Última revisión
18/01/2007
Sentencia Penal Nº 188/2007, Tribunal Supremo, Rec 816/2006 de 18 de Enero de 2007
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Orden: Penal
Fecha: 18 de Enero de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GIMENEZ GARCIA, JOAQUIN
Nº de sentencia: 188/2007
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil siete.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Barcelona (sección 8ª), en el Rollo de Sala 82/2005 dimanante de las Diligencias Previas 25/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 3 de Vic, se dictó sentencia , con fecha 14 de febrero de 2006, en la que se condenó a Isidro , como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública , en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud, previsto y penado en el art. 368 CP, sin circunstancias modificativas, a las penas de tres años y multa de 150 euros.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Isidro, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonia Casqueiro Alvarez, articulado en tres motivos por infracción de ley, por quebrantamiento de forma y por vulneración de precepto constitucional.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Joaquín Giménez García.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil siete.
PRIMERO.- Por la audiencia Provincial de Barcelona (sección 8ª), en el Rollo de Sala 82/2005 dimanante de las Diligencias Previas 25/2004, procedente del juzgado de Instrucción nº 3 de Vic, se dictó sentencia , con fecha 14 de febrero de 2006, en la que se condenó a Isidro , como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública , en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud, previsto y penado en el art. 368 CP, sin circunstancias modificativas, a las penas de tres años y multa de 150 euros.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Isidro, mediante la presentación del correspondiente escrito por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonia Casqueiro Alvarez, articulado en tres motivos por infracción de ley, por quebrantamiento de forma y por vulneración de precepto constitucional.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Joaquín Giménez García.
LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra sentencia dictada por la audiencia Provincial de origen, en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
