Última revisión
25/09/2009
Sentencia Penal Nº 188/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 321/2009 de 25 de Septiembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 25 de Septiembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: PESTANA PEREZ, MARIO
Nº de sentencia: 188/2009
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE Madrid
Sección nº 4
c/ Santiago de Compostela, nº 96
Tfno: 914934427/4570/4571
Rollo : 321/2009 M
Expediente de Fiscalía nº 371/08
Expediente del Juzgado nº 80/2008
Juzgado de Menores nº 5 de Madrid
PONENTE: MARIO PESTANA PÉREZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY, la
siguiente:
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN CUARTA
Ilmos. Srs. Magistrados
D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA
D. EDUARDO JIMÉNEZ CLAVERÍA IGLESIAS
D. MARIO PESTANA PÉREZ
En Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil nueve.
VISTO en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 28 de abril de 2009 dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid, en el expediente nº 80/2008; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, de un lado y como apelantes, los menores Gabino y Julio , defendidos por el letrado D. Luis Sanz Fernández, y de otra, como apelada, el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIO PESTANA PÉREZ.
Antecedentes
PRIMERO.- El citado Juzgado de Menores núm. 5 de Madrid dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son del tenor siguiente:
"HECHOS PROBADOS: Valorando en conciencia la prueba practicada en la audiencia, se declara probado que, sobre las 16:20 horas del día 21 de febrero de 2008 los menores Gabino de quince años de edad, en cuanto nacido en fecha 25 de septiembre de 1992, y Julio , de dieciséis años de edad, en cuanto nacido en fecha 23 de Noviembre de 1991, actuando de común acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, abordando al también menor Severiano , quien transitaba por la Calle Callao de Fuenlabrada y, tras exhibirle una navaja que al efecto portaban, le exigieron la entrega de todas sus pertenencias, logrando así que les diera un teléfono movil, un MP. Y dos euros, tras lo cual se dieron a la fuga.
Poco después los menoresfueron detenidos, siendo localizados los efectos propiedad de Severiano , que se encontraban en perfectas condiciones de uso y de los que se hizo entrega a aquél. Así mismo, fueron recuperados los dos euros, que fueron entregados también a su legítimo propietaro."
"FALLO: Debo condenar y condeno a los menores Gabino y Julio como autores respecto de un delito de robo con intimidación descrito al cumplimiento de una medida de sesenta horas de prestaciones en beneficio de la comunidad y subsidiariamente en caso de no prestar consentimiento, la medida de cinco permanencias de fin de semana en centro."
SEGUNDO.- En la vista de este recurso, que tuvo lugar el pasado día 14 de los corrientes, la parte recurrente ha solicitado que se declare la nulidad de la sentencia apelada y, subsidiaria y alternativamente, que se reduzca a 40 horas el periodo de la medida de prestaciones en beneficio de la comunidad, mientras que el Ministerio fiscal ha interesado la confirmación de la resolución impugnada.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE Madrid
Sección nº 4
c/ Santiago de Compostela, nº 96
Tfno: 914934427/4570/4571
Rollo : 321/2009 M
Expediente de Fiscalía nº 371/08
Expediente del Juzgado nº 80/2008
Juzgado de Menores nº 5 de Madrid
PONENTE: MARIO PESTANA PÉREZ
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU MAJESTAD EL REY, la
siguiente:
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN CUARTA
Ilmos. Srs. Magistrados
D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA
D. EDUARDO JIMÉNEZ CLAVERÍA IGLESIAS
D. MARIO PESTANA PÉREZ
En Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil nueve.
VISTO en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 28 de abril de 2009 dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid, en el expediente nº 80/2008; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, de un lado y como apelantes, los menores Gabino y Julio , defendidos por el letrado D. Luis Sanz Fernández, y de otra, como apelada, el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIO PESTANA PÉREZ.
PRIMERO.- El citado Juzgado de Menores núm. 5 de Madrid dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son del tenor siguiente:
"HECHOS PROBADOS: Valorando en conciencia la prueba practicada en la audiencia, se declara probado que, sobre las 16:20 horas del día 21 de febrero de 2008 los menores Gabino de quince años de edad, en cuanto nacido en fecha 25 de septiembre de 1992, y Julio , de dieciséis años de edad, en cuanto nacido en fecha 23 de Noviembre de 1991, actuando de común acuerdo y con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, abordando al también menor Severiano , quien transitaba por la Calle Callao de Fuenlabrada y, tras exhibirle una navaja que al efecto portaban, le exigieron la entrega de todas sus pertenencias, logrando así que les diera un teléfono movil, un MP. Y dos euros, tras lo cual se dieron a la fuga.
Poco después los menoresfueron detenidos, siendo localizados los efectos propiedad de Severiano , que se encontraban en perfectas condiciones de uso y de los que se hizo entrega a aquél. Así mismo, fueron recuperados los dos euros, que fueron entregados también a su legítimo propietaro."
"FALLO: Debo condenar y condeno a los menores Gabino y Julio como autores respecto de un delito de robo con intimidación descrito al cumplimiento de una medida de sesenta horas de prestaciones en beneficio de la comunidad y subsidiariamente en caso de no prestar consentimiento, la medida de cinco permanencias de fin de semana en centro."
SEGUNDO.- En la vista de este recurso, que tuvo lugar el pasado día 14 de los corrientes, la parte recurrente ha solicitado que se declare la nulidad de la sentencia apelada y, subsidiaria y alternativamente, que se reduzca a 40 horas el periodo de la medida de prestaciones en beneficio de la comunidad, mientras que el Ministerio fiscal ha interesado la confirmación de la resolución impugnada.
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por los menores Gabino y Julio contra la sentencia dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid con fecha 28 de Abril de 2009 , confirmándola en todos sus pronunciamientos. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.
Así por este nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior resolución en Madrid, a ocho de octubre de dos mil nueve.
Fallo
DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por los menores Gabino y Julio contra la sentencia dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid con fecha 28 de Abril de 2009 , confirmándola en todos sus pronunciamientos. Se declaran de oficio las costas de esta alzada.
Así por este nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior resolución en Madrid, a ocho de octubre de dos mil nueve.

