Última revisión
16/05/2019
Sentencia Penal Nº 20/2019, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 3, Rec 6/2019 de 30 de Abril de 2019
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Orden: Penal
Fecha: 30 de Abril de 2019
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: GUEVARA, FÉLIX ALFONSO MARCOS
Nº de sentencia: 20/2019
Núm. Cendoj: 28079220032019100009
Núm. Ecli: ES:AN:2019:1474
Núm. Roj: SAN 1474:2019
Encabezamiento
Teléfono: 917096608/01/00/597
En Madrid, a treinta de abril de dos mil diecinueve.
VISTO, por conformidad de las partes y sin celebración del juicio oral, la causa tramitada como pieza separada- Orejas - de las Diligencias Previas nº 65/2014 del Juzgado Central de Instrucción nº 5, seguido de oficio por delito de blanqueo de capitales contra Carmelo , DNI NUM000 , nacida en Donostia, San Sebastián, (Guipúzcoa) el NUM001 de 1952, hijo de Ernesto y de Luisa , sin antecedentes penales, solvente y en libertad provisional de la que ha estado privado en esta causa y sin perjuicio de ulterior comprobación del 9 al 11 de julio de 2014, siendo partes el Ministerio Fiscal y dicho acusado representado por la Procuradora Dª Pilar Azorín- Albiñana y López y defendido por el Letrado D. Carlos Mª Texidor y Nachón.
Ponente el Ilmo. Sr. D. F. Alfonso Guevara Marcos.
Antecedentes
El Ministerio Fiscal de conformidad con el investigado Carmelo y su defensa, presentó escrito, firmado por los tres, calificando los hechos como constitutivos de un delito de blanqueo de capitales del art. 301-1 y 2 del Código Penal , del que consideró responsable como responsable como autor al referido acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando la imposición de la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de 1.938.193,60 euros, con tres meses de responsabilidad personal caso de impago.
La representación del acusado consignó en el Juzgado el importe de la multa solicitada.
Preguntado el acusado si se confesaba autor de los hechos-delitos según el escrito del Ministerio Fiscal y de la defensa presentado a tenor del art 784.3 de la L.E.Crim . y si se conformaba con cumplir las penas solicitadas, contesto afirmativamente ratificando la conformidad suscrita ya por escrito firmado con su Letrado, que asimismo lo ratificó considerando innecesaria la celebración de juicio, quedándose así concluso las actuaciones para sentencia.
Hechos
2.- La trazabilidad de los
Esta suma de
- 27.01.2009 transferencia por importe de
- 27.03.2009 transferencia por importe de
- 22.09.2009 transferencia por importe de
Los beneficiarios últimos de estas transferencias son los administradores de la empresa pública DEFEX SA Martin , a/ Nazario y a/ Norberto , Presidente de DEFEX SA, y Primitivo , a/ Sabino , Director de Operaciones de DEFEX SA, quienes se beneficiaron de
3.- La sociedad BIONIC DEVELOPMENT LIMITED es una sociedad instrumental o pantalla constituida en 2001 en las Islas Vírgenes Británicas, administrada por la sociedad fiduciaria SINO FIDUCIARY SERVICES LIMITED, con domicilio en Hong-Kong.
La sociedad instrumental BIONIC DEVELOPMENT LIMITED es titular de la cuenta nº NUM003 de la entidad THE BANK OF EAST ASIA de Hong-Kong, y utilizada como una cuenta ómnibus y de paso para canalizar fondos dinerarios sin razón comercial alguna.
Esta cuenta ómnibus y de paso es gestionada por la sociedad suiza VISTRA GENEVE SA, mercantil dedicada a prestar servicios de administración fiduciaria a sociedades instrumentales o pantalla, que es administrada por el investigado suizo Juan Manuel , como declaró judicialmente el investigado el 23.10.17. Previamente, la cuenta de BIONIC DEVELOPMENT había sido gestionada por la sociedad INTERTRUST FORTIS, mercantil que también gestionaba Juan Manuel para la entidad bancaria FORTIS BANK.
Las órdenes e instrucciones para realizar los movimientos de fondos que transitan por la cuenta de BIONIC DEVELOPMENT son impartidas por el investigado con doble nacionalidad española y suiza Ezequiel , quien administra y preside la sociedad suiza BEAULAC SA, de la que el investigado Juan Manuel ocupa el cargo de Vicepresidente.
La sociedad suiza BEAULAC SA, con domicilio social en el 4, Chemin Doctoresse Champendal de Ginebra (Suiza), inscrita en el Registro Mercantil de ese país el día 9.07.1990, tiene como objeto social la '
4.- En el ámbito de la investigación de este procedimiento se tuvo conocimiento a través del procedimiento de Luxemburgo y de la cooperación jurídica internacional mantenida con el Juzgado de Instrucción del Tribunal de Luxemburgo, quien, a su vez había recabado documentación de las autoridades judiciales suizas, que el investigado Carmelo también había sido destinatario de fondos transferidos a la cuenta de BIONIC DEVELOPMENT LIMITED (Informe nº NUM004 UDEF-BLA, de fecha 31.03.2016, págs 11 a 16, e Informe nº NUM005 UDEF-BLA, de fecha 17.05.2017, págs. 38 y ss).
No se ha encontrado relación entre el investigado Carmelo y la operación comercial de la UTE CUETO-DEFEX en Angola, ni con el resto de los investigados salvo con el administrador fiduciario Ezequiel .
5.- El investigado Ezequiel venía siendo el administrador fiduciario de las inversiones de la familia Carmelo en Suiza. En 2006, cuando fallece la madre de Carmelo , éste último sucedió a la anterior en todas las posiciones financieras de la familia en Suiza que eran administradas por Ezequiel .
La entidad que utilizaba Ezequiel para realizar su actividad comercial era BEAULAC SA. La investigación ha permitido acreditar que Carmelo , era cliente de BEAULAC SA, y tenía contratado servicios de administración fiduciaria del patrimonio que ocultaba en el extranjero y
Por esta actividad de gestión patrimonial BEAULAC SA, es decir Ezequiel , recibía unos honorarios del 1,5 % del patrimonio que administraba fiduciariamente para su cliente Carmelo . Esta cantidad la retiraba anualmente Ezequiel de las posiciones financieras de la familia. La relación se mantuvo hasta 2012.
6.- Una de las formas que Carmelo había establecido para disponer de los fondos ocultos en Suiza que BEAULAC SA le administraba en el extranjero, reintegrándolos subrepticiamente a los canales económicos lícitos, fue la utilización de los servicios que prestaba la sociedad suiza COFINOR SA.
La sociedad suiza COFINOR SA es una empresa de Ginebra (Suiza) que realiza operaciones financieras de compensación, por lo que abona fondos dinerarios en cualquier lugar del extranjero que luego compensa o reembolsa de la cuenta corriente que le indica su cliente, en este caso la sociedad BEAULAC SA. La sociedad suiza COFINOR SA, según Carmelo , percibía un 5 % de comisión por operación de compensación. La utilización de esta vía para que Carmelo obtuviera el reintegro de fondos líquidos en Madrid fue recomendación de Ezequiel .
El investigado Ezequiel declaró judicialmente el 18.05.2017 en la Fiscalía de Ginebra, donde ratificó lo declarado judicialmente el 27.11.2014 en la misma Fiscalía, como consecuencia de la Comisión Rogatoria Internacional enviada a Suiza, que gestionaba los fondos dinerarios en el extranjero, así como que COFINOR SA es una entidad financiera que ejerce la compensación de fondos, y que las órdenes que enviaba a COFINOR SA eran recibidas, previamente, de Carmelo .
7.- El investigado Carmelo , era conocido en BEAULAC SA y COFINOR SA con el nombre de ' Orejas ', y en LLOYDS BANK con el nombre de 'Sigmu'.
La denominación Orejas , cuya titularidad asume Carmelo en su declaración judicial prestada el 4.06.2018, era el nombre clave que utilizaba en su relación con Ezequiel , siendo ésta la práctica habitual que utilizaba Ezequiel para dar opacidad a las relaciones comerciales.
8.- Como consecuencia de la documentación remitida por las autoridades judiciales suizas en contestación a las Comisiones Rogatorias Internacionales enviadas por el Juzgado Central de Instrucción durante la investigación, se recibió el 27.03.2017 la cumplimentación que había sido enviada el 6.03.2017 desde Suiza, que incluía, a su vez, la documentación aportada por la sociedad suiza COFINOR SA, en cumplimiento del requerimiento de la Fiscalía de Ginebra (Suiza) de 26.10.2015.
La documentación de la sociedad suiza COFINOR SA se encuentra en el Archivador C6, incluyendo documental de las relaciones mantenidas por la sociedad COFINOR SA y la sociedad BEAULAC SA, respecto a sus clientes Carmelo , Martin y Primitivo .
Por la que resulta acreditado que Carmelo repatrió a España fondos ocultos por importe de
La compensación de estas entregas de dinero fue realizada desde cuentas tituladas por las siguientes sociedades instrumentales: BIONIC DEVELOPMENT LIMITED, SWAM SPRING INVEST CORP, COLOSSAE DEVELOPMENT LIMITED, BARROW FINANCIAL CORP y PENDULUM CORP.
Como consecuencia de la documentación aportada por BEAULAC SA a la Comisión Rogatoria Internacional enviada por el Juzgado Central de Instrucción se ha podido conocer que estas sociedades instrumentales fueron constituidas, y en todo caso utilizadas, por BEAULAC SA para sus clientes, quienes figuran como los beneficiarios últimos de estas sociedades y de los fondos repatriados por sus clientes. La documentación incluye los contratos de gestión bancaria de las cuentas tituladas por estas sociedades y firmados por los últimos beneficiarios de las mismas. El investigado Carmelo reconoció en su declaración judicial como suyas las sociedades SWAM SPRING INVEST CORP, BARROW FINANCIAL CORP y PENDULUM CORP, y respecto a las otras sociedades manifestó que eran de Ezequiel , sin perjuicio de que la totalidad de los fondos repatriados por ' Orejas ' a través de COFINOR SA eran fondos de su propiedad gestionados por Ezequiel y BEAULAC SA en el extranjero.
En la diligencia judicial de entrada y registro en el domicilio del investigado Carmelo , sito en la CALLE000 , nº NUM006 NUM007 y NUM008 planta de Madrid, que fue ejecutada el 9.07.2014 se encontraron diversos documentos donde se menciona a la sociedad SWAM SPRING, folio con anotaciones manuscritas en el que puede leerse 'TOTAL ASSETS FROM SWAM SPRING', un documento fechado el 16.10.2012 redactado en francés dirigido a la atención de 'Mr. Calixto ' enviado por 'Sigmu' y un documento fechado el 17.10.2012 redactado en francés dirigido a la atención del 'Mr. Claudio ' enviado por 'Sigmu', en el que se hace mención a las sociedades SWAM SPRING y PENDULUM.
9.- Según la documentación aportada por las autoridades judiciales luxemburguesas y por las autoridades judiciales suizas, la mercantil COFINOR SA intervino en el marco de las siguientes operaciones documentadas de repatriación de fondos del investigado Carmelo , a/ Orejas , de la siguiente forma a modo de ejemplo:
- El 24.11.08 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 5.12.2008 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
De la misma forma, los días 15.04.2008 y 24.09.2008 Carmelo recibió fondos por importe de
- El 10.03.09 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 16.03.2009 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
El importe restante hasta alcanzar la cifra de
- El día 19.06.09 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 7.07.2009 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
El importe restante hasta alcanzar la cifra de
- El día 24.11.09 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 24.11.2009 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
El importe restante hasta alcanzar la cifra de
- El día 17.02.10 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 5.03.2010 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
El importe restante hasta alcanzar la cifra de
- El día 1.06.10 recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 2.06.2010 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de 1
- El día 26.01.12 Carmelo recibió
A continuación, COFINOR SA emite dos documentos acreditativos de la operación de pago y de la compensación: en uno hacer constar el importe pagado a ' Orejas ' que suma
Seguidamente, se encuentra la orden emitida el 21.02.2012 por COFINOR SA a su entidad bancaria BSI BANK de Ginebra para que reembolse en su cuenta corriente nº NUM009 el importe de
El importe restante hasta alcanzar la cifra de
10.- En concreto, las cantidades recibidas por Carmelo en Madrid (España) a través de COFINOR SA en el periodo comprendido entre 15.04.2008 y el 21.07.2012, siendo su intermediario Cachas SA y su Presidente Ezequiel , se nutrieron de transferencias remitidas por las siguientes sociedades y los importes que se relacionan en la siguiente tabla:
ORDENANTE IMPORTE
BIONIC DEVELOPMENT LIMITED 590.043,60 €
SWAM SPRING INVEST CORP. 962.700,00 €
BARROW FINANCIAL CORP. 337.450,00 €
COLOSSAE DEVELOPMENT LIMITED 42.000,00 €
PENDULUM CORP. 6.000,00 €
TOTAL 1.938.193,60 €
El importe total que se refleja corresponde a la cuantía total recibida en la cuenta corriente nº NUM009 de la entidad BSI BANK de Ginebra (Suiza), titulada por COFINOR SA.
Dado que el importe recibido por Carmelo asciende, según la documentación aportada por COFINOR SA a un total de
Fundamentos
Visto los preceptos de aplicación.
Fallo
Que debemos
Para el cumplimiento de las penas impuestas será de abono el tiempo sufrido de privación de libertad por la presente causa.
Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de no ser susceptible de recurso en el referido Art 787.7 de la L.E.Crim .
Así por nuestra sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala, definitivamente juzgado, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
