Sentencia Penal Nº 20/2006, Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección 2, Rec 40/2003 de 09 de Mayo de 2006
- Orden: Penal
- Fecha: 09 de Mayo de 2006
- Tribunal: Audiencia Nacional
- Ponente: Garcia Nicolas, Fernando
- Núm. Sentencia: 20/2006
- Núm. Recurso: 40/2003
- Núm. Cendoj: 28079220022006100023
- Núm. Ecli: ES:AN:2006:6284
La Audiencia Nacional condena a los acusados, como autores de un delito de colaboración con grupo u organización terrorista. El TS considera como actividades que integran el delito de colaboración con organización terrorista islámica el recaudar fondos, facilitar pasaportes falsos, alojar y proporcionar trabajo a los mujahidines, y hacer de intermediario financiero entre distintos miembros de organizaciones terroristas islamistas. Tales actividades se ha considerado que no llegan a constituir delito de pertenencia a organización terrorista porque no alcanzan el grado de integración que requiere el tipo, y no revelan per se ni la asunción de los fines del grupo terrorista ni la voluntad de integración en la organización por parte de sus autores. Pero si esta conducta se mantiene en el tiempo puede integrarse en una modalidad de delito permanente que cesa en el momento en que el sujeto activo decide desligarse de sus actividades de colaboración que venía prestando. En este caso, la actividad desarrollada por los acusados es encuadrable dentro de la colaboración con organización terrorista, por lo que procede su condena.
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