Sentencia Penal Nº 1033/2...re de 2007

Última revisión
13/11/2007

Sentencia Penal Nº 1033/2007, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 277/2007 de 13 de Noviembre de 2007

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Tiempo de lectura: 5 min

Orden: Penal

Fecha: 13 de Noviembre de 2007

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: CAMARA MARTINEZ, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 1033/2007


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SEPTIMA

ROLLO N 277-07 H

PROCEDIMIENTO ABREVIADO N 531/07

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 de Granollers

S E N T E N C I A Núm.

Iltmos. Sres.

Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO

Dª ISABEL CAMARA MARTINEZ

En la Ciudad de Barcelona, a trece de noviembre de dos mil siete

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación nº 277/07 dimanante del Procedimiento Abreviado nº 531/05, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Granollers, seguido por un delito de apropiación indebida contra Jose Francisco ; los cuales penden en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Jose Francisco contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23.07.2007 , por el Iltmo. Sr. Magistrado - Juez del expresado Juzgado.

Antecedentes

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Jose Francisco como autor responsable de un delito de apropiación indebida , tipificado en el art 252 del Código Penal , en relación con el art 249 CP sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal a la pena de 3 años de prisión , inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas procesales.

En el orden civil D. Jose Francisco deberá indemnizar a Odiel Cubiertas SL en la cantidad de 1801, 35 euros"

SEGUNDO.- Notificada a las partes la anterior resolución, se interpuso contra la misma por la representación procesal de Jose Francisco recurso de apelación, el que fundamentó en las alegaciones que constan en su escrito, y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos originales a esta Audiencia Provincial, y tramitado el mismo conforme a Derecho, quedaron las actuaciones pendientes de dictar resolución.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª ISABEL CAMARA MARTINEZ

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SEPTIMA

ROLLO N 277-07 H

PROCEDIMIENTO ABREVIADO N 531/07

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 de Granollers

S E N T E N C I A Núm.

Iltmos. Sres.

Dª ANA INGELMO FERNANDEZ

D. ENRIQUE ROVIRA DEL CANTO

Dª ISABEL CAMARA MARTINEZ

En la Ciudad de Barcelona, a trece de noviembre de dos mil siete

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación nº 277/07 dimanante del Procedimiento Abreviado nº 531/05, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Granollers, seguido por un delito de apropiación indebida contra Jose Francisco ; los cuales penden en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Jose Francisco contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23.07.2007 , por el Iltmo. Sr. Magistrado - Juez del expresado Juzgado.

PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Jose Francisco como autor responsable de un delito de apropiación indebida , tipificado en el art 252 del Código Penal , en relación con el art 249 CP sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal a la pena de 3 años de prisión , inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas procesales.

En el orden civil D. Jose Francisco deberá indemnizar a Odiel Cubiertas SL en la cantidad de 1801, 35 euros"

SEGUNDO.- Notificada a las partes la anterior resolución, se interpuso contra la misma por la representación procesal de Jose Francisco recurso de apelación, el que fundamentó en las alegaciones que constan en su escrito, y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos originales a esta Audiencia Provincial, y tramitado el mismo conforme a Derecho, quedaron las actuaciones pendientes de dictar resolución.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª ISABEL CAMARA MARTINEZ

ESTIMAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación de Jose Francisco , contra la Sentencia de fecha veintitrés de julio de dos mil siete dictada por el Iltmo.Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal 1 de Granollers en el procedimiento nº 531-05 de dicho Juzgado, revocando la misma, en el sentido de ABSOLVER a Jose Francisco del delito de apropiación indebida por el que había resultado condenado con todos los pronunciamientos favorables inherentes y declaramos de oficio las costas del recurso.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de lo Penal de procedencia.Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

ESTIMAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación de Jose Francisco , contra la Sentencia de fecha veintitrés de julio de dos mil siete dictada por el Iltmo.Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal 1 de Granollers en el procedimiento nº 531-05 de dicho Juzgado, revocando la misma, en el sentido de ABSOLVER a Jose Francisco del delito de apropiación indebida por el que había resultado condenado con todos los pronunciamientos favorables inherentes y declaramos de oficio las costas del recurso.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de lo Penal de procedencia.Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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