubo penetración anal contestando ella que porque hubo un momento en que él se puso detrás y no sabía si había sido sexo anal o no y no sabía cómo se siente. Le dijeron que si hubiera sido sexo anal le hubiera dolido mucho y por eso después pensó que no había habido penetración anal y solo habla de dos penetraciones vaginales, que, aunque duda de la segunda por el modo de acceso, luego asevera que fue producida por vía vaginal. Ella afirma que nunca había mantenido relaciones anteriormente, y no tenemos por qué dudar de tal afirmación. También dijo que, tras los hechos, no tuvo sangrado ni heridas físicas. Contrasta esto también con lo que relata la testigo Rosario, -que no mantenía buena relación con el procesado, pues había tenido con él un contacto poco satisfactorio para ella- y que depuso en este juicio, en el acto de la vista, quien manifestó que en la conversación que tuvo con Elisa sobre Luis Manuel, ella le escribió que pensaba que él la había drogado y que se levantó por la mañana dolorida y que fue al baño y sangró. No sabemos por qué dijo esto a Rosario, y no se lo dijo a Martina, no sabemos si es que Elisa realmente se lo dijo, pero no coincide con lo que cuenta la misma denunciante en el acto de la vista. Hay nuevamente modificaciones esenciales, sobre un elemento fundamental del tipo, que es la penetración y que cualifica la infracción penal.
Pero existen aún otras dudas sobre las dos penetraciones que se denuncian y por las que nos hallamos ante un procedimiento por sumario, pues existen más elementos de contradicción. Si Elisa asegura que tuvo una primera penetración vaginal, lo lógico es que si la segunda penetración hubiera sido por el mismo acceso, ella lo supiera, y que si hubiera sido por un acceso distinto también lo supiera, salvo que estuviera absolutamente afectada por la ingesta alcohólica, lo que en ningún momento queda acreditado pues ella se empeña en negarlo en el plenario y en Instrucción -no así a sus amigas, al menos a Martina, con la que parece justificar lo que ocurrió en que él la drogó o que bebió hasta caer redonda, quizás por el elemento reputacional entre su círculo social para no sentirse señalada por el hecho de quedarse en casa de un hombre de treinta y pico, al que todos conocían como el payaso o payasete, el chico divertido, de DIRECCION001- pues manifiesta que fue consciente de todo, solo que por su inexperiencia no supo reaccionar no revocando su consentimiento iniciado en el salón sin extenderlo a lo que sucede en la habitación.
A lo anterior se une que no hay vestigio físico de que hubiera penetración alguna, pudo haber existido, pero no se ha acreditado certeramente que existiera el acceso por tal vía vaginal ni anal. A este respecto llama la atención el informe de DIRECCION016 de varios meses después de los hechos denunciados, al folio 16. Dice "Himen completo, que permite el paso del espéculo virginal."
El himen completo significa que está íntegro. El espéculo virginal, -según dijo la doctora que depuso en el plenario y que reconoció a Elisa y elaboró el informe del Hospital DIRECCION016 que consta en Autos-, es una herramienta más pequeña que un espéculo normal, de aproximadamente un centímetro y medio de diámetro, que se usa en estos casos, en los que hay un himen de estas características -parece que se refería a completo- para no dañar el himen. Pero cuando fue preguntada por el Letrado de la defensa, la doctora introdujo algo que no contemplaba el informe, que es que era un "himen complaciente". Esta Sala evitará, por su connotación retrógrada y, casi, degradante de hablar de himen complaciente y hablaremos de himen flexible, más técnico y respetuoso. Extraemos de lo que dijo la doctora en su declaración en el plenario, que el himen completo es el que está íntegro y que es compatible con un himen flexible, que permite la introducción de un objeto, incluso un pene de un tamaño normal, sin desgarro. Por tanto, no podemos descartar que hubiera habido penetración, pero tampoco podemos afirmar que hubiera habido tal acceso y la presunción de inocencia nos obliga a inclinarnos hacia esta última posibilidad porque, como hemos dicho, las pruebas deben ofrecer un rigor probatorio reforzado cuando se trata de destruir la presunción de inocencia, rigor probatorio que sea ofrecido por unos datos fiables, no solo y únicamente creíbles. Por otra parte, tampoco se practicó prueba médico forense que hubiera podido esclarecer desde el punto de vista médico-legal y con el rigor que exige una pericial sobre el caso concreto una interpretación más exacta de lo que recogió el informe de asistencia del Hospital DIRECCION016. El Tribunal se pronuncia, en consecuencia, sobre lo que existe y concurre en el procedimiento.
También querríamos hacer referencia a la versión de Elisa sobre las dos veces que el procesado le practica sexo oral. Esto es negado por Luis Manuel. Dice que no le hizo sexo oral y que ni tan siquiera le quitó las braguitas, que no sabía ni si estaba rasurada. De esta práctica sexual nada se puede acreditar ciertamente al respecto, pues son versiones contradictorias sin otros vestigios que lo apoyen. Además, en el informe mencionado al folio 15 de Hospital DIRECCION016, se dice que "Niega sexo oral o uso de ataduras". Elisa no debió relatar a la médico que él le hubiera practicado sexo oral, pues suponemos que de haber sido así tendría que haberlo hecho constar. La doctora cuando se ratifica en el informe en el plenario, matiza y dice que se refería al sexo oral de ella hacia él. Pero también dijo que había pasado tiempo, que se remitía a su informe, e hizo referencia a sus muchos años de experiencia en casos de víctimas agredidas sexualmente, presentando ante el Tribunal una capacitación extra en cuanto a la asistencia de víctimas de estos terribles delitos. No dudamos de su capacitación, ni de su experiencia, muy valiosa, pero la realidad de lo sucedido corresponde a este Tribunal, una vez contrastadas todas las pruebas, y lo que refleja la doctora en su breve informe fueron las referencias de Elisa, lo que Elisa le contó. No hubo otro tipo de vestigios incriminatorios en la exploración practicada.
Pues bien, descartada la penetración por la declaración de Elisa que señaló dudas en el médico recogidas en el informe del Hospital, y por el hecho de que no existen vestigios físicos de la penetración, pasemos a analizar los informes psicológico y psiquiátrico que aseguran que Elisa tiene un DIRECCION013 ( DIRECCION013), como consecuencia de una agresión sexual.
Debemos aclarar, como también hicieron las profesionales que depusieron en el Juicio, la Dra. Adolfina, psiquiatra y Dª Micaela, psicóloga, que no estamos ante informes periciales ni dichas doctoras realizaron periciales. Esto es muy relevante, pues su diagnóstico se realizó sobre lo que Elisa les refirió en las entrevistas. Por tanto, no alcanzan la categoría de informes periciales realizados expresamente para este procedimiento sobre las lesiones psíquicas, psicológicas, secuelas, que pueda tener Elisa. E insistimos, tampoco se realizó un informe forense médico-legal sobre la víctima y su DIRECCION013 ( DIRECCION013). Ni fue solicitado por la acusación ni lo acordó de oficio la instructora.
Las pericias, con carácter general, además de realizarse por personas especializadas en la materia, se realizan sobre la concurrencia de otros elementos para su correcta elaboración, historiales médicos, entrevistas, utilización de técnicas especializadas para los diagnósticos que se expresan en dichos informes y que permiten entender el método utilizado. Es una ciencia. En este caso sólo se han aportado por la parte dos informes de seguimiento a los folios 359 y 360. La propia magistrada instructora en el Auto de 21 de febrero de 2023 manifiesta que se trataba de un informe de la Dra. Adolfina, sin fecha de elaboración -por lo que no sabemos cuándo tuvo lugar la entrevista o entrevistas con Elisa- y sin detalle, escaso en su contenido y sin estar acompañado de la documentación médica, recordando a la parte, que se le interesó dicha aportación -en la providencia de 4 de noviembre de 2022-. Nunca se ha aportado el historial de Elisa, que parece llevar en tratamiento psiquiátrico desde que tenía 13 años, según consta en el informe. Pero aun así tampoco en fase intermedia o ya en fase de señalamiento, se presentó una pericial por parte de la acusación particular, sino unas ampliaciones de los informes de ambas profesionales que obran a los folios 135 y 138 del Rollo.
Se desconoce la metodología empleada para su elaboración por la psicóloga y la psiquiatra más allá de las entrevistas con Elisa. Qué método se utilizó, qué documentación se valoraron, si tenían su historia clínica y si tuvieron en cuenta otros elementos para realizar su diagnóstico, como la reacción de su hermano, de su madre, el contexto familiar y lo que este hecho produjo en el ámbito reputacional o la presión del entorno sobre Elisa... elementos esenciales para valorar la eficacia probatoria de dichos informes que la acusación presenta ante el Tribunal como elementos periféricos que corroboran la declaración de la víctima. Esta Sala considera, sin embargo, que los informes elaborados, uno sin fecha, como hemos dicho, no son suficientes para destruir la presunción de inocencia del procesado, porque, como decimos, actúan como testigos de referencia de lo que Elisa les cuenta, sin perjuicio de que sea compatible o coherente con un DIRECCION013 ( DIRECCION013) que, por otra parte, no se ha diagnosticado debidamente en un informe médico legal sobre lesiones y secuelas por el médico forense. De hecho, la acusación no solicita indemnización por lesión psicológica ni por la secuela del DIRECCION013, sólo por daño moral.
El DIRECCION013 que manifiestan dichos informes no está peritado, por lo tanto, no se contienen elementos esenciales, como hemos dicho, como el impacto de la reacción familiar, y del arrepentimiento ( Elisa manifiestó en Instrucción que se había arrepentido -lo que no dijo en juicio oral-, y que valoramos como un indicador de que no hubo falta de consentimiento en el momento del hecho, sino que se dio cuenta a posteriori de que había hecho algo que no quería o que no le gustó y que después de la dura reacción familiar, lo vivió como una agresión, cuando ella dice que es consciente semanas después de lo que había pasado). Los informes nada dicen sobre el arrepentimiento. Por ello no podemos afirmar que el diagnóstico de DIRECCION013 sea sin duda alguna, consecuencia de la agresión sexual que relata Elisa, ya que no se tiene en cuenta todo lo que rodea al hecho y más concretamente reacciones posteriores y otras periféricas; esto hace que se rompa el nexo causal entre un posible DIRECCION013, no peritado debidamente, y lo que ocurre con Luis Manuel. Entendemos que, de sufrir dicho trastorno tenía que haberse descartado que la reacción familiar y reputacional, pudiera haber tenido alguna influencia decisiva o no en el mismo y no se ha hecho, sin dejar de mencionar que en uno de los informes se hace referencia a que Elisa lleva siendo tratada desde los 13 años, y cuando se pidió su historial por el Juzgado no se aportó por la acusación particular, ni se hace referencia a él en dichos informes. Nos falta información para aseverar el nexo causal con el rigor que exige un procedimiento de estas características
Estamos por tanto en el ámbito de lo creíble, distinto al ámbito de lo fiable. Las profesionales concluyen que la sintomatología de Elisa ( DIRECCION013) es coherente con lo relatado por Elisa. Y creemos que no puede cuestionarse su credibilidad porque el diagnóstico de DIRECCION013 puede ser compatible con lo que relata Elisa. Su vivencia interna que es lo que expresa ante las profesionales y lo vive, en el momento en que se lo cuenta a ellas, como una agresión, otra cosa es que se haya podido acreditar. Consideramos que no. Las profesionales han partido de la hipótesis única de la agresión sexual sin explicar suficientemente cómo el resto de trastornos y de antecedentes y de elementos que han rodeado en su entorno social el conocimiento de que había pasado la noche con Luis Manuel y que algo había ocurrido, podrían haber influido en su DIRECCION013. Son las acusaciones, quienes tienen la carga de la prueba sin que podamos concluir, con el nivel de certeza que exige el principio de presunción de inocencia, que el deterioro psicológico que presenta Elisa, sea exclusivamente o en parte, un refrendo de la agresión sexual denunciada.
Además de lo dicho, no podemos dejar de recordar que la doctrina jurisprudencial consolidada ( STS 521/20, de 15 de octubre; 29/2017, de 25 de enero) nos recuerda que para llegar a la certeza es necesario manejar otros criterios no estrictamente científicos que han de ser tomados en consideración en la tarea de enjuiciamiento. El juicio del psicólogo jamás podrá suplantar al del Juez, aunque puede ayudar a conformarlo. Pero esos informes no dicen, ni pueden decir, ni se les pide que digan, si las declaraciones se ajustan o no a la realidad. Esa es tarea del Tribunal que, entre otros elementos, contará con su percepción directa de las manifestaciones y con el juicio del psicólogo sobre la inexistencia de datos que permitan suponer fabulación, inducción, manipulación o invención, o con la coherencia o credibilidad del mismo. Es lo que venía a recoger la Sentencia que hemos mencionado del Tribunal Supremo de 184/2025, de 27 de febrero. El relato recogido en los informes psicológico y psiquiátrico es creíble, y lo es porque es compatible con lo que describe la víctima,
Aún hay más elementos de contradicción que no podemos dejar de mencionar. La declaración de Martina, Sabina, prestada de modo casi mecánico a todas las preguntas de la acusación particular. A pesar del contenido de los mensajes de voz que le envía y a los que ya hemos hecho referencia, recogidos en los folios 339 a 348, donde dice que se queda inconsciente y no sabe lo que pasa; sin embargo, luego dice que se lo contó también en persona y ahí le relata lo sucedido con Luis Manuel "a nivel sexual", aunque no da detalles en el acto de la vista. También dijo en fase de instrucción que Sabino le contó que Luis Manuel y Elisa
La única testigo que revela que Elisa le cuenta que pudo haber penetración fue Cristina. Cristina relata que Elisa, en el Cabify de vuelta a la mañana siguiente, cuando salen de casa de Luis Manuel, le dice que había habido "algo más" y que le dijo que tenía miedo de quedarse embarazada y por lo que le recomendó que se tomara la píldora del día después. Esto también es llamativo. Elisa en su declaración en instrucción al folio 38, dice que no quería contárselo a nadie y que a Cristina
La declaración de Cristina debe ser valorada con cautela,
No concurre ningún tipo de violencia ni intimidación acreditada, Elisa tampoco refiere que tuviera miedo, -solo en un momento dice que estaba muerta de miedo, pero parece más por la reacción familiar, pues lo relata cuando explica a la Sala el episodio en que ella desvela a su madre, a la familia, lo que pasó y se plantean interponer la denuncia-. Tampoco se ha probado que hubiera una situación de prevalimiento ni superioridad de la que abusara el declarante por el hecho de ser él mayor lo que supondría tener mayores responsabilidades en DIRECCION001, pues en el campamento eran igualmente monitores (a pesar de los esfuerzos de la acusación para que pareciera que Luis Manuel era el coordinador y jefe o superior de Elisa, que ha quedado desvirtuado por la declaración de la directora y de otros testigos monitores) y Elisa no dependía para nada de Luis Manuel.
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Una sosegada valoración todas las declaraciones, y en especial de los testigos en quienes hemos hecho mayor hincapié por su mayor conocimiento de los hechos, puestas en contraste con la de la denunciante, nos lleva a advertir que faltan elementos de corroboración. Somos conscientes de las dificultades que tiene una víctima de una agresión sexual para declarar y rememorar los hechos, pero apreciamos en la declaración de Elisa puesta en el contexto del resto de pruebas, contradicciones esenciales, que no tienen una suficiente justificación.
Por ello, desde un criterio racional, no podemos tener por acreditados los hechos por los que se formula acusación más allá de toda duda razonable, cuyo nivel de exigencia es el expresado en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, tan conocida que excusa su cita. Procede, en consecuencia, dictar una sentencia absolutoria, con todos sus pronunciamientos favorables, incluyendo la devolución de la cantidad consignada, una vez firme la resolución, alzando las medidas cautelares adoptadas, con declaración de las costas procesales de oficio de conformidad con los arts. 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Vistos, además de los citados, los preceptos legales pertinentes del Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Fallo
QUE DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS al acusado Luis Manuel del delito de agresión sexual por el que viene siendo acusado, declarando las costas de este procedimiento de oficio.
Queden sin efecto cuantas medidas cautelares civiles y penales se hayan adoptado en el presente procedimiento.
Devuélvase al procesado absuelto, una vez firme esta resolución, la cantidad consignada.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a la perjudicada no personada, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de DIEZ DÍAS, a contar desde la última notificación.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

