Sentencia Penal Nº 27/2003, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 2, Rec 286/2... 28 de Enero de 2003
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Sentencia Penal Nº 27/2003, Audiencia Provincial de Malaga, Sección 2, Rec 286/2002 de 28 de Enero de 2003
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 28 de Enero de 2003
Tribunal: AP - Malaga
Ponente: GARCIA ORTIZ, LOURDES
Nº de sentencia: 27/2003
Nº de recurso: 286/2002
Núm. Cendoj: 29067370022003100065
Núm. Ecli: ES:APMA:2003:321
Resumen
No se aprecia mala fe en la actuación del denunciante que justifique la imposición de costas, siendo de destacar que incluso en el caso de que el Juicio oral se abra únicamente a su instancia, el Tribunal Supremo ha venido sosteniendo, entre otras, en sentencia de 9 de octubre de 2.000 (Rec. 2461/99-nº 1528/2000) que :"La apertura del juicio oral se produce en virtud de lo dispuesto en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por decisión del Juzgado de Instrucción, que acoge las tesis de la acusación particular por estimarlas fundadas y, en consecuencia, avala la posibilidad de que el objeto del proceso sea dilucidado en sentencia, después del correspondiente juicio oral, por lo que la celebración del mismo no es la consecuencia de una actuación temeraria de la acusación particular, sino de una decisión judicial que podía haber optado por otras alternativas" .
Voces
Delito de estafa
Práctica de la prueba
Acusación particular
Tipo penal
Delito relativo a la propiedad intelectual
Valoración de la prueba
Presunción iuris tantum
Principio de presunción de inocencia
Carga de la prueba
Mala fe
Estafa
Piratería informática
Temeridad
Actor civil
Querella
Apertura del juicio oral
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