Sentencia Penal Nº 107, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1051 de 16 de Noviembre de 2000
Última revisión
Sentencia Penal Nº 107, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1051 de 16 de Noviembre de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 16 de Noviembre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 107
Nº de recurso: 1051
Resumen
PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR DELITO DE TRÁFICO DE DROGAS
El acusado fue detenido cuando tenía guardado en la
guantera de su coche dos pastillas (planas y sin cortar) de hachís cuyo peso es
de 50,811 grs sin que conste que dicha sustancia estuviese destinada a su
posterior transmisión a terceras personas.
Debe abandonarse toda consideración o valoración sobre la
declaración prestada por el acusado en fase de instrucción, según la cual
habría comprado la droga tras reunir dinero en fondo común de acuerdo con unos
amigos y para consumir todos ellos en una fiesta. De una parte se trata de
manifestación desautorizada por el acusado en el acto del juicio oral; incluso
debe tenerse presente que los guardias civiles que le detienen, declaran en el
plenario que el acusado les dijo que la sustancia era para su propio consumo.
La jurisprudencia del TS viene tomando como referencia la
cuantía de 50 grs para inferir el destino de la sustancia al tráfico, cuando se
supera esa cantidad. Aquí nos encontramos con un pesaje de 50,811 grs., por
tanto solo superado ese límite en ínfima medida. No estamos, pues, ante una
cantidad de la que indubitadamente se pueda afirmar, sin posibilidad o margen
de error, que no puede tener otro destino que la venta o distribución.
Ciertamente sería un elemento de juicio importante la
comprobación de hechos o actitudes que permitiesen comprobar que el acusado
vendía ya o se disponía a vender a otras personas. Y eso es lo que la sentencia
hace, cuando dice que el acusado trataba de acercarse a otros jóvenes con
propósito de vender. Pero es éste un dato de hecho que la juzgadora a quo
incorpora indebidamente al relato de hechos probados, toda vez que en modo
alguno puede darse por probado si nos atenemos a la prueba practicada en el
acto del juicio oral.
Voces
Hachís
Delito de tráfico de drogas
Responsabilidad
Drogas
Atestado
Consumo compartido
Margen de error
Práctica de la prueba
Presunción de inocencia
Prueba de cargo
Delitos contra la salud pública
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