Sentencia Penal Nº 1020/2...io de 2005

Última revisión
09/06/2005

Sentencia Penal Nº 1020/2005, Tribunal Supremo, Rec 2269/2004 de 09 de Junio de 2005

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Orden: Penal

Fecha: 09 de Junio de 2005

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MAZA MARTIN, JOSE MANUEL

Nº de sentencia: 1020/2005

Resumen:
Contra Auto

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Junio de dos mil cinco.

Antecedentes

PRIMERO.- El recurrente formula recurso de casación contra el auto dictado por la sección 1ª de la audiencia Provincial de Córdoba resolviendo recurso de apelación contra el auto dictado por el juzgado de Instrucción nº1 de Montilla en el que se inadmitió a trámite la querella interpuesta por la recurrente por supuesto delito de estafa.

SEGUNDO.- Contra dicho Auto, se interpuso Recurso de Casación por Juan Pedro, mediante la representación del correspondiente escrito por el procurador de los Tribunales D. Antonio de Palma Villalón; el recurrente formula recurso de casación contra el auto dictado por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Córdoba resolviendo recurso de apelación contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº1 de Montilla en el que se inadmitió a trámite la querella interpuesta por la recurrente por supuesto delito de estafa.

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Manuel Maza Martín

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Junio de dos mil cinco.

PRIMERO.- El recurrente formula recurso de casación contra el auto dictado por la sección 1ª de la audiencia Provincial de Córdoba resolviendo recurso de apelación contra el auto dictado por el juzgado de Instrucción nº1 de Montilla en el que se inadmitió a trámite la querella interpuesta por la recurrente por supuesto delito de estafa.

SEGUNDO.- Contra dicho Auto, se interpuso Recurso de Casación por Juan Pedro, mediante la representación del correspondiente escrito por el procurador de los Tribunales D. Antonio de Palma Villalón; el recurrente formula recurso de casación contra el auto dictado por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Córdoba resolviendo recurso de apelación contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº1 de Montilla en el que se inadmitió a trámite la querella interpuesta por la recurrente por supuesto delito de estafa.

TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.

CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don José Manuel Maza Martín

LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra auto dictado por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fallo

LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra auto dictado por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.

Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.

Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.