Sentencia Penal Nº 202/20...ro de 2008

Última revisión
28/02/2008

Sentencia Penal Nº 202/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Rec 464/2007 de 28 de Febrero de 2008

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Orden: Penal

Fecha: 28 de Febrero de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: ARZUA ARRUGAETA, JAVIER

Nº de sentencia: 202/2008


Encabezamiento

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación nº 464/07

Procedimiento Abreviado nº 80/07

Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar

SENTENCIA 202

Ilmos Srs Magistrados

D. Javier Arzua Arrugaeta

D. José Carlos Iglesias Martín

Dª. Maria José Magaldi Paternostro

En Barcelona a veintiocho de febrero de dos mil ocho

En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Abreviado nº 80/07 procedentes del Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar causa seguida por delito de robo con fuerza habiendo sido partes en calidad de apelante Don Federico representado por la Procurador Doña Mª Blanca Quintana Riera y defendido por el Letrado Don Joseph María Castejón Arqued y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes

PRIMERO.- En fecha 31 de octubre de 2007 se dictó por el Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar sentencia en la causa Procedimiento Abreviado número 80/07 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Don Federico que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron su entrada a 28 de diciembre de 2007 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.

TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales salvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.

CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Fundamentos

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación nº 464/07

Procedimiento Abreviado nº 80/07

Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar

SENTENCIA 202

Ilmos Srs Magistrados

D. Javier Arzua Arrugaeta

D. José Carlos Iglesias Martín

Dª. Maria José Magaldi Paternostro

En Barcelona a veintiocho de febrero de dos mil ocho

En nombre de S.M. el Rey la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación los autos de Procedimiento Abreviado nº 80/07 procedentes del Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar causa seguida por delito de robo con fuerza habiendo sido partes en calidad de apelante Don Federico representado por la Procurador Doña Mª Blanca Quintana Riera y defendido por el Letrado Don Joseph María Castejón Arqued y en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.

Ha sido Magistrado Ponente SSª Ilma. Don Javier Arzua Arrugaeta quien expresa el parecer del Tribunal.

PRIMERO.- En fecha 31 de octubre de 2007 se dictó por el Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar sentencia en la causa Procedimiento Abreviado número 80/07 cuya parte dispositiva contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal.

SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Don Federico que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Sección, donde tuvieron su entrada a 28 de diciembre de 2007 señalándose el día de la fecha para la preceptiva deliberación y votación del recurso.

TERCERO.- En la tramitación y sustanciación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales salvo la fecha de señalamiento debido a la elevada carga competencial del Tribunal.

CUARTO.- Se aceptan los Antecedentes de Hechos y los Hechos Probados de la sentencia apelada.

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por Don Federico contra la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2007 por el Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar en la causa Procedimiento Abreviado nº 80/07 debemos confirmar y confirmamos dicha resolución.

Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.

Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.

Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE

Fallo

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por Don Federico contra la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2007 por el Juzgado de lo Penal 1 de Arenys de Mar en la causa Procedimiento Abreviado nº 80/07 debemos confirmar y confirmamos dicha resolución.

Se declaran de oficio las costas devengadas en esta segunda instancia.

Notifíquese esta resolución, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, al Ministerio Fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno, remítanse los autos al Juzgado de su procedencia para su conocimiento y efectos y, verificado ello, archívese el Rollo sin mas trámites, previas las oportunas anotaciones en los Libros Registro correspondientes.

Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por el Ilmo Sr. Magistrado Ponente hallándose celebrando audiencia publica. DOY FE