Última revisión
29/10/2009
Sentencia Penal Nº 124/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 56/2009 de 29 de Octubre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 29 de Octubre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: BELTRAN NUñEZ, ARTURO
Nº de sentencia: 124/2009
Encabezamiento
ROLLO P. A. Nº 56/2009
DILG. PROC. ABREV. Nº 2948/09
Procedente del Juzgado de Instrucción Nº 30 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN QUINTA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Arturo Beltrán Núñez
Magistrados:
D. Pascual Fabiá Mir
Dª. Celia Sainz de Robles Santa Cecilia
En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil nueve
Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la Causa Rollo P.A. Nº 56/2009, procedente del Juzgado de Instrucción nº 30 de Madrid, seguida por presunto delito contra la salud pública, contra Emiliano , nacido en Harghita (Rumanía) el 25 de noviembre de 1.968, hijo de Tibor y de Magdolane, con NIF NUM000 , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y dicho acusado representado por la Procuradora Dª. Josefa Santos y defendido por el Abogado D. Xavier Mariano Sampedro.
Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Arturo Beltrán Núñez.
Antecedentes
PRIMERO.- En el acto del juicio el Ministerio Fiscal acusó al imputado de ser autor de un delito contra la salud pública del art. 368, inciso inicial del Código Penal y solicitó para el mismo las penas de ocho años de prisión, accesorias multa de 25.000 Euros así como el comiso de la droga ocupada y la condena al pago de las costas del juicio.
SEGUNDO.- La defensa estuvo de acuerdo con la calificación de los hechos del Ministerio Fiscal pero solicitó la pena mínima para su patrocinado.
Fundamentos
ROLLO P. A. Nº 56/2009
DILG. PROC. ABREV. Nº 2948/09
Procedente del Juzgado de Instrucción Nº 30 DE MADRID
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN QUINTA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Arturo Beltrán Núñez
Magistrados:
D. Pascual Fabiá Mir
Dª. Celia Sainz de Robles Santa Cecilia
En Madrid, a veintinueve de octubre de dos mil nueve
Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial la Causa Rollo P.A. Nº 56/2009, procedente del Juzgado de Instrucción nº 30 de Madrid, seguida por presunto delito contra la salud pública, contra Emiliano , nacido en Harghita (Rumanía) el 25 de noviembre de 1.968, hijo de Tibor y de Magdolane, con NIF NUM000 , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y dicho acusado representado por la Procuradora Dª. Josefa Santos y defendido por el Abogado D. Xavier Mariano Sampedro.
Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Arturo Beltrán Núñez.
PRIMERO.- En el acto del juicio el Ministerio Fiscal acusó al imputado de ser autor de un delito contra la salud pública del art. 368, inciso inicial del Código Penal y solicitó para el mismo las penas de ocho años de prisión, accesorias multa de 25.000 Euros así como el comiso de la droga ocupada y la condena al pago de las costas del juicio.
SEGUNDO.- La defensa estuvo de acuerdo con la calificación de los hechos del Ministerio Fiscal pero solicitó la pena mínima para su patrocinado.
1/.- CONDENAR a Emiliano como autor del calificado delito contra la salud pública por tráfico de drogas a las penas de cuatro años y tres meses de prisión, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo y MULTA de 25.000 Euros con un día de responsabilidad personal subsidiaria por cada 1.000 Euros impagados, e imponerle el pago de las costas del juicio.
2/.- ACORDAR el comiso de la cocaína ocupada.
Para el cumplimiento de las penas impuestas se abonará el tiempo de privación provisional de libertad que el acusado hubiera sufrido por esta causa.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación del que conocerá la Sala 2ª del Tribunal Supremo, y que deberá ser anunciando ante esta Audiencia en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
1/.- CONDENAR a Emiliano como autor del calificado delito contra la salud pública por tráfico de drogas a las penas de cuatro años y tres meses de prisión, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo y MULTA de 25.000 Euros con un día de responsabilidad personal subsidiaria por cada 1.000 Euros impagados, e imponerle el pago de las costas del juicio.
2/.- ACORDAR el comiso de la cocaína ocupada.
Para el cumplimiento de las penas impuestas se abonará el tiempo de privación provisional de libertad que el acusado hubiera sufrido por esta causa.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación del que conocerá la Sala 2ª del Tribunal Supremo, y que deberá ser anunciando ante esta Audiencia en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

