Sentencia Penal 19/2012 ,...o del 2012

Última revisión
02/02/2015

Sentencia Penal 19/2012 , Rec. 398/2012 de 19 de junio del 2012

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Orden: Penal

Fecha: 19 de Junio de 2012

Ponente: GOMEZ PEREZ, MIGUEL ANGEL

Nº de sentencia: 19/2012

Núm. Cendoj: 48013480012012100028


Encabezamiento

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE BARAKALDO

EMAKUMEAREN AURKAKO INDARKERIA EP. BARAKALDO

BIDE ONERA S/N - C.P./PK: 48901

Tel.: 94-4001033 Fax: 94-4001065

Diligen.urgentes / Presak.eginb. 398/2012

Procedimiento origen/Jatorriko prozedura: Diligenc.previas/Aurretiazko eginbideak398/2012

N.I.G. P.V. / IZO EAE: 48.02.1-12/008899

N.I.G. CGPJ / IZO BJKN: 48.013.43.2-2012/0008899

Atestado nº/Atestatu zk.: ER. SESTAO NUM000

Hecho denunciado/Salatutako egitatea: Maltrato familiar/Familiako tratu txarrak

Representado/Ordezkatuta: Javier

S E N T E N C I A Nº 19/2012 DE JUICIO RÁPIDO

JUEZ QUE LA DICTA: D/Dª MIGUEL ANGEL GOMEZ PEREZ.

LUGAR: Barakaldo.

FECHA: diecinueve de junio de dos mil doce.

Vista en trámite de conformidad la presente causa de diligencias urgentes nº 398/2012 por un delito de VIOLENCIA DE GENERO contra Javier nacido el NUM001 /1959 hijo de ANTONIO y de MARIA provisto de DNI nº NUM002 , con asistencia del Letrado D/Dª GORKA ARTEAGABEITIA, y siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y acusacion particular bajo la defensa de AGURTZANE GARCIA.

Antecedentes

PRIMERO.-El Ministerio Fiscal ha calificado los hechos objeto de acusación como constitutivos de un delito deUN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENAdel artículo 468.1 y 2 del Código Penal , UN DELITO DE AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIARdel articulo 171.4 y 5 último párrafo en relación con los artículos 57,2 º y 48,2º del Código PENAL Y UNA FALTA DE INJURIASprevista y penada en el articulo 620.2 in fine del mismo cuerpo legal , siendo responsable del mismo en concepto de autor el/los acusado/s Javier , en quien/es no concurren circunstancias modificativas de las responsabilidad criminal, solicitando la imposición de una pena:

- POR ELDELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENALA PENA DE NUEVE MESES DE PRISIÓN, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

- POR ELDELITO DE AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIARLA PENA DE 9 MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, ACCESORIA DE PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A Dª Adelaida A UNA DISTANCIA NO INFERIOR A 500 METROS AL LUGAR DONDE RESIDA O CUALQUIER OTRO DONDE ÉSTA SE ENCUENTRE POR TIEMPO DE 2 AÑOS, PROHIBICIÓN DE COMUNICARSE CON ELLA POR CUALQUIER MEDIO POR TIEMPO DE 2 AÑOS, PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS POR TIEMPO DE 2 AÑOS, Y ABONO DE LAS COSTAS PROCESALES.

-PORLA FALTA DE INJURIASLA PENA DE 6 DÍAS DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE. ACCESORIA DE PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A Dª Adelaida A UNA DISTANCIA NO INFERIOR A 500 METROS AL LUGAR DONDE RESIDA O CUALQUIER OTRO DONDE ÉSTA SE ENCUENTRE POR TIEMPO DE 6 MESES PROHIBICIÓN DE COMUNICARSE CON ELLA POR CUALQUIER MEDIO POR TIEMPO DE 6 MESES, PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS POR TIEMPO DE 6 MESES. COSTAS

SEGUNDO.-El Letrado del/de los acusado/s ha mostrado su conformidad con la petición del Ministerio Fiscal y el/los acusado/s una vez informados de las consecuencias de la misma, se ha/n mostrado igualmente conforme/s.


Por conformidad se declara probado:

Que D. Javier , nacido el NUM003 de 1959, mayor de edad, con NUM002 , y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, ejecutoriamente condenado por el Juzgado de lo penal nº 2 de Barakaldo, por el delito de daños, a la pena de multa de 15 meses, en fecha de 14/04/2012, según ejecutoria 301/12, ejecutoriamente condenado en sentencia firme de fecha 30 de enero de 2012 por el Juzgado de lo penal nº 2 de Barakaldo , según ejecutoria 78/12 por un delito de violencia domestica a la pena de 6 meses de prisión, y 6 meses de prohibición de aproximarse, residir y comunicar con Adelaida , notificada personalmente la condena y estando vigente la misma, sobre las 20:25 horas del día 18 de Junio, acudió al domicilio de Adelaida sito en la CALLE000 nº NUM004 , NUM005 NUM005 de Barakaldo y se introdujo en el mismo diciéndole 'Puta, Hija de puta'. En el momento de la detención en el interior del inmueble y en presencia de los Agentes de la Ertzaintza profirió la siguiente expresión 'Cuando me suelten te voy a matar'


Fundamentos

PRIMERO.-Concurren en el presente caso los requisitos exigidos por el artículo 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , para que el propio Juez Instructor de las diligencias urgentes pueda dictar la sentencia de conformidad, por cuanto:

1º.- Los hechos declarados probados en el trámite de conformidad son constitutivos deUN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENAdel artículo 468.1 y 2 del Código Penal , UN DELITO DE AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIARdel articulo 171.4 y 5 último párrafo en relación con los artículos 57,2 º y 48,2º del Código PENAL Y UNA FALTA DE INJURIASprevista y penada en el articulo 620.2 in fine del mismo cuerpo legal , castigados con pena inferior a la señalada en dicho precepto.

2º.- La pena solicitada no excede, reducida en un tercio, de los dos años de prisión.

3º.- La conformidad se ha prestado en los términos del artículo 787 de la LECr .

SEGUNDO.-Por todo lo expuesto y como ordena el artículo 801, procede dictar sentencia de conformidad, imponiendo al acusado la pena solicitada reducida en un tercio.

TERCERO.-Dispone el artículo 123 del Código Penal , que las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de un delito o falta, por lo que deben imponerse las causadas al condenado en esta sentencia.

Fallo

Se condena a Javier , como autor de UN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENAdel artículo 468.1 y 2 del código penal a la pena de seis meses de prisión, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena;UN DELITO DE AMENAZAS EN EL ÁMBITO FAMILIARdel articulo 171.4 y 5 último párrafo en relación con los artículos 57,2 º y 48,2º del código penal a la pena de 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, accesoria de prohibición de acercarse a Dª Adelaida a una distancia no inferior a 500 metros al lugar donde resida o cualquier otro donde ésta se encuentre por tiempo de 16 meses, prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo de 16 meses, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 16 meses, y abono de las costas procesales; yUNA FALTA DE INJURIASprevista y penada en el articulo 620.2 in fine del mismo cuerpo legal a la pena de 4 días de localización permanente, accesoria de prohibición de acercarse a Dª Adelaida a una distancia no inferior a 500 metros al lugar donde resida o cualquier otro donde ésta se encuentre por tiempo de 4 meses prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio por tiempo de 4 meses, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 4 meses.

Se condena al acusado al pago de las costas causadas.

Comuníquese esta sentencia al SIRAJ.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos y el original únase al libro de sentencias de juicios rápidos.

Esta sentencia es firme al haberse anticipado oralmente su contenido y haber manifestado el Ministerio Fiscal, acusado y defensa su intención de no recurrirla.

Notificada la sentencia remítanse todas las actuaciones al Juzgado de lo Penal que corresponda para la ejecución de la sentencia.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E./

PUBLICACIÓN.-Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Barakaldo, a 19 de junio de 2012, de lo que yo el/la Secretario Judicial, doy fe.


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