Última revisión
17/03/2008
Sentencia Penal Nº 169/2008, Audiencia Provincial de Valencia, Rec 69/2008 de 17 de Marzo de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 17 de Marzo de 2008
Tribunal: AP - Valencia
Ponente: LLOMBART PEREZ, CARMEN
Nº de sentencia: 169/2008
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
Rº Apel. 69/08
P.A. 38/06 Instr. 6 Valencia (antes D.P. 896/05)
P.A. 324/06 Penal 4 Valencia
F/ Sr/a.
Gómez Escrihuela
==============================
SEÑORES:
PRESIDENTE
D. JOSÉ MARÍA TOMÁS TÍO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO
Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ
==============================
En la ciudad de Valencia, a diecisiete de marzo de dos mil ocho.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 260, de fecha 20 de junio de 2007, pronunciada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 4 de Valencia, en Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, seguido en el expresado Juzgado con el número 324 de 2006 , por delito de daños.
Han sido partes en el recurso, como apelante Yolanda , representada por la Procuradora Dña. María Ángeles Gómez Escrihuela y dirigida por la Letrada Dña. Alicia Andújar Durá, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente la Sra. Magistrada Dña. CARMEN LLOMBART PÉREZ.
Antecedentes
PRIMERO.- La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "El pasado día 19.02.06 Yolanda , mayor de edad y sin antecedentes penales y en situación irregular en España, llamó sobre las 14,50 horas por teléfono a Francisca , madre de su excompañero Joaquín y abuela del hijo de éste y la acusada, al que Francisca tenía en custodia, y en referencia a una mastectomía que Francisca había sufrido, la dijo "hija de puta no tienes pecho, te vas a morir" "voy a coger una pistola y te voy a pegar dos tiros."
Acto seguido y con ánimo de menoscabar la propiedad ajena se dirigió al vehículo propiedad de Benedicto matrícula .... HPC y valiéndose de un objeto punzante, produjo en la carrocería daños por valor de 1.704 ¤."
SEGUNDO.- El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Yolanda como autora responsable de un delito de daños sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de ocho meses de multa, con cuota diaria de 7 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada dos cuotas impagadas y pago de las costas procesales.
Que debo absolver y absuelvo a Yolanda de la falta de amenazas por la que venía siendo acusada."
TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de la acusada se interpuso recurso de apelación contra la misma, el que sustancialmente fundó en infracción del principio de presunción de inocencia.
CUARTO.- Admitido el recurso fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se recibieron el 10 de marzo de 2008.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
Rº Apel. 69/08
P.A. 38/06 Instr. 6 Valencia (antes D.P. 896/05)
P.A. 324/06 Penal 4 Valencia
F/ Sr/a.
Gómez Escrihuela
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SEÑORES:
PRESIDENTE
D. JOSÉ MARÍA TOMÁS TÍO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO
Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ
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En la ciudad de Valencia, a diecisiete de marzo de dos mil ocho.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 260, de fecha 20 de junio de 2007, pronunciada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 4 de Valencia, en Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, seguido en el expresado Juzgado con el número 324 de 2006 , por delito de daños.
Han sido partes en el recurso, como apelante Yolanda , representada por la Procuradora Dña. María Ángeles Gómez Escrihuela y dirigida por la Letrada Dña. Alicia Andújar Durá, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente la Sra. Magistrada Dña. CARMEN LLOMBART PÉREZ.
PRIMERO.- La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "El pasado día 19.02.06 Yolanda , mayor de edad y sin antecedentes penales y en situación irregular en España, llamó sobre las 14,50 horas por teléfono a Francisca , madre de su excompañero Joaquín y abuela del hijo de éste y la acusada, al que Francisca tenía en custodia, y en referencia a una mastectomía que Francisca había sufrido, la dijo "hija de puta no tienes pecho, te vas a morir" "voy a coger una pistola y te voy a pegar dos tiros."
Acto seguido y con ánimo de menoscabar la propiedad ajena se dirigió al vehículo propiedad de Benedicto matrícula .... HPC y valiéndose de un objeto punzante, produjo en la carrocería daños por valor de 1.704 ¤."
SEGUNDO.- El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Yolanda como autora responsable de un delito de daños sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de ocho meses de multa, con cuota diaria de 7 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada dos cuotas impagadas y pago de las costas procesales.
Que debo absolver y absuelvo a Yolanda de la falta de amenazas por la que venía siendo acusada."
TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de la acusada se interpuso recurso de apelación contra la misma, el que sustancialmente fundó en infracción del principio de presunción de inocencia.
CUARTO.- Admitido el recurso fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se recibieron el 10 de marzo de 2008.
PRIMERO: Estimar el recurso de apelación interpuesto por Dña. María Ángeles Gómez Escrihuela, en representación de Yolanda , frente a la sentencia de 20 de junio de 2007, dictada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 4 de Valencia en este procedimiento.
SEGUNDO: ABSOLVER a Yolanda del delito de daños del que venía condenada.
TERCERO: Declarar de oficio las costas causadas en ambas instancias.
Contra esta sentencia no caben recursos.
Cumplidas que sean las diligencias de rigor, con testimonio de esta resolución, remítanse las actuaciones al Juzgado de origen para su conocimiento y ejecución, debiendo acusar recibo.
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
PRIMERO: Estimar el recurso de apelación interpuesto por Dña. María Ángeles Gómez Escrihuela, en representación de Yolanda , frente a la sentencia de 20 de junio de 2007, dictada por el Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 4 de Valencia en este procedimiento.
SEGUNDO: ABSOLVER a Yolanda del delito de daños del que venía condenada.
TERCERO: Declarar de oficio las costas causadas en ambas instancias.
Contra esta sentencia no caben recursos.
Cumplidas que sean las diligencias de rigor, con testimonio de esta resolución, remítanse las actuaciones al Juzgado de origen para su conocimiento y ejecución, debiendo acusar recibo.
Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
