Sentencia Penal Nº 27/98, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1286/97 de 30 de Abril de 1998
Sentencia Penal Nº 27/98,...il de 1998

Última revisión
30/04/1998

Sentencia Penal Nº 27/98, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 1286/97 de 30 de Abril de 1998

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Orden: Penal

Fecha: 30 de Abril de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: SEOANE SPIEGELBERG, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 27/98

Nº de recurso: 1286/97

Resumen
La sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 1992, distingue entre el ¡licito de allanamiento y la circunstancia agravante de cometer la infracción en morada del ofendido, lo que hace en los términos siguientes: "Nuestro sistema concede o atribuye un plus de antijuricidad a la realización de determinados hechos en la morada de la persona que resulta ofendida por el delito. Por otra parte, la declaración de hechos probados de la sentencia recurrida, recoge que el acusado se personó en el domicilio de Arturo con intenciones no claramente acreditadas,, es decir que no resultó probado que lo hiciera con el dolo de la conaisión de una infracción penal. Es lo cierto que, ya en la casa de su amigo, se suscita una discusión primero con la esposa del morador de la vivienda, fruto de la cual ambos llegan a las manos, la cual a lo sumo podría constituir la aplicación de la agravante de cometer la infracción en morada del ofendido, pero no el delito de allanamiento de morada. Por todo ello, el recurso de apelación debe ser estimado. Por tal infracción se le impone la pena de 10.000 ptas. de multa, y no la de arresto menor, al ser suprimida dicha pena en el nuevo CP de 1995 para la mentada falta. Se estima el recurso.                                                NO HAY SENTENCIA

Voces

Agravante

Allanamiento

Declaración de hechos probados

Dolo

Delito de allanamiento de morada

Arresto