Última revisión
02/04/2008
Sentencia Penal Nº 275/2008, Audiencia Provincial de Girona, Rec 713/2007 de 02 de Abril de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 02 de Abril de 2008
Tribunal: AP - Girona
Ponente: RODRIGUEZ OCAÑA, MARIA CARMEN
Nº de sentencia: 275/2008
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN TERCERA (PENAL)
GIRONA
APELACIÓN PENAL
ROLLO Nº 713/2007
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 174/2006
JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE FIGUERES
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE:
Dña. FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO
MAGISTRADOS:
D. MANUEL JAÉN VALLEJO
Dna. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA
En Girona a dos de abril de dos mil ocho
VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 31-07-2007 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Figueres, en la causa nº 174/06 seguida por un presunto delito de estafa, habiendo sido parte recurrente Gonzalo, representado por la procuradora Ana Maria Bordas Poch y asistido por la letrada Maria Rosa Dalamu Nurén, y partes recurridas el Ministerio Fiscal y Emilia y David representados por la procuradora Rosa Mª Bartolomé Foraster y asistido por la letrada Mercè Batlle Molina. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA.
Antecedentes
PRIMERO: En la indicada sentencia se dictó el Fallo que trascrito literalmente es como sigue:"CONDENO a Gonzalo como autor responsable de un delito de estafa previsto y penado en el artículo 531.2, 528.2 y 3 y 529.7 del Código penal , publicado por decreto 3096/1973 de 14 de septiembre, SIN LA CONCURRENCIAS DE CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES DE GRAVEDAD a LA PENA la de 5 meses de arresto mayor, accesorias legales y una quinta parte de las costas, así como a indemnizar a los perjudicados a David y Emilia En total la cantidad de 17.818.086 euros. ".
SEGUNDO: Los recursos se interpusieron en legal tiempo y forma contra la Sentencia de fecha 31-07-2007 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.
TERCERO: Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .
CUARTO: Se acepta el "factum" de la sentencia apelada.
QUINTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN TERCERA (PENAL)
GIRONA
APELACIÓN PENAL
ROLLO Nº 713/2007
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 174/2006
JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE FIGUERES
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE:
Dña. FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO
MAGISTRADOS:
D. MANUEL JAÉN VALLEJO
Dna. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA
En Girona a dos de abril de dos mil ocho
VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 31-07-2007 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Figueres, en la causa nº 174/06 seguida por un presunto delito de estafa, habiendo sido parte recurrente Gonzalo, representado por la procuradora Ana Maria Bordas Poch y asistido por la letrada Maria Rosa Dalamu Nurén, y partes recurridas el Ministerio Fiscal y Emilia y David representados por la procuradora Rosa Mª Bartolomé Foraster y asistido por la letrada Mercè Batlle Molina. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA.
PRIMERO: En la indicada sentencia se dictó el Fallo que trascrito literalmente es como sigue:"CONDENO a Gonzalo como autor responsable de un delito de estafa previsto y penado en el artículo 531.2, 528.2 y 3 y 529.7 del Código penal , publicado por decreto 3096/1973 de 14 de septiembre, SIN LA CONCURRENCIAS DE CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES DE GRAVEDAD a LA PENA la de 5 meses de arresto mayor, accesorias legales y una quinta parte de las costas, así como a indemnizar a los perjudicados a David y Emilia En total la cantidad de 17.818.086 euros. ".
SEGUNDO: Los recursos se interpusieron en legal tiempo y forma contra la Sentencia de fecha 31-07-2007 , con el fundamento que expresa en el escrito en que se deduce el mismo.
TERCERO: Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .
CUARTO: Se acepta el "factum" de la sentencia apelada.
QUINTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
DESESTIMANDO el recurso de apelación presentado por la representación procesal de Gonzalo, contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Figueres, de fecha 31-07-2007 , en la Causa nº 174/06, del que este rollo dimana, CONFIRMANDO la meritada resolución en todos sus pronunciamientos sin hacer expresa imposición de las costas causadas en la presente alzada.
Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente, Dña. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mi, la Secretaria, de lo que doy fe.
Fallo
DESESTIMANDO el recurso de apelación presentado por la representación procesal de Gonzalo, contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Figueres, de fecha 31-07-2007 , en la Causa nº 174/06, del que este rollo dimana, CONFIRMANDO la meritada resolución en todos sus pronunciamientos sin hacer expresa imposición de las costas causadas en la presente alzada.
Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente, Dña. MARIA CARMEN RODRÍGUEZ OCAÑA, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mi, la Secretaria, de lo que doy fe.

