Sentencia Penal 15/2015 A...o del 2015

Última revisión
30/03/2015

Sentencia Penal 15/2015 Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Primera, Rec. 53/2005 de 11 de marzo del 2015

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Orden: Penal

Fecha: 11 de Marzo de 2015

Tribunal: AN

Ponente: SAEZ VALCARCEL, JUAN RAMON

Nº de sentencia: 15/2015

Núm. Cendoj: 28079220012015100016

Núm. Ecli: ES:AN:2015:612

Núm. Roj: SAN 612/2015


Encabezamiento

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

Rollo de Sala nº 53/2005

Sumario nº 21/2005

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 6

Tribunal:

D. Nicolás Poveda Peña

D. Ramón Sáez Valcárcel (ponente)

D. Fermín Echarri Casi

SENTENCIA Nº 15/2015

En Madrid a 11 de marzo de 2015.

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa referenciada seguida por delito contra la salud pública.

Han sido partes como acusadores el Ministerio Fiscal, representado por D. Francisco Javier Redondo López.

Como acusado compareció: D. Iván , nacido el NUM000 .1959, en Sabadell, hijo de Ramón y Tamara . Fue detenido a efectos de extradición por esta causa el 5.12.2013. Se encuentra desde entonces en prisión provisional. Ha sido defendido por el letrado D. Julio Forniés Argilés.

Antecedentes

1.- Por auto de 14.3.2005 se procesó al acusado. El expediente se elevó a ésta Sala con fecha 15.1.2015. Las partes comparecieron a juicio el día de hoy.

El acusado fue declarado rebelde por auto de fecha 7.7.2006, fue detenido en Venezuela en la fecha mencionada y el Estado accedió a la extradición por resolución de 6.11.2014.

2.- El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de tráfico de drogas, relativo a sustancias que causan grave daño a la salud, del artículo 368.1 del Código penal , según la redacción de la Ley Orgánica 5/2010 por ser más beneficiosa para el acusado. Consideró al acusado como autor y solicitó la imposición de la pena de 3 años y 1 día de prisión y multa de 70.919 euros, con 3 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, abono de las costas.

3.- El acusado se confesó autor del delito, admitió los hechos y se mostró conforme con la calificación jurídica y las penas interesadas. Su defensor consideró que no era necesario continuar el juicio, solicitando se dictara sentencia de conformidad.

Fundamentos

1.- Acerca de los hechos probados.

El acusado admitió los hechos que se le imputaban y su abogado consideró que no era necesaria la continuación del juicio. Por ello el relato anterior se remite al ofrecido en el escrito de conclusiones del Fiscal, al que se había adherido la defensa, que arriba se recoge, en los términos de los artículos 655 , 688 párrafo segundo y 694 LECrim .

Solicitaron que se dictara sentencia de conformidad en el ámbito de la responsabilidad penal.

2.- Calificación y penalidad.

Como se ha dicho, hubo acuerdo entre las partes. Se estima correcta la calificación de esos hechos como delito contra la salud pública del art. 368.1 Cp (transporte de 695 kilos de cocaína, reducidos a pureza).

La pena pactada es la mínima de la escala que prevé el tipo, que parece adecuada a la entidad de los hechos, la culpabilidad del acusado y su actitud procesal, al admitir los hechos y conformarse, evitando la celebración del juicio.

Ha de dictarse sentencia de conformidad en esos términos ( art. 694 y 655 Lecrim ).

3.- Costas.

Se imponen al acusado las costas causadas ( art. 109 y 116 CP ).

Por lo expuesto,

Fallo

1.- CONDENAMOS a D. Iván como autor de un delito contra la salud pública a la pena de 3 años y 1 día de prisión y multa de 70.919 euros, con 3 meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

Para el cumplimiento de las penas se abonará el tiempo de privación de libertad por esta causa.

Se declara la firmeza de la sentencia, al haber anticipado las partes la voluntad de no recurrir.

Notifíquese esta resolución a todas las partes y a los interesados, con instrucción de los derechos que les asisten a aquellos frente a la misma.

Sentencia que pronuncian y firman los Magistrados que formaron el Tribunal. De lo que doy fe.

E/

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