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Sentencia Penal Nº 264, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 266 de 02 de Octubre de 2000
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Legislación
Orden: Penal
Fecha: 02 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: FARIÑA CONDE, VICTORIA EUGENIA
Nº de sentencia: 264
Resumen
Se alega como primer motivo del recurso la prescripción
de la falta de insultos por la que se condenó a Dª Consuelo.
Ahora bien, dicha doctrina no es aplicable en supuestos
como el actual en el que no se trata de valorar a efectos de prescripción la
relevancia de una paralización procesal producida en un procedimiento por
delito sino que se trata de un supuesto en el que el plazo prescriptivo de la
infracción materialmente cometida ya había transcurrido totalmente cuando se
inició el procedimiento penal, es decir, que la falta ya estaba prescrita
cuando se formuló la denuncia de ahí que proceda la estimación del recurso de
apelación pues si la falta de insultos cometida por la denunciada prescribió a
los 6 meses de su comisión sin que hubiera iniciado procedimiento penal alguno
contra la misma, la formulación ulterior de una denuncia por delito no puede
revivir una responsabilidad penal que ya se ha extinguido por imperativo legal.
Se estima el recurso.
Voces
Intervención del Ministerio Fiscal
Falta de lesiones
Arresto
Responsabilidad penal
Plazo de prescripción
Seguridad jurídica
Calificación de los hechos
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA
Sección 5
Rollo 266/2000
Órgano Procedencia: JDO, 1ª INST. E INSTRUCCION N. 1 de REDONDELA
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS n° 1/2000
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