Sentencia Penal Nº 2, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 193 de 14 de Enero de 2000
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Orden: Penal
Fecha: 14 de Enero de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 2
Resumen
Sobre las 00,45 horas del día 5 de Junio de 1997, el
acusado Antonio, mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo
Renault 21, matrícula con sus facultades disminuidas como consecuencia de haber
ingerido en exceso bebidas alcohólicas, siendo detenido por la Guardia Civil
de Tráfico en el punto kilométrico 30,500 de la carretera El 27,1% de las grandes empresas han adoptado algún tipo de medida de flexibilidad interna no colectiva en 2012 como alternativa al despido
(Betanzos-Ferrol), término municipal de Fene, al percatarse de que no
sustituyó el alumbrado de carretera por el de cruce originando el deslumbramiento
a los vehículos que circulaban en sentido contrario, por lo que ante los
evidentes síntomas de embriaguez que presentaba el acusado tales como aspecto
abatido, comportamiento rudo, alcohol, deambulación vacilante y respuestas
embrolladas y repetitivas, someten al acusado a las correspondientes pruebas
de detección alcohólica, arrojando un -resultado positivo o de 0,83 y 0,81
mgrs. de alcohol por litro de aire espirado. Así la sentencia de 18-2-1988,
cuando señala: que la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
requiere no sólo la presencia de una determinada concentración alcohólica, como
entiende la sentencia recurrida, sino que, además, esa circunstancia influya o
se proyecte en la conducción. Así la sentencia 145/85 de 28 de octubre indica
que la realización del tipo "no consiste en la presencia de un determinado
grado de impregnación alcohólica, sino la conducción de un vehículo bajo la
influencia de bebidas alcohólicas". La sentencia 148/85 de 30 de octubre,
por su parte, expresa que "la influencia de bebidas alcohólicas constituye
un elemento normativo del tipo penal, que consecuentemente requiere una
valoración del juez en el que éste deberá comprobar si en el caso concreto de
que se trate el conductor se encontraba afectado por el alcohol".
Es evidente que la aplicación de tal doctrina, exige la
constatación en el acusado no sólo de la ingesta alcohólica, sino del influjo
que la bebida de tal clase cause en sus facultades psico-físicas, de modo tal
que constituya su conducción un potencial peligro para seguridad del tráfico
rodado, bien jurídico que justifica la tipificación penal de dicha conducta. El
recurso, por lo expuesto, no ha de ser acogido.Con desestimación del recurso
de apelación interpuesto, debemos confirmar y confirmamos la sentencia
recurrida, dictada por el Juzgado de lo Penal de Ferrol, sin devengo de costas
en la alzada.
Así por esta sentencia de la que se llevará certificación
al rollo de apelación penal, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Voces
Bebida alcohólica
Delito contra la Seguridad Vial
Consumo de bebidas alcohólicas
Tipo penal
Juicio rápido por delito
Privación del derecho a conducir vehículos
Responsabilidad
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Antecedentes penales
Embriaguez
Atestado
Sentencia de condena
Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
Derecho de defensa
Análisis de sangre
Drogas
Agente de la autoridad
Presunción de inocencia
Medios de prueba
Hecho delictivo
Prueba de cargo
Práctica de la prueba
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA
Sección 4
Rollo: 193 /1999
Reparto: 1.092/99
JDO. DE LO PENAL N. 1 de FERROL
Proc. Origen: JUICIO RÁPIDO n° 617/1997
NUM. 2/2000
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