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Sentencia Penal Nº 125, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 108 de 29 de Septiembre de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 29 de Septiembre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 125
Resumen
Las propias manifestaciones del recurrente han de
conducir a la confirmación del pronunciamiento penal, reconoce la realidad de
la agresión, y la carencia de prueba para acreditar la pretendida legítima
defensa.
Sin embargo, sí debe ser acogida la protesta relativa a
la cuantía de la indemnización. No constan acreditados perjuicios económicos.
Se estima el recurso.
Voces
Autor responsable
Arresto
Legítima defensa
Cuantía de la indemnización
Perjuicio económico
Perjuicios económicos
Daños morales
Fundamentos
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 1
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00125/2000
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección 1
Rollo: 108 /2000
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