Sentencia Penal Nº 10, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 2 de 07 de Abril de 2000
- Orden: Penal
- Fecha: 07 de Abril de 2000
- Tribunal: AP - Pontevedra
- Ponente: Alañon Olmedo, Fernando
- Núm. Sentencia: 10
- Núm. Recurso: 2
Acordada la apertura del juicio oral por Auto de fecha 18 de noviembre de 1.999, por la defensa de los acusados don Amadeo B.. y Jacobo G... Acto en el que por el Ministerio Fiscal y por el Letrado de don Amadeo B.. y Jacobo G. Jacobo percibió de Amadeo y durante el tiempo que estuvo este de baja, su sueldo correspondiente. El empleador, Amadeo, satisfizo igualmente los gastos correspondientes a la cotización de la Seguridad Social. Amadeo estaba de baja. Elemento fundamental del delito de estafa es el engaño. El testimonio que prestó Jacobo en su día no puede ser calificado de falso. Reconoció que alguna vez Amadeo realizaba algún tipo de trabajo sobre algunos clientes. En todo caso el testimonio de Jacobo no se considera idóneo para inducir a engaño al Juzgador sobre la actividad de Amadeo. El testimonio de Jacobo es bastante para acreditar la realidad de cierta actividad de Amadeo, único extremo que puede tenerse por cierto.
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