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Sentencia Penal Nº 119, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 145 de 01 de Septiembre de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 01 de Septiembre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: PANTIN REIGADA, ANGEL MANUEL
Nº de sentencia: 119
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR DAÑOS
El portero de un hotel vio como un grupo de jóvenes que
habían salido de una discoteca daban una patada al retrovisor del coche del
denunciante y a continuación se subieron a un vehículo de uno de ellos, el
portero anotó la matrícula del coche de los chicos y se la comunicó al dueño
del vehículo al que le rompieron el retrovisor.
La prueba dirigida a acreditar la autoría de los daños
causados al coche del denunciante viene constituida exclusivamente por la
declaración del testigo que dijo haber visto cómo se originaban los mismos y
que el autor del hecho abandonaba solo el lugar en un vehículo cuyo modelo y
matrícula coinciden con los del vehículo perteneciente al denunciado.
Frente a tal prueba se encuentran los varios testimonios
prestados en el juicio oral por personas que declararon haber estado con el
denunciado en el interior de la discoteca.
Las pruebas son contradictorias y no puede excluirse la
hipótesis de error por parte del testigo al tomar la matrícula del vehículo.
Voces
Responsabilidad penal
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Declaración del testigo
Reconocimiento en rueda
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 6
Rollo 145 /2000 APELACION JUICIO DE FALTAS
Órgano Procedencia: JDO. 1ª.INST.E INSTRUCCIÓN N.1 de SANTIAGO DE COMPOSTELA
Proc. Origen: …
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