Última revisión
11/01/2007
Sentencia Penal Nº 210/2007, Tribunal Supremo, Rec 10983/2006 de 11 de Enero de 2007
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Orden: Penal
Fecha: 11 de Enero de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAAVEDRA RUIZ, JUAN
Nº de sentencia: 210/2007
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a once de Enero de dos mil siete.
Antecedentes
PRIMERO.- La sentencia de fecha 21/07/06 , de la audiencia Nacional, sección 4ª, dictada en Rollo de Sala 8/05, procedente del juzgado Central de Instrucción 1, causa Sumario 13/03, condenó al recurrente , Juan Miguel, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con accesoria de prohibición de ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a satisfacer la mitad de una quinta parte de las costas procesales.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Juan Miguel, representado por el procurador D. Fernando Rodríguez-Jurado Saro , invocando como motivos los siguientes: 1) Infracción de ley , al amparo del art. 849.1 por aplicación indebida del art. 371 del Código Penal, a los hechos declarados probados.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso, el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a once de Enero de dos mil siete.
PRIMERO.- La sentencia de fecha 21/07/06 , de la audiencia Nacional, sección 4ª, dictada en Rollo de Sala 8/05, procedente del juzgado Central de Instrucción 1, causa Sumario 13/03, condenó al recurrente , Juan Miguel, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con accesoria de prohibición de ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a satisfacer la mitad de una quinta parte de las costas procesales.
SEGUNDO.- Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de casación por Juan Miguel, representado por el procurador D. Fernando Rodríguez-Jurado Saro , invocando como motivos los siguientes: 1) Infracción de ley , al amparo del art. 849.1 por aplicación indebida del art. 371 del Código Penal, a los hechos declarados probados.
TERCERO.- En el trámite correspondiente a la sustanciación del recurso, el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.
CUARTO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por Sala de Gobierno, de este Tribunal Supremo, es ponente de la presente resolución el magistrado Excmo. Sr. Don Juan Saavedra Ruiz.
LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra la sentencia dictada por la audiencia Nacional , en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
Fallo
LA SALA ACUERDA: NO HABER LUGAR A LA ADMISIÓN del recurso de casación formalizado por el recurrente, contra la sentencia dictada por la audiencia Nacional , en la causa referenciada en el encabezamiento de esta resolución.
Las costas del recurso se imponen a la parte recurrente.
Así lo acordaron y firman los Excmos. Sres. que han constituido Sala para ver y decidir esta Resolución.
