Sentencia Penal Nº 10, Au...io de 2001

Última revisión
12/06/2001

Sentencia Penal Nº 10, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1011 de 12 de Junio de 2001

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Orden: Penal

Fecha: 12 de Junio de 2001

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO

Nº de sentencia: 10


Fundamentos

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

 

SENTENCIA: 00010/2001

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección n° 3

Rollo 1011 /1995

 

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de VIGO

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO n° 2318/1994

 

SENTENCIA N° 10/2001

 

Magistrados Ilmos. Srs.

 

D. ANTONIO-J. GUTIERREZ RODRIGUEZ-MOLDES,

Presidente

D. CÉSAR AUGUSTO PÉREZ QUINTELA

D. FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO

 

En PONTEVEDRA, a doce de Junio de dos mil uno

 

            VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 3 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 1011/1995, procedente del Juzgado de Instrucción n° 1 de VIGO y seguida por el trámite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO por el delito de TRAFICO DE DROGAS Y RECEPTACION, contra JUANA MARIA , nacida el ...., en Laredo (Santander), hija de Joaquín y de Josefa; en libertad, por esta causa, estando representado por la Procuradora Dña. Aurora Alonso Méndez y defendido por el Letrado D. Salustiano González-Lojo Sáez. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Cesar Augusto Pérez Quintela.

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

            Primero.- El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, modificó sus conclusiones provisionales en el siguiente sentido: A la primera. Añadir que "la acusada no consta conociese la procedencia ilícita de los objetos hallados y que, al tiempo de comisión de los hechos, era consumidora habitual de sustancias estupefacientes, por lo que realizó los mismos para financiar, en parte, su autoconsumo". A la segunda: retira la acusación por el delito de receptación. A la cuarta: aprecia, para la acusada, la atenuante analógica de drogadicción, como muy cualificada, del n° 10 del art. 9 en relación con el n° 1 del mismo artículo, y con el n° 1 del artículo 8 del Código Penal. A la quinta: solicita la imposición de la pena de DOS AÑOS DE PRISION MENOR, multa de UN MILLON DE PTS., con arresto sustitutorio de cinco días por cada 100.000 pts insatisfechas, y las costas. En lo demás mantiene el resto del escrito de acusación. Interesa también el comiso de los efectos ocupados y de la droga intervenida, a los que se dará el destino legal.

 

Segundo.- La defensa de la acusada en igual trámite mostró su disconformidad con el Ministerio Fiscal, elevando a conclusiones definitivas su escrito de calificación provisional, solicitando la libre absolución de su defendido.

 

HECHOS PROBADOS

 

            Que la acusada Juana María, mayor de edad, sin antecedentes penales, en mayo de 1994 acudía con cierta frecuencia a la vivienda de la planta baja de la casa núm. ... de la calle H... en Vigo, donde vivían Mario Joao y Rafael, ya enjuiciados y condenados en la presente causa, como autores de un delito de tráfico de estupefacientes de los que causan grave daño a la salud, a la pena de 3 años de prisión menor Mario y de 2 años, 4 meses y un día de prisión menor Rafael.

 

            Con ocasión de la detención de los tres y de la práctica de un registro en la vivienda indicada, llevado a cabo el día 15-5-94, se le ocupó a la acusada Juana María un estuche con la inscripción "Aerolíneas Argentinas", conteniendo los siguientes objetos: una pluma al parecer de oro de la marca "SHEAFFER" con la inscripción "ADOLFO". - Dos bolígrafos al parecer de oro de la marca "DUPONT" uno con el n° ...y otro con el n° .... - Una pulsera al parecer de oro tipo aro. - Una pulsera al parecer de oro con cadena de seguridad y medalla con las iniciales "O.S." y fecha 15-4-40. - Una sortija, al parecer de oro, tipo sello, iniciales "ASJ". - Una sortija al parecer de oro con piedras negras y blancas. - Una sortija al parecer de oro con filigrana. - Una sortija al parecer de oro sin piedras. - Una sortija al parecer de oro pequeña con las iniciales "JM". - Una Sortija al parecer de oro muy fina. - Una sortija al parecer de oro con una piedra azul grande. - Dos alianzas, al parecer de oro, una con la inscripción "Charo te quiero Mon" y la otra "Jesús 18-6-84, Pino 4.4.94". - Una medalla al parecer de oro con la inscripción "Mario y Katy 9.3.94". - Una medalla al parecer de oro con una virgen. - Una medalla al parecer de oro con un buda. - Un colgante al parecer de oro con forma de góndola. - Una cadena al parecer de oro. - Una medalla al parecer de plata. - Un reloj "Orient" n° ..... - Un reloj "Water resistant". - Un reloj "Lotus Quartz 4990" con la inscripción "para Carmen de Fonsi". - Un reloj al parecer de oro de la marca "Ives Renaud". - Dos relojes al parecer de oro marca "Citizen Quarzt" uno de ellos n° ...y otro n° ....

 

            En el registro en la C/ H... se encontraron los siguientes objetos: una cámara de vídeo "Sony" n° ..., con cintas y accesorios. - Un cargador de Vídeo. - Una cámara de fotos "Yasica" n° LIII ... - Un monedero marrón con 16 pajitas vacías pegadas por un extremo. - Unos auriculares "px 924". - Un monedero con cremallera conteniendo 32 pajitas rellenas con 1,120 grs de heroína. - Una bolsita blanca con 0,28 grs de heroína. - Un teléfono portátil "MOTOROLA" N°...y dos baterías. - En una cazadora verde un sobre hecho con papel y cinta adhesiva conteniendo 10 pajitas con polvo blanco. - En el bolsillo de una bata azul cuatro pajitas con polvo blanco. -7 pastillas de "rohipnol". -27 comprimidos de Tranxiliun" -2 trozos de hachís con un peso de 7,300 grs. - Una caja de "SUERORAL" conteniendo dos sobres enteros y dos abiertos. - Una caja de "CHIVAS REGAL" conteniendo sales. -27 pajitas sin cortar. -2 tijeras. - 2 estiletes. - Una navaja. - Un cortaúñas. - Un rollo de papel de aluminio. - Una tienda de campaña naranja. - Un televisor "TENSAI" con mando. - Un vídeo "NOROWEY". - Un Radio Cassete "INTERNACIONAL". - Un radio-cassete "GOLDSTAR" con una etiqueta "Noemi, 1°A". - Un teléfono blanco. - Un rollo de cinta de embalar marrón.

 

            En otra habitación contigua a la primera se ocuparon Una bolsa con 80 pajitas vacías y 2 bicicletas.

 

            No se probó que la acusada Juana María participase de algún modo en las operaciones de tráfico de heroína u otros estupefacientes, que motivaron la condena de Mario y Rafael.

 

            La        acusada era adicta al consumo de heroína desde hacía tiempo.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

            Primero.- La prueba practicada en el juicio oral no acredita que la acusada se viniera dedicando a la actividad de tráfico de drogas. Ninguno de los funcionarios de policía que prestaron declaración la relacionan con la venta de estupefacientes considerándola simple consumidora, lo cual concuerda perfectamente con las manifestaciones de la acusada, en el sentido de que acudía a la vivienda de Mario Joao en la calle H...para realizar labores de limpieza.

 

            En cuanto a los diversos efectos que le fueron ocupados dentro de un estuche con ocasión del registro efectuado en la vivienda de la calle H..., entre ellos no hallada ninguna sustancia estupefaciente. Y por lo demás, el Ministerio Fiscal retiró la acusación por el delito de receptación, del que podrían ser un indicio aquellos efectos.

 

            Segundo.- Así pues, en aplicación del principio "in dubio pro reo", procede acordar la libre absolución de la acusada.

 

En atención a lo expuesto:

 

FALLAMOS

 

            Que declarando las costas de oficio, debemos absolver y absolvemos a la acusada Juana María de los delitos de que acusada.

 

            Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Casación, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, por infracción de  Ley o quebramiento de forma, en el plazo de CINCO DIAS, a contar desde la última notificación.

 

            Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

 

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