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Sentencia Penal Nº 169/2006, Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 1, Rec 533/2005 de 05 de Junio de 2006
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Orden: Penal
Fecha: 05 de Junio de 2006
Tribunal: AP - Las Palmas
Ponente: GOIZUETA ADAME, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 169/2006
Núm. Cendoj: 35016370012006100264
Núm. Ecli: ES:APGC:2006:1097
Resumen
Durante un año el juzgado de instrucción tuvo el procedimiento detenido, y si en realidad estaba el juicio a la espera de señalamiento según su orden, así debió hacerse constar en los autos, pero lo cierto es que no se dictó ninguna resolución, ni se llevó a cabo ninguna actividad procesal, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 130.5º (6º, tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003 y 131.2 del Código Penal, la faltas objeto de las actuaciones, como se ha dicho, deben entenderse prescritas
Voces
Extinción de la responsabilidad criminal
Punibilidad
Principio de legalidad
Sentencia de condena
Diligencias previas
Encabezamiento
SENTENCIA NÚM.
Rollo núm. 533 de 2005.
Juicio de Faltas núm. 308 de 2003.
Juzgado de Instrucción núm. DOS de Santa María de Guía
En Las Palmas de Gran Canaria, a Cinco de Junio de Dos …
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