Sentencia Penal Nº 11, Au...io de 2001

Última revisión
19/06/2001

Sentencia Penal Nº 11, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 4 de 19 de Junio de 2001

Tiempo de lectura: 9 min

Tiempo de lectura: 9 min

Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 19 de Junio de 2001

Tribunal: AP - Ourense

Ponente: GODOY MENDEZ, JOSE RAMON

Nº de sentencia: 11

Resumen
PROC. ABREVIADO POR UN DELITO DE CONTRA LA SALUD PUBLICA Se recibió una llamada telefónica en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, advirtiendo que en un parque se estaba vendiendo droga, describiendo las características del supuesto vendedor como individuo joven de raza gitana, el cual estaba acompañado de una pareja de jóvenes, hombre y mujer. Desplazada al lugar una patrulla policial, observaron que en efecto se hallaban sentados en un banco los tres jóvenes aludidos, uno de ellos con rasgos acusadísimos de pertenecer a la etnia gitana, los cuales al observar la presencia policial iniciaron un movimiento evasivo, siendo requeridos para proceder a su identificación y a un somero cacheo, encontrándose en poder del acusado, dinero, drogas de gran calidad y joyas de oro con diferentes inscripciones. Concedida la oportuna autorización para la entrada y registro en el domicilio del acusado, fueron hallados diversos objetos habitualmente empleados para realizar venta de sustancias ilícitas. Asimismo se encontró una cadena musical, cuatro bafles, un radiocasete de coche, tres vídeos, una pistola de aire comprimido y dos cámaras fotográficas. El acusado consta con antecedentes penales al haber sido ejecutoriamente condenado por un delito contra la salud pública y es consumidor habitual de cocaína desde hace varios años, debiendo ser considerado como drogodependiente. Plantea la defensa del acusado como cuestión previa la nulidad de la declaración efectuada por éste ante el Juzgado de Instrucción, sosteniendo que se ha vulnerado el artículo 24 de la Constitución Española al no permitírsele una entrevista previa al Letrado con el acusado, pero es del caso señalar que ello en absoluto vulnera derecho alguno ni produce indefensión y que, en definitiva, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal la aludida posibilidad está prevista no para antes de la declaración, sino para después de producirse esta. Los hechos declarados probados se han extraído de la prueba practicada en el juicio oral, así pues, aún cuando la simple denuncia anónima no alcanza la entidad de prueba de cargo, como así ha tenido oportunidad de pronunciarse el Tribunal Supremo, tal hecho, unido a la multiplicidad de indicios objetivables que se dejan señalados constituye base suficiente para formar la convicción respecto de la veracidad de las imputaciones efectuadas.

Voces

Drogas

Responsabilidad

Estupefacientes

Inspecciones corporales

Registros corporales

Delitos contra la salud pública

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Diligencias previas

Inhabilitación especial

Tiempo de condena

Antecedentes penales

Indefensión

Práctica de la prueba

Atenuante

Reincidencia

Grave adicción a sustancias tóxicas

Prueba de cargo

Denuncia anónima

Determinación de la pena

Pago de costas

Ope legis

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OURENSE

Sección n° 1

Rollo 4 /2001

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de OURENSE

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO n° 4 /2001

 

 La…

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La regulación de los delitos contra la salud pública
Disponible

La regulación de los delitos contra la salud pública

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

La regulación del delito de secuestro
Disponible

La regulación del delito de secuestro

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Delitos al volante. Paso a paso
Disponible

Delitos al volante. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

16.15€

15.34€

+ Información

Penas y medidas de seguridad
Disponible

Penas y medidas de seguridad

Delgado Sancho, Carlos David

22.05€

20.95€

+ Información