Sentencia Penal Nº 133, A...re de 2000

Última revisión
04/09/2000

Sentencia Penal Nº 133, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 113 de 04 de Septiembre de 2000

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 04 de Septiembre de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: GODOY MENDEZ, JOSE RAMON

Nº de sentencia: 133

Resumen
JUICIO DE FALTAS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO El denunciado es llevado a comisaría para proceder a su identificación tras negarse a hacerlo cuando se lo requirió el agente denunciante en la calle, tras haber interferido en su trabajo profiriendo contra él frases injuriosas. Discrepa el condenado de la sentencia dictada por supuesta infracción del principio "in dubio pro reo", pues dice que las versiones del Policía denunciante y de él mismo eran contradictorias, pese a lo cual se dio mayor relevancia a las de aquél que a las de éste. Sin embargo, la versión de la víctima puede constituir la prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia. Para ello es muy importante la valoración a que ha llegado la Juez de Instrucción ante la cual se ha practicado la prueba.

Voces

Cuota impagada

In dubio pro reo

Prueba de cargo

Principio de presunción de inocencia

Valoración de la prueba

Reducción de la pena

Faltas contra el orden público

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA

Sección 6

 

Rollo 113 /2000 APELACION JUICIO DE FALTAS

 

Órgano Procedencia: JDO. 1ª.INST.E INSTRUCCION N. 3 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Proc. Origen: APELACION n° 232/1999

 

SENTENCIA

 

Núm. 133/2.000

 

En Santiago de Compostela a 4 de Septiembre de 2000

 

Visto por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en esta ciudad, constituida como Tribunal unipersonal por el Magistrado D. José Ramón Sánchez Herrero, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 28 de Febrero de 2000 por el Juzgado de Instrucción número 3 de los de Santiago, en los autos de Juicio de Faltas número 232/1999 (Rollo de Apelación número 113/2000); en los que son parte, como apelante Pablo S y como apelados el ministerio Fiscal y el Policía Local procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Hechos Probados, Fundamentos de Derecho y Fallo:

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.-El Juzgado de Instrucción 3 de los de Santiago de Compostela dictó sentencia, con fecha 28 de Febrero de 2000, cuyo Fallo era del tenor literal siguiente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a PABLO S como autor de una falta del artículo 634 del Código Penal a la pena de multa de 30 días y cuota diaria de 700 ptas./día con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y costas."

 

SEGUNDO.-Por Pablo S se interpuso recurso de apelación, que se formalizó en legal forma, con fundamento en las consideraciones legales que dejó consignadas.

 

TERCERO.-Por ninguna de las partes se formuló impugnado alguna al recurso de apelación interpuesto.

 

HECHOS PROBADOS

 

      Se admiten los de la sentencia recurrida, que son del tenor literal siguiente: "UNICO.- Sobre las 13:10 horas del día 26 de  junio de 1999 cuando se hallaba el denunciante el agente  de la Policía Local n° 049 prestando sus servicios  debidamente uniformado en la calle A  de  esta ciudad ante el Hotel A y mientras se dirigía  al conductor de un onmibús que acababa de detenerse  portando huéspedes para el  hotel y equipaje, dándole instrucciones relativas al lugar donde debía estacionar, el denunciado D. Pablo S (trabajador del hotel) se dirigió al conductor del autobús impartiéndole instrucciones contrarias y diciéndoles frases tales como, esto es una gilipollez y otras, posteriormente, cuando el autobús que haciendo caso al policía habla cambiado el lugar de la parada, regresó, el denunciado continuó en la misma actitud entorpeciendo la labor policial con frases ofrensivas para el agente, lo que determinó que este le pidiese su D.N.I. a fin de identificarlo, a lo que se negó siendo trasladado a comisaria, en cuyo lugar lo hizo si bien exigiendo que no estuviese presente el denunciante."

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

Se admiten los de la sentencia recurrida, y

 

      PRIMERO.- Discrepa el condenado en primer lugar de la sentencia dictada por supuesta infracción del principio "in dubio pro reo", pues dice que las versiones del Policía denunciante y de él mismo eran contradictorias, pese a lo cual se dio mayor relevancia a las de aquél que a las de éste.

 

      Sin embargo, aunque existan versiones distintas, la de la víctima puede constituir la prueba de cargo suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia (Ss. TC 30 Nov. 1989, 28 Nov. 1991, 28 Feb. 1994), pues en otro caso se llegaría a la más absoluta impunidad en muchos ilícitos penales (Ss. TS. 22 Ene. 1988, 22 Mar. 1994, 3 Abr. 1996, 7 Nov. 1997).

 

      Para ello es muy importante la valoración a que ha llegado la Juez de Instrucción ante la cual se ha practicado la prueba, pues ha captado (STS 7 May. 1998) "el tono y las inflexiones de la voz, las actitudes externas, y los gestos, vacilaciones o silencios que se produzcan durante el interrogatorio" a que se somete a los dos contendientes, comparándolas para llegar a una conclusión definitiva sobre la culpabilidad o inocencia. Sólo podría controlarse en sede de recurso si la libre valoración de la prueba se ha llevado a cabo mediante un razonamiento que no cabe calificar de incongruente o apoyado en fundamentos arbitrarios (STC 1 Mar. 1993), o si se han observado las reglas de la lógica, los principios de la experiencia y los conocimientos científicos (Auto del Tribunal Supremo de 12 Feb. 1997). Aunque el recurso de apelación posee una sustantividad propia, distinta del de casación o el de amparo, es posible trasladar esas consideraciones a este caso, ya que el razonamiento, aunque parco en su expresión, es evidente que ha realizado un contraste entre ambas versiones y los hechos concurrentes.

 

SEGUNDO.-  También se opuso el recurrente al pronunciamiento de condena que contenía la resolución recurrida, que no contiene ninguna valoración acerca de su alcance. Dicha resolución se limita a imponer al condenado una pena de multa de 30 días (dentro del limite del art. 634 de 10 a 60 días, sin mayores precisiones. Teniendo en cuenta las circunstancias del hecho: discusión sobre el estacionamiento de un autobús en la vía pública, que el condenado estaba realizando su trabajo de descarga de equipaje, el acaloramiento consiguiente a esa discusión, parece lógico imponer la pena en el grado inferior previsto, acogiendo en este punto el recurso formulado.

 

      TERCERO.- No se hace pronunciamiento sobre las costas causadas en esta alzada.

 

      Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación.

 

FALLO

 

      Que estimando parcialmente el recurso de apelación formulado por D. PABLO S contra la sentencia de 28/2/2000 dictada en el juicio de faltas n° 232/99 del Juzgado de Instrucción n° 3 de Santiago de Compostela, debo revocarla en el sentido de reducir la pena de multa impuesta, de treinta a DIEZ DÍAS, manteniendo el resto de pronunciamientos de la misma, y todo ello sin hacer imposición de las costas del recurso.

 

      Contra la presente resolución no cabe recurso ordinario alguno.

 

 

Sentencia Penal Nº 133, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 113 de 04 de Septiembre de 2000

Ver el documento "Sentencia Penal Nº 133, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 113 de 04 de Septiembre de 2000"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

La toma de decisiones en el proceso penal español
Disponible

La toma de decisiones en el proceso penal español

V.V.A.A

12.75€

12.11€

+ Información

Propiedad horizontal en Cataluña. Paso a paso
Disponible

Propiedad horizontal en Cataluña. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»
Disponible

La perspectiva de género en la ley del «solo sí es sí»

V.V.A.A

34.00€

32.30€

+ Información

Curso práctico interactivo sobre IA jurídica
Novedad

Curso práctico interactivo sobre IA jurídica

Santiago Camilo Carretero Sánchez

21.25€

20.19€

+ Información