Sentencia Penal Nº 22/201...yo de 2018

Última revisión
14/06/2018

Sentencia Penal Nº 22/2018, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 2, Rec 1/2017 de 23 de Mayo de 2018

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Orden: Penal

Fecha: 23 de Mayo de 2018

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: RODRIGUEZ DUPLA, MARIA JOSE

Nº de sentencia: 22/2018

Núm. Cendoj: 28079220022018100018

Núm. Ecli: ES:AN:2018:2031

Núm. Roj: SAN 2031:2018

Resumen:
FALSIFICACIÓN DE MONEDA

Encabezamiento

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN 002

Teléfono: 917096575

Fax: 917096578

20107

N.I.G.: 28079 27 2 2012 0001440

ROLLO DE SALA PA 1/2017

ÓRGANO DE ORIGEN: JUZGADO CENTRAL INSTRUCCIÓN 5

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: 46/2012

S E N T E N C I A nº 22/2018

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DÑA. MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLÁ (Presidenta y Ponente)

D. JULIO DE DIEGO LÓPEZ

D. JUAN PABLO GONZALEZ GONZALEZ

En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil dieciocho.

Visto, en juicio oral y público, ante la Sección Segunda de esta Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el presente Rollo de PA 1/2017, dimanante de PA 46/2012 del Juzgado Central de Instrucción nº 5, por delito de Falsificación de Tarjetas Crédito, Estafa, Falsificación Documento Oficial y Receptación seguido contra Héctor , nacido el NUM000 de 1981, en Bucarest (Rumania), hijo de Nemesio y Salome con NIE NUM001 , representado por la Procuradora Dª María Del Carmen de la Fuente Baonza y defendido por el Letrado D. José Julián Martín, en prisión provisional por esta causa. Ha sido parte el Ministerio Fiscal, representado por el Ilmo. Sr. D. Carlos Bautista Samaniego.

Antecedentes

PRIMERO.-Las actuaciones se iniciaron mediante atestado dando lugar a la incoación de diligencias previas penales núm. 1954/2011 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de San Fernando, después diligencias previas penales núm. 46/2012 del Juzgado Central de Instrucción núm. 5 de la Audiencia Nacional, posteriormente transformadas en procedimiento abreviado, en que formulados escritos de acusación, decretada la apertura del juicio oral y unidos escritos de defensa, se remitió la causa a esta Sala, señalándose para la celebración del juicio respecto a Héctor el dia 22 de mayo de 2018.

SEGUNDO.-En fase de conclusiones provisionales el Ministerio Fiscal calificó los hechos que narraba como constitutivos de un delito de falsificación de tarjetas de crédito del artículo 399-1, primero y segundo inciso del Código Penal , un delito continuado de estafa de los artículos 248.1 , 249 y 74.1 del Código Penal y delito de falsificación de documento oficial de los artículos 390.1 y 2 y 392 del Código Penal , en lo que afecta al hoy enjuiciado, estimandolo responsable en concepto de autor, e interesaba fueran impuestas las siguientes penas: por el delito de falsificación de tarjetas de crédito, la pena de siete años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por el delito de estafa la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante dicho tiempo, por el delito de falsificación en documento oficial las penas de dos años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de diez meses, con treinta euros de cuota diaria y cinco meses de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, debiendo indemnizar el acusado a los titulares de las tarjetas de crédito por el importe de las cantidades defraudadas, y pidió asimismo comiso de todos los objetos adquiridos con las tarjetas utilizadas que figuran a los folios 1847 a 49, decomiso y destrucción de los instrumentos ilícitos del delito intervenidos, y decomiso y adjudicación al Estado de los objetos incautados y utilizados por las unidades actuantes y que constan a los folios 1849 a 51 de la causa, más el pago de las costas.

En similares términos fueron calificados los hechos por las Acusaciones Particulares Asociación para la Defensa de Usuarios de Medios de Pago Distintos del Efectivo (ASUMEPA), que interesó fueran indemnizados los perjudicados con resarcimiento de los daños causados y la Asociación en la suma de 3000 euros, y Servired Sociedad Española de Medios de Pago SA (SERVIRED), que en cuanto a la responsabilidad civil pidió indemnización en suma de 7.417,06 euros por el fraude directamente causado en el sistema de medios de pago así como 6.000 euros por el menoscabo del sistema.

En igual trámite la Defensa mostró desacuerdo con los escritos de acusación, interesando la libre absolución de su patrocinado.

TERCERO.-Al inicio del juicio oral el Ministerio Público modificó su calificación provisional señalando, en cuanto a los hechos, que la causa estuvo paralizada entre el 28 de octubre de 2013 y el 17 de junio de 2015, y asimismo transcurrieron veinte meses entre el auto de apertura del juicio oral y la vista de la causa, y los acusados han reconocido los hechos. Manteniendo la calificación penal de los hechos y la participación del acusado, introdujo como atenuantes la analógica de reconocimiento de los hechos ex artículo 21-7 en relación con 21.4 del Código Penal y la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas del artículo 21.6 del Código Penal , e interesó finalmente que fueran impuestas las siguientes penas y determinada la responsabilidad civil de esta forma, en cuanto al acusado Héctor : la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por el delito de falsificación de tarjetas de crédito, la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por el delito de estafa y la pena de cuatro meses de prisión, con inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de cuatro meses, con 2 euros de cuota diaria y dos meses de responsabilidad personal caso de impago, por el delito de falsificación de documento oficial.

Mantuvo la responsabilidad civil y el comiso en su totalidad. Se añade, junto a la indemnización a los titulares de las tarjetas 'y en su defecto, a las entidades emisoras de las tarjetas, siempre que se hayan subrogado en la acción y, en su defecto, a quien efectivamente hubiera asumido el pago de las cantidades defraudadas'. La Acusación Particular Servired se adhirió a las peticiones del Ministerio Fiscal y renunció a su anterior solicitud de una indemnización por importe de 6000 euros por menoscabo del sistema. Ambas acusaciones determinaron en 7416 euros s.e.u.o. la indemización correspondiente por el fraude causado.

La Asociación para la Defensa de Usuarios de Medios de Pago no compareció a la celebración de la vista.

Con la nueva calificación mostró su conformidad el acusado Héctor , cuya defensa asumía el Letrado Sr. González Martín, quien estimó innecesaria la celebración de vista.

Hechos

PRIMERO.-Los acusados Aurelio , Lidia , ambos mayores de edad, ejecutoriamente condenado el primero a la pena de dos años y tres meses de prisión por un delito de estafa por sentencia de 12 de julio de 2010, sin antecedentes penales la segunda, entre el mes de abril de 2011 y el 19 de diciembre de 2011, fecha de las detenciones, se vinieron dedicando a la elaboración de tarjetas de crédito, bien enteramente falsas ( soporte falso y banda magnética copiada) o bien falsificada ( soporte auténtico y banda magnética copiada) para lo cual se servían de dos proveedores de numeraciones por internet cuya identidad no ha quedado debidamente acreditada, a los cuales pagaban por giros a través de Money Gram, y usaban al menos a dos personas que vivían con ellos para realizar compras con las mentadas tarjetas, y también acusados mayores de edad Carlos Ramón @ Tiburon , ejecutoriamente condenado en sentencia de 18 de junio de 2008 a la pena de dos años y ocho meses de prisión por un delito de falsificación de documentos mercantiles, y Héctor @ Pelos , sin antecedentes penales quienes también eran los encargados de dar salida a la mercancía adquirida.

SEGUNDO.-Practicada entrada y registro en el piso de la CALLE000 NUM002 de Almonte (Huelva), donde residían los acusados, se encontró:

Tarjeta VISA con número NUM003 falsa, a nombre de Ángel Jesús .

Tarjeta VISA NUM004 FALSIFICADA, A NOMBRE DE Ángel Jesús .

Tarjeta VISA NUM005 falsificada a nombre de Ángel Jesús .

Tarjeta VISA NUM006 falsa a nombre de Ángel Jesús .

Tarjeta VISA NUM007 falsa a nombre de Ángel Jesús .

Nota de papel con apuntes de palabras y números

Ordenador marka Akoya con número de serie NUM008 en cuyo disco duro se encontraron trece archivos con imágenes de distintos documentos de identidad y tarjetas bancarias, así como software del lector grabador MSR206.q.

Cuaderno rojo con anotaciones.

Anotaciones numéricas en trozo de papel cuadriculado

Recibo de dinero por Money Gram

Documento rumano a nombre de Florian falso.

Adaptador negro semi-envuelto en papel transparente Ever Glow que es utilizado para conectar el lector grabador MSR 206.

Documento de identidad checo con número NUM009 sin nombre y con la fotografía del acusado Rodrigo

Documento de identidad esloveno NUM010 a nombre de Ángel Jesús con la foto de Carlos Ramón , falso.

Documento de identidad rumano a nombre de Florian , falsificado, con la foto de Héctor .

En la habitación NUM011 del Club Vaji 97 sito en la carretera SE 646 kilómetro 2 de Espartina, habitación de Joaquina , que se registró con su consentimiento, se encontró:

Documento de identidad de Eslovenia con número NUM010 (misma numeración que la del acusado Tiburon ) a nombre de Landelino , con la foto de Héctor @ Pelos .

Tarjeta de crédito con número NUM012 a nombre de Landelino falsa.

Tarjeta de crédito con número NUM013 a nombre de Landelino falsificada.

Tarjeta de crédito con número NUM014 a nombre de Landelino falsa.

Trajeta de crédito con número NUM015 a nombre de Landelino falsa.

TERCERO.-Asimismo, en fecha 8 de marzo de 2012, en el garaje subterráneo número NUM002 del CAMINO000 de la localidad de Almonte, se encontró un escondrijo en que los acusados tenían oculto:

Un dispositivo grabador de bandas magnéticas MSR206 con cable de conexión que se corresponde con el adaptador Everglow encontrado en la CALLE000 , en perfecto estado de funcionamiento.

58 pliegos de caracteres DECADRY, utilizados para cambiar las numeraciones visibles de las tarjetas y los nombres en los documentos falsos.

16 recortes de papel con numerarios manuscritas.

Documento de identidad esloveno con número NUM010 a nombre de Estanislao con la fotografía de Carlos Ramón @ Tiburon

CD verbatim con el software del MRS206.

Visa NUM016 falsa.

Visa NUM017 falsificada.

Visa NUM018 falsificada.

Tarjetas Shell, todas falsificadas.

Tarjetas Travel Club, todas falsificadas.

Tarjeta BP oil NUM019 falsificada.

Tarjeta regalo Carrefour NUM020 falsificada.

CUARTO.-Operaciones con tarjetas.

1) Con las numeraciones encontradas en el garaje número NUM002 de Almonte y anotadas en unas hojas de papel, se han realizado las siguientes operaciones, según orden numérico expuesto por la Guardia Civil en los folios 827 y siguientes del tomo anexo 1:

-Con la numeración NUM021 se realizó un intento de cargo por importe de 246,30 euros el día 18 de agosto de 2001 en La Parra de Punta umbría (hecho 213)

-Con esa misma numeración y ese mismo día se realizó un intento de cargo en el Estanco número 1 de la Algaba por importe de 346.50 euros (H.193)

2) Con numeraciones obtenidas a través de internet de proveedores cuya identidad final no estás debidamente acreditada, recibidas indistintamente por los acusados Lidia y Aurelio , se realizaron las siguientes operaciones:

-En fecha 2-12-11 (T-3), TSUSI 65 transmitió la numeración # NUM022 de la BC CARD COMPANY SUR KOREA que se utilizó en los hechos 144-107-110-119.

Hecho 107: intento de cargo por importe de 579 en supermercado Aldi de la calle Granada 54 de Antequera el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 110: intento de cargo por importe de 579 euros en el supermercado Aldi de la calle Granada 54 de Antequera el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 119: intento de cargo por importe de 19,75 euros en la estación de servicios la Red de la localidad de Sevilla el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 144: intento de comprar en establecimiento Tisery Ana, sito en la avenida España 22 de la localidad de Priego de Córdoba el día 30 de noviembre de 2011.

-En la misma fecha, transmitió la numeración # NUM023 de la SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 108-120.

Hecho 108: intento de cargo por importe de 579 euros en el supermercado Aldi de Antequera de la calle Granada 14 el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 120: intento de cargo por importe de 19.75 euros en la estación de servicios la Red el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha, transmitió la numeración # NUM024 KOOKMIN BANK SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 109-113-114.Dichos hechos son atribuidos por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 113: cargo por importe de 109,9 en el establecimiento Mis Aromas de la calle Ribera del Beiro 19 de la localidad de Granada el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 114: cargo por importe de 41,75 euros en el establecimiento Mc Donalds de Granada Estación en la Avenida Juan Pablo II 53 de la localidad de Granada el día 3 de diciembre de 2011

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM025 de la SAMSUNG CARD COMPANY. SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 111-118.

Hecho 111: cargo por importe de 579 euros en el establecimiento Aldi de la calle Granada 14 de la localidad de Antequera el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 118: intento de cargo por importe de 19,74 euros en la estación de servicios la Red de la localidad de Sevilla, el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM026 de la BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 116-112-115-117. Los hechos 116-117 son atribuidos por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 112: intento de cargo por importe de 551,5 euros en el establecimiento Mis Aromas de la calle Ribera del Beiro 19 de la localidad de Granada el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 115: intento de cargo por importe de 41,75 euros en el establecimiento Mc Donalds de la Avenida Juna Pablo II 53 de la localidad de Granad el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 116: cargo por importe de 38,95 euros en el establecimiento Clinivet de la calle Conde de Torrepalma 1 de la localidad de Alcalá la Real el día 3 de diciembre de 2011.

Hecho 117: cargo por importe de 499 euros en el establecimiento R. Sistem informática de la Avenida Europa 2 de la localidad de Alcalá la Real el día 3 de diciembre de 2011.

-En fecha 08-12-11 (T-6), TSUSI 65 transmitió la numeración # NUM027 de la BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 134, consistente en cargo por importe de 206,20 euros en la Perfumería Azahar de la calle San Rafael el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha trasmitió la numeración # NUM028 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 121, consistente en intento de compra por importe de 351,2 euros en el establecimiento Feu Vert Ibérica de la Autovía San Pablo, kilómetro 535,6 de la localidad de Sevilla el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM029 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 122, consistente en intento de cargo por importe de 351,2 euros en el establecimiento Feu Vert Ibérica, sito en la autovía San Pablo kilómetro 535,6 de la localidad de Sevilla el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM030 del LOTTE CARD CO. KOREA, que se utilizó en los hechos 129 y130. El hecho 129 es atribuido por la Guardia Civil por similitud de firmas con el documento de identidad a Héctor .

Hecho 129: cargo por importe de 394,65 euros en el establecimiento Casa María, de la calle la Plaza 187 de la localidad de Puerto Real, el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 130: intento de cargo por importe de 28,95 euros en establecimiento McDonalds de la Avenida Europa 1 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha trasmitió la numeración # NUM031 del SAMSUNG CARD COMPANY. SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 123-124.

Hecho 123: intento de cargo por importe de 351,2 euros en el establecimiento Feu Vert de la autovía San Pablo km 535,6 de la localidad de Sevilla el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 124: Compra por importe de 140,1 euros en el establecimiento DÍA de la calle Europa de la localidad de Jerez de la Frontera el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM032 del HANASK CARD. SUR KOREA , que se utilizó en los hechos 133-135-136. El hecho 135 es atribuidos por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Carlos Ramón .

Hecho 133: intento de cargo por importe de 179,19 euros en el establecimiento Lidl de la zona franca del polígono industrial de Puerto Real el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 135: cargo por importe de 73,30 euros en la estación de servicios de Puente V centenario de la localidad de Sevilla el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 136: intento de cargo por importe de 6,10 euros en el peaje de la autopista Aumar el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración el # NUM033 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 127-128.

Hecho 127: intento de cargo por importe de 394, 65 euros en el establecimiento Casa María de la calle la Plaza 187 de la localidad de Puerto Real el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 128: intento de cargo por importe de 197,3 euros en el mismo establecimiento anterior y el mismo día.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM034 del KOOKMIN BANK SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 126-131-132-137. Los hechos 132 y 137 son atribuidos por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Carlos Ramón .

Hecho 126: intento de cargo por importe de 197,3 euros en el establecimiento Casa María de la calle la Plaza 187 de la localidad de Puerto Real el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 131: intento de compra por importe de 28,95 euros en el establecimiento Mc Donalds de la Avenida Europa 1 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 132: cargo por importe de 164,58 euros en el establecimiento Super Pirineos de la carretera Cádiz- Málaga km 17,300 de la localidad de Conil de la Frontera el día 9 de diciembre de 2011.

Hecho 137: cargo por importe de 65,63 euros en el establecimiento DÍA de la localidad de Puerto Real el día 9 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha trasmitió la numeración # NUM035 del LOTTE CARD CO. KOREA, que no tiene MOVIMIENTOS

- En fecha 09-12-11 (T-8), NICUDAVID1981 trasmitió la numeración # NUM036 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 138-139. El hecho 138 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a otra persona a la que no se refiere esta resolución.

Hecho 138: cargo por importe de 380 euros en el establecimiento Neumáticos Ruiz Coro de la avenida Europa 5 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 2011.

Hecho 139: intento de cargo por importe de 405.20 euros en la expendeduría de tabaco 40 sita en la avenida México, edificio Granada 1 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha trasmitió la numeración # NUM037 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que no tiene movimientos.

En fecha 11-12-11 (T-12), RONY.WALTER transmitió la numeración # NUM038 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 145, consistente en intento de cargo por importe de 380 euros en el establecimiento Neumáticos Ruiz Coro, sito en la avenida Europa 5 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM039 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 146, consistente en intento de cargo por importe de 333,96 euros en el establecimiento LIDL de la barriada de Pino Montano del parque empresarial Nuevo Torneo M-3 de la localidad de Sevilla el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM040 del LOTTE CARD CO. KOREA , que se utilizó en el hecho 147, consistente en intento de cargo por importe de 333,96 euros en el establecimiento LIDL de la barriada de Pino Montano del parque empresarial Nuevo Torneo M-3 de la localidad de Sevilla el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM041 del HANASK CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 149, consistente en intento de compra por valor de 405,25 euros en la expendeduría de tabaco número 40 de la Avenida México, edifico Granada 1 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM042 del LOTTE CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 148, consistente en intento de cargo por importe de 333.96 euros en el establecimiento Lidl de la barriada de Pino Montano del parque empresarial Nuevo Torneo de la localidad de Sevilla el día 12 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM043 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 150, consistente en intento de cargo por importe de 405,25 euros en la expendeduría de tabaco número 40, sita en la Avenida de México , edificio Granada 1 de la localidad de Jerez de la Frontera el día 12 de diciembre de 2011.

-En fecha 12-12-11 (T-14), CIUDILA LUCIAN transmitió la numeración # NUM044 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 155-152-163.

Hecho 155: cargo por importe de 133,56 euros en el establecimiento SPAR, sito en la calle Los Palmeros 26 del a localidad de Burguillos el día 13 de diciembre de 2011.

Hecho 152: intento de cargo por importe de 206,91 euros en el establecimiento SPAR de la calle Nuestra Señora de Gracia de la localidad de Castilblanco de los Arroyos de Sevilla el día 13 de diciembre de 2011.

Hecho 163: intento de cargo por importe de 196,7 euros en el establecimiento IF María Auxiliadora, sito en la calle del mismo nombre el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM045 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 157. Dicho hecho es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor . Dicho hecho consiste en cargo por importe de 135,29 euros en el supermercado Genigal, sito en la plaza Orellana 13 de la localidad de Algaba el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM046 del NATIONAL FEDERATION OF FISHERIES COOPERATIVES KOREA , que se utilizó en el hecho 159, consistente en intento de compra por valor de 133,56 euros en el establecimiento SPAR de la calle los Palmeros 26 de la localidad de Burguillos el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM047 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 158 Dicho hecho es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor . El hecho consiste en cargo por importe de 148,65 euros en el establecimiento Aliprox de la avenida Cruz de la Ermita 100 de la localidad de Burguillos el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM048 HYUNDAY CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 154, consistente en intento de compra por importe de 206,91 euros en el establecimiento SPAR de la calle Nuestra Señora de Gracia de la localidad de Castilblanco de los Arroyos el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM049 del HYUNDAY CARD CO. KOREA , que se utilizó en los hechos 156-153. El hecho 156 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 156: cargo por importe de 71,75 euros en la estación de servicios Guillena Pueblo de la localidad de Guillena el día 13 de diciembre de 2011.

Hecho 153: intento de cargo por importe de 206,91 euros en el establecimiento SPAR de Nuestra Señora de Gracia de la localidad de Castilblanco de los Arroyos el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM050 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 160, consistente en cargo por importe de 294,01 euros en el establecimiento CASH GUILLENA, sito en la calle Alonso Cano 18 de Guillena el día 13 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM051 del MATER CARD USA, SIN MOVIMIENTOS.

-En fecha 13-12-11(T-17) RONY.WALTER transmitió la numeración # NUM052 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en los hechos 164-165. El hecho 164 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Carlos Ramón .

Hecho 164: cargo por importe de 196,7 euros en el establecimiento IF María Auxiliadora, sito en la calle del mismo nombre de Sevilla el día 14 de diciembre de2011.

Hecho 165: cargo por importe de 223,2 euros en el establecimiento IF María Auxiliadora , sito en la calle del mismo nombre de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM053 del HYUNDAY CARD CO. KOREA, que se utilizó en los hechos 167-168. El hecho 167 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 167: cargo por importe de 156,93 en el establecimiento Carnes del Bierzo de la calle María Auxiliadora de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

Hecho 168: intento de cargo por importe de 44,62 euros en el establecimiento Madre de Dios en la calle Perseo 9 de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM054 del LOTTE CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 169. Dicho hecho es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a otra persona a la que no se refiere esta resolución. Consiste en cargo por importe de 57,9 euros en el establecimiento Telepizza de la avenida Moreno Galván de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM055 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 161-168. El hecho 161 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 161: cargo por importe de 51,77 euros en la estación de servicios Herederos de M.Alejo, sita en la carretera Pedroso- Constantina de la localidad de Constantina el día 14 de diciembre de 2011.

Hecho 168: intento de cargo por importe de 44,62 euros en la farmacia Madre de Dios, sito en la calle Perseo 9 de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM056 del HYUNDAY CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 166, consistente en intento de compra por importe de 223,2 euros en el establecimiento IF Sevilla María Auxiliadora sito en la calle de igual nombre de la localidad de Sevilla el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM057 del SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 162, consistente en intento de compra por importe de 525,91 euros en el establecimiento López e Hijos de la calle Antonio Machado 155 del al localidad de Castilblanco de los Arroyos el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM044 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 170, consistente en intento de compra por importe de 57,9 euros en el establecimiento Telepizza de la avenida Moreno Galván del parque florida de la localidad de Sevilla, el día 14 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM058 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM059 del SAMSUNG CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM060 del SAMSUNG CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En fecha 14-12-11 (Programa PREPARA (ayudas económicas de acompañamiento)), RO NY. WALTER transmitió la numeración # NUM061 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 177, consistente en intento de compra por importe de 574,45 euros en el establecimiento TECNOVOZ de la carretera de Carmona de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM062 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 178-187.

Hecho 178: intento de compra por el mismo importe anterior en el establecimiento TECNOVOZ de la carretera de Carmona de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

Hecho 187: intento de compra por importe de 33,9 euros en la farmacia Rodríguez Villalba de la urbanización jardines del Edén de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM063 BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 179, consistente en intento de cargo por importe de 300 euros en el establecimiento TECNOVOZ de la carretera de Carmona- Kansas City del a localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM064 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 180-181-188. El hecho 181 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 180: intento de cargo por importe de 274,45 euros en el establecimiento TECNOVOZ de la carretera de Carmona Kansas City de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

Hecho 181: cargo por importe de 300 euros en el establecimiento TECNOVOZ de la carretera de Carmona Kansas City de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

Hecho 188: intento de cargo por importe de 33,9 euros en la farmacia Rodríguez Villalva de la urbanización jardines de Edén 1 de la localidad de Sevilla, el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM065 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 182-189. El hecho 182 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

Hecho 182: cargo por importe de 274,45 euros en el establecimiento Tecnovoz de la carretera de Carmona- Kansas City de la localidad de Sevilla.

Hecho 189: intento de compra por valor de 33,9 euros en la farmacia Rodríguez Villalba de la Urbanización jardines del Edén 1 de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM066 del SAMSUNG CARD CO KOREA, que se utilizó en los hechos 183-185.

Hecho 183: intento de cargo por importe de 140 euros en el establecimiento TIMES PLAZA de la avenida de Montesierra 7 de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

Hecho 185: cargo por valor de 14 euros en el establecimiento TIMES PLAZA de la avenida de Montesierra 7 de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM067 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 184, consistente en intento de compra por valor de 1,4 euros en el establecimiento TIMES PLAZA de la Avenida Montesierra de la localidad de Sevilla, el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM068 SAMSUNG CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 186, consistente en cargo por importe de 140 euros en el establecimiento TIMES PLAZA de la avenida de Montesierra 7 de la localidad de Sevilla el día 15 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM069 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 192-197.

Hecho 192: intento de cargo por importe de 29,25 euros en el establecimiento Telepizza de la avenida del Mar Mediterráneo de la localidad de Alcalá de Guadaira el día 16 de diciembre de 2011.

Hecho 197: intento de cargo por importe de 71,40 euros en la estación de servicio Carburantes Avicán SL de la localidad de Carmona el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM070 de MASTERD CARD USA SIN MOVIMIENTOS

-En fecha 15-12-11 (T-22) SEFU TAU@YMAIL.COM transmitió la numeración # NUM071 BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 171-172- 193.El hecho 171 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor . Dicha numeración fue encontrada en una anotación manuscrita en el garaje número NUM002 del CAMINO000 de la localidad de Almonte. El hecho consiste en cargo por importe de 108,75 euros en la estación de servicios F. González Coronado, sita en la carretera SE-182, kilómetro 2 de la localidad de Algaba, el día 23 de noviembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM015 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 194, consistente en intento de cargo por importe de 103,5 euros en la estación de servicios Markoil sita en la calle Éfeso en la localidad de Sevilla, el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM014 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 195, consistente en intento de cargo por importe de 103,5 euros en la estación de servicios Markoil sita en la calle Éfeso en la localidad de Sevilla, el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM072 del HYUNDAY CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 196, consistente en intento de cargo por importe de 103,5 euros en la estación de servicios Markoil sita en la calle Éfeso en la localidad de Sevilla, el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM073 del HYUNDAY CARD CO. KOREA, que se utilizó en el hecho 190, consistente en intento de cargo por importe de 29,25 euros en el establecimiento Telepizza de la avenida Mar Mediterráneo de la localidad de Alcalá de Guadaira el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM013 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en el hecho 191, consistente en intento de cargo por importe de 29,25 euros en el establecimiento Telepizza de la avenida Mar Mediterráneo de la localidad de Alcalá de Guadaira el día 16 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM074 del SINHAN CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM075 SAMSUNG CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración del n# NUM076 SINHAN CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM077 del SINHAN CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En fecha 17-12-11 (T-27) RONY.WALTER transmitió la numeración

# NUM078 LOTTE CARD CO. KOREA que se utilizó en el hecho 198, consistente en intento de cargo por importe de 381,60 euros en el club de alterne sito en el kilómetro 2 de la carretera SE-866 de Espartinas el día 19 de diciembre de 2011.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM079 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA , que se utilizó en los hechos 199-200. El hecho 199 es atribuido por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Carlos Ramón .

Hecho 199: cargo por importe de 381,60 euros en el club de alterne sito en el kilómetro 2 de la carretera SE-866 de Espartinas el día 19 de diciembre de 2011.

Hecho 200: intento de cargo por importe de 85 euros en el mismo establecimiento y en la misma fecha.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM080 del LOTTE CARD CO. KOREA . Con dicha numeración se realizó un cargo el día 19 de diciembre en el restaurante Alacena de Espartinas ( club Vaji), por importe de 508,80 euros (H.214) El hecho es atribuidos por similitud de firmas con el documento de identidad por la Guardia Civil a Héctor .

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM081 del LOTTE CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM082 del BC CARD COMPANY SUR KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM083 BC CARD COMPANY SUR KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM084 del KOOKMIN BANK SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM004 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 220, 221-222. Dicha numeración fue encontrada en una anotación manuscrita en el garaje número NUM002 del CAMINO000 de la localidad de Almonte.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM085 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 217-218-219. Dicha numeración fue encontrada en una anotación manuscrita en el garaje número NUM002 del CAMINO000 de la localidad de Almonte.

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM005 del BC CARD COMPANY SUR KOREA, que se utilizó en los hechos 215-216. Dicha numeración fue encontrada en una anotación manuscrita en el garaje número NUM002 del CAMINO000 de la localidad de Almonte.

-En fecha 20-12-11 (T-29) RONY.WALTER transmitió la numeración # NUM086 del LOTTE CARD CO. KOREA, SIN MOVIMIENTOS.

-En la misma fecha transmitió la numeración del # NUM087 LOTTE CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración # NUM088 BC CARD COMPANY SUR KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió ó la numeración # NUM089 del SHINHAN CARD CO. SUR KOREA SIN MOVIMIENTOS

-En la misma fecha transmitió la numeración del # NUM090 HYUNDAY CARD CO. KOREA SIN MOVIMIENTOS.

QUINTO.-Asimismo, por similitud de firma, la Guardia Civil atribuye a los acusados Carlos Ramón y Héctor relación con los siguientes hechos:

Hecho 1: El día 03/05/11. Cargo por importe de 178,29 en el supermercado Dia de la calle Molino de la Vega Huelva. Héctor .

Hecho 2: El día 2 03/05/11. Cargo por importe de 129,40 en supermercado Mas de la calle Ruiz de Alda 3 Huelva. Héctor .

Hecho 3. El día 3 03/05/11. Cargo por importe de 145,00 en supermercado día de la Avenida de Alemania 49 Huelva. Héctor .

Hecho 4. El día 3/05/11. Cargo por importe de 48,45 en supermercado Dia de la Avenida de Italia 4 Huelva. Héctor .

Hecho 5. El día 03/05/11. Cargo por importe de 123,60 en supermercado Dia de la calle Maestra Aurora Huelva. Héctor .

Hecho 8. El día 03/05/11. Cargo por importe de 108,28 en supermercado el Jamón de la calle Francisco Molina 34 Huelva. Héctor .

Hecho 9. El día 03/05/11. Cargo por importe de 183,41 en el supermercado el Jamón de la calle Francisco Molina 34 Huelva. Héctor .

Hecho 10. El día 03/05/11. Cargo por importe de 61,40 en supermercado el Jamón de la calle Francisco Molina 34 Huelva. Héctor .

Hecho 11. El día 03/05/11. Cargo por importe de 108,43 en supermercado el Jamón de la calle Francisco Molina 34 Huelva. Héctor .

Hecho 13. El día 03/05/11. Cargo por importe de 530,01 en lnk Lan Group SL Huelva. Héctor .

Hecho 14. El día 03/05/11. Cargo por importe de 124,34 en supermercado Mercadona de la calle Molino de la Vega Huelva. Héctor .

Hecho 15. El día 24/05/11. Cargo por importe de 125,65 en supermercado Día de la Avenida San Juan de la Salle 12 Sevilla. Héctor .

Hecho 16. El día 24/05/11. Cargo por importe de 40 en supermercado Día de la avenida San Juan de la Salle 12 Sevilla. Héctor .

Hecho 17. El día 24/05/11. Cargo por importe de 142,29 en supermercado Día de la avenida San Juan de la Salle 12 Sevilla. Héctor .

Hecho18. El día 24/05/11. Cargo por importe de 122,89 en supermercado Día de la avenida San Juan de la Salle 12 Sevilla. Héctor .

Hecho19. El día 24/05/11. Cargo por importe de164,73 en supermercado Día de la Avenida República Argentina 27. Héctor .

Hecho 20. El día 24/05/11. Cargo por importe de 100 en supermercado Día de la avenida República Argentina 27. Héctor .

Hecho 23. El día 27/05/11. Cargo por importe de 251,87 en supermercado Día de la avenida Puerta del Sur Jerez (Ca). Héctor .

Hecho 28. El día 14/07/11. Cargo por importe de 360,61 en Carrefour de la Macarena Sevilla. Carlos Ramón .

Hecho 29. El día 20/07/11. Cargo por importe de 378,99 en supermercado Día de la avenida Nuevo Colombino Huelva. Héctor

Hecho 30. El día 20/07/11. Cargo por importe de 20 en supermercado Día de la avenida Nuevo Colombino Huelva. Héctor .

Hecho 36. El día 12/09/11. Cargo por importe de 204,22 en supermercado Día de la calle Sor Ángela de la Cruz Osuna (Se). Héctor .

Hecho 39. El día 12/09/11. Cargo por importe de 249,94 en supermercado Mercadona de la calle sor Ángela de la Cruz Osuna (Se). Héctor .

Hecho 41. El día 12/09/11. Cargo por importe de 298,63 en Central de Compras de la calle Senador Alcala de Gdra (Se). Héctor .

Hecho 43. El día 21/09/11. Cargo por importe de 245,65 en supermercado Día de la plaza Pilar Paradas (Se). Héctor .

Hecho 44. El día 21/09/11. Cargo por importe de 80 en la estación de servicio Ajdo Barrera Arcenegui de la plaza Pilar Paradas (Se). Héctor .

Hecho 45. El día 21/09/11. Cargo por importe de 199,24 en establecimiento Solu de Archidona (Ma). Héctor .

Hecho 46. El día 21/09/11. Cargo por importe de 225,60 en supermercado Maskomo de Archidona (Ma). Héctor .

Hecho 47. El día 21/09/11. Cargo por importe de 198,71 en supermercado Maskomo de Loja (Gr). Héctor .

Hecho 48. El día 21/09/11. Cargo por importe de 248,85 en supermercado Mercadona Loja (Gr). Héctor .

Hecho 49. El día 21/09/11. Cargo por importe de 192,90 en supermercado Mercadona Huetor-Tajar (Gr). Héctor .

Hecho 50. El día 21/09/11. Cargo por importe de 40,50 en establecimiento La Esparraguera Huetor-Tajar (Gr). Héctor .

Hecho 53. El día 15/10/11. Cargo por importe de 264,06. en supermercado Supersol Vejer de la Frontera(Ca). Héctor .

Hecho 54. El día 15/10/11. Cargo por importe de 252,93 en supermercado Día en Vejer de la Frontera (Ca). Héctor .

Hecho 55. El día 15/10/11. Cargo por importe de 354,50 en supermercado Día del polígono industrial La Vega de Tarifa (Ca). Héctor .

Hecho 57. El día 15/10/11. Cargo por importe de 26,49 en supermercado Día de la calle San Sebastián 30 de Tarifa (Ca). Héctor .

Hecho 60. El día 15/10/11. Cargo por importe de 243,94 en supermercado Supersol de la calle San José de Tarifa (Ca). Héctor .

Hecho 68. El día 31/10/11. Cargo por importe de 300,56 en supermercado el Jamón de la calle Conde de Barcelona de de San Juan Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 70. El día 31/10/11. Cargo por importe de 266,62 en C&A de San Juan de Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 71. El día 31/10/11. Cargo por importe de 372,71 en C&A de San Juan de Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 75. El día 31/10/11. Cargo por importe de 294,75 en C&A de San Juan de Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 79. El día 31/10/11. Cargo por importe de 338,70 en supermercado Twins Superdescuento de la calle Aljarafe Tomares (Se) Carlos Ramón .

Hecho 80. El día 31/10/11. Cargo por importe de 78,45 en Feu Vert Ibérica de San Juan de Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 81. El día 31/10/11. Cargo por importe de 60,60 en gasolinera Sodeoil (Se) Carlos Ramón .

Hecho 82. El día 31/10/11. Cargo por importe de 250,99 en supermercado Mercadona de la calle Trafalgar de San Juan Aznalfarache (Se) Carlos Ramón .

Hecho 83. El día 31/10/11. Cargo por importe de 294,75 en C&A de San Juan de Aznalfarache (Se) Carlos Ramón

Hecho 85. El día 03/11/11. Cargo por importe de 118,94 en supermercado el Jamón de la avenida sor Ángela Cruz La Palma Cdo (Hu) Carlos Ramón .

Hecho 86. El día 28/11/11. Cargo por importe de 67,05 en estación de servicio Shell Luz shopping Jerez Ftra (Ca). Héctor .

Hecho 87. El día 28/11/11. Cargo por importe de 236,70 en Dechatlon Luz shopping Jerez Ftra (Ca). Héctor .

Hecho 90. El día 28/11/11. Cargo por importe de 199,98 en supermercado Carrefour Rota (Ca) Carlos Ramón .

Hecho 91. El día 28/11/11. Cargo por importe de 168,50 en supermercado Mercadona Rota (Ca) Carlos Ramón .

Hecho 92-bis. El día 28/11/11. Cargo por importe de 103,00 en Óptica del Sur Rota (Ca). Héctor .

Hecho 94.El día 28/11/11.Cargo por importe de 359,20 en Feu Vert Montequinto (Se) Carlos Ramón .

Hecho 98. El día 28/11/11. Cargo por importe de 33,05 en estación de servicio Galpest Sevilla. Carlos Ramón .

Hecho 103. El día28/11/11. Cargo por importe de 332,70 en establecimiento Iron Wear La Palma Cdo (Hu). Héctor .

Hecho 104. El día 28/11/11. Cargo por importe de 66,70 en la estación de servicio Chucena Sur Chucena (Hu). Héctor .

SEXTO.-La causa estuvo paralizada entre el 28 de octubre de 2013 y el 17 de junio de 2015. Asimismo transcurrieron veinte meses entre el auto de apertura de juicio oral y la vista de la presente causa.

Los acusados han reconocido los hechos.

Fundamentos

PRIMERO.-Los hechos que se declara probados, por conformidad de las partes, son constitutivo de un delito de falsificación de tarjetas de crédito del artículo 399 bis 1, primero y segundo inciso del Código Penal , un delito continuado de estafa, previsto y penado en los artículos 248.1 , 249 y 74.1 del Código Penal , y un delito de falsificación de documento oficial ex artículos 390 1 y 2 , y 392 del mismo texto legal .

De los susodichos delitos es responsable en concepto de autor, ex artículos 27 y 28.1 del Código Penal , Héctor .

Concurren la circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal analógica de reconocimiento de los hechos ex artículo 21.7 en relación con 21.4 del Código Penal y la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas del artículo 21.6, en cuanto a todas las infracciones.

SEGUNDO.-Procede dictar sentencia en los términos dichos, de estricta conformidad, incluyendo asimismo la responsabilidad civil en los términos mantenidos por el Ministerio Público y la Acusación Particular asistente a la vista, y aceptados por el reo, imponiendo las costas al penado, al amparo de la previsto en los artículos 239 y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y 123 del Código Penal .

Conforme a lo dispuesto en el artículo 89, párrafos 1 , 3 , 4 , 5 , 7 y 8 del Código Penal procede sustituir las penas de prisión impuestas por la expulsión del territorio español, al que no podrá regresar el penado en un plazo de 10 años contados desde la fecha de la expulsión, con la advertencia de que si regresara a España antes de trascurrir dicho periodo cumplirá las penas sustituidas.

Vistos los artículos citados y demás de aplicación.

Fallo

Que con su conformidad debemos condenar y condenamos a:

A Héctor , como autor de un delito de falsificación de tarjetas de crédito, con las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal analógica de reconocimiento de los hechos y muy cualificada de dilaciones indebidas, a las penas deTRES AÑOS DE PRISIÓNe inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; como autor de un delito de estafa, con las atenuantes ya dichas, a las penas deUN AÑO Y SEIS MESESde prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y como autor de un delito de falsificación en documento oficial, con las susodichas circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal, a las penas deCUATRO MESES DE PRISION,con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de CUATRO MESES, con dos euros de cuota diaria y DOS MESES de responsabilidad personal caso de impago.

Sustituimos las penas de prisión impuestas por la expulsión del territorio español en los términos expuestos en segundo fundamento jurídico de esta resolución.

Acordamos el comiso de todos los objetos adquiridos con las tarjetas utilizadas que figuran a los folios 1847 a 49 de la causa, el comiso y destrucción de los instrumentos ilícitos del delito intervenidos y el comiso y adjudicación al Estado de los objetos incautados y utilizados por las unidades actuantes y que constan a los folios 1849 a 51 de la causa.

Condenamos a Héctor a indemnizar a los titulares de las tarjetas de crédito por el importe de las cantidades defraudadas, y en su defecto, a las entidades emisoras de las tarjetas, siempre que se hayan subrogado en la acción y, en su defecto, a quien efectivamente hubiera asumido el pago de las cantidades defraudadas, por suma que se cuantifica en 7416 euros.

Condenamos a Héctor al pago de una quinta parte de las costas causadas, incluso las relativas a las Acusaciones Particulares.

Notifíquese esta sentencia al Ministerio Fiscal, a las partes y a los interesados, haciéndoles saber que, frente a la misma, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que deberá ser preparado ante esta Sala en el plazo de cinco días desde la última notificación.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICAC Nemesio .- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en la forma establecida por la Ley. En Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil dieciocho. Doy fe.

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