Última revisión
01/10/2014
Sentencia Penal Nº 13/2014, Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 4, Rec 16/2014 de 15 de Abril de 2014
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Orden: Penal
Fecha: 15 de Abril de 2014
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CID GUEDE, MARIA NELIDA
Nº de sentencia: 13/2014
Núm. Cendoj: 36038370042014100235
Núm. Ecli: ES:APPO:2014:1157
Núm. Roj: SAP PO 1157/2014
Resumen:
ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
PONTEVEDRA
SENTENCIA: 00013/2014
Rollo : 0000016 /2014
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION 1 de PONTEVEDRA
Proc. Origen: D.PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 5408 /2009
SENTENCIA
ILMOS/AS SR./SRAS
Presidenta:
Dª. NELIDA CID GUEDE
Magistrados/as
Dª. CRISTINA NAVARES VILLAR
D. CELSO JOAQUIN MONTENEGRO VIEITEZ
En PONTEVEDRA, a quince de Abril de dos mil catorce.
VISTA, ante la Sección 004 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número
0000016 /2014 , procedente de D.PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 5408/ 2009, y seguida por el trámite de
PROCEDIMIENTO ABREVIADO por el delito de ESTAFA(TODOS LOS SUPUESTOS), contra Andrea Lina ,
DNI NUM000 , nacida en Marin (PONTEVEDRA) el NUM001 /1960, hija de Julio Felipe y Beatriz Raquel ,
con domicilio en c/ DIRECCION000 , NUM002 - NUM003 , Marin, representada por la Procuradora MARIA
DEL ROSARIO CASTRO CABEZAS y defendido por el Letrado D. FAUSTI NO SEOANE SANCHEZ. Jaime
Leopoldo DNI NUM004 , nacido en Vilaboa (PONTEVEDRA) el NUM005 /1968, hijo de Rafael Hernan y
Melisa Irene , con domicilio en AVENIDA000 , Paredes, NUM006 Vilaboa representado por la Procuradora
MARIA DEL ROSARIO CASTRO CABEZAS, y defendido por el Letrado D. FAUSTINO SEOANE SANCHEZ.
Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como ponente la Magistrada Dª. NELIDA CID GUEDE.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el Ministerio Fiscal y por las defensas de los acusados se presentó escrito conjunto de acusación, al haber llegado a un acuerdo de conformidad, calificando los hechos como constitutivos: A)Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA AGRAVADO POR SER EL VALOR DE LA DEFRAUDACIÓN SUPERIOR A CINCUENTA MIL EUROS de los artículos 248 y 250.5º en relación con el artículo 74 del Código Penal . B) Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITOCONTINUADO DE ESTAFA de los artículos 248 y 249 en relación con el artículo 74 del Código Penal .
Del delito A) responde la acusada Andrea Lina en concepto de autor directo de conformidad con el artículo 28.1 C.P .
Del delito B) responde en igual concepto el acusado Jaime Leopoldo .
Concurre en ambos acusados la circunstancia atenuante de reparación del daño del artículo 21.5º del Código Penal , que se estima muy cualificada a los efectos del artículo 66.2º del mismo código .
Procede imponer las siguientes penas: A la Acusada Andrea Lina la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE TRES MESES con una cuota diaria de DIEZ EUROS y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que deje de abonar.
Al acusado Jaime Leopoldo la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE SEIS MESES, con una cuota diaria de DIEZ EUROS y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que dejare de abonar. Costas.
SEGUNDO.- Con esta fecha dicho escrito de conformidad fue ratificado a presencia judicial por los acusados, asistidos del Letrado D. FAUSTINO SEOANE SANCHEZ, y el Ministerio Fiscal.
HECHOS PROBADOS Por conformidad se declara probado que:
PRIMERO: Andrea Lina , nacida el NUM001 -70 y de ignorados antecedentes penales prestó sus servicios como agente de seguros para la Compañía ALLIANZ, CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. Aprovechando las facilidades que esta circunstancia le proporcionaba para acceder a los datos de los clientes de la entidad así como a los siniestros que estos declaraban, al menos entre los años 2003 y 2008 se ha dedicado a realizar reclamaciones a la compañía de cantidades en nombre de o a favor de clientes que, en ningún caso habían sido efectuadas por ellos.
En la mayoría de los casos, se trataba de siniestros reales en los que el cliente efectuaba la reclamación correspondiente y la imputada, luego por su cuenta, efectuaba una ampliación de la reclamación, sin contar con aquel de tal forma que, una vez que la compañía aprobaba el pago, Andrea Lina se hacía con el correspondiente importe haciéndolo suyo. Para ello, en unos casos la compañía aseguradora extendía un cheque bancario a nombre del cliente que posteriormente la imputada endosaba a su favor imitando la firma del cliente y designando una cuenta de la que ella era titular para hacer el pago y, en otros casos, realizaba directamente una transferencia bancaria a una de las cuentas de las que era titular. En otras ocasiones efectuaba reclamaciones a nombre de personas inexistentes o por siniestros que no habían ocurrido.
En concreto, la imputada llevó a cabo las siguientes operaciones: Cheque nº NUM007 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Daniela Bibiana con fecha 19 de junio de 2007 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM008 del Banco de Santander Central Hispano de la que es titular.
Cheque nº NUM009 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Aurelio Avelino con fecha 6 de octubre de 2008 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma del destinatario del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM010 del Banco de Galicia, sucursal de Marín, de la que es titular.
Cheque nº NUM011 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Cosme Obdulio con fecha 30 de noviembre de 2005 por un importe de 2.404 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma del destinatario del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM012 del Banco Popular Español de la que es titular.
Cheque nº NUM013 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Macarena Yolanda con fecha 5 de marzo de 2008 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM008 del Banco de Santander Central Hispano de la que es titular.
Cheque nº NUM014 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Eduardo Urbano con fecha 28 de diciembre de 2006 por un importe de 601,01 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM015 del Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria de la que es titular.
Cheque nº NUM016 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Anibal Remigio con fecha 9 de mayo de 2007 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM017 del Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria de la que es titular.
Cheque nº NUM018 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Sagrario Angelica con fecha 27 de diciembre de 2005 por un importe de 2.400 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM019 de Caixanova de la que es titular.
Cheque nº NUM020 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Diego Roque con fecha 3 de mayo de 2006 por un importe de 2.404 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma del destinatario del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM021 de Caixanova de la que es titular.
Cheque nº NUM022 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Aurelio Modesto con fecha 24 de abril de 2008 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma del destinatario del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM008 del Banco de Santander Central Hispano de la que es titular.
Cheque nº NUM023 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Tomasa Joaquina con fecha 20 de febrero de 200819 de junio de 2007 por un importe de 2.404 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM024 del Banco Popular Español de la que es titular.
Cheque nº NUM025 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Diana Juliana con fecha 29 de julio de 2005 por un importe de 1.803 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM019 de Caixanova de la que es titular.
Cheque nº NUM026 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Amanda Julia con fecha 13 de julio de 2007 por un importe de 1.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM010 del Banco Popular Español de la que es titular.
Cheque nº NUM027 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Angela Hortensia con fecha 16 de septiembre de 2008 por un importe de 900 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM010 del Banco Popular Español de la que es titular.
Cheque nº NUM028 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Sofia Justa con fecha 07 de febrero de 2008 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM008 del Banco de Santander Central Hispano de la que es titular.
Cheque nº NUM029 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Valeriano Paulino con fecha 11 de enero de 2006 por un importe de 601 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma del destinatario del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM030 de Caixanova de la que es titular.
Cheque nº NUM031 Emitido por la Compañía Allianz a nombre de Soledad Delia con fecha 09 de noviembre de 2007 por un importe de 2.000 euros. En el reverso la imputada realizó un endoso a su favor en el que simuló la firma de la destinataria del efecto, y procedió a su cobro en la cuenta nº NUM032 del Banco Popular Español de la que es titular.
Empleando el mismo procedimiento, la imputada obtuvo el cobro de los siguientes cheques en la cuenta nº NUM012 del Banco Popular de la que es titular: - Cheque NUM033 extendido a nombre de Conrado Gerardo por importe de 943,86 euros cobrado el 17-01-04.
- Cheque NUM034 extendido a nombre de Violeta Brigida por importe de 343,73 euros cobrado el 05-03-04.
- Cheque NUM035 extendido a nombre de Remigio Anselmo por importe de 322,94 euros cobrado el 12-04-04.
- Cheque BJ 6.787.710 extendido a nombre de Allianz por importe de 200 euros cobrado el 03-05-04.
- Cheque NUM036 extendido a nombre de Gregoria Susana por importe de 468,79 euros cobrado el 10-06-04.
- Cheque NUM037 extendido a nombre de Encarna Paula por importe de 522 euros cobrado el 17-08-04.
- Cheque NUM038 extendido a nombre de Remigio Horacio por importe de 480 euros cobrado el 29-09-04.
- Cheque NUM039 extendido a nombre de Elisa Genoveva por importe de 600 euros cobrado el 14-01-05.
- Cheque NUM040 extendido a nombre de Mariano Roman por importe de 886,24 euros cobrado el 05-03-05.
- Cheque NUM041 extendido a nombre de Samuel Dario por importe de 317,60 euros cobrado el 30-03-05.
- Cheque NUM042 extendido a nombre de Bernarda Noemi por importe de 1.589,44 euros cobrado el 03-05-05.
- Cheque NUM043 extendido a nombre de Julian Justino por importe de 348 euros cobrado el 16-05-05.
- Cheque NUM044 extendido a nombre de Serafina Irene por importe de 226,42 euros cobrado el 13-06-05.
- Cheque NUM045 extendido a nombre de Carmen Noemi por importe de 412,96 euros cobrado el 22-06-05.
- Cheque NUM046 extendido a nombre de Encarnacion Natividad por importe de 784,60 euros cobrado el 20-07-05.
- Cheque NUM047 extendido a nombre de Baldomero Jeronimo por importe de 871,47 euros cobrado el 16-08-05.
- Cheque NUM048 extendido a nombre de Fermin Valeriano por importe de 692,62 euros cobrado el 07-09-05.
- Cheque NUM049 extendido a nombre de Dario Pelayo por importe de 1.614,95 euros cobrado el 20-09-05.
- Cheque NUM050 extendido a nombre de Salvador Heraclio por importe de 1.434,74 euros cobrado el 08-11-05.
- Cheque NUM051 extendido a nombre de Melchor Dario por importe de 554,80 euros cobrado el 02-02-06.
- Cheque NUM052 extendido a nombre de Torcuato Silvio por importe de 2.100 euros cobrado el 29-03-06.
- Cheque NUM053 extendido a nombre de Julio Gerardo por importe de 1.771,40 euros cobrado el 21-04-06.
- Cheque NUM054 extendido a nombre de Laureano Cristobal por importe de 909,44 euros cobrado el 22-05-06.
- Cheque NUM055 extendido a nombre de Fatima Gabriela por importe de 1.727,36 euros cobrado el 14-06-06.
- Cheque NUM056 extendido a nombre de Salvadora Isidora por importe de 360 euros cobrado el 02-08-06.
- Cheque NUM057 extendido a nombre de Apolonio Candido por importe de 1.500 euros cobrado el 27-09-06.
- Cheque NUM058 extendido a nombre de Ildefonso Nazario por importe de 388,60 euros cobrado el 09-11-06.
- Cheque NUM059 extendido a nombre de Emilio Eutimio por importe de 900 euros cobrado el 15-12-06.
- Cheque NUM060 extendido a nombre de Landelino Donato por importe de 667 euros cobrado el 10-01-07.
- Cheque NUM061 extendido a nombre de Valentina Zaida por importe de 840 euros cobrado el 27-03-07.
- Cheque NUM062 extendido a nombre de Filomena Zaida por importe de 275,33 euros cobrado el 23-05-07.
- Cheque NUM063 extendido a nombre de Frida Milagrosa por importe de 718,04 euros cobrado el 10- 08-07.
- Cheque NUM064 extendido a nombre de Genoveva Begoña por importe de 631,04 euros cobrado el 20-09-07.
- Cheque NUM065 extendido a nombre de Virtudes Nicolasa por importe de 563,01 euros cobrado el 22-10-07.
- Cheque NUM066 extendido a nombre de Teresa Jacinta por importe de 539 euros cobrado el 15-11-07.
- Cheque NUM067 extendido a nombre de Purificacion Lucia por importe de 1.436,60 euros cobrado el 04-01-08.
- Cheque NUM068 extendido a nombre de Aquilino Rogelio por importe de 622,02 euros cobrado el 07-04-08.
- Cheque NUM069 extendido a nombre de Nemesio Benjamin por importe de 1.442,59 euros cobrado el 29-07-08.
- Cheque NUM070 extendido a nombre de Constantino Demetrio por importe de 823,26 euros cobrado el 01-10-08.
Empleando el mismo procedimiento, la imputada obtuvo el cobro de los siguientes cheques en la cuenta nº NUM071 del Banco Popular de la que es titular: - Cheque NUM072 extendido a nombre de Flora Noelia por importe de 900,87 euros cobrado el 17-12-03.
- Cheque NUM073 extendido a nombre de Marcelino Isidro por importe de 929,20 euros cobrado el 27-10-03.
- Cheque NUM074 extendido a nombre de Cristobal Hermenegildo por importe de 870,46 euros cobrado el 20-11-03.
- Cheque NUM075 extendido a nombre de Mariano Iñigo por importe de 337,50 euros cobrado el 19-04-04.
- Cheque NUM076 extendido a nombre de Marino Luis por importe de 496,63 euros cobrado el 14-06-04.
- Cheque NUM077 extendido a nombre de Nazario Urbano por importe de 632,43 euros cobrado el 21-07- 04.
- Cheque NUM078 extendido a nombre de Angela Salome por importe de 511,90 euros cobrado el 19-08-04.
- Cheque NUM079 extendido a nombre de Camilo Domingo por importe de 417,33 euros cobrado el 09-10-04.
- Cheque NUM080 extendido a nombre de Regina Salome por importe de 440,64 euros cobrado el 09-11-04.
- Cheque NUM081 extendido a nombre de Penelope Ofelia por importe de 150 euros cobrado el 09-12-04.
- Cheque NUM082 extendido a nombre de Arsenio Hugo por importe de 1460 euros cobrado el 27-12-04.
- Cheque NUM083 extendido a nombre de Carolina Joaquina por importe de 900 euros cobrado el 22-01-05.
- Cheque NUM084 extendido a nombre de Amalia Enriqueta por importe de 565,15 euros cobrado el 15-02-05.
- Cheque NUM085 extendido a nombre de Roman Feliciano por importe de 1.259,76 euros cobrado el 17-03-05.
- Cheque NUM086 extendido a nombre de Romualdo Felipe por importe de 540 euros cobrado el 19-04-05.
- Cheque NUM087 extendido a nombre de Fulgencio Roman por importe de 429,20 euros cobrado el 16-05-05.
- Cheque NUM088 extendido a nombre de Sixto Gabino por importe de 2.000 euros cobrado el 05-07-05.
- Cheque NUM089 extendido a nombre de Carlota Isabel por importe de 363,93 euros cobrado el 05-03-05.
- Cheque NUM090 extendido a nombre de Guillerma Frida por importe de 363,30 euros cobrado el 13- 09-05.
- Cheque NUM091 extendido a nombre de Cristina Zaida por importe de 972,48 euros cobrado el 19-10-05.
- Cheque NUM092 extendido a nombre de Saturnino Ezequiel por importe de 900 euros cobrado el 11-01-06.
- Cheque NUM093 extendido a nombre de Remedios Irene por importe de 1.148,60 euros cobrado el 11-02- 06.
- Cheque NUM094 extendido a nombre de Pedro Laureano por importe de 299,91 euros cobrado el 09-03-06.
- Cheque NUM095 extendido a nombre de Cecilio Severino por importe de 577,38 euros cobrado el 25-03-06.
- Cheque NUM096 extendido a nombre de Modesta Daniela por importe de 1.606,35 euros cobrado el 17-04-06.
- Cheque NUM097 extendido a nombre de Florencio Primitivo por importe de 642,85 euros cobrado el 03-05-06.
- Cheque NUM098 extendido a nombre de Teofilo Primitivo por importe de 2.332,64 euros cobrado el 15-05-06.
- Cheque NUM099 extendido a nombre de Adelina Delfina por importe de 392,40 euros cobrado el 08-06-06.
- Cheque NUM100 extendido a nombre de Alfredo Herminio por importe de 468,90 euros cobrado el 28-06- 06.
- Cheque NUM101 extendido a nombre de Onesimo Pascual por importe de 875,80 euros cobrado el 11-07-06.
- Cheque NUM102 extendido a nombre de Vidal Octavio por importe de 451,90 euros cobrado el 04-08-06.
- Cheque NUM103 extendido a nombre de Aquilino Nicanor por importe de 810,75 euros cobrado el 17-08-06.
- Cheque NUM104 extendido a nombre de Luciano Raul por importe de 1.479,05 euros cobrado el 20-09-06.
- Cheque NUM105 extendido a nombre de Amparo Isabel por importe de 858,40 euros cobrado el 27-10-06.
- Cheque NUM106 extendido a nombre de Constancio Moises por importe de 430 euros cobrado el 22-11-06.
- Cheque NUM107 extendido a nombre de Argimiro Hipolito por importe de 450,02 euros cobrado el 05-12-06.
- Cheque NUM108 extendido a nombre de Onesimo Mariano por importe de 213,59 euros cobrado el 29-12- 06.
- Cheque NUM109 extendido a nombre de Encarnacion Enma por importe de 2.154,43 euros cobrado el 29-01-07.
- Cheque NUM110 extendido a nombre de Borja Ezequiel por importe de 469,38 euros cobrado el 28-02-07.
- Cheque NUM111 extendido a nombre de Heraclio Abelardo por importe de 1.857,80 euros cobrado el 23-08-07.
- Cheque NUM112 extendido a nombre de Modesto Desiderio por importe de 360 euros cobrado el 01-12-07.
- Cheque NUM113 extendido a nombre de Filomena Lucia por importe de 304,51 euros cobrado el 26-12-07.
- Cheque NUM114 extendido a nombre de Bruno Pablo por importe de 416 euros cobrado el 103-04-08.
- Cheque NUM115 extendido a nombre de Micaela Julieta por importe de 603,18 euros cobrado el 23-06- 08.
- Cheque NUM116 extendido a nombre de Humberto Ovidio por importe de 348 euros cobrado el 01-09-08.
- Cheque NUM117 extendido a nombre de Francisca Candida por importe de 814,32 euros cobrado el 20-05-08.
- Cheque NUM118 extendido a nombre de Iñigo Roman por importe de 900 euros cobrado el 23-01-08.
- Cheque NUM119 extendido a nombre de Amanda Daniela por importe de 715,10 euros cobrado el 12-12-07.
- Cheque NUM120 extendido a nombre de Jeronimo Vidal por importe de 1404,16 euros cobrado el 09-11-07.
- Cheque NUM121 extendido a nombre de Nieves Otilia por importe de 1.580 euros cobrado el 28-05-07.
- Cheque NUM122 extendido a nombre de Ildefonso Lorenzo por importe de 318,39 euros cobrado el 07-05-07.
Empleando el mismo procedimiento, la imputada obtuvo el cobro de los siguientes cheques en la cuenta nº NUM017 del Banco de Bilbao Vizcaya Argentaria de la que es titular: - Cheque NUM123 extendido a nombre de Pelayo Primitivo por importe de 410 euros cobrado el 06-11-06.
- Cheque NUM124 extendido a nombre de Yolanda Gracia por importe de 522,02 euros cobrado el 10-11-06.
- Cheque NUM125 extendido a nombre de Candido Angel por importe de 306,15 euros cobrado el 27-11-06.
- Cheque NUM126 extendido a nombre de Ceferino Florencio por importe de 960 euros cobrado el 20-12-06.
- Cheque NUM127 extendido a nombre de Guadalupe Yolanda por importe de 386,85 euros cobrado el 15-01-07.
- Cheque NUM128 extendido a nombre de Begoña Ines por importe de 560 euros cobrado el 08-02-07.
- Cheque NUM129 extendido a nombre de Zaida Sacramento por importe de 300 euros cobrado el 06-03-07.
- Cheque NUM130 extendido a nombre de Maite Jacinta por importe de 1.620 euros cobrado el 19-03-07.
- Cheque NUM131 extendido a nombre de Elisabeth Rebeca por importe de 798,70 euros cobrado el 02-05-07.
- Cheque NUM132 extendido a nombre de Sergio Ricardo por importe de 540 euros cobrado el 20-06-07.
- Cheque NUM133 extendido a nombre de Victoria Magdalena por importe de 448,73 euros cobrado el 27-07-07.
- Cheque NUM134 extendido a nombre de Justino Urbano por importe de 327,30 euros cobrado el 24-09-07.
- Cheque NUM134 extendido a nombre de Beatriz Emilia por importe de 417,98 euros cobrado el 10-10-07.
- Cheque NUM135 extendido a nombre de Araceli Maite por importe de 330,60 euros cobrado el 05-11-07.
Empleando el mismo procedimiento, la imputada obtuvo el cobro de los siguientes cheques en las diferentes cuentas de Caixanova Banco de las que es titular: - Cheque NUM136 extendido a nombre de Gabriela Angeles por importe de 307,40 euros cobrado el 06-02-03.
- Cheque NUM137 extendido a nombre de Edemiro Teodulfo por importe de 580,21 euros cobrado el 20-03-03.
- Cheque NUM138 extendido a nombre de Ceferino Florencio por importe de 199,06 euros cobrado el 01-09-03.
- Cheque NUM139 extendido a nombre de Mariano Ambrosio por importe de 580 euros cobrado el 02-10-03.
- Cheque NUM140 extendido a nombre de Hernan Urbano por importe de 917,60 euros cobrado el 11-11-03.
- Cheque NUM141 extendido a nombre de Fermin Urbano por importe de 1.795,82 euros cobrado el 02-12-03.
- Cheque NUM142 extendido a nombre de Encarna Encarnacion por importe de 390,66 euros cobrado el 15-03-04.
- Cheque NUM143 extendido a nombre de Ana Nieves por importe de 2.751,97 euros cobrado el 20-04-04.
- Cheque NUM144 extendido a nombre de Casimiro Juan por importe de 523,21 euros cobrado el 21-06-04.
- Cheque NUM145 extendido a nombre de Leandro Jesus por importe de 941,92 euros cobrado el 05-10-04.
- Cheque NUM146 extendido a nombre de Balbino Higinio por importe de 638 euros cobrado el 02-11-04.
- Cheque NUM147 extendido a nombre de Gracia Macarena por importe de 850,04 euros cobrado el 24-11-04.
- Cheque NUM148 extendido a nombre de Blanca Debora por importe de 272,70 euros cobrado el 09-04-03.
- Cheque NUM149 extendido a nombre de Gonzalo Olegario por importe de 610 euros cobrado el 07-11-03.
- Cheque NUM150 extendido a nombre de Guadalupe Nicolasa por importe de 389,66 euros cobrado el 07-07-03.
- Cheque NUM151 extendido a nombre de Adolfo Indalecio por importe de 1.350 euros cobrado el 26-12-03.
- Cheque NUM152 extendido a nombre de Reyes Herminia por importe de 480 euros cobrado el 26-01-04.
- Cheque NUM153 extendido a nombre de Juan Horacio por importe de 1.803,03 euros cobrado el 02-03-04.
- Cheque NUM154 extendido a nombre de Ana Nieves por importe de 440,32 euros cobrado el 29-04-04.
- Cheque NUM155 extendido a nombre de Braulio Narciso por importe de 360,10 euros cobrado el 02-06-04.
- Cheque NUM156 extendido a nombre de Lourdes Josefina por importe de 550 euros cobrado el 05-07-04.
- Cheque NUM157 extendido a nombre de Fatima Rosana por importe de 522 euros cobrado el 09-08-04.
- Cheque NUM158 extendido a nombre de Visitacion Ruth por importe de 498,35 euros cobrado el 21-10-04.
- Cheque NUM159 extendido a nombre de Ramon Gregorio por importe de 686 euros cobrado el 01-12-04.
- Cheque NUM160 extendido a nombre de Azucena Maribel por importe de 666,40 euros cobrado el 12-01-05.
- Cheque NUM161 extendido a nombre de Agueda Sara por importe de 568,40 euros cobrado el 07-02-05.
- Cheque NUM162 extendido a nombre de Soledad Delia por importe de 1000 euros cobrado el 28-03- 05.
- Cheque NUM163 extendido a nombre de Federico Santiago por importe de 1.160 euros cobrado el 27-10-05.
- Cheque NUM164 extendido a nombre de Nuria Ruth por importe de 1.214,10 euros cobrado el 16- 01-06.
- Cheque NUM165 extendido a nombre de Petra Lorena por importe de 720,35 euros cobrado el 21-02-06.
- Cheque NUM166 extendido a nombre de Leon Victorino por importe de 576 euros cobrado el 14-03-06.
- Cheque NUM167 extendido a nombre de Marina Natividad por importe de 249,98 euros cobrado el 06- 04-06.
- Cheque NUM168 extendido a nombre de Felicisimo Alexander por importe de 336 euros cobrado el 28-04-06.
- Cheque NUM169 extendido a nombre de Clemente Eulogio por importe de 540 euros cobrado el 10-05-06.
- Cheque NUM170 extendido a nombre de Vidal Armando por importe de 2.563 euros cobrado el 23-05-06.
- Cheque NUM171 extendido a nombre de Susana Nuria por importe de 1.480 euros cobrado el 19-06-06.
- Cheque NUM172 extendido a nombre de Ernesto Oscar por importe de 1.176,76 euros cobrado el 19-07-06.
- Cheque NUM173 extendido a nombre de Lucio Donato por importe de 481,40 euros cobrado el 07-08-06.
- Cheque NUM174 extendido a nombre de Maribel Coral por importe de 2.000 euros cobrado el 06-09-06.
- Cheque NUM175 extendido a nombre de Epifanio Higinio por importe de 690 euros cobrado el 14-03-05.
- Cheque NUM176 extendido a nombre de Bernarda Serafina por importe de 131,59 euros cobrado el 25-04-05.
- Cheque NUM177 extendido a nombre de Ildefonso Baldomero por importe de 317,15 euros cobrado el 20-05-05.
- Cheque NUM178 extendido a nombre de Victoriano Remigio por importe de 173,40 euros cobrado el 22-07-05.
- Cheque NUM179 extendido a nombre de Remigio Nicolas por importe de 300 euros cobrado el 15-09-05.
- Cheque NUM180 extendido a nombre de Ismael Jacinto por importe de 533,60 euros cobrado el 03-11-05.
- Cheque NUM181 extendido a nombre de Constantino Urbano por importe de 985 euros cobrado el 24-11-05.
- Cheque NUM182 extendido a nombre de Ernesto Ruben por importe de 844,80 euros cobrado el 03-03-06.
- Cheque NUM183 extendido a nombre de Florencio Amadeo por importe de 360 euros cobrado el 21-03-06.
- Cheque NUM184 extendido a nombre de Tatiana Inocencia por importe de 1.225 euros cobrado el 10-04-06.
- Cheque NUM185 extendido a nombre de Francisco Teodosio por importe de 1.726,70 euros cobrado el 02-06-06.
- Cheque NUM186 extendido a nombre de Luz Trinidad por importe de 980,95 euros cobrado el 23-06-06.
- Cheque NUM187 extendido a nombre de Feliciano Nicanor por importe de 424,80 euros cobrado el 24-07-06.
- Cheque NUM188 extendido a nombre de Felicisimo Nicolas por importe de 512 euros cobrado el 14-08-06.
- Cheque NUM189 extendido a nombre de Valeriano Vicente por importe de 411,80 euros cobrado el 08-09-06.
- Cheque NUM190 extendido a nombre de Roberto Humberto por importe de 360 euros cobrado el 10-10-06.
SEGUNDO.- Andrea Lina era propietaria de un vehículo Seat León matrícula ....-RRP que entre el 26 de abril de 2005 y el 24 de enero de 2007 tuvo concertados seguros con dos compañías aseguradoras al mismo tiempo, Allianz Cia de Seguros y Reaseguros y Direct Seguros. En uno y otro caso figuraba como tomador del vehículo el imputado Jaime Leopoldo , nacido el NUM005 -68 y de ignorados antecedentes penales, compañero sentimental en aquellas fechas de Andrea Lina . El vehículo sufrió un siniestro por salida de la vía en la localidad de Figueirido el día 23-01- 07. Aunque los daños inicialmente no fueron muy cuantiosos, cuando acudió una vía para retirarlo del desnivel en el que se encontraba, el empleado informó a Jaime Leopoldo que era mejor dar aviso a una grúa con pluma para evitar causar mayores desperfectos al arrastrarlo pero el conductor se negó a ello alegando que el vehículo iba a ser desguazado. Jaime Leopoldo efectuó reclamación a la compañía Direct Seguros y tras la oportuna peritación, el vehículo fue declarado siniestro total y la compañía le abonó la cantidad de 18.252 euros haciéndole entrega de los restos.
Aprovechando la existencia de la segunda póliza y movidos por la intención de obtener un beneficio económico, ambos imputados planearon obtener una nueva indemnización de la compañía Allianz para lo cual, dieron parte de un nuevo siniestro en el que, faltando a la verdad, indicaron que el vehículo se había salido de la vía el día 27-01-07 en la localidad de Vilaboa; el vehículo fue peritado en una nave propiedad de Jaime Leopoldo en el que se encontraba depositado y de nuevo fue declarado siniestro total abonando la compañía al asegurado la cantidad 20.440 euros el día 15-02-07 que ambos imputados hicieron suya. Para que la existencia de los dos seguros no fuese detectada por las compañías aseguradoras, Andrea Lina , que tramitó el seguro concertado con Allianz, cambió conscientemente el número del DNI del asegurado, haciendo constar en la póliza el número NUM191 en lugar del verdadero, que es el NUM004 . Además, pese a haber sido declarado siniestro total en dos ocasiones, el vehículo fue nuevamente asegurado el 27-02-08 por Andrea Lina quien realizó el informe sobre el estado del vehículo en el que, faltando a la verdad, indicaba que el vehículo se encontraba en correcto estado y además, para evitar que fuese detectada la alteración de la realidad, hizo constar en la póliza la matrícula .... SRP en lugar de ....-RRP que era la correcta e indicó que era de color azul cuando en realidad era amarillo.
Jaime Leopoldo era también propietario del vehículo BMW modelo 330D matrícula ....-MMF que estuvo asegurado entre el 30-01-07 y el 26-03-07 con la compañía Allianz; entre el 02-04-07 y el 01-04-09, de nuevo con la compañía Allianz aunque en este caso, en la póliza suscrita se alteró conscientemente la matrícula, haciendo constar la de ....-JHK y se alteró igualmente el número del DNI del tomador, Jaime Leopoldo , haciendo constar en la póliza el número NUM191 en lugar del verdadero, que es el NUM004 . La contratación de la póliza fue tramitada por Andrea Lina . A partir del 02-04-07 el vehículo fue asegurado también con la compañía Direct Seguros.
El 01-12-08 Jaime Leopoldo dio parte de un siniestro ocurrido en aquella fecha en el que el vehículo habría resultado con desperfectos al salirse de la vía y caer por un barranco en la localidad portuguesa de Povoa de Varcim; fue peritado por la empresa Jacinto Rial S.L. que declaró que el vehículo era siniestro total y la compañía Direct Seguros abonó al asegurado la cantidad de 46.239,82 euros entregándole los restos del vehículo.
Aprovechando que el vehículo se encontraba también asegurado en la compañía Allianz, el 05-03-09 Jaime Leopoldo dio un nuevo parte de accidente a esta última en el que, faltando a la verdad, indicaba que había perdido el control del automóvil cuando circulaba por la carretera que conduce al campo de golf de Domaio y se había salido de la vía. El siniestro fue tramitado por Andrea Lina y de nuevo el perito de la compañía determinó que era siniestro total valorando los daños del vehículo en la cantidad de 38.255,78 euros que, en este caso, la compañía no llegó a abonar.
TERCERO.- Los imputados, Andrea Lina y Jaime Leopoldo han suscrito un documento con la compañía aseguradora Allianz en el que ambos reconocen adeudarle la cantidad de 20.700 euros por la simulación del siniestro con el vehículo ....-RRP y en el que Andrea Lina reconoce adeudar a la compañía la cantidad de 114.300 euros por las cantidades apropiadas a lo largo del desarrollo de su actividad. En el mismo documento Andrea Lina ha cedido a la entidad aseguradora la cantidad de 25.239,05 euros correspondiente al resultado de la liquidación de las pólizas de ahorro contratadas con la misma entidad y ambos imputados se han comprometido a hacer pago de la cantidad pendiente mediante traspaso de los depósitos bancarios de los que son titulares y que fueron objeto de embargo en la presente causa. La compañía aseguradora aceptó en el mismo documento el pago de los 135.000 euros como liquidación en transacción por los hechos que se han descrito.
En ejecución de la anterior transacción, el depósito que la imputada Andrea Lina tenía en el Banco de Santander por importe de 46.286,54 euros fue transferido a la cuenta de consignaciones del Juzgado; asimismo, se consignaron en la referida cuenta las cantidades de 6.901,76 y 40.318 euros para ser puestas a disposición de la compañía perjudicada. La referida compañía ha renunciado al ejercicio de acciones civiles por haber sido previamente satisfechas.
Fundamentos
PRIMERO.- Por los acusados mostraron su conformidad con el escrito conjunto de acusación presentado, ratificado a presencia judicial.
SEGUNDO. - Los anterior hechos declarados probados, admitidos por las partes son legalmente constitutivos de: A)Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA AGRAVADO POR SER EL VALOR DE LA DEFRAUDACIÓN SUPERIOR A CINCUENTA MIL EUROS de los artículos 248 y 250.5º en relación con el artículo 74 del Código Penal . B) Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA de los artículos 248 y 249 en relación con el artículo 74 del Código Penal .
TERCERO.- Concurre en ambos acusados la circunstancia atenuante de reparación del daño del artículo 21.5º del Código Penal , que se estima muy cualificada a los efectos del artículo 66.2º del mismo código .
CUARTO.- Las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsable de todo delito o falta ( arts. 1223 del C.Penal , 239 y 240-2º de LECriminal ).
VISTAS las disposiciones legales citadas, y demás de general aplicación del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento criminal.
Fallo
CONDENAMOS por su propia conformidad a los acusados como responsable, en concepto de autores, de: A)Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA AGRAVADO POR SER EL VALOR DE LA DEFRAUDACIÓN SUPERIOR A CINCUENTA MIL EUROS de los artículos 248 y 250.5º en relación con el artículo 74 del Código Penal y B) Un DELITO CONTINUADO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL de los artículos 392.1 en relación con el artículo 390.1 2º y el artículo 74 del Código Penal en relación de concurso medial del artículo 77 del mismo Código con un DELITO CONTINUADO DE ESTAFA de los artículos 248 y 249 en relación con el artículo 74 del Código Penal a las siguientes penas: A la acusada Andrea Lina la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE TRES MESES con una cuota diaria de DIEZ EUROS y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que deje de abonar.Al acusado Jaime Leopoldo la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE SEIS MESES, con una cuota diaria de DIEZ EUROS y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que dejare de abonar. Costas.
Esta Sentencia es definitiva y FIRME y no cabe recurso alguno contra la misma.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION .- En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por la Ilma. Magistrada Dª NELIDA CID GUEDE que la dictó celebrando audiencia pública. Doy fe.
