Última revisión
13/06/2019
Sentencia Penal Nº 2/2019, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 3, Rec 4/2017 de 16 de Enero de 2019
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Orden: Penal
Fecha: 16 de Enero de 2019
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: VIEIRA MORANTE, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 2/2019
Núm. Cendoj: 28079220032019100016
Núm. Ecli: ES:AN:2019:1927
Núm. Roj: SAN 1927:2019
Encabezamiento
AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3
MADRID
SENTENCIA: 00002/2019
Sección Tercera
ROLLO DE SALA Nº 4/2017
Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Vieira Morante (Ponente)
Ilma. Sra. Magistrada Dª María de los Ángeles Barreiro Avellaneda
En Madrid, a dieciséis de enero de dos mil diecinueve.
Esta sala ha visto en nombre de S. M. el Rey, en juicio oral y público, la causa Procedimiento Abreviado nº 4/2017, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 6, seguida por supuesto delito de estafa, contra:
- Raquel , DNI nº NUM000 y con permiso de residencia nº NUM001 , nacida el NUM002 de 1051, hija de Iván y de Tomasa , natural de Atahualpa (Ecuador) y vecina de Alicante, sin antecedentes penales, insolvente, en libertad por esta causa, de la que estuvo privada desde el 2 de febrero al 26 de noviembre de 2009, sin perjuicio de la ulterior liquidación que en su momento se lleve a cabo, representada por la Procuradora Dª. Laura Lozano Montalvo y defendida por el Abogado D. José Manuel Yepes Rodríguez.
- Laureano , nacido el NUM003 de 1949, hijo de Leopoldo y de María Esther , natural de Baudour (Bélgica) y vecino de Alicante, sin antecedentes penales, insolvente, en libertad por esta causa, de la que estuvo privado desde el 2 de febrero al 26 de noviembre de 2009, sin perjuicio de la ulterior liquidación que en su momento se lleve a cabo, representado por la Procuradora Dª. Laura Lozano Montalvo y defendida por el Abogado D. José Manuel Yepes Rodríguez.
Ha sido parte el Ministerio Fiscal y, en calidad de acusaciones particulares, los siguientes:
- Mercantil CASAG MULTIMARCAS S.L., representada por el Procurador D. Antonio A. Sánchez-Jáuregui Alcaide y defendido por el Abogado D. Pablo Múgica Jimeno.
- D. Pelayo y Dª Beatriz , representados por el Procurador D. Carlos J. Navarro Gutiérrez y defendido por el Abogado D. Fidel M. Mula Nájar.
- D. Roman , representado por el Procurador D. Carlos J. Navarro Gutiérrez y defendido por el Abogado D. Manuel Ramón Rives Fulleda.
- D. Saturnino , representado por la Procuradora Dª Cayetana de Zulueta Luchsinger y defendido por el Abogado D. Carlos Javier Yunta.
- Dª Crescencia , representada por el Procurador D. Felipe de Iracheta Martín y defendido por el Abogado D. Manuel Lozano Yeste.
- Mercantil HOTEL IDEAL VILLARROBLEDO S.L., representada por la Procuradora Dª. Almudena Gil Segura y defendido por el Abogado D. Ramón Dacova Martínez.
- AUTOS CRISMA, S.L., representada por el Procurador Dª Yolanda Ortiz Alfonso y defendida por el Abogado D. Carlos González-Cobos Dávila.
- Jose Carlos , representado por el Procurador D. Fernando García de la Cruz Romeral y defendido por el Abogado D. José Vicente Mateos Jorge Pedro.
Como actor civil, está personado D. Juan Pedro , representado por el Procurador D. Luis Ortiz Harráiz y defendido por el Abogado Dª Marta Roldán Silvestre.
En calidad de responsables civiles subsidiarios, Mercantiles AUTO TALLER HIDALGO S.L. y EURO CAR ENGINEERING, S.L. representada s por la Procuradora Dª. Laura Lozano Montalvo y defendidas por el Abogado D. José Manuel Yepes Rodríguez.
Es Ponente el Magistrado Sr. Francisco Javier Vieira Morante, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO Por auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2014 se dirimió la cuestión de competencia negativa planteada entre el Juzgado de Instrucción nº 3 de Orihuela y el Juzgado Central de Instrucción nº 6, otorgando la competencia a éste.
Recibidas en esta Sala las actuaciones el 30 de enero de 2017, se admitieron las pruebas propuestas por las partes y se señaló el día 14 de enero de 2019 para el comienzo de la celebración del juicio oral, a las 10 horas, en que éste tuvo lugar.
Un delito continuado de estafa, de los artículos 74 , 248 , 249 y 250.5 del Código Penal , del que responden los acusados en concepto de autores, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes 21.7ª, en relación con el 21.4ª, y del 21.6ª del Código Penal, solicitando la imposición de 2 años de prisión, y multa de 3 meses con cuota diaria de 12 euros, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, al pago de las costas procesales y a que conjunta y solidariamente indemnicen a los perjudicados reseñados en el hecho primero de su escrito en las cantidades defraudadas y en las que se hallen pendientes de cuantificación, que se fijen en ejecución de sentencia, más el interés legalmente establecido.
Hechos
Se declara expresamente probado, por conformidad de las partes los siguientes hechos:
Los acusados Raquel e Laureano (alias Benito ), mayores de edad y carentes de antecedentes penales, puestos de común acuerdo y guiados por un ánimo de obtener un beneficio ilícito, entre los años 2006 a 2008 y tras la constitución de dos empresas de compraventa de vehículos, tanto de importación como nacionales, de las que la primera era administradora de derecho y el segundo de hecho, (EUROCAR ENGINEERING SL, con sede comercial en la localidad de San Pedro del Pinatar, Murcia, y AUTO TALLERES HIDALGO, con sede comercial en la localidad de Cox, Alicante), ofrecieron, tanto de un modo directo como a través de Internet, la venta de vehículos, generalmente de alta gama, a un precio considerablemente más competitivo que los que ofrecían los concesionarios oficiales.
Asimismo utilizaron, a fin de ampliar sus ventas, como intermediarios o franquiciados en las mismas, a otras firmas comerciales del sector, ya instaladas y con una garantía de seriedad contrastada, las cuales también resultaron perjudicadas como consecuencia de la conducta de los imputados, los cuales exigieron siempre el pago por adelantado del vehículo adquirido o bien una cantidad elevada en concepto de señal, utilizando asimismo contratos de pignoración de letras y pagarés, normalmente avalados por entidades financieras, con la condición de no poderse negociar aquéllas sino contra la entrega del vehículo adquirido, respecto de todos aquellos que hablan abonado por adelantado el precio del vehículo o entregado una señal significativa de su importe.
Las disposiciones patrimoniales se realizaban, normalmente, desde la propia ciudad en que radicaba el 'cliente/perjudicado', bien mediante transferencias bancarias a las entidades Banco Santander Central Hispano, y Caja Rural Central de Cox, Banco Guipuzcoano de Callosa de Segura, Banco Pastor y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. de San Pedro del Pinatar, bien mediante la pignoración de las cambiales y que eran descontadas en las entidades referidas, bien mediante la entrega en metálico a los acusados a alguno de sus empleados.
Los imputados incumplieron sistemáticamente sus obligaciones, pese al desembolso realizado por los perjudicados y las propias empresas franquiciadas, de tal manera que la cantidad defraudada, en su conjunto, supera el 1.500.000 €.
El conjunto de perjudicados asciende a unas 100 personas físicas y jurídicas, radica en diferentes provincias españolas y por las siguientes cantidades:
- Claudio y Sonia , FRANQUICIADOS DE EUROCAR
- Elias , CASAG MULTIMARCAS SL, FRANQUICIADOS, 50.000 €
- Felicisimo (AUTOS REBMAR SL), 29.026 € MAS EL 25% DE RESERVA DE CINCO COCHES
- Fructuoso , POR EL VALOR VENAL DE ENTREGA A EUROCAR DE SU VEHICULO PEUGEOT 406 EN CONCEPTO DE SEÑAL.
- Almudena , 27.400 €
- Angelina , 19.850 €
- Isaac , 24.950 €
- Jenaro , 10.000 €
- Carolina , 25.000 €
- Hugo , 23.700 €
- Luis , 2036,89 €
- Matías , PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Pedro : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Frida : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Roberto , EXCAVACIONES MOYA Y VEGA, SL, 21.500 €
- Gregoria , 22.660 €
- Rubén , 43.539 €, 16.533 €, 8.681 € Y 2.994 €
- Roman , 22.570 €
- Salvador : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Onesimo , 1.617,25 €
- Segismundo : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Justa , 14.520 €
- Inocencio : VALOR VENAL DE SU VEHICULO BMW ENTREGADO COMO SEÑAL
- Crescencia (AUTOS MASAN SL): PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Nicanor , AUTOS CRISMA, 50.000 € Y OTRAS CANTIDADES PENDIENTES DE CONCRETAR
- Obdulio , 33.000 €
- DON Leoncio , 16.530 €
- Lucio , 26.000 €
- Pelayo Y Beatriz , 18.000 y 12.335 €
- Raúl 18.300 €
- Maximiliano Y Romualdo , MARCOPLAN, 75.287,90 €
- Rosana : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Santos , 25.043 €
- Sergio , POR EL VALOR VENAL DE SU VEHICULO BMW ENTREGADO EN CONCEPTO DE SEÑAL
- Berta , 22.000 €
- Luis Pedro , PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Luis Pablo , 49.250 €
- Juan Miguel Y Carlos Jesús , 10.000 €
- Abilio , 20.113 €
- Cecilia , 20.921 €
- Sixto , 25.420 €
- Jose Carlos , NOVOINMOFINAC R2 SL, 25.748 €
- Bartolomé , 8.000 €
- Benigno , 27.554,45 €
- Bernabe , 34.293 €
- Bienvenido , 22.000 €
- Braulio , 27.305 €
- Juan Pedro , 20.341,75 €
- Julia , 29.940 €
- Eutimio , 28.669 €
- Everardo 32.167 €
- Faustino 19.247 €
- Feliciano 17.520 y 32.167 €
- Marina PENDIENTE DE CUANTIFICACION
- Gabino 3.443 €
- Genaro 32.926 €
- Gervasio Pendiente de cuantificación
- Susana PENDIENTE DE CUANTIFICACION
- Marino 15.000 €
- Abilio 24.239 €
- Mateo Pendiente de cuantificación
- Saturnino 18.858 €
- Virtudes 9.614 €
- Moises , ALYSER XXI SL, 3.575, 5.174 € Y 22.287,82 €
- Norberto , Pendiente de cuantificación
- María Dolores , 16.821,24 €
- Santos , 25.043 €
- Dulce , 1741,24 €
- Pio , 14.466 €
- Secundino , 25.242 €
- Vicente , y Flora 24.390 €
- MUNICH CARS MOTOR SL ( Juan Ramón , ADMINISTRADOR) POR 16.743 €
- ELECTROMECANICA ARBOLEAS SL, Carlos Francisco 15.000 €
- Ángel Daniel 3.045,43 €
- Adriano PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Alexander 390 €
- Genaro 32.936 €
- Alonso 27.082 €
- Justa 14.000 € Y 520 €
- Gregoria 22.660 €
- Lucio 26.000 MAS EL VALOR VENAL DE SU VEHICULO
- Ángel 27.463 €
- Arcadio 6.000 € Y 27.460,92 €
- Cecilio 22.000 €
- Cipriano y Roberto (MOYA Y VEGA) PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Valle 18.000 €
- Fulgencio 19.962 €
- HOTEL IDEAL VILLA ROBLEDO SL, Emilio 109.000 €
- Gonzalo 14.695 € Y 598,60 €
- Hugo 23.700 €
- Gustavo , PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Higinio PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Susana Y Julián 32. 761 €
- Gabino 3.443 €
- Nemesio 21.945 €
- Hernan , SERRAMOVIL SL: Pendiente de cuantificación
- Ricardo 24.950 €
- Arcadio 25.000 €
- Rodrigo 15.805 €
- Romeo 10.000 €
- Rosendo 17300 €
- Sabino PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Sebastián 15.000 €
- Marino 1.500 €
Los acusados reconocen los hechos, facilitando así la celebración del juicio oral, apreciándose en la causa dilaciones indebidas.
Fundamentos
Siendo correcta la calificación aceptada por las partes -delito continuado de estafa, de los artículos 74 , 248 , 249 y 250.5 del Código Penal - y procedente le pena, a partir de la descripción de los hechos aceptada por todas las partes, y no albergando duda alguna este Tribunal de que los acusados han prestado libremente su conformidad, debe dictarse sin más sentencia en los términos aceptados.
Fallo
Administrando justicia en nombre del Rey y por la autoridad que nos confiere la Constitución,
CONDENAMOS a Raquel y a Laureano , como autores de UN DELITO CONTINUADO DE ESTAFA, con la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal atenuantes de los artículos 21.7ª, en relación con el 21.4ª, y del 21.6ª del Código Penal , a la pena, a cada uno de los acusados, de DOS AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA DE TRES MESES, con una cuota diaria de DOCE EUROS, y a que conjunta y solidariamente indemnicen a las siguientes personas en las cantidades que se indican, determinándose en ejecución de sentencia las sumas pendientes de concreción, más el interés legal de las mismas:
- Claudio y Sonia , FRANQUICIADOS DE EUROCAR
- Elias , CASAG MULTIMARCAS SL, FRANQUICIADOS, 50.000 €
- Felicisimo (AUTOS REBMAR SL), 29.026 € MAS EL 25% DE RESERVA DE CINCO COCHES
- Fructuoso , POR EL VALOR VENAL DE ENTREGA A EUROCAR DE SU VEHICULO PEUGEOT 406 EN CONCEPTO DE SEÑAL.
- Almudena , 27.400 €
- Angelina , 19.850 €
- Isaac , 24.950 €
- Jenaro , 10.000 €
- Carolina , 25.000 €
- Hugo , 23.700 €
- Luis , 2036,89 €
- Matías : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Pedro : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Frida : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Roberto , EXCAVACIONES MOYA Y VEGA, SL, 21.500 €
- Gregoria , 22.660 €
- Rubén , 43.539 €, 16.533 €, 8.681 € Y 2.994 €
- Roman , 22.570 €
- Salvador : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Onesimo , 1.617,25 €
- Segismundo : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Justa , 14.520 €
- Inocencio : VALOR VENAL DE SU VEHICULO BMW ENTREGADO COMO SEÑAL
- Crescencia (AUTOS MASAN SL): PENDIENTE DECONCRETAR CANTIDAD
- Nicanor , AUTOS CRISMA, 50.000 € Y OTRAS CANTIDADES PENDIENTES DE CONCRETAR
- Obdulio , 33.000 €
- DON Leoncio , 16.530 €
- Lucio , 26.000 €
- Pelayo Y Beatriz , 18.000 y 12.335 €
- Raúl 18.300 €
- Maximiliano Y Romualdo , MARCOPLAN, 75.287,90 €
- Rosana : PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Santos , 25.043 €
- Sergio , POR EL VALOR VENAL DE SU VEHICULO BMW ENTREGADO EN CONCEPTO DE SEÑAL
- Berta , 22.000 €
- Luis Pedro , PENDIENTE DE CONCRETAR CANTIDAD
- Luis Pablo , 49.250 €
- DANIEL Y Carlos Jesús , 10.000 €
- Abilio , 20.113 €
- Cecilia , 20.921 €
- Sixto , 25.420 €
- Jose Carlos , NOVOINMOFINAC R2 SL, 25.748 €
- Bartolomé , 8.000 €
- Benigno , 27.554,45 €
- Bernabe , 34.293 €
- Bienvenido , 22.000 €
- Braulio , 27.305 €
- Juan Pedro , 20.341,75 €
- Julia , 29.940 €
- Eutimio , 28.669 €
- Everardo 32.167 €
- Faustino 19.247 €
- Feliciano 17.520 y 32.167 €
- Marina PENDIENTE DE CUANTIFICACION
- Gabino 3.443 €
- Genaro 32.926 €
- Gervasio : Pendiente de cuantificación
- Susana PENDIENTE DE CUANTIFICACION
- Marino 15.000 €
- Abilio 24.239 €
- Mateo Pendiente de cuantificación
- Saturnino 18.858 €
- Virtudes 9.614 €
- Moises , ALYSER XXI SL, 3.575, 5.174 € Y 22.287,82 €
- Norberto , Pendiente de cuantificación
- María Dolores , 16.821,24 €
- Santos , 25.043 €
- Dulce , 1741,24 €
- Pio , 14.466 €
- Secundino , 25.242 €
- Vicente , y Flora 24.390 €
- MUNICH CARS MOTOR SL ( Juan Ramón , ADMINISTRADOR) POR 16.743 €
- ELECTROMECANICA ARBOLEAS SL, Carlos Francisco 15.000 €
- Ángel Daniel 3.045,43 €
- Adriano : PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Alexander 390 €
- Genaro 32.936 €
- Alonso 27.082 €
- Justa 14.000 € Y 520 €
- Gregoria 22.660 €
- Lucio 26.000 MAS EL VALOR VENAL DE SU VEHICULO
- Ángel 27.463 €
- Arcadio 6.000 € Y 27.460,92 €
- Cecilio 22.000 €
- Cipriano y Roberto (MOYA Y VEGA): PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Valle 18.000 €
- Fulgencio 19.962 €
- HOTEL IDEAL VILLA ROBLEDO SL, Emilio 109.000 €
- Gonzalo 14.695 € Y 598,60 €
- Hugo 23.700 €
- Gustavo , PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Higinio : PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Susana Y Julián 32. 761 €
- Gabino 3.443 €
- Nemesio 21.945 €
- Hernan , SERRAMOVIL SL: Pendiente de cuantificación
- Ricardo 24.950 €
- Arcadio 25.000 €
- Rodrigo 15.805 €
- Romeo 10.000 €
- Rosendo 17300 €
- Sabino : PENDIENTE DE CUANTIFICACIÓN
- Sebastián 15.000 €
- Marino 1.500 €
Todo ello con expresa imposición del pago de las costas procesales causadas en el procedimiento, incluidas las de las acusaciones particulares y actor civil.
Para el cumplimiento de la pena principal que se impone en esta resolución, les será de abono todo el tiempo que han estado privados de libertad por esta causa, si no lo tuvieran abonado en otra.
Se aprueba el auto de insolvencia dictado por el Magistrado Instructor.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de CASACION, por infracción de Ley o quebrantamiento de forma, para ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que deberá prepararse ante esta Sección en el plazo de cinco días.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada en la forma de costumbre. Doy fe.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

