Sentencia Penal Nº 234/20...zo de 2014

Última revisión
02/06/2014

Sentencia Penal Nº 234/2014, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 5, Rec 259/2013 de 31 de Marzo de 2014

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Orden: Penal

Fecha: 31 de Marzo de 2014

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: GUINDULAIN OLIVERAS, ELENA

Nº de sentencia: 234/2014

Núm. Cendoj: 08019370052014100225


Encabezamiento

SECCIÓN QUINTA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

ROLLO NÚM.259/2013

JUICIO DE FALTAS NÚM. 634/2013

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE BARCELONA

SENTENCIA

En la Ciudad de Barcelona, a 31 de marzo de 2014 .

Visto, en grado de apelación, por la Ilma. Sra. Magistrada de la Sección Quinta esta Audiencia Provincial Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS, el juicio de faltas de las referencias al margen, seguido por , en el que fueron partes: el Ministerio Fiscal, los agentes de la Guardia Urbana 27100 y 71829 como denunciantes y D. Nicanor en calidad de denunciado; que pende ante esta Sección en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Nicanor contra la sentenciadictada en este procedimiento en fecha 21 de octubre de 2013.

Antecedentes

PRIMERO.-La parte dispositiva de la Sentencia dice: 'FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Nicanor como autor penalmente responsable de una falta contra la propiedad industrial, prevista y penada en el artículo 623.5 del Código Penal , a la pena de multa de 30 días a razón de una cuota diaria de 3 euros (en total 90 euros), cuyo importe deberá ser totalmente satisfecho...., y asimismo al pago de las costas procesales.

SEGUNDO.-Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , se han seguido los tramites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

El presente expediente de juicio de faltas, tuvo entrada en esta sección en fecha 11 de febrero de 2014 y en fecha 14 de febrero de 2014 se dicto providencia acordando la resolución del recurso, por necesidades de organización y distribución del trabajo, para el 6 de marzo de 2014, no habiéndose resuelto hasta el día de la fecha por pendencia de otras causas preferentes.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS.


Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia recurrida que dice:

Del conjunto de la prueba practicada en el acto del juicio ha quedado acreditado y así se declara, que el día 6 de julio de 2013, el denunciado estaba en el Pº de Gracia de Barcelona con una sábana extendida en el suelo, en la que tenía para su venta 12 gafas de RAY-BAN, 2 de CARRERA, 1 de LACOSTE, 1 de MNG, a 10 euros, que eran copias falsificadas de dichas marcas.


Fundamentos

PRIMERO.-El recurso de apelación que formula Don Nicanor interesa la revocación total o parcial de la sentencia.

Alega que la sentencia es perjudicial a su situación personal y económica. Señala que no puede satisfacer la multa impuesta, ya que no tiene trabajo ni medios económicos.

SEGUNDO.-El recurso se estima de forma parcial.

La cuota día para la determinación de la pena de multa se impone en el mínimo legal, porque la propia sentencia en su argumentación expone que no consta que posea capacidad económica para pagar una cuota superior a la mínima legal. ( artículo 50 CP ).

Fallo

Estimo parcialmente el recurso de apelación formulado por DON Nicanor .

REVOCO PARCIALMENTEla Sentencia dictada en el Juicio de Faltas nº 634/2013 seguido en el Juzgado de Instrucción nº 8 de Barcelona en el único particular de reducir la cuota día para la determinación de la pena de multa impuesta al mínimo legal que es de dos euros día.

Se mantienen los restantes pronunciamientos que efectúa la sentencia recurrida.

Se declaran de oficio las costas de esta alzada.

Notifíquese esta resolución a las partes y de forma personal al acusado, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso ordinario alguno. Devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.-Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por la Ilma .Magistrada Ponente, celebrando audiencia pública. DOY FE.


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