Última revisión
03/04/2008
Sentencia Penal Nº 186/2008, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 110/2008 de 03 de Abril de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 03 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: SANTA EUGENIA, RAFAEL ESPEJO-SAAVEDRA
Nº de sentencia: 186/2008
Encabezamiento
CG
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo: 110 /2008
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 14 de MADRID
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 26 /2008
ILMAS/OS. SRAS/ES.
PRESIDENTE D. LUIS ANTONIO MARTÍNEZ DE SALINAS ALONSO
MAGISTRADADª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA
MAGISTRADOD. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA
En Madrid a tres de Abril de dos mil ocho.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente recurso de apelación nº 110/08 contra la Sentencia de fecha 5 de febrero de 2008, dictada por la Magistrado del Juzgado de lo Penal nº14 de Madrid en el Procedimiento Abreviado nº 26/2008, interpuesto por la Procuradora Doña Olga Romojaro Casado, en representación de Narciso , siendo parte apelada el Ministerio Fiscal
Ha sido ponente el Magistrado Señor RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA, quien expresa el parecer de la Sala
Antecedentes
PRIMERO.- La Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal núm. 14 de Madrid dictó sentencia, de fecha 5 de febrero de 2008 , por la que se condenaba a Narciso , por un delito de robo con violencia y uso de arma de los arts. 242.1 y 2 del C.P ., concurriendo la atenuante de drogadicción, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al abono de las costas del Juicio. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la propietaria de la Farmacia "Isabel Garcia Gonzalez" en la cantidad de 1996,40 ¤
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el condenado recurso de apelación, solicitando la revocación de la Sentencia y solicitándose la practica de la prueba denegada por el Juzgado de lo Penal. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, y se señaló día para la deliberación del recurso, acto que tuvo lugar el día señalado.
Fundamentos
CG
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo: 110 /2008
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 14 de MADRID
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 26 /2008
ILMAS/OS. SRAS/ES.
PRESIDENTE D. LUIS ANTONIO MARTÍNEZ DE SALINAS ALONSO
MAGISTRADADª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA
MAGISTRADOD. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA
En Madrid a tres de Abril de dos mil ocho.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente recurso de apelación nº 110/08 contra la Sentencia de fecha 5 de febrero de 2008, dictada por la Magistrado del Juzgado de lo Penal nº14 de Madrid en el Procedimiento Abreviado nº 26/2008, interpuesto por la Procuradora Doña Olga Romojaro Casado, en representación de Narciso , siendo parte apelada el Ministerio Fiscal
Ha sido ponente el Magistrado Señor RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA, quien expresa el parecer de la Sala
PRIMERO.- La Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal núm. 14 de Madrid dictó sentencia, de fecha 5 de febrero de 2008 , por la que se condenaba a Narciso , por un delito de robo con violencia y uso de arma de los arts. 242.1 y 2 del C.P ., concurriendo la atenuante de drogadicción, a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al abono de las costas del Juicio. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la propietaria de la Farmacia "Isabel Garcia Gonzalez" en la cantidad de 1996,40 ¤
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el condenado recurso de apelación, solicitando la revocación de la Sentencia y solicitándose la practica de la prueba denegada por el Juzgado de lo Penal. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, y se señaló día para la deliberación del recurso, acto que tuvo lugar el día señalado.
Que debo DESESTIMAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Procuradora Doña Olga Romojaro Casado, en representación de Narciso , contra la Sentencia de fecha 5 de febrero de 2008 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid en el Juicio Oral 26/08 , CONFIRMAMOS íntegramente dicha resolución, declarando de oficio las costas de éste recurso.
Desvuélvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia, con testimonio de esta Sentencia, para su conocimiento y ejecución
Así, por este nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Magistrado Ponente, estando celebrando Audiencia Pública en la Sección Segunda en el día de su fecha doy fe en MADRID.
Fallo
Que debo DESESTIMAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Procuradora Doña Olga Romojaro Casado, en representación de Narciso , contra la Sentencia de fecha 5 de febrero de 2008 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid en el Juicio Oral 26/08 , CONFIRMAMOS íntegramente dicha resolución, declarando de oficio las costas de éste recurso.
Desvuélvanse las actuaciones al Juzgado de su procedencia, con testimonio de esta Sentencia, para su conocimiento y ejecución
Así, por este nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Magistrado Ponente, estando celebrando Audiencia Pública en la Sección Segunda en el día de su fecha doy fe en MADRID.
