Última revisión
06/07/2015
Sentencia Penal Nº 17/2015, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 4, Rec 4/2015 de 11 de Junio de 2015
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Orden: Penal
Fecha: 11 de Junio de 2015
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: PALACIOS CRIADO, MARIA TERESA
Nº de sentencia: 17/2015
Núm. Cendoj: 28079220042015100017
Núm. Ecli: ES:AN:2015:2034
Núm. Roj: SAN 2034:2015
Encabezamiento
DOÑA ANGELA MURILLO BORDALLO
DOÑA TERESA PALACIOS CRIADO (Ponente)
DON JUAN FRANCISCO MARTEL RIVERO
En Madrid, a 11 de junio de dos mil quince.
Vistos en Juicio Oral y Público, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, el Rollo de Sala nº4/15, dimanante del Procedimiento Abreviado nº416/09, seguido en el Juzgado Central de Instrucción nº5, por delito continuado de daños y asociación ilícita y siendo partes:
Como Acusados:
1.- Celso , con DNI NUM000 , sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, nacido en Vizcaya, el NUM001 .1980. Representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Carmen Pardillo Landeta y defendido por el Letrado, Dª. Josefa Estrade Arluzea.
2.- Inocencio con DNI NUM002 , sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, nacido en Osuna, Sevilla el NUM003 .1984, hijo de Saturnino y Felisa . Representado por el Procurador de los Tribunales Dª Carolina- Beatriz Yustos Capilla y defendido por el Letrado, D. Gustavo Fajardo Celis.
3.- Abelardo , con DNI. NUM004 , sin antecedentes penales y en libertad por esta causa, nacido en Mieres, Asturias, el NUM005 .1979, hijo de Tamara y Emilio . Representado por el Procurador de los Tribunales Dª Mercedes Caro Bonilla y defendido por el Letrado: D. Javier Maestre.
Como Acusación:
-La Acusación Pública del Ministerio Fiscal, representada por el Ilmo. Sr. Fiscal Don Carlos Bautista Samaniego.
Antecedentes
5º. - Corresponde imponer a cada acusado las siguientes penas:
Por el delito continuado de daños, la pena de un año de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de doce meses, a razón de 3 euros de cuota diaria (1080), con seis meses de responsabilidad personal caso de impago. Costas
La defensa de cada uno de los acusados, mostró su conformidad al escrito de Calificación Provisional presentado por el Ministerio Fiscal al inicio del Juicio Oral, expresándose que renunciaban a la práctica de prueba alguna de las acordadas.
Los acusados mostraron su conformidad al escrito de Calificación provisional que se presentó por el Ministerio Fiscal al inicio del Juicio Oral, quedando visto para sentencia de la que es ponente la Ilma. Magistrada Sra. TERESA PALACIOS CRIADO que expresa el parecer del Tribunal.
Hechos
Ha quedado acreditado en autos, por conformidad de las partes, que:
El titular y administrador de una botnet dirige una red de ordenadores zombies a través de servidores de Comando y Control. Son máquinas a las que se conectan los ordenadores que componen la botnet, esperando instrucciones. Para dificultar su localización, los bot-master van cambiando de servidores de Comando y Control. Los ordenadores, a priori, no saben dónde está su Comando. El programa malicioso los convierte en robots y les fija una URL o dirección de internet donde comunicarse. Ésta corresponde con un DNS dinámico, esto es un dominio que cambia la localización del host o máquina, al antojo de su administrador. Así, en un momento la máquina infectada se conecta a un Comando determinado, y al día siguiente se conecta a otro. Cada botnet puede tener varios DNS dinámicos.
La finalidad de una botnet puede ser variada, bien el fraude malicioso, bien la distribución de material pornográfico, bien los ataques a los ordenadores de personas o entidades.
Existen varias etapas en el desarrollo de una botnet. En primer término, el creador de una botnet diseña la red que va a crear, definiendo los objetivos y los medios necesarios que va a emplear, incluyendo el sistema de control de la red. Además, necesitará un malware que se aloje en los equipos y permita el control del mismo, denominado bot. Este malware puede ser creado por él mismo (el creador de la red) o puede comprar este bot a un creador de malware. Finalmente, el delincuente debe distribuir el bot por cualquier método: correo basura, páginas con vulnerabilidades, ingeniería social, etc. El objetivo final es que las víctimas ejecuten el programa y se infecten. Si tiene éxito, el número de zombis puede llegar a crecer exponencialmente.
Junto a ello, el creador de la red puede alquilarla a un tercero. A cambio de una cantidad pagada, el arrendatario tendrá a su disposición todas las posibilidades de la red de ordenadores zombis para realizar ciber-ataques. Los creadores sólo se preocupan de mantener una cantidad suficiente de sistemas infectados para que resulten atractivas y puedan alquilarla por una mayor cantidad de dinero.
Un ejemplo de este tipo de organizaciones es el autodenominado grupo Días de Pesadilla (DDP Team), cuya actividad se centraba en el mantenimiento, utilización y aprovechamiento de la botnet Mariposa.
El acusado Celso , mayor de edad y sin antecedentes en el momento de los hechos, fue la persona responsable de la adquisición y actualización del virus, manteniendo contacto con Darío . Junto a él, Inocencio es la persona que accede a los paneles de control de la red mariposa, siendo administrador de la misma junto a aquél y por último, el acusado Abelardo , mayor de edad y sin antecedentes en el momento de los hechos, fue la persona que materialmente hizo la transferencia de dinero a Darío por la compra del virus mediante su pago por transferencia de Western Union hecha a la novia de aquél de 200 euros en fecha 20 de octubre de 2008. Ésta no fue la única venta sino que Darío vendió su virus a los acusados al menos en siete ocasiones.
Una vez que el DPP TEAM dispuso del virus, dieron comienzo a su difusión y a la infección masiva de ordenadores sirviéndose del virus, infestándose al menos 23662 ordenadores, según informe pericial realizado sobre los discos duros incautados, con un coste estimado de reparación de 3.300.000 euros, pudiendo llegar la cifra hasta los diez millones de ordenadores en todo el mundo, normalmente, con la finalidad de realizar ataques de denegación de servicios, que se realizaron ,al menos, a las páginas web www.telegrow.com, www.irinavega.com, www.xnet.es, www.xcanal.es y www.grupoifg.com en España y, según informe del FBI, a las páginas de la empresa canadiense Defense Intelligence, destruyendo toda su red y la de la Junta directiva de la Escuela estatal de Ottawa, las Universidad de Ottawa, ministerios y organismo del gobierno federal de Canadá y unas cien empresas en este país. La empresa Defense Intelligence ha estimado los daños en 15.619,45 euros.
Finalmente, en fecha no fijada de 2009, la comercial PANDA ANTIVIRUS supo de la existencia de esta botnet. Al objeto de lograr el bloqueo y caída coordinada de la red, y a la identificación de sus responsables, se estableció una acción coordinada a nivel internacional fijada para el 23 de diciembre a las 17:00 horas consistente en:
Reducción del TTL de los dominios.
Bloqueo y eliminación de subdominios utilizados para el control de la botnet. Obtención de datos de registro y acceso a los subdominios investigados y relacionados con el control de la botnet.
Tras el análisis de la información, se determinó que le responsable de la botnet se encontraba en España. Fruto de las investigaciones, se dio con el acusado Celso y el resto de los miembros del DDPTEAM.
Fundamentos
En orden a la responsabilidad civil, los acusados indemnizarán a las entidades citadas en los Hechos Probados, previa determinación de cantidad en ejecución de sentencia sobre la base de facturas que deberán presentarse por los afectados.
Finalmente, como quiera que las partes intervinientes han expresado su decisión de n recurrir esta sentencia, se declarará la firmeza de la misma, como establece el artículo 787.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , si bien con las limitaciones previstas en el número 7 del referido precepto.
En atención a lo expuesto,
Fallo
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, si bien contra esta resolución pueden interponer recurso de casación por infracción de ley o quebrantamiento de forma, ante la Sala Penal del Tribunal Supremo, que deberá ser anunciado en el plazo de cinco días, contados a partir de la última notificación, únicamente si consideran que no se han respetado los requisitos o términos de la
