Última revisión
Sentencia Penal Nº 241, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 67 de 21 de Junio de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 21 de Junio de 2000
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: ALAñON OLMEDO, FERNANDO
Nº de sentencia: 241
Nº de recurso: 67
Resumen
De la apreciación conjunta de la prueba practicada,
valorada en su conjunto y apreciada en conciencia según las reglas de la sana
critica, resulta que ha quedado probado que el día 20 de agosto de 1999 sobre
las 14:30 horas compareció en las dependencias de la Guardia Civil de Xinzo de
Limia, Manuela, para formular denuncia contra sus vecinas Carmen y Rosa por
insultos de ambas y agresión de Carmen.Viene a sostener la apelante la errónea
valoración de la prueba practicada en el plenario, entendiendo existir bastante
de cargo, tanta como para fundamentar el correspondiente pronunciamiento
condenatorio contra las denunciadas.Es decir, si la prueba ha respetado los
principios de constitucionalidad y legalidad ordinarias y no llega a
conclusiones notoriamente ilógicas o incongruentes por contrarias a las
evidencias de su resultado, el Juez ad quem no debe alterar las apreciaciones
llevadas a cabo por el Juzgador a quo en la valoración de la prueba de acuerdo
con las facultades que le confieren los artículos 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y 117-3 de la Constitución.
Voces
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Tribunal del Jurado
Error in procedendo
Objeto del proceso
Prueba de testigos
Informes periciales
Medios de prueba
In dubio pro reo
Prueba de cargo
Constitucionalidad
Presunción de inocencia
Responsabilidad
Mala fe
Temeridad
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