Sentencia Penal Nº 138, A...yo de 2001

Última revisión
22/05/2001

Sentencia Penal Nº 138, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 37 de 22 de Mayo de 2001

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Relacionados:

Orden: Penal

Fecha: 22 de Mayo de 2001

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: RUIZ TOVAR, MARIA JOSEFA

Nº de sentencia: 138

Resumen
El recurso de queja articulado debe ser desestimado de plano, como con reiteración ha venido sosteniendo esta Audiencia Provincial, el momento preclusivo de la admisibilidad de personamiento de acusadores no oficiales y de actores civiles es el establecido en el art. 110 de la LECrim., ello sistemáticamente interpretado con las normas específicas del procedimiento abreviado, dejando a un lado los supuestos de juicio oral inmediato, regulado en el art. 789.5.5 de la LECrim significa que en el procedimiento abreviado ordinario, regirá el art. 110 de la LECrim, con un único plazo común para todas las acusaciones para formular escrito de acusación y solicitar la apertura del juicio oral. Nótese que del propio informe de la Juez, se deduce que los recurrentes ostentan la condición de acusados por el Ministerio Fiscal y Acusación Particular, dictándose Auto de apertura de juicio oral de 12 de enero de 2001, notificado el 12 de Enero al Procurador de los recurrentes y 6 de Febrero a Ricardo Pardeiro. Es tras el escrito de defensa de aquellos cuando se pretende introducir un personamiento a todas luces inadmisible por extemporáneo, con escrito al margen pidiendo la nulidad de actuaciones. Se desestima el recurso.

Voces

Diligencias previas

Actor civil

Escrito de defensa

Calificación del delito

Apertura del juicio oral

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección nº 1

Rollo 37 /2001

Órgano Procedencia: JDO. 1ª INST.E INSTRUCCION N. 2 de VIVEIRO

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO n° 46/1999

 

 

AUT…

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