Última revisión
04/06/2008
Sentencia Penal Nº 282/2008, Audiencia Provincial de Tarragona, Rec 425/2008 de 04 de Junio de 2008
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Orden: Penal
Fecha: 04 de Junio de 2008
Tribunal: AP - Tarragona
Ponente: MIRA PICO, MACARENA
Nº de sentencia: 282/2008
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA
SECCIÓN SEGUNDA
Apelación 425/08
Falta 897/06 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus
En Tarragona, a 4 de junio de 2008.
La Ilma. Sra. Macarena Mira Picó, Magistrada de esta Audiencia, ha visto las presentes actuaciones con nº 425/08, relativas al recurso de apelación interpuesto por Ildefonso, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2007 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus, en procedimiento de faltas nº 897/06.
Antecedentes
PRIMERO. La sentencia apelada contiene el siguiente fallo: "Condeno a Ildefonso como autor responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones a la pena de un mes de multa a razón de tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas y privación del permiso de conducir durante un periodo de tres meses y a que indemnice a Amparo en las siguientes cantidades:
1) 100 días de lesiones con incapacidad a razón de 49 Euros igual a la cantidad de 4903 Euros.
2) 8 días de hospitalización a razón de 60'34 Euros igual a 472'2 Euros.
3) 12 días no impeditivos a razón de 26'40 Euros igual a 316'8 Euros.
4) por secuelas cuantificadas de forma independiente:
5 puntos a razón de 726'98 igual a 3.632'4 Euros
2 puntos por perjuicio estético 681'7 Euros
5) 10% de factor de corrección sobre las secuelas igual a 459'58 Euros.
Total por las lesiones: 11.197'90 Euros
6) 1365 Euros los daños.
Con los intereses de la Ley de Contrato de Seguro y la responsabilidad civil directa de la Cía de Seguros Mapfre."
SEGUNDO- Por Ildefonso, se interpuso recurso de apelación en fecha 3 de enero de 2008.
Fundamentos
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA
SECCIÓN SEGUNDA
Apelación 425/08
Falta 897/06 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus
En Tarragona, a 4 de junio de 2008.
La Ilma. Sra. Macarena Mira Picó, Magistrada de esta Audiencia, ha visto las presentes actuaciones con nº 425/08, relativas al recurso de apelación interpuesto por Ildefonso, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2007 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus, en procedimiento de faltas nº 897/06.
PRIMERO. La sentencia apelada contiene el siguiente fallo: "Condeno a Ildefonso como autor responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones a la pena de un mes de multa a razón de tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas impagadas y privación del permiso de conducir durante un periodo de tres meses y a que indemnice a Amparo en las siguientes cantidades:
1) 100 días de lesiones con incapacidad a razón de 49 Euros igual a la cantidad de 4903 Euros.
2) 8 días de hospitalización a razón de 60'34 Euros igual a 472'2 Euros.
3) 12 días no impeditivos a razón de 26'40 Euros igual a 316'8 Euros.
4) por secuelas cuantificadas de forma independiente:
5 puntos a razón de 726'98 igual a 3.632'4 Euros
2 puntos por perjuicio estético 681'7 Euros
5) 10% de factor de corrección sobre las secuelas igual a 459'58 Euros.
Total por las lesiones: 11.197'90 Euros
6) 1365 Euros los daños.
Con los intereses de la Ley de Contrato de Seguro y la responsabilidad civil directa de la Cía de Seguros Mapfre."
SEGUNDO- Por Ildefonso, se interpuso recurso de apelación en fecha 3 de enero de 2008.
ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Ildefonso, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2007 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus , en procedimiento de faltas nº 897/06, revocando la misma en el sentido de dejar sin efecto la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor, manteniendo los demás pronunciamientos del fallo.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso. Devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia con testimonio de la presente resolución.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Fallo
ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por Ildefonso, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2007 del juzgado de Instrucción nº 2 de Reus , en procedimiento de faltas nº 897/06, revocando la misma en el sentido de dejar sin efecto la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor, manteniendo los demás pronunciamientos del fallo.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso. Devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia con testimonio de la presente resolución.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
