Última revisión
13/03/1998
Sentencia Penal Nº 21, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 0231/94 de 13 de Marzo de 1998
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Orden: Penal
Fecha: 13 de Marzo de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 21
Resumen:
Los hechos declarados probados son, legalmente,
constitutivos de un delito de robo con intimidación en las personas,
típicamente agravado por el empleo de armas blancas, previsto y sancionado en
los artículos 500 y 501_50 y último párrafo del Código Penal vigente en la ya lejana fecha comisiva. La imposibilidad práctica de un reconocimiento personal
nueve años después de los hechos hace aconsejable desde el buen sentido
jurídico dar por finiquitado un trámite vacío de objeto y razón de ser.
Fundamentos
Los hechos declarados probados son, legalmente, constitutivos de un delito de robo con intimidación en las personas, típicamente agravado por el empleo de armas blancas, previsto y sancionado en los artículos 500 y 501_50 y último párrafo del Código Penal vigente en la ya lejana fecha comisiva. La imposibilidad práctica de un reconocimiento personal nueve años después de los hechos hace aconsejable desde el buen sentido jurídico dar por finiquitado un trámite vacío de objeto y razón de ser.
